Hoy se cumplen 65 años en que fueron designados los Jueces del Superior Tribunal de Justicia, quienes fueron los primeros en integrar el Alto Cuerpo desde el 27 de abril de 1957. De modo que la Provincia, desde ese momento, pudo asumir en pleno la jurisdicción judicial, lo cual que quedó constatado en el Libro de Actas y Juramentos Nº1 de la Escribanía de Gobierno, en el que está plasmado el juramento de estilo a los señores Jueces del Superior Tribunal que en esa oportunidad fue recibido por el Interventor Nacional.
Según los registros históricos oficiales de la época, en el año 1955, cuando se desató en el país la llamada Revolución Libertadora y tras la Intervención Federal de la Provincia, el entonces Interventor agrimensor Adolfo J. Pomar, se abocó a estructurar jurídicamente la misma, y es así que, a través del decreto-ley Nº564 se designó, en carácter de Presidente del Superior Tribunal de Justicia, a quien fuera el primer juez de esta institución, Alberto Marco Aurelio Lampugnani.
“Hasta entonces, la justicia era representada por jueces letrados y jueces de paz y Lampugnani entre otras facultades, el 27 de Abril 1957, tuvo la responsabilidad de organizar la vida institucional del Poder Judicial de la Provincia y la competencia para proponer a los demás jueces, ministros, y agentes que conformarían, lo que un año más tarde y, a través de otro decreto-ley del Interventor, sería el Superior Tribunal de Justicia Provincial prestando debido juramento ante el Interventor Nacional.” Fuente del libro “La Administración de Justicia en los Territorios Nacionales y la Provincia de Misiones” de las autoras Mirta González de Nuñez Velloso y María Edith Enríquez
De tal manera, originariamente, el STJ quedó integrado por: como presidente, José Roberto López; ministros: Julio César Alvarenga; Roberto Oscar Cánoves; Roberto Dei Castelli y Alberto Marco Aurelio Lampugnani quien habría renunciado a la jerarquía de Presidente del mismo.
Así comenzaba la tarea de poner en marcha la actividad jurisdiccional que hoy se desarrolla en el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones.
El Consejo de la Magistratura de la Provincia pone a disposición de la ciudadanía las herramientas mediante las cuales se permite realizar objeciones a los inscriptos que pretenden concursar para poder acceder a los distintos cargos judiciales.
En primer lugar, luego de haberse presentado la Lista de inscriptos a un concurso determinado, se tendrá un plazo de 5 (cinco) días para presentar una objeción ciudadana.
Las llamadas objeciones se refieren a cualquier cuestión de orden moral o de conducta de los postulantes, donde los fundamentos y pruebas correspondientes se deben presentar de forma escrita en la oficina del Consejo, sito en calle Coronel López Nº 2138 – Primer Piso – de 07 a 12hs.
El Consejo de la Magistratura rige su concepto de Objeción Ciudadana mediante el artículo 16 de la Ley IV -32 (antes Ley Nº 3652) donde versa: “La lista de postulantes a los cargos a cubrir, deberá ser publicada vencido el plazo de inscripción pudiendo los ciudadanos realizar objeciones a los inscriptos, por escrito con motivos fundados y el aporte de las pruebas que correspondan, en un plazo de cinco (5) días a contar desde la última publicación.
El Consejo de la Magistratura resolverá sobre dichas presentaciones previa audiencia de los candidatos objetados. La decisión formará parte de los antecedentes para la calificación de los postulantes”.
Finalizado el lapso de examen escrito y oral de los Concursos, el Consejo eleva una terna de candidatos propuestas al Poder Ejecutivo.
El Ejecutivo informa al Poder Legislativo (Cámara de Representantes) el candidato elegido y es en esta instancia donde la ciudadanía podrá realizar objeciones y evaluar la idoneidad del postulante, mediante las Audiencias Públicas convocadas para tal fin.
Las mismas se realizan en reunión de la Comisión de Poderes y Acuerdos de la Cámara de Representantes; donde al no establecerse las objeciones pertinentes, se eleva el candidato al Gobernador de la Provincia para que habilite su designación formal luego de pasar por la aprobación del Parlamento.
