Sturzenegger

Desregulación en Argentina: informe muestra que se modificaron 396 normas en 19 meses

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En menos de dos años, la administración de Javier Milei profundizó su política de desregulación con impacto transversal en sectores estratégicos como transporte, finanzas, agroindustria y comercio exterior. El proceso, iniciado con el DNU 70/2023 y potenciado por la Ley Bases, ya eliminó o modificó 1.157 normas y 8.090 artículos.

La política de desregulación del actual gobierno se lanzó formalmente en diciembre de 2023 con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que marcó el inicio de un recorte masivo de normativas. La sanción de la Ley N.º 27.742, conocida como Ley Bases, en julio de 2024, y la creación del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado aceleraron el proceso, consolidando una tendencia creciente de cambios regulatorios.

El objetivo declarado: fortalecer la competitividad, fomentar la competencia y promover el desarrollo productivo a través de la remoción de regulaciones consideradas redundantes, costosas o ineficientes para empresas, ciudadanos y organismos públicos.

Al 31 de julio de 2025, el Ejecutivo contabiliza 396 normas de desregulación que impactaron sobre 1.157 normativas previas y 8.090 artículos. El informe oficial aclara que esta cifra es una cota inferior, ya que muchas disposiciones incluyen cláusulas generales que derogan toda norma incompatible, lo que eleva el número real de cambios.

Entre las áreas más afectadas por la política de desregulación se destacan:

  • Comercio Exterior: 66 normas modificadas o derogadas.
  • Finanzas y Mercado: 55 normas.
  • Transporte: 55 normas.
  • Agroindustria: 54 normas.
  • Producción Nacional: 40 normas.
  • Bienestar Ciudadano: 37 normas.
  • Salud: 26 normas.
  • Cultura, Turismo y Deporte: 25 normas.

Metodología: conteo artículo por artículo

La Unidad de Evaluación de Impacto del Ministerio detalla un procedimiento en tres etapas:

  1. Identificación de normas publicadas en el Boletín Oficial entre el 10 de diciembre de 2023 y el 31 de julio de 2025 que reduzcan obligaciones, controles o trámites.
  2. Filtrado automático de artículos con verbos clave como “derogar”, “modificar” o “suprimir”.
  3. Cuantificación del impacto:
    • Normas eliminadas en su totalidad.
    • Normas con al menos un artículo modificado o suprimido.
    • Número exacto de artículos alcanzados.

Este conteo incluye los anexos normativos con contenido sustantivo y excluye artículos meramente administrativos, como los de comunicación.

La estrategia oficial combina insumos provenientes de ciudadanos (a través de la plataforma “Reportá tu burocracia”), cámaras empresarias, trabajadores, informes técnicos y áreas del Estado. El enfoque, según el Ministerio, es “técnico y sistemático”, priorizando regulaciones cuyo retiro genere simplificación de trámites, reducción de costos y mayor eficiencia, sin comprometer estándares esenciales.

Repercusiones económicas e institucionales

El impacto se distribuye de forma desigual según el sector.

En comercio exterior, las modificaciones facilitan operaciones de exportación e importación, mientras que en finanzas, apuntan a liberalizar mercados y reducir controles sobre flujos de capital.

En transporte y agroindustria, la remoción de regulaciones busca dinamizar inversiones y modernizar marcos operativos.

En el plano político, la política de desregulación es uno de los ejes discursivos centrales del gobierno de Milei, que lo presenta como una “batalla contra la burocracia” y un paso hacia una “economía más libre”. Sin embargo, sectores opositores y gremiales advierten sobre el riesgo de desprotección de derechos y vacíos regulatorios.

El informe oficial proyecta que el ritmo de cambios se mantendrá en lo que resta de 2025, con nuevas medidas previstas en energía, infraestructura y mercado laboral. El monitoreo estadístico de la Unidad de Evaluación de Impacto permitirá seguir el avance mes a mes, ofreciendo una trazabilidad inédita en la historia reciente de las reformas normativas.

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Nueva normativa para reubicar empleados públicos nacionales sin nuevas contrataciones

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El Estado reglamenta el procedimiento para cubrir vacantes con personal en disponibilidad: foco en eficiencia y reducción del empleo público.

