Un total de 546 siniestros viales, con 629 personas fallecidas, se registraron durante el primer bimestre del año, una cifra que representa un 27 por ciento menos de víctimas fatales en comparación con el 2008, año con una circulación similar, informó el Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
El nuevo reporte sobre siniestralidad vial de la ANSV subrayó, en ese sentido, que los primeros meses del 2022 (desde el 01 de enero al 28 de febrero) representan el bimestre con menos víctimas fatales en los últimos 14 años.
“Las estadísticas ratifican que el descenso de muertes que se produjo en 2021 se ratifica en este comienzo de 2022. Podríamos decir que estamos mejor que en 2019 y que los años anteriores, que los números son alentadores y que trabajar de manera federal, colaborando con todas las provincias para controlar los principales factores de riesgo en las rutas da resultados”, expresó el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano.
Sin embargo, remarcó que “aún tenemos 10 muertos por día en siniestros viales evitables en la Argentina, y que de esos muertos la mitad son chicos menores de 35 años”.
Es por ello que hizo hincapié en que la ANSV va a seguir profundizando sus acciones: “más controles, más educación, más suspensiones de licencia, más reclamo de Justicia para los homicidas viales y por sobre todas las cosas más divulgación de la seguridad vial como un tema de salud pública que nos afecta a todos son las premisas que no vamos a abandonar”, puntualizó.
Las cifras oficiales publicadas por el Observatorio Vial de la ANSV, detallan que las jurisdicciones provinciales y CABA tuvieron la siguiente cantidad de fallecidos durante primer bimestre del 2022: Buenos Aires (164); Santa Fe (49); Córdoba (49); Tucumán (34); Misiones (38); Chaco (21); Salta (14); Santiago del Estero (41); Corrientes (24); Entre Ríos (25), Jujuy (17); Mendoza (13); CABA (14), San Juan (8); Río Negro (22); San Luis (10); Formosa (15); Neuquén (19); La Rioja (11); Catamarca (9); La Pampa (19); Chubut (9); Santa Cruz (2); y Tierra del Fuego (2).
Según los datos publicados, la mitad de los siniestros ocurren en rutas, con mayor peso en las de jurisdicción nacional, y 5 de cada 10 siniestros fatales se debe a una colisión.
El 75 por ciento de las muertes viales son hombres y el 24 por ciento mujeres y la edad promedio en la que se concentra la mayor cantidad de víctimas fatales se encuentra entre los 15 y 34 años, siendo los usuarios de motos los más afectados.
Cómo año a año, Luchemos por la Vida, asociación civil argentina, con sede en Buenos Aires, dedicada a la prevención de accidentes de tránsito, dió a conocer las estadísticas anuales sobre la cantidad de víctimas fatales en hechos viales, año 2019
En primer lugar se encuentra Buenos Aires con 1668 víctimas falatales de accidentes de tránsito, siguen Santa Fe con 427, Tucumán 299, Córdoba con 275, en el quinto puesto, donde estuvo Misiones hoy se encuentra Santiago del Estero con 221.
El abogado y especialista en seguridad vial, Luis Di Falco a cargo del Comité consultivo del Consejo Provincial de Seguridad Vial dijo que “es la primera vez en que los datos de luchemos por la vida y los oficiales de Misiones están casi iguales. Nosotros tenemos 148 víctimas (Policía de Misiones) y ellos (luchemos por la vida) 156 víctimas y recordó que “el año pasado la policía dijo 199 y luchemos 299″. Pandemia de por medio, dejamos de ser quintos en cantidades de víctimas en las estadísticas de luchemos por la vida para pasar al 9 lugar. Necesitamos trabajar mucho desde lo cultural, mejorar los sistemas de controles y además innovar en muchas cosas papá mejorar y bajar los índices estadísticos que tenemos. Mucho trabajo por delante”.
Soledad Adorno
tiene al menos ocho meses de recuperación entre cirugías y tratamientos para
recuperar su salud. De milagro vive para contarlo. De nuevo la irresponsabilidad
al volante. De nuevo una sociedad que mira cómo mientras dura la conmoción los
culpables están detenidos y después… la nada.
Esta vez no hubo muertos pero quienes estaban al mando de los dos autos que corrían picadas en plena avenida Uruguay de Posadas la madrugada del lunes 29 de julio son potenciales asesinos al volante, y en tanto y en cuanto vuelvan a manejar o no reciban un castigo real, ellos u otros tan irresponsables como ellos, verán que no sucede nada – una vez más – y tendrán un arma que “sin querer” se puede disparar.
