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Así se controlará el etiquetado y la publicidad de los productos de tabaco

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El Ministerio de Salud dispuso, mediante la Resolución 2312/2025, que la Secretaría de Gestión Sanitaria asuma la facultad de autorizar o rechazar las solicitudes de etiquetado y publicidad de nuevos productos de tabaco presentadas por fabricantes e importadores. La medida, publicada en el Boletín Oficial, apunta a acelerar los procesos de evaluación y control, en línea con la Ley 26.687 de Regulación de la Publicidad, Promoción y Consumo de Productos de Tabaco.

La Ley 26.687, sancionada en 2011, establece medidas integrales para reducir el consumo de tabaco, prevenir su iniciación —especialmente entre jóvenes— y minimizar los efectos del humo en la salud pública. Entre ellas, prohíbe la publicidad engañosa, el uso de términos como “light” o “suave” y la difusión de información que sugiera beneficios inexistentes en los productos elaborados con tabaco.

El Decreto 602/2013 y la Resolución Ministerial 143/2022 reforzaron estas disposiciones, fijando que toda información al público sobre ingredientes y efectos debe ser aprobada previamente por el Ministerio de Salud, a través del Programa Nacional de Control de Tabaco.

Contenido técnico: cambios en la estructura de control

La resolución firmada por el ministro Mario Iván Lugones delega en el titular de la Secretaría de Gestión Sanitaria la potestad de emitir los actos administrativos que autoricen o denieguen las solicitudes de etiquetado y publicidad.

De este modo, las empresas fabricantes e importadoras deberán presentar ante dicha Secretaría sus propuestas, que serán evaluadas en función de las Normas para la Divulgación de Información al Público Acerca de los Ingredientes de Productos de Tabaco, aprobadas en 2022.

La norma también contempla que esta delegación se mantendrá vigente aun si se producen cambios estructurales en la cartera sanitaria, asegurando la continuidad del proceso.

Según los considerandos, el objetivo de la medida es “brindar mayor celeridad al trámite y obtener mayor agilidad y capacidad de respuesta” en las autorizaciones. Esto permitirá al Ministerio actuar con mayor rapidez ante la aparición de nuevos productos y estrategias de marketing de la industria tabacalera, que buscan eludir las restricciones vigentes.

La Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles y el Programa Nacional de Control de Tabaco fueron los organismos técnicos que impulsaron esta decisión.

Repercusiones: impacto en la industria y la salud pública

El nuevo esquema podría endurecer los tiempos de aprobación y control sobre el etiquetado, dificultando el ingreso al mercado de productos que utilicen mensajes ambiguos o atractivos para menores. Para la industria tabacalera, esto supone una mayor exigencia de adecuación a las pautas oficiales antes de lanzar nuevas líneas de productos.

Desde el punto de vista sanitario, la medida fortalece las políticas de prevención y concientización sobre los riesgos del consumo de tabaco, alineándose con las recomendaciones internacionales de la OMS.

La delegación de competencias apunta a consolidar un esquema de fiscalización más ágil, que permita dar respuesta rápida ante los desafíos regulatorios que plantea el mercado del tabaco, especialmente en productos novedosos como los sistemas electrónicos de administración de nicotina.

En los próximos meses, la Secretaría de Gestión Sanitaria deberá definir protocolos operativos para implementar esta delegación y garantizar que los controles mantengan el rigor técnico y científico establecido por la normativa vigente.

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ARCA amplía hasta 120 cuotas el plan para regularizar el Impuesto a las Ganancias

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva modificación al régimen especial para regularizar saldos del Impuesto a las Ganancias derivados de la incorrecta imputación de quebrantos. La Resolución General 5743/2025 amplía los plazos, mejora condiciones de pago y habilita cuotas más extensas para contribuyentes que apliquen ajuste por inflación, como parte de una estrategia para fortalecer la recaudación sin recurrir a medidas coercitivas.

Mediante la Resolución General 5684, dictada en marzo de 2024, ARCA había creado un régimen de facilidades de pago enfocado en regularizar saldos del impuesto a las ganancias surgidos de declaraciones juradas con quebrantos mal imputados —por uso de valores actualizados no procedentes u otros errores materiales—. En noviembre de 2024, la Resolución 5742 amplió los beneficios permitiendo refinanciar planes presentados para casos que aplicaran ajuste por inflación. Ahora, con la RG 5743/2025 publicada este 5 de agosto en el Boletín Oficial, se suman nuevas condiciones más favorables.