Dentro de la estructura del Superior Tribunal de Justicia, el Cuerpo Médico Forense trabaja como auxiliar del Poder Judicial de Misiones en cuestiones jurisdiccionales y administrativas. Integrado por un equipo especializado de médicos legistas y forenses, bioquímicos, psicólogos, agentes administrativos, la institución es un modelo a seguir por muchas provincias del país.
Dentro del cuerpo, funciona el Departamento de Tanatología, a cargo del doctor Carlos Sebastián Wolhein, subjefe del cuerpo forense a nivel provincial, quien destaca el trabajo que realiza el CMF hace más de 25 años. “En sus inicios operaba dentro del área del hospital, posteriormente y mediante la gestión de nuestro Superior Tribunal, hemos adquirido nuestras propias instalaciones y se fue avanzando sobre las gestiones de recursos”, explicó el Jefe de Tanatología.
Wolhein explicó que el origen del cuerpo data del primer presidente del STJ, Manuel Acosta y que luego, en la gestión de Froilán Zarza, hace siete años atrás, se crea una nueva estructura. “Hay como una reestructuración del Cuerpo Médico Forense y en ese momento se lo designa al ministro Marcelo Benítez, como enlace, que es nuestro jefe inmediato”, remarcó.
A través de Benítez, el CMF interactúa con el STJ, con quienes realizaron todas las gestiones en cuanto a lo que sería la construcción de la actual dependencia judicial. “El cuerpo forense cumple funciones en toda la provincia, se subdivide, al igual que las demás estructuras judiciales, por sus circunscripciones. Tenemos cinco circunscripciones, la Jefatura funciona dentro de la capital y las subjefaturas en cada región”, agregó.
La descentralización que tiene el cuerpo forense hace referencia a los niveles de complejidad. Los cuerpos forenses en el resto de las circunscripciones tienen, a su vez, sus propios jefes y subrogantes, con cierto nivel de complejidad, concentrando la mayor complejidad dentro de la primera circunscripción y dentro de esa área está la departamentalización.
Tanatología
EL CMF cuenta con ocho departamentos: el Departamento Legal Forense, el Departamento de Tocoginecología Forense, el Departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, Departamento de Medicina Laboral, el Departamento de Biología Forense Departamento de Bioquímica y Ciencias Auxiliares Forenses, Departamento de Deontología y Responsabilidad Médica y el Departamento de Tanatología.
“El departamento de Tanatología es el que integra a los profesionales que se ocupan de hacer las investigaciones, por ordenamiento de los jueces, fiscales, de las causas que se producen en torno a la muerte del individuo, comúnmente conocido como las autopsias o las necropsias. Las autopsias se realizan en un quirófano donde se derivan los occisos de toda la provincia, independientemente de la circunscripción. Ingresan por ordenamiento de los jueces y funciona los 365 días, las 24 horas”, explicó Wolhein que agregó que existen además, ciertas unidades conexas que trabajan para el buen desempeño de sus funciones.
Para cada caso, cuentan con una guardia administrativa forense conformada por agentes debidamente capacitados para desarrollar la tarea. Ellos están entrenados en lo que es la recepción cadavérica, interactúan con los jueces ante los ordenamientos de las autopsia.
Inmediatamente que ingresa un occiso, realizan toda la documentación, registran la cadena custodia, acreditan toda la documental necesaria para el desarrollo de la autopsia, independientemente de la hora que sea. Una vez que ellos hacen la recepción de un ordenamiento judicial, inmediatamente se comunican con el médico forense de turno. “Por organigrama, siempre tenemos un médico forense de turno para cada circunscripción o para toda la provincia en su caso, este médico, una vez notificado el ingreso, inmediatamente empieza a desarrollar la logística de trabajo. Cada autopsia es diferente, cada hecho tiene sus particularidades”.