Así pasaban los dos autos involucrados en el accidente de la madrugada de hoy por la Av. Uruguay y Cabred pic.twitter.com/IhFJFkb4sr
¿Hay que cambiar las
leyes, o con las herramientas que la justicia tiene a mano se pueden aplicar
estos castigos? ¿Lo que nos sucede como sociedad, es falta de educación vial o
irresponsabilidad?
Cualquiera
que logre obtener una licencia de conducir debería saber que no se puede cruzar
el semáforo en rojo, cuáles son las velocidades permitidas en rutas, avenidas y
calles. Debería saber que en el caso de Posadas la tolerancia de alcohol en
sangre es cero al conducir, y en el resto de la provincia es 0,5 por ciento.
Debería saber que tomar el auto y correr una picada puede provocar la muerte de
otra persona. Sí, lo sabe.
Sabe respetar
las normas y las respeta cuando visita otro país. Entonces no se trata de un
problema de educación sino de irresponsabilidad, de un crónico desapego por las
leyes.
¿Por qué? Es
posible que la respuesta a esta pregunta sea que, observa, que a la larga todos
violan las normas y no vale la pena respetarlas si al fin de cuentas no ocurre
nada después.
La sociedad ya se familiarizó con el término culposo aplicado a los accidentes de tránsito. Y sabe que quiere decir que el que mató al volante lo hizo sin intención, según las leyes. Entonces se indigna, escucha los argumentos de la justicia, los vericuetos de los abogados y ve como el acusado se va a su casa. Y llega otro caso, y otro más, y la historia de la provincia tiene varios en su haber que disfrutan de la impunidad.
Hay un
antecedente que buscó cambiar el paradigma y estuvo a cargo del juez Carlos Giménez,
recientemente ascendido a juez del Tribunal en lo Penal 2 de Posadas.
Cambió la caratula de homicidio culposo a simple en el caso de Gastón Brunner, joven que con 1,44 gramos de alcohol en sangre manejaba a alta velocidad y desató una tragedia cuando chocó de frente con otro vehículo y mató a dos personas, además de herir a varias más.
Consultado por
Economis,
Giménez coincide en que la justicia puede encontrar herramientas para que los
castigos no sean tan blandos, aunque admite que el Código necesita modificaciones que no den lugar a interpretaciones.
“Las últimas
reformas al Código Penal argentino fueron parcializadas y la gran mayoría a
raíz del clamor social, sin tener en cuenta las consecuencias, trayendo serios
problemas a los operadores judiciales a la hora de aplicarlas. Considero que
debería haber una reforma integral”, explica.
¿Pero así como están
las leyes no hay mucho más para hacer para intentar frenar estos hechos que
terminan en muertes?
“En lo que
respecta al agregado del artículo 84 bis del Código trae más dudas que
certezas. Estipula homicidio culposo agravado, elevando a seis años el máximo,
cuando hay más de una víctima fatal, cuando pasa semáforo en rojo, o se excede
en el límite permitido de alcohol en sangre o cuando hay culpa temeraria, o
abandona a la víctima siempre que no se encuadre en abandono de persona. El legislador
habla de la culpa temeraria que en nuestra legislación nacional no se habla
tanto en doctrina o jurisprudencia. En fin, todos los siniestros viales quedan
en el ámbito de la culpa y no del dolo”.
“Pero la aplicación del dolo eventual considero que no se aplica a los efectos de dar un mensaje a la sociedad ni ejemplificar nada, ya que el fin no es la pena en sí sino que la persona condenada pueda reinsertarse en la sociedad”.
Como sociedad debemos hacer hincapié en una educación vial, controles rigurosos, exámenes de carnet realmente rigurosos, y buena infraestructura vial
El magistrado
remarca que en el caso de un evento dañoso, es decir si una persona va a exceso
de velocidad pasando semáforos en rojo con un vehículo preparado para correr a
alta velocidad por un lugar de tránsito de personas, surge que esa persona sabe
el daño que puede ocasionar, sin embargo su conducta fue de indiferencia. En estos
casos se puede entender como dolo eventual, y se podría prever en una reforma
del Código alguna cláusula sobre dolo eventual. Las estadísticas de lesiones y
muertes en siniestros viales o la justicia no van a solucionar el dolo eventual,
dice.
¿Controles sí o no?
