Crean procedimiento unificado para sancionar a obras sociales y empresas de medicina prepaga
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La Superintendencia de Salud aprobó un nuevo procedimiento para agilizar denuncias y sanciones contra obras sociales y prepagas
Modernización del control y mayor poder sancionatorio: crean un régimen unificado para acelerar la respuesta a los reclamos del sistema de salud
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, oficializó este miércoles un nuevo Procedimiento General de Denuncias, Faltas Formales y Sanciones que apunta a agilizar la respuesta ante incumplimientos por parte de obras sociales y empresas de medicina prepaga. La medida, contenida en la Resolución 951/2025, deroga el sistema vigente desde 1998 y establece plazos más estrictos, presunciones legales de incumplimiento ante la falta de respuesta, y un sistema de sanciones progresivas basado en reincidencias.
Más velocidad y eficiencia: cambios clave del nuevo régimen
El nuevo marco regula dos procesos diferenciados bajo un único procedimiento normativo:
- Denuncias de beneficiarios, cuando detectan incumplimientos en prestaciones o cobertura.
- Faltas formales, detectadas por tareas de fiscalización del organismo.
Ambos procesos estarán regidos por un sistema que impone un plazo máximo de cinco días corridos para que obras sociales y prepagas respondan a requerimientos formales, y 30 días hábiles para que la Superintendencia resuelva los casos. En situaciones de urgencia o riesgo de vida, ese plazo puede reducirse aún más.
Además, se introduce una presunción automática de incumplimiento cuando las entidades no contestan en tiempo y forma, lo que fortalece la posición del denunciante y acelera la toma de decisiones por parte del Estado.
Sanciones progresivas y ranking público de cumplimiento
Uno de los elementos más destacados es la creación de un ranking de cumplimiento que será de acceso público. Permitirá conocer el historial de sanciones de cada agente del seguro de salud o prepaga, contribuyendo a una mayor transparencia y decisión informada por parte de los afiliados.
El régimen también incluye un nomenclador de sanciones que clasifica las faltas como leves, moderadas o graves, y establece multas progresivas de hasta 100 módulos (equivalentes al haber mínimo jubilatorio vigente). Entre las infracciones más severas se destacan:
- Negarse a afiliar a personas con aportes derivados.
- Incumplir coberturas mínimas obligatorias.
- Falsear información prestacional o financiera.
- Cometer fraude en procesos de registro o autenticación de beneficiarios.
En los casos más críticos, la SSS podrá proponer la intervención directa de las entidades infractoras, sin necesidad de un procedimiento previo, cuando se verifiquen riesgos para la continuidad de la atención o se detecten irregularidades de “extrema gravedad”.
Unificación normativa, control electrónico y trazabilidad
La implementación del nuevo régimen también implica una reestructuración tecnológica. Todos los trámites se canalizarán a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y el proceso completo –desde la denuncia hasta la notificación de la sanción o resolución judicial– contará con trazabilidad electrónica.
En paralelo, se aprobó un conjunto de recomendaciones para la mejora continua del procedimiento, que incluirán indicadores de seguimiento, auditorías internas y mecanismos para evaluar la reincidencia y el impacto de las sanciones.
Con esta resolución, la Superintendencia busca equilibrar la asimetría estructural entre usuarios y prestadores del sistema, reforzando los mecanismos de control y sanción en un contexto de creciente judicialización y conflictividad. En palabras del organismo, el objetivo es “garantizar la tutela efectiva del derecho a la salud” y asegurar “una gestión más ágil, equitativa y transparente”.
