Así se controlará el etiquetado y la publicidad de los productos de tabaco

El Ministerio de Salud delega la autorización de etiquetado y publicidad de productos de tabaco para agilizar controles

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El Ministerio de Salud dispuso, mediante la Resolución 2312/2025, que la Secretaría de Gestión Sanitaria asuma la facultad de autorizar o rechazar las solicitudes de etiquetado y publicidad de nuevos productos de tabaco presentadas por fabricantes e importadores. La medida, publicada en el Boletín Oficial, apunta a acelerar los procesos de evaluación y control, en línea con la Ley 26.687 de Regulación de la Publicidad, Promoción y Consumo de Productos de Tabaco.

La Ley 26.687, sancionada en 2011, establece medidas integrales para reducir el consumo de tabaco, prevenir su iniciación —especialmente entre jóvenes— y minimizar los efectos del humo en la salud pública. Entre ellas, prohíbe la publicidad engañosa, el uso de términos como “light” o “suave” y la difusión de información que sugiera beneficios inexistentes en los productos elaborados con tabaco.

El Decreto 602/2013 y la Resolución Ministerial 143/2022 reforzaron estas disposiciones, fijando que toda información al público sobre ingredientes y efectos debe ser aprobada previamente por el Ministerio de Salud, a través del Programa Nacional de Control de Tabaco.

Contenido técnico: cambios en la estructura de control

La resolución firmada por el ministro Mario Iván Lugones delega en el titular de la Secretaría de Gestión Sanitaria la potestad de emitir los actos administrativos que autoricen o denieguen las solicitudes de etiquetado y publicidad.

De este modo, las empresas fabricantes e importadoras deberán presentar ante dicha Secretaría sus propuestas, que serán evaluadas en función de las Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco, aprobadas en 2022.

La norma también contempla que esta delegación se mantendrá vigente aun si se producen cambios estructurales en la cartera sanitaria, asegurando la continuidad del proceso.

Según los considerandos, el objetivo de la medida es “brindar mayor celeridad al trámite y obtener mayor agilidad y capacidad de respuesta” en las autorizaciones. Esto permitirá al Ministerio actuar con mayor rapidez ante la aparición de nuevos productos y estrategias de marketing de la industria tabacalera, que buscan eludir las restricciones vigentes.

La Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles y el Programa Nacional de Control de Tabaco fueron los organismos técnicos que impulsaron esta decisión.

Repercusiones: impacto en la industria y la salud pública

El nuevo esquema podría endurecer los tiempos de aprobación y control sobre el etiquetado, dificultando el ingreso al mercado de productos que utilicen mensajes ambiguos o atractivos para menores. Para la industria tabacalera, esto supone una mayor exigencia de adecuación a las pautas oficiales antes de lanzar nuevas líneas de productos.

Desde el punto de vista sanitario, la medida fortalece las políticas de prevención y concientización sobre los riesgos del consumo de tabaco, alineándose con las recomendaciones internacionales de la OMS.

La delegación de competencias apunta a consolidar un esquema de fiscalización más ágil, que permita dar respuesta rápida ante los desafíos regulatorios que plantea el mercado del tabaco, especialmente en productos novedosos como los sistemas electrónicos de administración de nicotina.

En los próximos meses, la Secretaría de Gestión Sanitaria deberá definir protocolos operativos para implementar esta delegación y garantizar que los controles mantengan el rigor técnico y científico establecido por la normativa vigente.

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