Exportaciones aéreas: ARCA simplifica trámites y acelera pagos de beneficios

Aduana elimina cruce previo del manifiesto aéreo y agiliza reintegros a exportadores

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobó una modificación clave en el procedimiento de liquidación de reintegros a la exportación por vía aérea, eliminando el requisito de cruce informático previo con el Manifiesto de Exportación (MANE) y simplificando las autoliquidaciones para envíos en consignación y exportaciones de cuero. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5745/2025 publicada el 14 de agosto en el Boletín Oficial, busca acelerar el cobro de beneficios para exportadores y optimizar los procesos del Sistema Informático MALVINA (SIM).

La decisión se enmarca en una serie de cambios normativos recientes. El 29 de mayo, el Ministerio de Economía derogó la Resolución 537/1992 y sus modificatorias, eliminando los derechos de exportación a los cueros y modificando la fórmula para el cálculo de su base imponible, con el objetivo de equiparar condiciones con otros productos agroindustriales.
En paralelo, la ARCA avanza en la automatización de procesos y en la reducción de trámites manuales, particularmente en operaciones aéreas, donde los tiempos de liquidación tienen un impacto directo en la competitividad del exportador.

El cambio normativo: requisitos depurados

La resolución sustituye el punto 4.1 del Anexo III de la RG 1921, estableciendo que el SIM liquidará diariamente los beneficios, verificando requisitos operativos y documentales como:

  • Habilitación del exportador y ausencia de embargos.
  • Registro del “Cumplido” o Declaración postembarque conforme.
  • Conformidad del Banco Central en materia de liquidación de divisas.
  • Presentación de factura comercial y demás documentos exigidos.
  • Ausencia de bloqueos para el cobro de beneficios.
  • Declaración y vigencia del CBU de acreditación.
  • Pago de derechos de exportación, si correspondiera.
  • Cumplimiento fiscal según normativa vigente.

Si todos los controles resultan satisfactorios, el SIM pondrá las liquidaciones en estado “AUTO” (A Autorizar) para su acreditación.

Impacto en envíos en consignación y exportaciones de cuero

La norma deroga los puntos C y G del apartado 2 del Anexo V de la RG 1921, eliminando procedimientos que obligaban a cruzar información con el MANE para la vía aérea antes de iniciar la liquidación de beneficios.
Esto afecta de forma directa a:

  • Envíos en consignación, que ganan velocidad en su procesamiento.
  • Exportaciones de cuero, que ya no tributan derechos de exportación tras la derogación de la Resolución 537/1992.

En sus considerandos, la ARCA argumenta que el cambio permitirá “adecuar la normativa vigente” y acompaña el proceso de simplificación y digitalización del comercio exterior.
El Director Ejecutivo del organismo, Juan Alberto Pazo, firmó la resolución destacando la necesidad de generar condiciones operativas igualitarias y predecibles para todos los exportadores, reduciendo tiempos muertos y mejorando la trazabilidad de las operaciones.

El impacto se espera especialmente positivo para exportadores que dependen de la fluidez de los reintegros para sostener capital de trabajo.
Al eliminar un control previo y permitir que las validaciones se realicen en paralelo con otros pasos administrativos, la medida podría reducir varios días en el ciclo de cobro de beneficios.
También se anticipa que aerolíneas de carga, agentes de transporte y despachantes de aduana ajusten sus sistemas internos para alinear la gestión documental con los nuevos plazos.

La Resolución General 5745/2025 entró en vigencia el mismo día de su publicación. Las modificaciones ya rigen para todas las operaciones aéreas alcanzadas, lo que obliga a exportadores y operadores logísticos a revisar sus procedimientos para adaptarse a la nueva operatoria del SIM.

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