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Con una causa en Misiones, cómo fueron las primeras 50 condenas por femicidio

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La Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) presenta un documento que contiene el análisis sobre las primeras 50 sentencias por femicidio dictadas en el país en oportunidad de conmemorarse, el sábado pasado, el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. El trabajo del Área de Análisis Criminal de la UFEM tiene por finalidad conocer las características generales de los hechos que son calificados jurídicamente como femicidios en las sentencias condenatorias y profundizar acerca de las formas de la modalidad delictiva, como de los alcances que presenta esa figura en la jurisprudencia.

En ese sentido, el documento describe variables sobre los hechos juzgados, modos de comisión, características de víctimas y victimarios y particularidades de los procesos judiciales -tipo de juicio, duración y participación de las víctimas, entre otros-. Asimismo, detalla las sentencias analizadas en la investigación.

En noviembre de 2012, la sanción de la Ley 26.791 reformó el artículo 80 del Código Penal de la Nación “para criminalizar de modo agravado ciertos homicidios relacionados con el fenómeno de la violencia de género. En particular, esta norma amplió la figura del homicidio calificado por el vínculo (inciso 1°) y el catálogo de crímenes de odio (inciso 4°), e incorporó las figuras de femicidio (inciso 11°) y femicidio vinculado (inciso 12°)”, recordó la UFEM en el trabajo. Al respecto, destacó que “la tipificación diferencial tiene por fin visibilizar estos hechos como emergentes de una situación de desigualdad estructural de género, con importantes efectos simbólicos, dado que revierte estereotipos que naturalizan la violencia, la minimizan y la reducen al ámbito privado. Por el contrario, la sanción de delitos de género envía un mensaje de que la violencia de género resulta absolutamente reprochable y merece la mayor condena social”.

 
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Se abrió la inscripción para el defensor de la víctima en Misiones

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La Defensoría General de la Nación informa que a partir de hoy y hasta el 22 de septiembre, inclusive, se abre la inscripción a los concursos para designar en cada una de las provincias argentinas y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un representante oficial de las víctimas en los procesos penales. Estas convocatorias se realizan en el marco de la promulgación de la ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos. Mediante este mecanismo la Defensoría General de la Nación determinará las ternas de candidatos que serán puestas a consideración del Poder Ejecutivo Nacional.

Las inscripciones deberán ser realizadas exclusivamente por vía electrónica, mediante la remisión del Formulario Uniforme de Inscripción —FUI— por correo electrónico a la casilla inscripcionaconcursos@mpd.gov.ar . Cada postulante deberá completar y remitir electrónicamente un solo FUI, en el que indicará cada uno de los concursos en los que pretenda inscribirse (Concursos MPD Nros. 120 al 143, ambos inclusive), en el espacio destinado para ello.

Vencido el período de inscripción, se iniciará un nuevo plazo de diez (10) días hábiles (Art. 18, Inc. b) del Reglamento) para presentar personalmente o por tercero autorizado —en la Secretaría de Concursos de la Defensoría General de la Nación (SC), sita en Av. Callao 289, piso 6, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles y en el horario de 8.00 a 15.30 horas—, o remitir por vía postal a dicha SC, la documentación a la que se refiere el Art. 19, Inc. c) del Reglamento, la que deberá efectuarse ineludiblemente en soporte papel, debidamente foliada y en carpeta o bibliorato. Esta documentación también podrá ser presentada o enviada durante el período de inscripción al que alude el Art. 18 Inc. a), siempre que con anterioridad ya se hubiese enviado por correo electrónico el Formulario Uniforme deInscripción.

El plazo establecido en el Art. 18, Inc. b) del Reglamento vencerá el día 6 de octubre de 2017.

Forma de inscripción

Los/as aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones en la forma prevista en el punto IV de la presente resolución y Capítulo IV del Reglamento.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento, se deja constancia que, toda vez que la inscripción por vía electrónica puede ser realizada válidamente hasta la finalización del día del vencimiento, no será de aplicación el plazo de gracia contemplado en el último párrafo del Art. 25 del Decreto N 1759/72.

Así también, se hace saber que, en el supuesto de que el/la postulante contara con alguna discapacidad, deberá poner dicha circunstancia en conocimiento de la SC, con el objetivo de allanar cualquier dificultad que pudiera presentársele en el momento de rendir las pruebas de oposición. Dicha información tendrá carácter confidencial.

Por su parte, los/as aspirantes deberán constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de los concursos, no pudiendo hacerlo en dependencias del Ministerio Público de la Defensa; y deberán denunciar una dirección de correo electrónico, resultando válidas todas las notificaciones que se practiquen en la misma, de conformidad con el Art. 4 del reglamento aplicable. Será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.

En virtud de lo establecido en el Art. 20, inc. d) del Reglamento, transcurridos los diez (10) días mencionados en el Inc. “b” del Art. 18, el/la/los/as postulante/s que no cuente/n con los recaudos exigidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 del inciso “c” del Art. 19, será/n excluido/a/os/as del listado de inscriptos.

El ‘Formulario Uniforme de Inscripción’, el “Formulario de Declaración Jurada” y el “Instructivo para la Inscripción”, a tenor de lo dispuesto por el Art. 19, Inc. a) del Reglamento, son aquéllos que se encuentran publicados en la página web de la Defensoría General de la Nación e identificados como “Documentación para la inscripción en los Concursos MPD Nros. 120 al 143”, desde donde podrán obtenerlos los interesados.

Requisitos personales

Se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco (25) años de edad y contar con cuatro (4) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial, con por lo menos cuatro (4) años de antigüedad en el título de abogado (Conf. Art. 31, 30 párr., Ley 27.149).

Integración del jurado de concurso

El sorteo por el cual se desinsaculará a los integrantes del Jurado de Concurso que intervendrá se llevará a cabo el día 17 de octubre de 2017, en la sede de la SC.

El sorteo será público y documentado en acta, y contará con la intervención como Actuario/a de un funcionario/a de la SC con jerarquía no inferior a Secretario/a de Primera Instancia.

El trámite de todos los Concursos convocados mediante la presente Resolución —Concursos Nº 120 al 143, MPD— será único y se sustanciará ante un mismo Jurado de Concurso, debiéndose desarrollar conforme lo establece el Art. 8, inc. b) del Reglamento.

Publicación de listados

Las listas de inscriptos/as y excluidos/as y de los/as miembros titulares y suplentes del Jurado de Concurso serán notificadas a los postulantes en la casilla de correo electrónico oportunamente denunciada, a los miembros del Jurado en la casilla de correo oficial, y a los juristas Titular y Suplente, por medio fehaciente (Conf. Art. 22 del Reglamento).

Para la presente convocatoria rige el reglamento de concursos conforme Resolución DGN Nº 1244/17.

Los concursos públicos de oposición y antecedentes a los que se convoca son para cubrir los cargos de:

1. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Buenos Aires ( CONCURSO Nº 120, MPD ).

2. Defensor Público de Víctima con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( CONCURSO Nº 121, MPD ).

3. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Catamarca ( CONCURSO Nº 122, MPD ).

4. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia del Chaco ( CONCURSO Nº 123, MPD ).

5. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia del Chubut ( CONCURSO Nº 124, MPD ).

6. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Córdoba ( CONCURSO Nº 125, MPD ).

7. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Corrientes ( CONCURSO Nº 126, MPD ).

8. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Entre Ríos ( CONCURSO Nº 127, MPD ).

9. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Formosa ( CONCURSO Nº 128, MPD ).

10. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Jujuy ( CONCURSO Nº 129, MPD ).

11. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de La Pampa ( CONCURSO Nº 130, MPD ).

12. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de La Rioja ( CONCURSO Nº 131, MPD ).

13. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Mendoza ( CONCURSO Nº 132, MPD ).

14. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Misiones ( CONCURSO Nº 133, MPD ).

15. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia del Neuquén ( CONCURSO Nº 134, MPD ).

16. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Río Negro ( CONCURSO Nº 135, MPD ).

17. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Salta ( CONCURSO Nº 136, MPD ).

18. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de San Juan ( CONCURSO Nº 137, MPD ).

19. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de San Luis ( CONCURSO Nº 138, MPD ).

20. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Santa Cruz ( CONCURSO Nº 139, MPD ).

21. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Santa Fe ( CONCURSO Nº 140, MPD ).

22. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Santiago del Estero ( CONCURSO Nº 141, MPD ).

23. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ( CONCURSO Nº 142, MPD ).

24. Defensor Público de Víctima con asiento en la provincia de Tucumán ( CONCURSO Nº 143, MPD ).

La actuación de los defensores públicos de víctima no se encontrará limitada territorialmente por la división política provincial, sino que abarcará —eventualmente— todas las ciudades y/o localidades comprendidas en la jurisdicción territorial de la Cámara Federal respectiva.

 
 
 
 
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El Gobierno hará un nuevo reglamento para prevenir la violencia en el fútbol

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El ministerio de Seguridad podrá, entre otras cosas, clausurar temporaria o definitiva de estadios y la restringir el ingreso para personas que pueda generar “un riesgo para la seguridad pública”.

El Gobierno nacional publicó hoy un decreto a través del cual instruyó al Ministerio de Seguridad a dictar el ‘Reglamento de prevención contra la violencia en espectáculos futbolísticos‘ que incluye, entre otras cosas, la clausura temporaria o definitiva de estadios y la restricción de ingreso para personas que pueda generar “un riesgo para la seguridad pública”.