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado oficializó un nuevo mecanismo para canalizar la reubicación de trabajadores estatales que se encuentran en situación de disponibilidad. A través de la Resolución 54/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública aprobó un procedimiento que establece los pasos que deberán seguir las jurisdicciones u organismos públicos para solicitar perfiles y cubrir vacantes sin necesidad de nuevas incorporaciones.

El nuevo “Procedimiento para solicitud de perfiles al Registro de Disponibilidad” permitirá a los organismos del Estado nacional solicitar personal que se encuentre en situación de disponibilidad —por reestructuración o reducción de dotaciones— con el fin de cubrir cargos vacantes. Esta normativa reglamenta el artículo 11 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164 y refuerza el objetivo de optimizar los recursos humanos ya existentes en la administración pública.

La medida forma parte del Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad aprobado en agosto de 2024, que prevé la posibilidad de reubicar agentes con estabilidad laboral mediante mecanismos de redistribución interna, priorizando eficiencia operativa y evitando contrataciones externas innecesarias.

Paso a paso: cómo es el procedimiento

Las jurisdicciones u organismos que deseen cubrir un cargo vacante con personal disponible deberán presentar una nota formal a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, acompañada de una justificación de necesidad estratégica, la descripción del perfil requerido y la situación de dotación vigente.

Una vez aprobada la solicitud, se inicia un expediente digital con documentación complementaria y se consulta al Registro de Personal en Situación de Disponibilidad. Si existen candidatos con perfiles adecuados, se remite una nómina para que el organismo los entreviste en un plazo de 30 días. Finalizadas las entrevistas, se selecciona a los agentes y se gestiona su traslado mediante un expediente separado.

La herramienta incluye la utilización del sistema GDE (Gestión Documental Electrónica) y prevé que todo el proceso sea trazable y documentado, incorporando formularios estandarizados, modelos de notas, planillas contenedoras de perfiles y flujogramas, lo que garantiza transparencia y control de gestión.

La resolución reafirma a la Secretaría de Transformación del Estado como autoridad de aplicación en materia de empleo público nacional, con la facultad de dictar normas complementarias y aclaratorias. También prevé la posibilidad de dictar nuevas medidas desde la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público para facilitar la implementación operativa.

La medida se encuadra dentro del proceso de racionalización del empleo estatal impulsado por el gobierno nacional desde diciembre de 2023. En este contexto, se busca reducir la planta permanente del Estado sin comprometer derechos adquiridos ni frenar el funcionamiento de áreas estratégicas.

La aplicación efectiva de este nuevo procedimiento permitirá canalizar de forma ordenada la reubicación de agentes desplazados por reestructuraciones, evitando cesantías innecesarias y optimizando recursos humanos existentes. A su vez, permitirá un control más riguroso de la dotación del Estado y facilitará la transición hacia un modelo de empleo público más dinámico y adaptado a necesidades específicas.

En términos fiscales, esta medida podría contribuir a la contención del gasto público, al evitar nuevas contrataciones en un contexto de restricciones presupuestarias.

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Motosierra: cuáles son los 100 organismos públicos cerrados o modificados durante el Gobierno de Milei

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En el año que duró la vigencia de las facultades delegadas al Ejecutivo por el Congreso, las medidas de ajuste abarcaron casi todas las áreas del sector público

La disolución de la Dirección Nacional de Vialidad fue decidida sobre el cierre del plazo de utilización de las facultades delegadas por el Congreso al Poder Ejecutivo mediante la Ley Bases, sancionada exactamente un año atrás. Esa norma, junto al DNU 70/23, fueron las herramientas que utilizó el gobierno de Javier Milei para disolver, fusionar y reorganizar reparticiones de la administración central del Estado, organismos descentralizados y otras dependencias públicas.

“Las principales desregulaciones y recortes de gasto del Ministerio se dieron en los siguientes ámbitos: empleo público, reforma laboral, alquileres, industria y comercio, transporte y sector automotor”, señaló el ministerio de Desregulación y Modernización del Estado que dirige Federico Sturzenegger. Ese ministerio, a cargo de la política que el gobierno simbolizó con la motosierra difundió el listado completo de modificaciones en el aparato estatal:

1. Disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.

2. Disolución de la Agencia Nacional de Seguridad Vial que no podía controlar el tránsito sin el apoyo de Fuerzas de Seguridad; ahora la tarea “la hará Gendarmería que realiza más de 80.000 controles de tránsito por año”.

3. Disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial.

4. Disolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) que había quedado con pocas competencias con la desregulación del transporte interjurisdiccional de pasajeros. Las funciones con respecto a lo ferroviario y servicios públicos pasarán a una Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte.

5. Se transforma la Junta de Seguridad en el Transporte en la Agencia de investigación e Incidentes de Aviación limitando sus funciones.

6. Unificación de la gestión administrativa, financiera y jurídica de cinco hospitales nacionales: Baldomero Sommer, Alejandro Posadas, Ramón Carrillo, Laura Bonaparte e INAREPS constituyendo la “Administración Nacional de Establecimiento de Salud”.

7. Se eliminan las Delegaciones Sanitarias Federales –estructuras inactivas y sin funciones operativas– y se deja sin efecto la facultad del Poder Ejecutivo Nacional para crear nuevos hospitales bajo la figura de SAMIC.

8. Transforma el Instituto Nacional del Cáncer (INC) en una unidad organizativa interna del propio Ministerio, integrando sus funciones a la estructura de la Secretaría de Gestión Sanitaria.

9. Se reorganizan funciones dentro del ANLIS Malbrán para optimizar capacidades y evitar duplicaciones en el abordaje de enfermedades transmisibles. Se disuelve el Instituto Nacional de Medicina Tropical de Anlis-Malbrán, que duplicaba funciones con los institutos Dr. Chaben y Dr. Maiztegui, también del Anlis-Malbrán.

10. Se disuelve el Instituto Nacional de Enfermedades Cardiovasculares, creado por ley en 2015 pero nunca implementado.

11. Disolución de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal que tenía más secretarios de Estado que el Ministerio de Salud y “es el ejemplo perfecto de agencias descentralizadas que se crean para hacer caja”. Sus funciones duplicaban las que ya tenía el ANMAT.

12. Disolución del Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena que tenía 1.000 empleados y destinaba el 85% de la plata en sueldos.

13. Disolución del Instituto Nacional de Semillas, que se transfiere a Agricultura.

14. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional de Vitivinicultura.

15. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

16. Transformación en organismo desconcentrado del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

17. Transformación en organismo desconcentrado del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

18. Se fortalece la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en su rol como fuerza especializada en seguridad aeroportuaria y se la habilita, a requerimiento del Gobierno Nacional, a participar en tareas de seguridad en el transporte en general.

19. Modernización de la normativa de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) adaptando su estructura para hacerla más eficiente, se optimiza su régimen de personal, y se jerarquiza el control interno con foco en la integridad institucional.

20. Actualización del marco legal de la Prefectura Naval Argentina para consolidarla como Fuerza de Seguridad Federal diferenciada de la Armada. Se eliminan competencias obsoletas y se actualiza su régimen de personal y carrera.

21. Modernización del marco normativo del Servicio Penitenciario Federal (SPF) a través de un nuevo Estatuto que reemplaza normativas vigentes desde hace más de 50 años.

22. Disolución del Instituto Nacional contra la Discriminación, la xenobofia y el racismo (INADI), “el ejemplo paradigmático de uso del Estado para la persecución y adocrinamiento político”, según el ministerio de Desregulación.

23. Disolución del Instituto Nacional Belgraniano, que como los que siguen, comenzaron como organizaciones civiles y en algún momento pasaron a depender del Estado.

24. Disolución del Instituto Nacional Browniano.

25. Disolución del Instituto Nacional Newberiano.

26. Disolución del Instituto Nacional ‘Juan D. Perón’ de Estudios e Investigaciones Históricas Sociales y Políticas.

27. Disolución de la Comisión Permanente Nacional de Homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón”.

28. Transformación en unidad organizativa de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos.

29. Transformación en unidad organizativa de la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares.

30. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Eva Perón.

31. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas.

32. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional del Teatro, donde el 65% del gasto era en sueldos.

33. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional Sanmartiniano.

34. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional Yrigoyeneano.

35. Transformación en unidad organizativa del Museo Nacional de Bellas Artes.

36. Transformación en unidad organizativa del Palacio Libertad, Centro Cultural Domingo Faustino Sarmiento.

37. Disolución de la Comisión Nacional de Coordinación del Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social, un organismo que brindaba microcréditos a microemprendedores pero su cartera era del 0,15% de sus recursos.

38. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional del Agua.

39. Transformación en unidad organizativa del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.

40. Transformación en unidad organizativa del Parque Tecnópolis del Bicentenario, Ciencia, Tecnología, Cultura y Arte.

41. Transformación en organismo desconcentrado de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, y cambio de denominación a Registro Nacional de Armas.

42. Transformación en organismo desconcentrado del Banco Nacional de Datos Genéticos.

43. Fusión del Museo de Sitio ESMA y del Archivo Nacional de la Memoria en el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos.

44. Fusión del Instituto Nacional de Prevención Sísmica en el Servicio Geológico Minero Argentino, concentrando en un único organismo a los profesionales de la misma especialidad.

45. Fusión del Ente Nacional Regulador de la Electricidad y del Ente Nacional Regulador del Gas constituyendo el nuevo Esnte Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.

46. Adecuación de la Unidad de Información Financiera (UIF) a los estándares exigidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

47. Eliminación de créditos ANSES para que el Estado no regale la plata de los jubilados a tasas irrisorias con fines políticos.

48. Desregulación de las obras de arte, con la eliminación de trabas a la importación y exportación con trámites innecesarios. En 30 años el estado nunca uso esa facultad.

49. Desregulación del Transporte Automotor de Cargas: Eliminación del RUTA, “un trámite inútil que llevaba tiempo y dinero”.

50. Eliminación del pedido de libre deuda a Obras Sanitarias para transferir inmuebles.

51. Eliminación del Registro de Constructores.

52. Simplificación del mercado de autopartes usadas para bajar el costo de las partes y de los seguros.

53. Eliminación de trámites innecesarios que limitaban la competencia en servicios digitales.

54. Eliminación de las jornadas obligatorias de Educar en Igualdad.

55. Eliminación del Fondo Nacional para la Construcción de viviendas de servicio del personal militar.

56. Autorización para la Privatización de Intercargo S.A.U.

57. Autorización para la Privatización de Corredores Viales S.A.

58. Autorización para la Privatización de Energía Argentina S.A.

59. Transformación del Banco Nación en S.A.

60. Reorganización de la Casa de la Moneda S.A.U.

61. Transformación de Yacimiento Carbonífero Río Turbio en S.A. para su posterior privatización.

62. Ley de Pequeña y Mediana Empresa. Eliminación de capas de programas, capacitaciones, registros y promociones “que siempre costaron mucho y nunca hicieron nada”.

63. Disolución del Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC).

64. Liberación de las importaciones para Ciencia y Tecnología (ROECYT).

65. Derogación de los regímenes de promoción de la Ganadería Ovina y de Llamas, del Gusano de Seda, de la Actividad Caprina, Ganadería Bovina en zonas áridas y semiáridas, Búfalos de Agua y Producción Algodonera.

66. Desregulación de la importación de pilas.

67. Desregulación de inversiones mineras.

68. Desregulación de garrafas, Gas Licuado de Petróleo (GLP): “Eliminamos barreras a la competencia en el sector que encarecen la actividad y liberamos la importación para que ingresen más garrafas al país”.

69. Disolución del Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas (FFRE), que estuvo operativo hasta su extinción en 2018.

70. Disolución del Fondo Cobertura Universal de Salud (CUS).

71. Disolución del Fondo Fiduciario para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS).

72. Disolución del Fondo Estabilizador del Trigo Argentino (FETA).

73. Disolución del Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO).

74. Disolución del Fondo Fiduciario Nacional de Agroindustria (FONDAGRO).

75. Disolución del Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos (FOBOSQUE).

76. Disolución del Fondo Nacional de Emergencias (FONAE).

77. Disolución del Fondo Fiduciario del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR).

78. Disolución del Fondo Fiduciario de Capital Social (FONCAP).

79. Disolución del Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR.).

80. Disolución del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE).

81. Disolución del Fondo Fiduciario para la Refinanciación Hipotecaria (REFI).

82. Disolución del Fondo Fiduciario de Asistencia Directa a Víctimas de Trata.

83. Disolución del Programa para Incrementar la Competitividad del Sector Azucarero (PROICSA).

84. Disolución del Programa de Inversiones Estratégicas (PROINE).

85. Disolución del Fondo Fiduciario del Servicio Universal (FFSU).

86. Disolución del Fondo para el Desarrollo Rural y la Agricultura Familiar (PRODAF).

87. Disolución del Fondo Fiduciario para la Vivienda Social.

88. Disolución del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP).

89. Disolución del Fondo Fiduciario de Infraestructura Aeroportuaria (INFRA. AEROP.).

90. Disolución del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (FFTEF).

91. Disolución del Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).

92. Disolución del Fondo Fiduciario para la Promoción Científica y Tecnológica (FONDOTEC).

93. Disolución del Fideicomiso Red de Autopistas y Rutas Seguras (RARS).

94. Disolución del Fondo Fiduciario para Subsidios a Consumos Residenciales de Gas (FFGLP).

95. Disolución del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR)

96. Disolución del Fondo de Desarrollo Productivo (FONDEP).

97. Fusión por absorción de Construcción de Vivienda para la Armada, por parte de Playas Ferroviarias de Buenos Aires S.A.

98. Modificación leyes de energía 24.076 y 24.065, para que cualquier privado pueda contratar la electricidad con el proveedor que quiera.

99. Modificación de las leyes 24.196 y 24.466 de inversiones mineras.

100. Modificación de Ley de Turismo 25.997 a fin de suprimir intervenciones estatales distorsivas para el mercado y competencias nacionales en materia de turismo regional, como los hoteles sociales.

101. Disolución del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), con el fin de eliminar una caja utilizada por la política, se consolidan sus funciones en la Subsecretaría de Recursos Hídricos.

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Reforma minera: el Ejecutivo actualizó leyes para agilizar certificaciones e inversiones

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Mediante el Decreto 449/2025, el Poder Ejecutivo Nacional introdujo reformas clave a las leyes 24.196 (Régimen de Inversiones Mineras) y 24.466 (Banco Nacional de Información Geológica), con el objetivo de desburocratizar procesos, fortalecer la gestión técnica y atraer inversiones en exploración y explotación minera bajo reglas más claras y eficientes.

Las modificaciones responden a las facultades delegadas por la Ley de Bases N° 27.742, que habilita al Ejecutivo a reorganizar competencias y estructuras estatales en pos de una administración más ágil y menos costosa.

Una de las modificaciones más relevantes es la simplificación del certificado de estabilidad fiscal que otorga la Autoridad de Aplicación del régimen minero. A partir de ahora, el documento deberá incluir únicamente la fecha de presentación del estudio de factibilidad, sin detallar la carga tributaria nacional, provincial o municipal.

Este cambio busca acelerar los tiempos administrativos y evitar demoras originadas en la falta de respuestas de las jurisdicciones impositivas locales. La estabilidad fiscal se mantendrá basada en la normativa vigente al momento de la presentación, como ya lo establecía el Decreto 2686/93, de carácter reglamentario.

Nuevas exigencias para el control de inversiones

El decreto también refuerza las facultades de control de la Secretaría de Minería a través de una mejora en la trazabilidad de las inversiones:

  • Los beneficiarios del régimen deberán presentar una declaración jurada anual detallando trabajos e inversiones.
  • Dicha declaración deberá estar acompañada por un informe técnico de un profesional independiente, lo que fortalece la calidad y trazabilidad de la información.
  • La verificación por parte del Estado se basará en cruces de datos internos, optimizando recursos y reduciendo inspecciones presenciales.

Reorganización del Banco Nacional de Información Geológica

Otro eje central de la reforma es la transferencia de la administración del Banco Nacional de Información Geológica al Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), un organismo técnico descentralizado con especialización y trayectoria en la materia.

El SEGEMAR tendrá a su cargo la gestión de la información geológica aportada por los inscriptos en el régimen, así como la proveniente de organismos públicos, universidades y entes en los que el Estado tenga participación mayoritaria. La finalidad es consolidar una base de datos unificada, actualizada y de acceso público, clave para el desarrollo de políticas de exploración territorial.

Estas modificaciones se inscriben en la política de racionalización administrativa impulsada por el Ejecutivo, bajo los principios de desregulación, simplificación y eficiencia técnica en la gestión de políticas públicas.