Cierto es que la sociedad necesita ponerse de acuerdo a la hora de reclamar controles de tránsito. Si vamos de paseo por la provincia y nos paran diez veces, son una molestia y ralentizan la marcha. Si piden los papeles del auto en un control de rutina lo hacen para cobrar multas. Si hay radares son cuestionados en su legalidad, etc. Pero cuando ocurre un hecho de muerte al volante por imprudencia, reclama que los controles no están. ¿Hacen falta más controles? Sí. Y efectivos. De esos que buscan un cambio de conducta, con los que realmente infringen las leyes y pueden provocar una tragedia.
Habría que replantearse algunos casos en los que el que mató corriendo picadas y alcoholizado no tenga consecuencias tan leves
Pedro Duarte
es director general de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno de la
provincia. Admite que toda la tarea que se pueda hacer de prevención y de
capacitación no alcanza.
“Siempre decimos
que los siniestros viales responden a distintos tipos de causas, algunos
responden a la imprudencia de los conductores, otros a comportamientos temerarios
como en el caso de estas personas que conducían sus vehículos haciendo una
picada, que ni siquiera pueden alegar haber estado en una situación de
inconciencia porque el test de alcoholemia les dio cero, entonces no
dimensionan, ni les interesa el daño que pueden causar a otra persona, no
solamente a sí mismos. Ya sea por imprudencia o por la razón que fuera, todas
tienen que ver con la falta de responsabilidad y la falta de conciencia”.
Ejemplificó que
cuando la Provincia decidió poner radares en rutas, hubo una reacción en contra.
“Esa decisión generó muchos debates y reacciones pero en el fondo las
discusiones pasan por una cuestión formal por criticar si un radar está o no señalizado
cuando todo aquel que tiene una licencia de conducir debería saber las
velocidades permitidas”.
Duarte
considera que para frenar las muertes al volante hay muchas herramientas aunque
también se debe plantear que hay una falta de conciencia. “Como sociedad no estamos a la altura” y
planteó que modificar el Código Penal desde el Congreso es necesario. “Que se dé
el debate para una modificación es de
extrema necesidad y urgencia, para buscar una solución a la etapa posterior a
los siniestros. Hay casos en los que no queda
otro remedio que aplicar las consecuencias jurídicas y que las sanciones sean
más severas”.
De acuerdo a
cifras de la asociación Luchemos por la Vida, en la Argentina hubo en 2018, 7274
muertes en accidentes de tránsito, y Misiones se ubicó en el puesto cinco con
329 fallecidos, pero detrás de provincias con gran cantidad de habitantes como
Buenos Aires, Córdoba o Santa Fe.
Pero las
estadísticas si bien son necesarias como punto de partida, el debate es qué
hacemos en serio y de una vez por todas como sociedad para no lamentar más
muertes y para no llorar dos veces ante la impunidad, porque claramente lo
hecho hasta acá no está resultando suficiente.
Un entrerriano fue multado en la provincia mesopotámica, y al no ser notificado en el lugar se consideró ilegal el acto. El fallo sentaría un precedente para ser aplicado en todo el país. UNO Entre Ríos – La Justicia Federal de Paraná declaró inconstitucional las multas a través del sistema de fotomultas que funciona en la provincia de Misiones. Se entendió en el pronunciamiento del magistrado de la capital entrerriana que tienen un fin recaudatorio y no el fijado por la ley nacional de Tránsito. Esta decisión sienta un precedente que podría provocar que se declaren inconstitucionales los mecanismos de infracciones de otras provincias.
En las últimas horas del jueves el juez federal N° 2 de Paraná, Daniel Alonso resolvió declarar inconstitucionales las leyes provinciales de Misiones “que autorizan prescindir del claro mandato legal del artículo 70° del Reglamento Nacional de Tránsito sobre rutas de jurisdicción nacional”.
De esa manera, el juez hizo lugar al amparo presentado por paranaense Diego Beber Brunner, declarando la nulidad del acta de infracción de tránsito que se le impuso en Misiones.
En el expediente, se conoció que el conductor de Paraná hizo una presentación de amparo en la Justicia Federal contra la provincia de Misiones, impugnando por “manifiesta ilegitimidad el acta de comprobación de infracción emitida por la demandada y solicitando la suspensión del proceso administrativo iniciado por la Policía de Misiones”.
El problema de fondo era establecer cuál era el verdadero fin de los operativos con radares y fotomultas, si existía un interés recaudatorio, o bien había un fin sancionatorio y reflexivo en el sistema.
Por los descargos que hicieron la policía y la provincia de Misiones, solo se tuvo en cuenta la emisión de la multa y su posterior interés en intimar al infractor que debería saldarla en un tiempo perentorio. Similar a lo sucedido en Entre Ríos
Se recordará que en la provincia de Entre Ríos, el Superior Tribunal de Justicia declaró inconstitucional el uso de radar y cobro de fotomultas por parte de la policía provincial, como también las municipalidades. Se objetó que había un interés recaudatorio, y que los conductores con infracción se enteraban de las multas al llegarle a sus casas las cartas con las intimaciones de pago acompañadas de la foto con la aparente infracción.
De ese modo, el gobierno provincial y la policía trabajaron en avanzar con los controles manteniendo los radares, para lo cual sólo serían admitidas las multas que fueran notificadas a los conductores en los mismos procedimientos.
Para ello la Policía diagramó los operativos que deberían ser anunciados con antelación, y luego de comprobarse una infracción de un automovilista, el mismo debería ser notificado y advertido de la transgresión en un próximo puesto de control de la fuerza, así como se le debería notificar a quien conduce qué tipo de sanción recibiría.
El análisis en el juzgado de Alonso se inició con el amparo presentado por el conductor de Paraná. Al regresar de sus vacaciones le llegó una carta a su domicilio. Había sido multado en Misiones, en la ruta nacional 12 por un exceso de velocidad.
En el expediente se constató la multa del 9 de enero de 2019. Allí fue sancionado el automóvil y con la patente se estableció el domicilio y de allí el envío de la carta al titular del auto.
El conductor nunca fue notificado, y se enteró de la supuesta infracción cuando le llegó a su domicilio la copia con la multa y la intimación de pago.
Ante esto, el juez marca con claridad que tiene la facultad de intervenir por contar con la competencia que le otorga la propia Constitución Nacional.
En los argumentos, Alonso marca que al hacer su descargo la provincia de Misiones, “solo se limitó a marcar la multa grave, pero no se dispuso la retención de la licencia”, como tampoco se lo notifica de la infracción.
El juez federal alertó que el mecanismo de multa de Misiones “no fue corroborada siguiendo la metodología establecida por el artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito, sino por un sistema automático incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial”.
También inquirió el magistrado de Paraná: “Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción”.
No se verificó quién conducía, quién fue el policía que labró el acta, por qué iba con una excesiva velocidad y otras exigencias que reclama la Ley Nacional de Tránsito cuando autoriza el cobro de una multa por infracción sin afectar las garantías constitucionales.
Solo se identificó al supuesto conductor por la chapa patente, “sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar al conductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominial de un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal”.
Este procedimiento “de comprobación automática de la eventual infracción, aparece viciado en su legitimidad formal y tal vicio conculca elementales garantías constitucionales y legales”, entendió el juez federal. Por ello, consideró necesario declarar “nula el acta de infracción de tránsito realizada por Misiones”.
Ante esto es que dispuso considerar “inconstitucional la normativa legal de la provincia de Misiones, en tanto autoricen prescindir del claro mandato legal del artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito (24.449) sobre rutas de jurisdicción nacional, haciendo lugar a la acción de amparo promovida por Brunner”.
Precedente y futuras inconstitucionalidades
Al fallo de juez Alonso se lo considera inédito a nivel nacional y podría provocar un antes y un después en el cobro de multas en las provincias.
La resolución del magistrado brinda un precedente judicial, ya que cualquier ciudadano de Entre Ríos que llegue a ser sancionado en otra provincia, sin ser notificado y alertado de la infracción, podría presentarse en los estrados judiciales promoviendo un amparo como el analizado en el caso de la provincia de Misiones.
En los últimos tiempos se han hecho famosas las modalidades a la hora de multar en Córdoba, Santa Fe y otros estados provinciales, por lo que en caso de ser idénticas las acciones de las fuerzas de seguridad, podrían recibir la misma declaración de nulidad del acta de infracción como de inconstitucionalidad de la ley provincial que ampare los controles en rutas nacionales violando la ley nacional de Tránsito.
Otro punto que se aclaró a UNO, es que para que sea válida la intervención de la Justicia Federal, el afectado que recurra con una infracción de tránsito, la misma se deberá haber impuesto en una ruta nacional.
Surge de relevamientos de la asociación civil Luchemos por la Vida. Asegura este informe que Misiones disminuyó su tasa de muertes por accidentes de tránsito por cada cien mil habitantes.
