El Gobierno suspende la desinversión de YPF en Metrogas mientras avanza la venta a Edenor

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El Gobierno nacional suspendió la obligación que pesaba sobre YPF para desprenderse de su participación accionaria en Metrogas, en una decisión que despeja un obstáculo regulatorio para la operación mediante la cual la petrolera estatal acordó vender su participación en la distribuidora a Edenor por US$ 780 millones.

La medida fue adoptada por el ministro de Economía, Luis Caputo, a través de la Resolución 1469/2026, que hizo lugar parcialmente al recurso presentado por YPF contra una resolución del entonces Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) y contra una orden de 2016 que exigía adecuar la composición accionaria de Metrogas a las restricciones previstas en la Ley 24.076.

El punto central de la resolución es que esa obligación de desinversión queda suspendida hasta que finalice la vigencia del Plan Gas.Ar o hasta que se perfeccione el proceso de venta actualmente en curso, lo que ocurra primero. En los hechos, el Gobierno evita que una orden administrativa de casi una década de antigüedad interfiera con la salida de YPF de Metrogas, operación que ya tiene un comprador identificado y cuyo cierre depende de las autorizaciones regulatorias correspondientes.

La decisión tiene una consecuencia inmediata sobre una de las principales operaciones corporativas del sector energético argentino. YPF había informado que el 10 de agosto aceptó la oferta de Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte (Edenor) para adquirir el 70% del capital y los derechos de voto que posee en Metrogas, además de un 5% de participación en Metroenergía. El acuerdo contempla la salida total de YPF de ambas sociedades y establece un precio de US$ 780 millones.

El cierre de la transacción todavía no es automático. Entre las condiciones precedentes figura la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables, incluida la aprobación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE), organismo que concentra las funciones que anteriormente estaban bajo la órbita del ENARGAS.

El argumento que cambió el escenario

La discusión regulatoria tiene su origen en la prohibición de integración vertical establecida por el artículo 34 de la Ley 24.076. Esa norma impide que un productor de gas, o una empresa controlada o controlante de un productor, tenga una participación controlante en una sociedad habilitada como distribuidora.

El objetivo de esa separación es evitar que una misma estructura empresarial controle simultáneamente la producción y la distribución y pueda utilizar esa posición para favorecer operaciones entre compañías vinculadas, con eventuales efectos sobre la competencia y, particularmente, sobre el precio que finalmente afrontan los usuarios.

YPF había argumentado que las condiciones del mercado que justificaron aquella exigencia cambiaron sustancialmente. Cuando ENARGAS ordenó en 2016 que Metrogas adecuara su estructura accionaria, el organismo planteaba la necesidad de avanzar hacia una normalización del mercado gasífero y contemplaba un escenario de mayor libertad en la negociación de precios entre productores y distribuidoras.

Ese escenario, según el análisis incorporado ahora por Economía, no se concretó de la manera prevista. Por el contrario, desde 2020 el Plan Gas.Ar estableció un esquema de abastecimiento con mecanismos regulatorios sobre volúmenes, precios, compradores, compensaciones y traslado de costos a las tarifas.

La dimensión de ese esquema resulta particularmente significativa: de acuerdo con el informe de la Dirección de Tarifas y Regalías citado en la resolución, aproximadamente el 68% de la producción nacional de gas correspondiente al período enero de 2024-marzo de 2026 provino de contratos celebrados dentro del Plan Gas.Ar.

El dato es utilizado por Economía para sostener que el esquema regulado mantiene una incidencia estructural sobre el mercado y que, bajo esas condiciones, las posibilidades de que una relación accionaria entre YPF y Metrogas genere acuerdos preferenciales capaces de perjudicar a los usuarios se encuentran sustancialmente limitadas.

Además, el informe oficial señala que durante 2024 y 2025 no se registraron adquisiciones de gas de YPF por parte de Metrogas bajo modalidades spot o fuera del esquema principal de abastecimiento estructurado por el Plan Gas.Ar.

Una suspensión, no una autorización definitiva

La resolución no elimina la discusión sobre la participación accionaria ni determina que YPF pueda permanecer indefinidamente como accionista de Metrogas. Lo que hace es suspender los efectos de las decisiones administrativas que imponían la desinversión, mientras se mantiene vigente el esquema regulatorio o hasta que se concrete la operación de venta.

La diferencia es relevante. El Gobierno no está aprobando por esta vía la permanencia de YPF como accionista controlante de la distribuidora, sino evitando que una obligación anterior produzca un cambio intempestivo en el control de una compañía encargada de prestar un servicio público esencial.

En ese punto aparece el argumento de mayor peso institucional de la resolución. Economía sostiene que una ejecución inmediata de la orden de desinversión podría generar un cambio de control en Metrogas susceptible de afectar la prestación del servicio de distribución de gas natural.

La resolución recupera así una lógica de periodismo de soluciones aplicada a la política regulatoria: ante una tensión entre una norma de competencia y la continuidad de un servicio esencial, la salida adoptada es transitoria y busca preservar la prestación mientras el organismo regulador analiza las condiciones definitivas.

El Ministerio de Economía recuerda que la Ley 24.076 obliga al Estado a proteger los derechos de los consumidores, garantizar el abastecimiento y la continuidad del suministro, preservar la seguridad del sistema y procurar tarifas justas y razonables. Sobre esa base, considera que los riesgos potenciales de ejecutar inmediatamente la desinversión podrían ser superiores a los de suspender sus efectos.

Edenor queda en el centro de la operación

Mientras tanto, el proceso de venta avanza sobre una estructura empresarial diferente. Edenor ofreció US$ 780 millones por la participación de YPF en Metrogas y Metroenergía, operación que permitiría a la petrolera desprenderse completamente de ambas inversiones.

Para Edenor, la adquisición supone una expansión significativa dentro de la cadena energética, al incorporar una posición de control sobre una de las principales distribuidoras de gas del país. Para YPF, en cambio, representa una operación de desinversión que concentra recursos y reduce su exposición accionaria en el segmento de distribución.

Pero la transacción deberá atravesar todavía el filtro regulatorio. La propia resolución establece que el ENRGE deberá analizar los potenciales efectos de la participación accionaria de YPF en función de las facultades que le otorga la Ley 24.076.

La cuestión de fondo, por lo tanto, no desaparece: cambia de escenario. La vieja disputa sobre la integración vertical entre producción y distribución queda temporalmente desplazada por una operación concreta de salida de YPF y eventual cambio de control de Metrogas.

El Gobierno decidió, en ese marco, evitar que una exigencia formulada en otro contexto regulatorio fuerce una desinversión por fuera del proceso competitivo que YPF ya inició y que cuenta con un comprador definido. La suspensión tendrá vigencia hasta el final del Plan Gas.Ar, el 31 de diciembre de 2028, o hasta que se perfeccione la venta, lo que ocurra primero.

La próxima instancia clave será, entonces, la evaluación regulatoria de la operación YPF-Edenor. Allí se definirá si el cambio de control cumple con las condiciones exigidas por el marco del gas y, fundamentalmente, si la transferencia puede concretarse preservando tres objetivos que atraviesan toda la resolución: continuidad del servicio, protección de los usuarios y competencia en el mercado energético.

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