Detalles técnicos: más cuotas, montos mínimos actualizados y plazos extendidos

La normativa reformula los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del régimen vigente:

  • Se ratifica que el plan puede aplicarse a:
    • Declaraciones juradas de Ganancias con quebrantos incorrectos en períodos no prescriptos.
    • Declaraciones de ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, que computen quebrantos a valores históricos (originales o rectificativas).
    • Intereses y multas vinculadas a esos quebrantos.
  • Cantidad de cuotas:
    • Para casos generales: hasta 36 cuotas mensuales.
    • Para quienes apliquen ajuste por inflación y cumplan requisitos especiales: hasta 120 cuotas.
  • Montos mínimos por cuota:
    • Casos generales: $50.000.
    • Ajuste por inflación: $500.000.
    • Multas e intereses (inciso c): $200.000.
  • Plazos de adhesión:
    • Régimen general: hasta el 31 de octubre de 2025.
    • Casos bajo inciso b) del art. 1° (ejercicios cerrados entre dic/24 y nov/25): hasta el quinto mes posterior al vencimiento de la declaración.
    • Multas e intereses (inciso c): hasta el 30 de junio de 2026, si el impuesto principal ya fue regularizado.
  • El régimen no contempla reducción de intereses ni condonación de sanciones, preservando la integridad fiscal.

Fundamentos: objetivo de eficiencia recaudatoria sin litigios masivos

ARCA fundamenta la medida en razones de administración tributaria, con el propósito de “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”. El foco está puesto en reducir la litigiosidad, regularizar ingresos con celeridad y mantener los principios de equidad tributaria ante errores formales pero recurrentes en el cómputo de quebrantos.

El artículo 2° también aclara que quienes hayan manifestado su voluntad de aplicar ajuste por inflación mediante el servicio “Presentaciones Digitales” hasta el 1 de septiembre de 2025, podrán acceder a los beneficios extendidos, si presentan sus declaraciones rectificativas al menos cinco días antes de la adhesión al plan.

Este régimen beneficia principalmente a empresas medianas y grandes con estructuras contables complejas, que aplicaron mal el tratamiento de quebrantos arrastrados, sobre todo en un contexto inflacionario donde la actualización de montos genera conflictos interpretativos. También alcanza a contribuyentes que incurrieron en errores involuntarios al trasladar saldos a favor entre ejercicios fiscales consecutivos.

El alivio puede tener impacto positivo sobre la recaudación sin requerir fiscalizaciones extensas, a la vez que ofrece previsibilidad a las empresas en proceso de auditoría o cierre de balances.

Con la nueva resolución, las empresas ganan margen de acción para revisar sus declaraciones pasadas y acceder a un esquema de pagos progresivo, sin caer en mora ni enfrentar sanciones mayores. La posibilidad de acceder hasta junio de 2026 para las multas e intereses derivados de quebrantos mal imputados es una medida que también busca sostener la voluntad de cumplimiento sin saturar la estructura de control de ARCA.

La medida se enmarca en un contexto de consolidación fiscal, donde el Ejecutivo apunta a mejorar la recaudación sin incrementar nominalmente la presión tributaria.

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Fuerte suba en el Índice de Costos del Transporte de cargas en julio por alzas en gasoil y financiamiento

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El Índice de Costos del Transporte (ICT), elaborado por la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), subió 4,03% en julio, el incremento más alto en lo que va de 2025 y el mayor en los últimos doce meses. Con este resultado, el índice acumula un aumento de 18,6% entre enero y julio y una variación interanual del 32,6%, según informó la entidad.

El Índice de Costos del Transporte (ICT), elaborado por la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), registró en julio un incremento del 4,03%, el más elevado en lo que va de 2025 y el más alto de los últimos doce meses.

La aceleración de julio se produjo tras varios meses de variaciones moderadas: 2,56% en junio; 0,81% en mayo; 1,9% en marzo; 1,6% en febrero; y 2,62% en enero (con la excepción de abril, cuando la suba fue de 3,77%).

Con este nuevo valor, el ICT acumula un aumento del 18,6% en los primeros siete meses de 2025, mientras que la variación interanual asciende al 32,6%.

El ICT releva mensualmente 11 rubros que inciden de forma directa en los costos operativos del transporte de cargas en todo el país. El estudio cuenta con auditoría técnica de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y se utiliza como referencia en la determinación de tarifas del sector.

Los expertos del Departamento de Estudios Económicos y Costos de FADEEAC señalan que la suba de julio responde a la combinación de alzas en los costos más representativos del sector, así como también al impacto del aumento de las tasas de interés y el fuerte deslizamiento del tipo de cambio -oficial y de mercado- especialmente durante la última semana del mes.

En el caso de Combustible -el insumo de mayor incidencia en la estructura de costos del sector-, en julio se registraron dos aumentos que derivaron en un incremento mensual de 4,51%. Sumado al registro de junio (3,7%), el gasoil acumula una suba de 8,3% en tan solo dos meses.

Pese a esta dinámica, continúa vigente el diferimiento en la actualización de los impuestos específicos a los combustibles establecido por el Decreto 441/25, cuya prórroga fue dispuesta por el Decreto 522/25 para extenderse durante todo agosto.