En 2016 se registraron 7268 muertes por accidentes de tránsito, según un relevamiento de la asociación civil Luchemos por la Vida. Si bien las cifras no son reconocidas oficialmente, el relevamiento muestra que muere casi una por hora, y esto no ha variado de manera significativa en los últimos 25 años.
El relevamiento exhibe que las provincias que aumentaron su tasa de mortalidad fueron: La Pampa (42, 01), Santiago del Estero (38, 44), Jujuy (33, 71), San Luis (30, 53), Tucumán (26, 65), Entre Ríos (24, 11), Santa Cruz (24, 09) y Chubut (21, 02).
Asimismo, las que disminuyeron la tasa de mortalidad cada 100.000 habitantes fueron: Buenos Aires (14,15), Río Negro (14,7), Córdoba(12,5), Mendoza (16, 39), Chaco(19, 05), Neuquén (22, 13), Formosa (24, 90), San Juan (22, 32), Santa Fe (23,04), Salta (25,11), Corrientes (25, 39), Catamarca (29, 63), La Rioja (29, 67) y Misiones (31, 68). Junto a la Ciudad de Buenos Aires que tiene las tasa más baja de 3,77.
Luchemos por la Vida es una organización no gubernamental sin fines de lucro, de bien público, cuyo propósito es prevenir los accidentes de tránsito en la Argentina. Su principal interés es ayudar a modificar las actitudes, comportamientos y hábitos de los que hacen el tránsito en las calles y rutas todos los días para reducir el número de personas muertas y heridas significativamente.
Hace 25 años que en la Argentina la cifra anual de víctimas fatales oscila entre las 8000 y 7000, lo que implica una variación de un poco más del 10%. A diferencia de otros países donde hubo un marcado descenso del número de víctimas fatales, como en el caso de España que tuvo un descenso del 81%, pasó de 9032 víctimas fatales por año a 1680. También están los casos de Suecia, que pasó de 772 a 282, lo que implicó un descenso del 63%; y Holanda que pasó de 1376 a 570, un descenso del 59%.
“La cifra de muertos está ‘amesetada’ desde hace aproximadamente 25 años. Esta una situación a nuestro juicio muy grave. Desde el año noventa a la actualidad países como Suecia, Holanda, Estados Unidos y España han disminuido notablemente el número de víctimas. Nosotros, no”, dijo Alberto José Silveira, presidente de Luchemos por la Vida.
“La Argentina en el año 2011 suscribió y adhirió a la Década de la Seguridad Vial que estableció la ONU y se comprometió en disminuir la cantidad de víctimas fatales por los menos un 50%. Hasta ahora han pasado 6 años de la década y no los disminuyó nada”, agregó.
Al respecto Carlos Pérez, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dijo: “desde el inicio de la actual gestión, la ANSV viene denunciando la falta de datos estadísticos fidedignos en materia de siniestralidad vial. Desconocemos de donde recolecta la información y los datos la Asociación Luchemos por la vida”.
Aseguró que desde la ANSV se está trabajando arduamente en la recolección de datos que permitan tener estadísticas para realizar un análisis de la situación. “Debido a la importancia de los siniestros viales en términos de las vidas que esta epidemia se cobra año a año, no puede aceptarse la difusión y utilización de cifras que no sean un fiel reflejo de la realidad”, dijo Pérez.
Hay que ser serios con este tema, porque detrás de los números existen nombres de personas y familias destrozadas y no es con el morbo con lo que se educa, sino con la toma de conciencia y el respeto a las normas por parte de toda la sociedad
Los últimos números
Según el relevamiento de Luchemos por la Vida del 2016, que hoy refleja La Nación, se registraron 7268 muertes por accidentes de tránsito. Las provincias con más número de accidentes fatales fueron la de Buenos Aires, con 2211 muertos; Santa Fe, con 736 y Córdoba, con 415, lo que resulta lógico al contar con la concentración más alta de habitantes. Ahora bien, las provincias con una tasa de mortalidad más alta cada 100.000 habitantes fueron La Pampa (42,01), Santiago del Estero (38,44) y Jujuy (33,71).
Respecto del año 2015, en el que el número de víctimas fatales fue de 7472, tuvo lugar una disminución del 2, 7%
Respecto del año 2014, en el que el número de víctimas fue de 7613, tuvo lugar una disminución del 4,5 %
Respecto del año 2013, en el que el número de víctimas fue de 7896, tuvo lugar una disminución del 7,9 %.