Día: 2 septiembre, 2026

Banco Macro mejora las tasas de préstamos hipotecarios a 20 años

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Banco Macro mejora su tasa de Préstamos Hipotecarios para beneficio de sus clientes e hijos. La entidad lidera la flexibilización del mercado al bajar tasas y extender plazos a 20 años, en línea con el impulso al crédito hipotecario que promueve el Gobierno Nacional.

Banco Macro presenta una nueva propuesta de préstamos hipotecarios para sus clientes Plan Sueldo Selecta y sus hijos, con condiciones más competitivas para quienes buscan comprar su vivienda, ampliarla o refaccionarla.

Con tasas de UVA + 7,5%, Banco Macro acompaña el programa recientemente anunciado por el Gobierno para ampliar el crédito hipotecario.

Un aspecto clave de esta iniciativa es que no solo alcanza a los titulares de Plan Sueldo Selecta: sus hijos también pueden acceder al crédito de manera individual, con las mismas condiciones preferenciales.

De esta forma, la línea amplía las posibilidades de acceso a la vivienda propia también para las nuevas generaciones dentro de una misma familia.

Con este anuncio, Banco Macro asume un rol de liderazgo en el desarrollo del mercado de crédito para vivienda, poniendo a disposición de sus clientes un beneficio que responde a una demanda sostenida: financiamiento más accesible y a mayor plazo.

La palabra del CEO

“Banco Macro lidera estas iniciativas de crédito, adaptándonos con dinamismo y con un profundo conocimiento de las necesidades de nuestros clientes. Bajamos la tasa a UVA + 7,5%, y volvemos a ofrecer plazos de hasta 20 años para la financiación hipotecaria. Con esta actualización buscamos dar una señal concreta al mercado. Bajar la tasa y volver a ofrecer plazos de hasta 20 años les permite a nuestros clientes, y también a sus hijos, proyectar la compra o mejora de una vivienda con una cuota mucho más accesible, en sintonía con lo que el país necesita en esta etapa”, señaló Juan Parma, CEO de Banco Macro.

Plazos más largos, cuotas más accesibles

Uno de los puntos centrales de esta línea es la extensión del plazo a 20 años, un horizonte poco frecuente en el mercado hipotecario argentino.

Este plazo permite que la cuota inicial resulte más baja en relación al ingreso,  ampliando el universo de clientes —titulares e hijos— que califican para un crédito hipotecario y facilitando el camino hacia la vivienda propia.

La reducción de la tasa  UVA + 7,5%, significa una mejora que impacta de manera directa en el costo total del préstamo y posiciona a Banco Macro con la oferta más competitiva del segmento.

La línea está destinada a clientes Plan Sueldo Selecta y, de forma independiente, a sus hijos. Contempla distintos destinos: compra de una vivienda, y mejora, ampliación o refacción de inmuebles.

Tiene alcance en todo el país, por lo que puede solicitarse desde cualquier provincia, sin importar dónde se encuentre la propiedad a adquirir o mejorar.

Este beneficio responde al compromiso del banco con sus clientes y su grupo familiar, para quienes buscan sostener una propuesta de valor diferencial a través de soluciones financieras ágiles y a medida de sus necesidades.

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El salario mínimo sube a $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril de 2027

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El Gobierno fijó por laudo una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), luego de que empresarios y representantes de los trabajadores no alcanzaran un acuerdo en la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El piso salarial partirá de $383.800 desde septiembre y tendrá incrementos mensuales hasta alcanzar $437.000 en abril de 2027.

La Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece los nuevos valores para los trabajadores comprendidos en el régimen de contrato de trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y los empleados de la Administración Pública Nacional y de los organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

La decisión se tomó después de que la reunión convocada para el 28 de agosto terminara sin consenso. Ante la falta de acuerdo, la normativa establece que corresponde emitir un laudo para determinar tanto el salario mínimo como los valores de referencia de la prestación por desempleo.

El nuevo esquema contempla una actualización escalonada. Desde el 1° de septiembre de 2026, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada legal completa queda establecido en $383.800, mientras que para los trabajadores jornalizados se fija en $1.919 por hora.

A partir de octubre, el piso mensual ascenderá a $391.200 y el valor horario a $1.956. En noviembre llegará a $398.800 y $1.994, respectivamente, mientras que en diciembre será de $406.400 mensuales y $2.032 por hora.

La actualización continuará durante 2027. En enero, el SMVM será de $414.200; en febrero, de $422.000; en marzo, de $429.600; y finalmente en abril alcanzará los $437.000. Los valores horarios correspondientes serán de $2.071, $2.110, $2.148 y $2.185, respectivamente.

La secuencia implica que el salario mínimo pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril, una suba nominal acumulada de aproximadamente 13,9%. El incremento se distribuye en ocho etapas, lo que permite anticipar el valor del piso salarial durante los próximos meses, aunque su impacto real sobre el poder adquisitivo dependerá de la evolución de los precios y de los ingresos efectivos de cada trabajador.