El Decreto 246/2017, publicado en el Boletín Oficial, reglamenta la denominada Ley del Deporte (20.655), sancionada en 1974, y el régimen penal y contravencional en espectáculos deportivos, votada en el Congreso en 1985, y además, deroga un decreto de 1997 que dejaba en el Ministerio del Interior el manejo concerniente a la seguridad en los estadios.

“Instrúyese al Ministerio de Seguridad a dictar el ‘Reglamento de Prevención contra la violencia en espectáculos futbolísticos‘ y las normas complementarias que fueran necesarias para su implementación”, señala el artículo 3 de la norma.

La cartera que conduce Patricia Bullrich “podrá declarar la necesidad de clausura temporaria o definitiva de los estadios donde se desarrollen espectáculos futbolísticos, cuando los mismos no cumplan con las previsiones establecidas” por el Reglamento, según el artículo 5.

Además, “podrá preventivamente, por razones de interés público y atendiendo a razonables pautas objetivas debidamente fundadas, restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que pueda generar un riesgo para la seguridad pública”

El decreto alcanza a “todas las entidades deportivas que cuenten con instalaciones para la realización de espectáculos futbolísticos tanto oficiales como amistosos, entre equipos representantes de entidades diferentes, que participen de competencias de la AFA… la Conmebol y la FIFA”, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y las Provincias‘ que hayan adherido a las mencionadas leyes.

“La normativa deberá prever las medidas conducentes para resguardar la integridad de las personas y los bienes que pudieren verse afectados en el marco de la realización de espectáculos futbolísticos”, expresa el decreto entre sus considerandos.

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Hay un muerto en los incidentes en Paraguay tras la enmienda que habilita la reelección de Cartes

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Un grupo de senadores oficialistas de Paraguay aprobó la reelección presidencial en una reunión a puertas cerradas en una oficina, desatando acusaciones de quiebre institucional por parte de legisladores opositores y protestas frente al Parlamento que fueron dispersadas por policías antidisturbios. Por la noche se conoció que hay un muerto a manos de la Policía. La fiscala María Raquel Fernández investiga la muerte del joven asesinado en la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) a manos de policías. Añadió que está pendiente de las imágenes del circuito cerrado.

En un encuentro convocado por sorpresa, 25 senadores entre oficialistas y aliados al Gobierno, con mayoría de los seguidores de Fernando Lugo, dieron el visto bueno a la propuesta mientras la policía rodeaba el palacio legislativo. La iniciativa debía lograr apoyo de, al menos, 23 de los 45 miembros de la Cámara alta, que ha estado muy dividida sobre el tema.

El proyecto, que se descuenta será aprobado en la Cámara de Diputados, da vía libre al presidente Horacio Cartes y al ex mandatario izquierdista Fernando Lugo para postularse por otro período de cinco años.

“Esto es un atraco”, dijo el presidente del Congreso, el opositor Robert Acevedo, que denunció que no se respetaron los procedimientos ni los protocolos legislativos para aprobar la iniciativa.

Una propuesta similar había sido rechazada por el Congreso en agosto, y hasta hace unos días las normas decían que el tema no podía volverse a tratar hasta que pasara un año.

Pero los legisladores oficialistas lograron modificar esta semana el reglamento y sus rivales los denunciaron ante la Corte Suprema. “Acá se hizo todo dentro del marco constitucional y legal. El reglamento fue modificado (…) se hizo un proyecto de enmienda ajustado a la Constitución”, dijo por su parte el senador Carlos Filizzola, de la coalición de izquierda Frente Guasú, que apoya la candidatura de Lugo.

 

Al conocerse la noticia miles de personas salieron a protestar, entre ellos senadores y diputados de varios partidos, que marcharon por las calles de Asunción para protestar contra la enmienda constitucional.

Al llegar al Congreso, un grupo comenzó a lanzar piedras contra el Parlamento, pero fueron dispersados por carros hidrantes y por policías antidisturbios. Imágenes de televisión mostraron a varios hombres ensangrentados y a otros rompiendo los vidrios de un patrullero, mientras una ambulancia llevaba a algunos heridos. “Se consuma el golpe. Vamos a resistir e invitamos a la gente a que resista con nosotros”, dijo la senadora opositora Desiree Masi.

El ministro del Interior, Miguel Tadeo Rojas, dijo en una conferencia de prensa en la tarde de este viernes que lamenta mucho los hechos acontecidos.

“Lamentablemente un grupo de ciudadanos cometió provocación a la Policía Nacional, la Policía no tuvo orden de reprimir, se vio agredida por personas y dirigentes políticos, quienes arremetieron contra los policías que protegían la seguridad del Congreso Nacional”, afirmó.Rojas dijo que hay uniformados que están accidentados y algunas patrulleras fueron totalmente dañadas. “Lamentamos mucho y pedimos calma, desmiento que hubo orden de la Policía para agredir”, acotó.
El conflicto comenzó a las 15 horas con una sesión extraordinaria del Senado. A puertas cerradas se reunieron senadores colorados y libero-llanistas en la bancada del Frente Guasu, donde el pasado martes realizaron una “sesión paralela” donde modificaron el reglamento interno del Senado.

