Registros Automotores: Justicia simplifica el esquema de aranceles
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El Gobierno nacional avanzó con una nueva reorganización del sistema registral automotor que apunta a simplificar la estructura de aranceles, reducir la cantidad de cánones vigentes y modificar el mecanismo mediante el cual se calculan los emolumentos de los encargados de los Registros Seccionales. La medida fue establecida por la Resolución 412/2026 del Ministerio de Justicia, publicada este lunes 31 de agosto, y entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre.
La decisión se inscribe en el proceso de transformación del Registro de la Propiedad del Automotor que impulsa el Ministerio de Justicia y que tiene como eje la digitalización, la reorganización de los trámites y una estructura de costos que, al menos en su diseño, resulte más sencilla de interpretar para quienes utilizan el sistema. El cambio no consiste solamente en modificar valores: el Gobierno busca alterar la arquitectura con la que se determinan los aranceles y, al mismo tiempo, desacoplar parcialmente la remuneración de los encargados del volumen total de dinero que recaudan sus registros.
Uno de los principales cambios es la reducción en un 40% de la cantidad total de cánones vigentes. Para conseguirlo, los anteriores Anexos I, II y III pasan a organizarse en ocho categorías, mientras que los Anexos IV y V quedan estructurados en seis y cuatro categorías, respectivamente. El objetivo declarado es terminar con una estructura arancelaria fragmentada y reemplazarla por un sistema basado en categorías y módulos que permita determinar el costo de cada operación de manera más uniforme.
El nuevo esquema toma como referencia el Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor, conocido como MRPA, creado por el Ministerio de Justicia mediante la Resolución 308/2026. La utilización de este módulo pretende convertir al sistema en una estructura más previsible: en lugar de una multiplicidad de cánones independientes, los trámites se agrupan y se les asigna una cantidad determinada de módulos.
El cambio también impacta directamente sobre la economía de los Registros Seccionales. La resolución establece un nuevo mecanismo para determinar los emolumentos de sus encargados, que parte de la recaudación total y establece una serie de deducciones vinculadas con certificaciones de firmas, determinados aranceles y el costo de los elementos registrales utilizados durante el período.
Una vez efectuadas esas detracciones, el esquema fija que los emolumentos estarán conformados por la totalidad del monto remanente hasta alcanzar los $16 millones. Sobre lo que exceda ese nivel, los encargados percibirán el 25%, mientras que el techo máximo queda establecido en $40 millones. De esta manera, la reforma introduce un sistema progresivo sobre la recaudación de los registros y establece un límite explícito para la remuneración.
El diseño busca cambiar un incentivo económico relevante dentro del sistema registral: el crecimiento de la recaudación por encima de determinados niveles ya no se traduce proporcionalmente en mayores emolumentos para los encargados. La diferencia queda destinada a los fondos contemplados por el artículo 6° de la normativa vigente, reforzando la separación entre los recursos generados por la actividad registral y la remuneración de quienes administran las unidades.
La resolución también establece parámetros específicos para las certificaciones de firmas y validaciones remotas. Sobre esos conceptos se aplicarán descuentos equivalentes a tres MRPA por cada arancel percibido y se mantienen mecanismos de asignación de los recursos hacia los fondos previstos por la normativa. En paralelo, se establece un tratamiento específico para determinados aranceles identificados como 8E, 8D y 8E en los anexos correspondientes.
El nuevo régimen contempla además un umbral de 1.200 MRPA para la distribución de determinados recursos vinculados con certificaciones. Hasta ese límite, el 100% integra uno de los fondos previstos en la normativa; el excedente pasa a otro destino. Para los registros exclusivos de motovehículos que no estén a cargo de funcionarios responsables de otras unidades operativas, se establece un tratamiento particular.
La misma lógica se aplica a determinados aranceles de certificación, con un límite equivalente a 450 aranceles 8E. El esquema procura así establecer reglas más homogéneas para distribuir los ingresos del sistema, mientras que el costo efectivo de los elementos registrales utilizados también queda incorporado a la fórmula de cálculo.
Desde la perspectiva del usuario, la reforma tiene una consecuencia potencialmente más importante que la discusión sobre la remuneración de los encargados: la reducción de categorías puede hacer más transparente la composición del costo de una operación. El problema histórico del sistema registral no fue únicamente el nivel de los aranceles, sino también la complejidad para anticipar cuánto terminaría pagando una persona por una transferencia, una certificación, una inscripción o cualquiera de los trámites vinculados con la propiedad de un vehículo.
En ese punto aparece la dimensión de política pública de la medida. Si la simplificación arancelaria se acompaña efectivamente con procesos digitales, información accesible y mecanismos que permitan conocer el costo antes de iniciar un trámite, la reforma puede reducir costos de transacción y, sobre todo, disminuir la incertidumbre para ciudadanos y empresas. La digitalización deja de ser entonces una cuestión meramente administrativa para convertirse en una herramienta concreta de transparencia.
La resolución forma parte del denominado Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor, que el Ministerio de Justicia aprobó mediante la Resolución 306/2026. El plan plantea una transformación del modelo de gestión registral basada en la optimización de procesos y en la incorporación de herramientas que permitan hacer más eficiente y accesible el sistema.
El desafío, sin embargo, estará en la implementación. Una reducción formal del número de categorías no garantiza por sí misma un sistema más barato ni más sencillo. El impacto real dependerá de que la nueva clasificación reduzca efectivamente los costos administrativos, facilite la comprensión de los aranceles y acompañe una digitalización que permita completar una mayor cantidad de operaciones sin intermediaciones innecesarias.
Para los usuarios, el resultado que importará será concreto: saber cuánto cuesta un trámite antes de iniciarlo, poder realizarlo con menos pasos y evitar costos que no estén claramente explicados. Para el Estado, el desafío será demostrar que la reorganización no se limita a cambiar la fórmula de distribución de los ingresos, sino que consigue construir un registro automotor más simple, trazable y eficiente.
La Resolución 412/2026 representa, en ese sentido, un cambio de arquitectura más que una actualización aislada de aranceles. El Gobierno reduce la cantidad de cánones, consolida el MRPA como unidad de referencia y establece un esquema con un tramo pleno hasta $16 millones, una participación del 25% sobre el excedente y un techo de $40 millones para los emolumentos. El verdadero resultado de la reforma se medirá, ahora, en la ventanilla —física o digital—: cuánto tiempo, cuánto dinero y cuánta incertidumbre le cuesta al ciudadano hacer una operación registral.