Un aspecto central de la resolución es que estos valores funcionan como un piso legal para las relaciones laborales alcanzadas por la normativa. No significan que todos los trabajadores registrados perciban exactamente ese monto: cuando existen convenios colectivos con salarios superiores, esos acuerdos continúan operando por encima del mínimo establecido.

La decisión también tiene impacto sobre el sistema de protección frente al desempleo. La prestación continuará calculándose en función del 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.

Sin embargo, la resolución establece límites vinculados directamente con el salario mínimo. La prestación por desempleo no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese mismo valor. De esta manera, cada actualización del salario mínimo modifica también los pisos y techos aplicables al seguro de desempleo.

El mecanismo elegido vuelve a poner en el centro la discusión sobre la capacidad del salario mínimo para funcionar como referencia efectiva de ingresos laborales. El dato relevante no será solamente cuánto aumenta nominalmente, sino cuánto representa ese nuevo piso frente al costo de vida y frente a las remuneraciones que efectivamente perciben los trabajadores de menores ingresos.

Desde una perspectiva de soluciones, la principal herramienta que introduce la resolución es la previsibilidad: al fijar de antemano los valores hasta abril de 2027, empleadores y trabajadores cuentan con una referencia cierta para planificar costos laborales e ingresos. El desafío será que esa previsibilidad no quede desfasada frente a la evolución de los precios, porque un aumento nominal previamente definido puede perder capacidad de compra si la inflación supera el ritmo de actualización.

La resolución deja así establecido un sendero salarial hasta el segundo trimestre de 2027, en un contexto en el que el Consejo Nacional no logró construir un acuerdo entre las partes. El nuevo piso será de $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril, mientras que la evolución de la inflación determinará cuánto de ese incremento se transforma efectivamente en una mejora del poder adquisitivo.

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SENASA fijó nuevas reglas de bioseguridad para la acuicultura

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció nuevas condiciones mínimas de bioseguridad y Buenas Prácticas Acuícolas (BPA) para los establecimientos comerciales de producción de peces destinados al consumo humano. La medida busca ordenar un sector en expansión, reducir el riesgo sanitario y generar condiciones compatibles con las exigencias de los mercados internacionales.

La Resolución 793/2026, publicada este 2 de septiembre en el Boletín Oficial, alcanza a toda la cadena de producción comercial de peces para consumo dentro del territorio argentino, tanto en establecimientos emplazados en tierra como en cuerpos de aguas continentales o marítimas. La norma fue firmada por la presidenta del SENASA, María Beatriz Giraudo Gaviglio.

El cambio no se limita a establecer requisitos administrativos. El nuevo esquema introduce un conjunto de obligaciones vinculadas con infraestructura, manejo sanitario, control de accesos, calidad del agua, trazabilidad, tratamiento de mortalidades, vigilancia epidemiológica y respuesta ante enfermedades. El objetivo es que la prevención forme parte de la gestión cotidiana de los establecimientos y no solamente de la respuesta frente a un brote.

Entre las condiciones generales, los establecimientos deberán estar inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), respetar las exigencias de bienestar animal y contar con un Técnico Acuícola Acreditado por el SENASA. La autoridad sanitaria también exige que cada establecimiento implemente procedimientos para diferenciar unidades epidemiológicas y evitar la contaminación cruzada mediante el uso exclusivo de determinados equipos y materiales por sector.

Uno de los ejes centrales será el control del agua. Los establecimientos deberán monitorear periódicamente la calidad de los afluentes y utilizar filtros mecánicos antes de su captación para impedir el ingreso de peces desde el exterior. En el caso de los efluentes, la resolución establece que no podrán descargarse directamente en cursos de agua naturales sin un tratamiento previo efectivo que evite la propagación de agentes patógenos.

La norma también incorpora una lógica de trazabilidad sanitaria mucho más detallada. Los establecimientos deberán registrar el ingreso y egreso de personas y vehículos, los movimientos de peces y material reproductivo, la mortalidad diaria, los eventos sanitarios anormales, los análisis de laboratorio, los tratamientos veterinarios, los controles del agua y la capacitación del personal. Los movimientos de peces y material reproductivo deberán estar respaldados por el Documento de Tránsito electrónico (DT-e).

El manejo de la mortalidad adquiere especial relevancia. Los peces muertos deberán recolectarse diariamente y someterse a métodos seguros y validados de inactivación de agentes patógenos, como compostaje, ensilado, incineración en equipos de combustión cerrada o enterramiento. Cuando se opte por el enterramiento, la norma fija condiciones específicas para reducir el riesgo de contaminación, entre ellas que la napa freática se encuentre al menos a dos metros del fondo de la fosa.