Allí se aprobó el proyecto de enmienda por el cual se modifica la Constitución Nacional para lograr la reelección del presidente Horacio Cartes. Luego el senador Juan Darío Monges habló en conferencia de prensa y explicó los principales puntos de la enmienda constitucional que establece la figura de la reelección presidencial.

El legislador indicó que el presidente y vicepresidente de la República durarán cinco años improrrogables en sus funciones a contar desde el 15 de agosto siguiente a las elecciones. Quienes hayan ejercido dicho cargo podrán ser electos solo dos veces sea de forma consecutiva o alternada.

En caso de estar en el poder, ambos deberán renunciar seis meses antes de las elecciones generales para estar habilitados para un nuevo periodo, debiendo comunicar el cese al cargo a los poderes del Estado y al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

Agregó que sobre el caso de los gobernadores, durarán cinco años en sus funciones. Podrán ser reelectos solo en dos periodos de forma consecutiva o alternada. En caso de querer presentarse a un nuevo periodo, deberán renunciar seis meses antes a su cargos debiendo comunicar el cese al cargo a los poderes del estado y a la Justicia Electoral.

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Insólita denuncia contra una abogada que defiende a una víctima de violencia de género

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Roxana Rivas fue denunciada ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados por ejercer la representación de una víctima de violencia de género en una causa por alimentos.

Rivas, asesora legal de la CTA Autónoma de Misiones, debió responder una denuncia presentada ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de Misiones, por un agresor denunciado por violencia de género en un expediente que se tramita en un juzgado de familia de la provincia.

Mi ética se pone en duda por haber adjuntado a una causa una copia simple de un recibo de haberes de un funcionario público –por tanto ni siquiera puede considerarse confidencial, que fue acompañado por quien era su esposa, es decir que ni siquiera debería ponerse en dudas la legalidad de su adquisición pues no existe el hurto entre cónyuges, o me equivoco?, y que cuyo fin principal y superior es garantizar el derecho alimentario de sus hijos menores”, puede leerse en el descargo de la abogada.

Desde la CTA Autónoma advierten que el Colegio de Abogados “no puede convertirse en una herramienta para que los violentos sigan victimizando a las mujeres”. “De admitir esta denuncia se estaría enviando un claro mensaje de impunidad para los agresores y amedrentando la labor de los profesionales que representan a las víctimas”, remarcaron.

El agresor que recurrió al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados es parte de una fuerza de seguridad. La mujer lo denunció por violencia de género e incumplir con su responsabilidad como padre en el aporte de la cuota alimentaria. Según la víctima, las agresiones pusieron en riesgo su integridad sicológica y física, comprometiendo además su fuente laboral.
“Siendo este Tribunal de Ética compuesto por profesionales del derecho, no podrán desconocer los alcances y consecuencias de la problemática de las violencias de género y menos aún las particularidades de este flagelo dentro de las fuerzas de seguridad donde la verticalidad de los mandos puede ejercerse con mayor discrecionalidad”, señaló Rivas.

La organización sindical recuerda que el intento del victimario de castigar a la defensora es un claro mensaje de impunidad para los agresores, que cobra mayor temeridad en un contexto de profundización de las formas más crueles de violencias contra las mujeres y sus familias.
En los primeros 43 días de este año fueron asesinadas 57 mujeres en nuestro país, 1 mujer cada 18 horas, un aterrador récord de femicidios que casi duplica las cifras de años anteriores.
Ante esta situación y remarcando la necesidad que se garantice el acceso a la justicia de las víctimas de violencia, la CTA Autónoma de Misiones exige “una inmediata desestimación de la denuncia”, también se arbitren los medios necesarios para reparar cualquier daño que se haya ocasionado a las víctimas involucradas en este reprochable expediente, la denunciante, sus hijos y la abogada Rivas.

“Roxana Rivas, no solo es una abogada formada, eficiente, íntegra es también una militante por los derechos humanos, comprometida en la deconstrucción de un sistema patriarcal que oprime con mayor crueldad a las mujeres” y agregan desde la CTA Autónoma, “su trabajo y compromiso en la defensa de los tareferos, los luchadores sociales criminalizados, las mujeres victimizadas, los trabajadores del Mercado Central, los chóferes de UCRA Misiones, la defensa de María Ovando, su participación en los procesos de recuperación de fábricas en Misiones, su intervención en la defensa de los reprimidos por las fuerzas de seguridad, las víctimas de violencia institucional son parte de una larga trayectoria de ejercicio de la profesión que no pueden ponerse en duda tan impunemente”.

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