Wolhein advirtió además, que, desde el punto de vista tanatológico, existen autopsias de baja complejidad, autopsias de media complejidad y de alta complejidad. “Desde el punto de vista infectológico también existen autopsias que son del tipo 1, tipo 2 o tipo 3, según el nivel infectológico o el riesgo biológico que pueda atraer el occiso”.
“Una vez que el forense definió la característica o la complejidad, arma una logística de trabajo, establece cómo va a conformar el equipo de acuerdo a la característica, de acuerdo al nivel de autopsia que tienen enfrentar. Convoca a los distintos profesionales que van a integrar el proceso de autopsia, establece el horario que se va a realizar, la gente que va a necesitar, si va a necesitar los distintos especialistas, si va a necesitar algún recurso que sea extrajudicial, se convoca también oportunamente y una vez que tenemos definido todas estas cuestiones, se inicia el proceso de la autopsia”.
El proceso de autopsia se constituye en las instalaciones que tiene el CMF en la ciudad de Posadas, en inmediaciones del Hospital Baliña de la capital provincial. Para el Jefe de Tanatología, el procedimiento es un arte para el cual cada uno de ellos ha sido formado. “Se trabaja con protocolos, con una serie de lineamientos de trabajo, pero siempre bajo el dominio del arte del forense que está en este momento haciendo el acto primario”.
De la autopsia surge toda la información que el forense va diligenciando y designando el proceso al que será sometido cada una de ellas. Desde el secuestro de prendas y de objetos personales, registro de tatuajes, de marcas particulares que pueda tener el occiso, todo es documentado imaginológicamente y registrado bajo acta. Seguido de ese examen, llega el examen cadavérico. Se hace un escaneo radiológico que permite descartar lesiones de los tejidos óseos o el hallazgo de elementos metal, como pueden ser los proyectiles.
Seguidamente hace el abordaje el área de genética con el levantamiento de muestras biológicas, líquidos, fluidos, también flora y fauna cadavérica que pueda haber en ese momento. Culminado el momento de genética, recién se hace el abordaje del bioquímico, ahí se toma las muestras, que son sangre, orina, entre otras cosas que son necesarias para la investigación y posteriormente recién se hace el abordaje cadavérico, que sería la disección, para la cual intervienen técnicos evisceradores en colaboración de un forense, todo documentado por imágenes.
Una vez que culmina el acto de la autopsia, el forense empieza a cerrar todo lo que sea el material muestrario, con sus correspondiente cadena custodia bajo acta y se empiezan a hacer las derivaciones, hacia los laboratorios de bioquímica, genética, criminalística o, en algún caso que tengan un material secuestro que deba ser derivado al juez, se hace en forma inmediata.
La autopsia es un procedimiento que dura entre tres a cuatro horas según la complejidad. El forense inmediatamente se comunica con el juez de turno y hace un preliminar telefónico, donde le brinda las informaciones relevantes del caso, seguido un informe preliminar escrito, que se hace vía cimbra y, en forma diferida, cuando ya están todos los resultados de la investigación completa, va el informe final o definitivo.
El personal del CMF
El Cuerpo Médico Forense cuenta con ocho forenses en toda la provincia, incluyendo al coordinador de grupo, seis encargados de la enfermería y técnicos evisceradores, tres radiólogos, siete bioquímicos, dos genetistas, dos odontólogos forenses y cuatro en el área administrativa. Además, si la situación lo requiere, tienen la posibilidad de convocar a otros profesionales, como ginecólogos, por nombrar algunos, que corresponden a otras áreas, aunque estos son convocados por alguna necesidad específica.
Las instalaciones está en funcionamiento hace aproximadamente unos 20 años, pero el quirófano fue renovado hace dos años, con mobiliario, instrumental y equipamiento de alta complejidad. Cada profesional que interviene en una disección debe contar con la indumentaria de protección, conformado por botas, ambos, delantales guantes, mascarilla regular, una especial, cofia y casco de protección, lo que significa una inversión de $20.000 pesos por persona diario, sólo en equipamiento personal.