El nuevo esquema apunta a:

  • Reducir cargas burocráticas que obstaculizan proyectos mineros.
  • Garantizar seguridad jurídica a los inversores.
  • Reforzar controles sin incrementar costos de fiscalización.
  • Potenciar la generación y disponibilidad de datos geológicos estratégicos para el país.

Con este paquete normativo, el Gobierno Nacional busca dar señales claras al capital minero privado: habrá menos trabas, más certidumbre jurídica y reglas más estables. Al mismo tiempo, se refuerzan las capacidades técnicas del Estado a través de organismos como el SEGEMAR y se descomprime la carga administrativa de la Secretaría de Minería.

El decreto ya está vigente y aplica también a los trámites que se encuentren en curso, por lo que se espera un impacto inmediato en la dinámica de aprobación de proyectos.

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El Gobierno desreguló el sector eléctrico, para atraer inversiones

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El Gobierno reformó el marco regulatorio eléctrico para abrir el mercado y atraer inversiones. Decreto 450/2025: nuevas reglas para la generación, distribución y comercialización de energía eléctrica

El Poder Ejecutivo Nacional aprobó mediante el Decreto 450/2025 la adecuación integral de las Leyes N.º 15.336 y N.º 24.065, que regulan el sistema eléctrico argentino, con el objetivo de modernizar el sector, facilitar la libre contratación en el mercado mayorista, promover inversiones privadas y garantizar seguridad jurídica en las reglas del juego. La medida forma parte del proceso de implementación de la Ley de Bases N.º 27.742 y traza un nuevo rumbo para la organización del mercado eléctrico en el país.

Libre competencia, desregulación y rol del Estado

El decreto establece como pilares de la reforma:

  • La apertura del comercio internacional de energía eléctrica.
  • La promoción de la libre elección de proveedor por parte del usuario final.
  • La fijación de tarifas según los costos reales del suministro.
  • El incentivo al despacho económico y a la inversión privada de riesgo.

El Estado Nacional concentrará sus funciones en la planificación, regulación y fiscalización, descentralizando la toma de decisiones sobre precios e inversiones. Además, se fortalecen las bases del régimen federal del sector eléctrico, con preeminencia de la normativa nacional por sobre disposiciones locales que restrinjan la circulación o encarezcan el acceso a la energía.

Cambios normativos clave

Con esta adecuación normativa, se redefine el papel de actores estratégicos del sistema eléctrico:

  • Se reconoce como agentes de mercado a los almacenistas de energía y a los usuarios-generadores, ampliando el universo de participantes y modernizando la oferta.
  • Los distribuidores deberán adquirir al menos el 75 % de la energía en el mercado a término, y los usuarios grandes podrán contratar de forma independiente.
  • Se fortalece la figura del comercializador y se habilita la contratación de obras de transporte por iniciativa privada, bajo el principio de acceso abierto.

Además, se reforma el funcionamiento del Consejo Federal de la Energía Eléctrica, que continuará como órgano consultivo no vinculante y se mantiene el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica, cuyos recursos se distribuirán con nuevos criterios de eficiencia y cumplimiento de reglas federales.

Modernización del ente regulador y transición ordenada

Se establece la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que asumirá las funciones actualmente en manos de ENRE y ENARGAS. Este nuevo organismo tendrá a su cargo la supervisión técnica, el control tarifario, la promoción de la competencia y la defensa de los derechos de los usuarios.

La reforma prevé un período de transición de 24 meses para la adecuación de toda la normativa complementaria. Durante este lapso, la Secretaría de Energía deberá implementar medidas clave como:

  • La desconcentración del mercado de hidrocarburos para generación.
  • La regularización de pagos de los contratos eléctricos.
  • La revisión integral de los “Procedimientos” de despacho y precios.
  • La progresiva transferencia de los contratos de CAMMESA a distribuidores y generadores.

El Gobierno apuesta a que esta reforma impulse una mayor participación del capital privado en generación, transporte y distribución de energía, con una señal de precios transparente y reglas estables. Se busca así garantizar el abastecimiento a largo plazo, mejorar la calidad del servicio, reducir la carga sobre el Tesoro y promover el desarrollo de infraestructura, exportaciones y empleo de calidad en el sector eléctrico argentino.

La reestructuración legal también contempla la posibilidad de incorporación de capital privado en Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA), ampliando las fuentes de inversión para el desarrollo de generación nuclear.

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