El rubro Personal-Conducción, registró un aumento de 4,18%, que responde a la segunda cuota del acuerdo paritario CCT 40/89, con vigencia entre junio y agosto. Esto impactó también en los rubros asociados, como Reparaciones (5,54%) y Gastos Generales (2,52%), en un contexto de deterioro sostenido de la infraestructura vial.

Por su parte, el ítem Costo Financiero mostró una suba importante (8,82%), en línea con el endurecimiento de las condiciones de crédito y la inestabilidad macroeconómica, mientras que Material Rodante presentó el mayor incremento del año (6,22%).

Por último, Peajes mostró un leve ajuste (0,19%), y no se registraron cambios en Neumáticos, Seguros, Lubricantes, ni Patentes (estas últimas con actualizaciones anuales).

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Producción: “Los costos subieron 25% y muchas empresas no aguantan más”

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La CAME advirtió sobre el deterioro creciente del panorama productivo en Argentina. “Tenemos un mercado achicado”, señaló uno de los integrantes de la entidad.

Salvador Femenia, secretario de Prensa de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), advirtió sobre el deterioro creciente del panorama productivo en Argentina. Según explicó, los costos para producir aumentaron en torno al 25%, empujados principalmente por el incremento de tarifas y la caída del nivel de actividad.

“Sí, puede ser en términos relativos que hayan aumentado 25%. Sobre todo porque aumentaron las tarifas. Y al haber menos producción, el costo unitario sube por una cuestión de costos fijos”, detalló por Radio Rivadavia.

También abordó la salida de multinacionales del país. Según un informe, ya son 80 las grandes empresas que abandonaron la Argentina. Femenia reconoció que si bien algunas salidas obedecen a decisiones estratégicas, la mayoría responde a una ecuación que ya no cierra: baja rentabilidad, costos elevados y la imposibilidad de girar dividendos al exterior.

“Evidentemente tenemos un mercado achicado. Algunas empresas no pueden enviar remesas, otras buscan concentrarse en países con mejores perspectivas, como Brasil. Y aunque el cepo se promete levantar el año que viene, hoy por hoy el clima no es favorable para invertir ni quedarse”, analizó.

Otro punto crítico de la charla fue la situación del emprendedurismo joven. Femenia lamentó el cierre masivo de pequeños proyectos iniciados con entusiasmo y capital propio por jóvenes emprendedores.

Esta semana vimos una catarata de cierres. Muchos contaron en redes que arrancaron con todos sus ahorros, pero no hay consumo, no hay actividad. Y además, como siempre, el emprendedor en Argentina no tiene ningún trato diferencial. Falta crédito, y aunque haya ideas, la sobrevida es muy corta”, sostuvo.

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Orlando Ferreres prevé una inflación del 1,8% para julio y de entre un 2% y un 3% para agosto

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El economista opinó que “tampoco va a ser un aumento muy grande” y que “no va a tener grandes efectos sobre el crecimiento económico”.

El economista Orlando Ferreres pronosticó para agosto una inflación de “más de un 2 %” y que “puede llegar al 3%”, debido a las correcciones al alza en el tipo de cambio, pero consideró que “tampoco va a ser un aumento muy grande” y adelantó que la consultora que encabeza prevé para el mes de julio, que acaba de terminar, “una inflación minorista de 1,8%”.

“Tampoco va a ser un aumento muy grande, puede llegar al 3% quizá, y quizás pase el dos, pero no van a ser grandes los efectos de la inflación sobre el crecimiento económico”, afirmó Ferreres en declaraciones al programa “Sobremesa de noticias” por Radio Rivadavia.

Sin embargo, el titular de “Orlando Ferreres y Asociados” opinó que sí puede tener injerencia en la economía “la tasa de interés” que “afecta en los préstamos y en el crecimiento”.

“El último mes la base monetaria aumentó bastante y por lo tanto ese efecto puede notarse también en los precios al consumidor”, dijo y agregó que “eso va a ocurrir y puede tener efecto en los precios mayoristas y minoristas, y como siempre se dice, ocurre primero en los mayoristas y después en los minoristas”, señaló.

De todos modos, Ferreres consideró que en las elecciones de octubre “el Gobierno va a seguir ganando”, pese a “cierto incremento mínimo en el índice de costo de vida. Van a ganar bastantes diputados y senadores, eso es lo que esperamos”, subrayó.

Con las correcciones económica, para Ferreres “existen ganadores, como por ejemplo el sector de automóviles, que está vendiendo mucho más que el año pasado” y hay “sectores que son perdedores, como la construcción, que está teniendo una actividad muy baja, lo mismo que el cemento”.

“Hay ganadores y perdedores, aunque el promedio da un pequeño aumento de la actividad. A nosotros nos dio el índice que mide el Producto Bruto, que se llama Índice General de Actividad, y da un aumento de 0 a 7 en el mes de junio. Es el último que podemos calcular hasta ahora. Pero no nos viene dando bastante bien”, concluyó.

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