Eliminaron la obligación de registrar los contratos de alquiler ante la AFIP

Compartí esta noticia !

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General N°5545/2024 que deroga la normativa que obligaba a registrar los contratos de alquileres de inmuebles ante ese organismo.

La resolución firmada por la titular de la AFIP, Florencia Lucila Misrahi, se basa en la derogación de la Ley de Alquileres N°27.551 –y su modificatoria 27.737- impuesta por el artículo 249 del mega DNU N°70/2023.

Aquella legislación aprobada en el año 2020, establecía la obligatoriedad del registro ante la AFIP de todos los contratos de locación de inmuebles, registración que podía ser hecha tanto por el locatario como por el locador.

Ahora, con esta medida el Poder Ejecutivo decidió abrogar las Resoluciones Generales Nros. 4.933 y 4.967 que establecían los lineamientos del RELI – Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles- con carácter obligatorio para todos los contratos.

No obstante ello, en la misma resolución firmada por la titular de la AFIP también se dispone que sí deberán registrarse aquellos locadores que quieran usufructuar los incentivos fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los bienes personales, sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias y a las ganancias, previstos respectivamente en los artículos 8°, 9°, 10 y 11 de la Ley 27.737.

Es decir, el RELI continuará vigente solo para aquellos locadores que deseen acceder a beneficios fiscales, que deberán iniciarlo a través de la opción “Alquileres” del micrositio “Inmuebles” (https://www.afip.gob.ar/inmuebles).

About The Author

Compartí esta noticia !
Te puede Interesar  Monotributo: la AFIP pone en marcha el final de la factura en papel

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin