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AFIP prorroga el plazo para el pago del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

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El organismo dispuso a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial que se podrán cancelar los pagos en hasta 3 cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.

A través de la Resolución General 5177/2022 publicada esta madrugada en Boletín Oficial, la administración a cargo de Mercedes Marcó del Pont estableció que para “los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago regularicen sus obligaciones del impuesto” en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en esta última norma, sin consideración la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) en la que dichos sujetos se encuentran incluidos – siempre que se trate de las categorías A,B, C o D”. Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.
 
El “SIPER” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

En los fundamentos se destacó que es objetivo permanente de esta Administración Federal “coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias” de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo. El plazo, vencía este jueves.

Condonación de deudas
El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal será del 1° al 18 de abril. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.

También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3.

En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril.

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Otorgan más tiempo para acceder a la moratoria y a la condonación de deudas de la AFIP

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La adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la solicitud para la condonación de deudas estará habilitada del 1° al 18 de abril. Asimismo, el organismo extiende el plazo hasta el 18 de abril para que los contribuyentes cumplidores puedan acceder a beneficios.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal. 

Como parte de las medidas para acompañar en la etapa de recuperación económica, el Gobierno impulsó beneficios impositivos contenidos en la ley de Alivio Fiscal. El organismo definió dar más tiempo con el objetivo de que más contribuyentes puedan acceder a las herramientas. La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General 5181 que será publicada en el Boletín Oficial.

Condonación de deudas: El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal será del 1° al 18 de abril. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril.

Moratoria: La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 29 de abril.. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.

Contribuyentes cumplidores: Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

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La AFIP anuncia la simplificación de trámites en el sistema de reintegros impositivos a exportadores

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy la simplificación de los trámites y la optimización de los controles en el sistema de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los exportadores, normativa que se publicará este lunes en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5173/2022, aunque recién entrará en vigencia el próximo 1 de julio.

En ese sentido, explicó que los cambios facilitarán la tramitación de solicitudes de acreditación, transferencia y/o devolución del beneficio fiscal, y que mejorarán la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.

“La Resolución General N°5173/2022 que se publica este lunes en el Boletín Oficial unifica en el Sistema Integral de Recupero (SIR) los distintos regímenes de devolución de gravámenes. La habilitación del SIR permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales, simplificar los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos”, detalló la AFIP en un comunicado en el que anunció que “la herramienta entrará en vigencia el 1° de julio”.

La unificación del SIR complementa los cambios implementados sobre los mecanismos de reintegro en marzo de 2021, cuando el organismo dispuso que los sujetos que solicitan reintegros de IVA por exportaciones debían presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales y cumplir además con las obligaciones dispuestas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas, entre otros requisitos.

“La instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio. La resolución prevé que entre abril y junio la AFIP recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias”, concluyó la AFIP.

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Una resolución de la AFIP impactaría en el precio de los smartphones

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Mediante una resolución, la AFIP modificó las condiciones del estampillado aduanero para los celulares, lo que impactaría en el precio de los smartphones.

Si bien la AFIP intenta aumentar la presión sobre los contribuyentes para mejorar la recaudación en el marco del acuerdo con el FMI, este viernes (11/3) emitió una resolución que podría afectar a la baja el precio de los teléfonos celulares.

Estampillado

Los smartphones, tanto los que son importados como los que se ensamblan en Tierra del Fuego, ya no requerirán de una estampilla aduanera debido a que comenzará a utilizarse para su control el código IMEI, de identidad internacional para equipos móviles.

La medida que permite optimizar recursos a las firmas del sector fue instrumentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante la Resolución General 5166/2022 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Hasta ahora, los dispositivos móviles debían contar con una estampilla aduanera, lo que implicaba un costo adicional para los importadores de estos productos o de sus componentes.

A partir de esta nueva norma, podrán optar por la utilización del IMEI en lugar de las estampillas fiscales.

Qué es el Código IMEI

El IMEI es un código de 15 dígitos pregrabado por el fabricante para identificar cada celular a nivel mundial.

El número permite la individualización de la marca y el modelo de acuerdo con lo definido por la asociación GSM (GSMA, por sus siglas en inglés), que nuclea a las operadoras de móviles.

El mismo se ubicará debajo de la batería, impreso en el equipo o en el estuche original.

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Consejos profesionales de Ciencias Económicas del NEA solicitaron a AFIP prorrogar la suspensión de embargos

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En la nota dirigida a la AFIP, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones, en conjunto con sus pares de la Región NEA (Corrientes, Chaco y Formosa) solicitaron la prórroga inmediata de la Resolución General N° 5052/21, a través de la cual se suspendían las iniciaciones de determinados juicios de ejecución fiscal y la consiguiente traba de medidas cautelares.

La medida antes mencionada había sido adoptada en el contexto de la emergencia sanitaria y entendiendo que lejos está de haber desaparecido los impactos de la pandemia como así también haberse iniciado una recuperación productiva, los CPCE insisten en la necesidad de suspender los embargos realizados y establecer una prórroga de la Resolución General N° 5052, mínimamente hasta la fecha de vencimiento para acceder al alivio fiscal, que se extendió al 31 de marzo del corriente año.

Por otra parte, por la Emergencia Ígnea, desde los Consejos Profesionales de Misiones y Corrientes se solicitó a la AFIP suspendan los inicios de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares a contribuyentes comprendidos en las zonas de desastre, de manera tal de morigerar el impacto negativo sobre diversos sectores de la economía y posibilitar generar condiciones necesarias para recuperar la actividad productiva y preservar las fuentes de trabajo. La AFIP por su parte dictó la resolución 5158-E estableciendo plazos especiales para la presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, la suspensión de intimaciones, juicios de ejecución y traba de medidas cautelares, y otras medidas excepcionales, para contribuyentes que desarrollen su actividad en determinadas zonas afectadas por los incendios en Corrientes y Misiones.

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