Seguros: la SSN redefine “Grandes Riesgos” y habilita pólizas sin autorización previa
La Superintendencia de Seguros redefine los “Grandes Riesgos” y flexibiliza la comercialización de pólizas sin autorización previa
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Con la Resolución 471/2025, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) actualizó el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) para ampliar el alcance de los denominados “Grandes Riesgos” y permitir que las aseguradoras comercialicen estas pólizas sin necesidad de autorización previa. La medida, publicada en el Boletín Oficial del 3 de septiembre de 2025, busca dotar de mayor agilidad al mercado y transparentar la operatoria de un segmento clave para el financiamiento y la cobertura de activos de gran magnitud.
La resolución se inscribe en el proceso de revisión normativa que la SSN viene impulsando desde 2024, con el objetivo de desburocratizar la actividad aseguradora y adecuar los marcos regulatorios a las necesidades de un mercado cada vez más diversificado.
El punto central es la modificación del artículo 23.5 del RGAA, que ahora establece que se consideran Grandes Riesgos aquellas pólizas con sumas aseguradas superiores a 3,5 millones de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) —equivalentes hoy a más de $ 9.800 millones—, siempre que no correspondan a seguros de personas ni a planes que deban encuadrarse bajo las modalidades de autorización tradicional.
De este modo, el organismo a cargo de Guillermo Plate habilita a las compañías a emitir este tipo de coberturas con mayor flexibilidad, en línea con los estándares internacionales.
Contenido técnico de la resolución
La Resolución 471/2025 introduce dos cambios clave en el RGAA:
- Definición y operatoria de Grandes Riesgos (punto 23.5):
- Se establecen como tales las pólizas con sumas aseguradas superiores a 3.500.000 UVA.
- Pueden emitirse sin autorización previa, aunque las aseguradoras deberán remitir trimestralmente a la SSN la información detallada en el nuevo “Anexo del punto 23.5”.
- En las condiciones particulares de las pólizas deberá constar la leyenda que acredite que fueron emitidas bajo esta modalidad.
- Coberturas de carácter general y uniforme (punto 23.6):
- Se consolidan en un “Anexo del punto 23.6” los planes y cláusulas aprobadas previamente por la SSN con carácter obligatorio.
- Las aseguradoras podrán comercializarlos sin autorización específica, siempre que estén habilitadas en la rama correspondiente.
- La única excepción será cuando la normativa vigente exija presentación bajo las modalidades 23.2 o 23.3 del RGAA.
La resolución entró en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, lo que significa que las aseguradoras ya pueden aplicar estas nuevas disposiciones.
La actualización normativa tiene un impacto directo en las compañías de seguros patrimoniales y corporativos, que suelen concentrar los riesgos de mayor magnitud —como coberturas industriales, energéticas, financieras y de infraestructura—. Al eliminar la necesidad de autorización previa, el mercado gana en velocidad de respuesta y competitividad, lo que puede favorecer tanto a empresas locales como a inversores extranjeros que requieran cobertura para proyectos estratégicos.
Desde el punto de vista regulatorio, la SSN mantiene la capacidad de monitoreo a posteriori mediante la obligación de reportes trimestrales. De esta manera, equilibra la liberalización operativa con el control de solvencia y transparencia en las prácticas del sector.
Analistas del sector señalan que la medida podría fortalecer la colocación de pólizas corporativas en moneda dura, una demanda creciente en contextos de volatilidad cambiaria. También abre la puerta a un mayor ingreso de reaseguradoras internacionales, interesadas en un mercado que busca adecuarse a estándares globales.
La Resolución 471/2025 representa un paso hacia la modernización del marco asegurador argentino, en un contexto en el que las empresas demandan mayor previsibilidad y menos trabas burocráticas. Si bien el éxito dependerá de la capacidad de las aseguradoras de gestionar riesgos de gran escala de manera prudente, la norma envía una señal clara de apertura y acompañamiento regulatorio hacia un sector clave para el desarrollo económico.