El sistema incorpora además un mecanismo de alerta temprana. Ante una mortandad masiva, o cuando la mortalidad diaria se duplique durante dos o más días consecutivos respecto del promedio habitual para la etapa productiva y no exista una causa conocida, el establecimiento deberá notificar inmediatamente al SENASA. La obligación también rige frente a la sospecha de enfermedades de notificación obligatoria.

La respuesta ante estos eventos deberá estar prevista de antemano mediante un Manual de Contingencia actualizado. Allí deberán establecerse los umbrales de alerta, los mecanismos de notificación al SENASA, la eventual suspensión de movimientos, el aislamiento de lotes afectados y los procedimientos para disponer de los animales muertos y ejecutar un vacío sanitario total o parcial.

Para los establecimientos instalados en cuerpos de agua continentales o marítimos, el esquema agrega obligaciones específicas. Deberán controlar periódicamente el fondo bajo las jaulas y la columna de agua, mantener en condiciones las estructuras y redes de contención y garantizar la desinfección de embarcaciones, equipos de buceo y herramientas. También deberán llevar registros de las inmersiones y de la procedencia previa del personal y los equipos utilizados.

La resolución cobra particular importancia para la protección de zonas sanitarias estratégicas. El SENASA recuerda que la Argentina cuenta con una zona autodeclarada libre de enfermedades que afectan a los salmónidos y que esa condición fue ampliada en la actualización presentada ante la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y publicada en diciembre de 2025. El área comprende cuerpos de agua de las cuencas alta y media del río Limay hasta la represa de Piedra del Águila, en Neuquén y Río Negro, además de establecimientos acuícolas anexos que se abastecen de esos cuerpos de agua.

En ese territorio, el ingreso de peces o material reproductivo de especies susceptibles a enfermedades de notificación obligatoria deberá ajustarse a los requisitos sanitarios específicos establecidos para preservar la condición de zona libre. La protección de ese estatus resulta relevante no sólo desde el punto de vista sanitario, sino también por su potencial impacto sobre la producción y el acceso a mercados.

Uno de los aspectos más importantes para los productores será el período de transición. La resolución no plantea una adaptación instantánea para todos los establecimientos, sino un esquema gradual que reconoce la heterogeneidad del sector. Los titulares tendrán 90 días corridos desde la entrada en vigencia para presentar ante el SENASA un informe de cumplimiento o un plan de adecuación.

Cuando un establecimiento cumpla todos los requisitos, será considerado un “Establecimiento ictícola con condiciones mínimas de bioseguridad y BPA”. Si el cumplimiento es parcial, podrá presentar un plan con las acciones correctivas y los plazos previstos. En ese caso, el período máximo para completar la adecuación será de 24 meses desde la recepción del plan por parte del organismo sanitario.

La transición, sin embargo, no implica una suspensión de las obligaciones sanitarias esenciales. La resolución aclara que, desde su entrada en vigencia y hasta la presentación y validación del informe o plan, los establecimientos deberán cumplir inmediatamente aquellas medidas consideradas indispensables para prevenir riesgos sobre la sanidad de los animales acuáticos, la salud pública o el ambiente.

La entrada en vigencia se producirá a los 180 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial, por lo que el nuevo régimen establece un margen inicial para que los productores conozcan las exigencias y organicen su adecuación.

El trasfondo productivo de la decisión es relevante. El propio SENASA define a la acuicultura como un sector estratégico en crecimiento, con capacidad para contribuir al abastecimiento del mercado interno y, al mismo tiempo, ampliar y consolidar mercados internacionales para los productos derivados de la producción de peces.

El desafío será evitar que las nuevas exigencias se conviertan simplemente en una mayor carga burocrática para los establecimientos de menor escala. La solución que propone la propia norma es la adecuación gradual: diagnóstico inicial, identificación de brechas, medidas correctivas y un plazo de hasta dos años para alcanzar el estándar completo. El punto crítico será que ese proceso esté acompañado por procedimientos claros y previsibles del SENASA, capacitación y coordinación con las provincias y municipios, que fueron expresamente invitados a contribuir con la implementación.

La lógica sanitaria también tiene una dimensión económica. Un sistema de bioseguridad eficaz puede reducir pérdidas productivas asociadas a enfermedades, limitar la propagación de agentes patógenos y proteger la reputación sanitaria necesaria para vender en mercados externos. En una actividad donde un evento sanitario puede trascender rápidamente los límites de un establecimiento, la prevención funciona también como una herramienta de protección de la inversión y de continuidad productiva.

La Resolución 793/2026, en definitiva, intenta pasar de un esquema basado principalmente en la reacción frente a enfermedades a uno sustentado en prevención, trazabilidad y gestión del riesgo. Para la acuicultura argentina, el desafío será convertir ese nuevo estándar sanitario en una herramienta de crecimiento productivo, sin perder de vista las diferencias de escala y capacidad de inversión existentes dentro del sector.

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