Además, el quirófano cuenta con mobiliario de acero y piso renovado por cuestiones de desinfección, sistemas de filtrado de aires, torres de esterilización con luz ultravioleta, diez cámaras, de las cuales ocho son de enfriamiento y dos de congelamiento y un equipo de radiología móvil de alta complejidad, lo que permite una mayor precisión a la hora de realizar las tareas forenses.
Wolhein explicó que el forense que trabaja en el área de la tanatología debe tener una base de formación en medicina legal, pero que la formación específica se realiza en la práctica, ya que no existe una residencia específica para el área. “La curva de aprendizaje es bastante larga y requiere de muchos años de ejercicio de la profesión y es por eso que aquel forense de más años generalmente es el más experimentado, por la casuística que lleva y que le ha tocado intervenir”, manifestó.
No obstante, los profesionales del área se encuentran en formación constante a través del cuerpo forense de la Corte Suprema de Justicia, ya que tienen una relación directa con ellos y la formación es más institucional. “Después existen otro tipo de formaciones, que son a través de la Asociación de Médicos Forenses de Argentina, a través de los cursos y ya sería como parte de la formación a voluntad de cada profesional. Nuestros recursos humanos son formados por nuestro Poder Judicial, nuestros técnicos concurren a los cursos de capacitación por ordenamiento superior y con la subvención del Superior del Tribunal. Los técnicos radiólogos sí ya ingresan con título, es una condición necesaria para ingresar, al igual que los genetistas, los bioquímicos y los odontólogos”, finalizó.
El mismo fue celebrado entre la Presidente de Energía de Misiones Dra. Virginia Kluka y la Presidente del STJ, Dra. Rossana Pia Venchiarrutti y tiene como finalidad poder agilizar el ciclo de gestión de expedientes judiciales y administrativos que competen a ésta área.
Gracias a este nuevo trabajo en conjunto, a partir del día 15 de marzo, realizar la creación y seguimiento de expedientes será una tarea más rápida que optimizará los tiempos de nuestros procesos judiciales.
El SIGED es una plataforma informática diseñada a medida por la Secretaría de Tecnologías Informáticas del Poder Judicial, para soportar todo el ciclo de gestión de expedientes Judiciales y Administrativos de todas las Dependencias del Poder Judicial de la Provincia de Misiones.
La mediación es un proceso pacífico para la resolución de conflictos y un recurso eficaz para la autogestión de las controversias entre las personas.
El desarrollo de mediación previa y obligatoria puede llevarse a cabo dentro del “Centro Judicial de Mediación” (Ce.Ju.Me) que es el espacio que el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones pone a disposición de quien lo necesite, con el propósito de abordar conflictos de manera pacífica, rápida y gratuita, evitando de esa manera la judicialización de los casos y posibles situaciones de violencia. Dentro de este marco existen dos tipos:
• Mediación pública (Ley 26589)
Es realizada por un mediador matriculado en el Registro Nacional de Mediación, que es sorteado por la Cámara correspondiente.
• Mediación privada (Ley 26589)
El mediador es elegido por las partes a propuesta de quien inicia la acción. Debe estar
¿Cómo se trabaja en el proceso?
La mediación se inicia en una sesión conjunta donde el mediador explica el proceso y las partes se presentan y exponen cada una su problema. A continuación, el mediador comprueba si comprendió lo relatado por cada una de ellas. Su función es conducir el proceso y facilitar la comunicación entre las partes para que, juntas y con sus abogados, descubran los reales intereses de cada una y, utilizando criterios objetivos, exploren las diversas opciones para satisfacerlos.
El mediador es un facilitador de la comunicación, alienta a los intervinientes a ampliar el repertorio de posibles soluciones al conflicto que, en caso de ser necesario se reunirá en sesión privada con cada uno de ellos.
¿Qué asuntos pueden ser mediados?
• Cuestiones de familia: Cuota alimentaria, tenencia de hijos, liquidación de sociedad conyugal, separación de bienes, conflictos sucesorios etc.
• Cuestiones patrimoniales: Locaciones, propiedad horizontal, ejecución y resolución de contratos, indemnizaciones por daños y perjuicios, conflictos societarios, disputas entre vecinos, etc.