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Nuevo protocolo de control migratorio refuerza detección de víctimas de trata

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El Ministerio de Seguridad Nacional y la Dirección Nacional de Migraciones aprobaron un nuevo Protocolo para la Detección Temprana de Situaciones de Trata de Personas en Pasos Fronterizos. La medida, publicada este jueves 14 de agosto en el Boletín Oficial mediante la Resolución Conjunta 3/2025, actualiza y reemplaza el instrumento vigente desde 2012, incorporando criterios y herramientas adaptadas a las nuevas modalidades del delito.

El nuevo protocolo será de aplicación obligatoria para todas las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales que actúen como Policía Auxiliar Migratoria —Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria— así como para los agentes de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
Su objetivo es fortalecer la capacidad del Estado para prevenir, detectar e investigar la trata de personas en los pasos de ingreso y egreso del país, en línea con los compromisos asumidos por Argentina en tratados internacionales.

La actualización responde a un cambio sustancial en la dinámica del delito. El protocolo anterior, aprobado en 2012, antecedía a la Ley 26.842, que modificó de forma profunda el marco legal sobre trata. En los últimos trece años, las redes criminales han sofisticado sus métodos, operando con carácter intra e internacional y mayor coordinación logística.
Informes de la ONU (Oficina contra las Drogas y el Delito, 2024) advierten que los pasos fronterizos son escenarios críticos para detectar tanto a víctimas en etapa de captación y traslado, como a aquellas ya explotadas y en tránsito hacia otros puntos.

Contenido técnico y alcance del nuevo protocolo

El texto aprobado como Anexo IF-2025-81056586-APN-SSIC#MSG establece pautas unificadas para:

  • Identificación temprana de víctimas y presuntos tratantes en controles migratorios.
  • Procedimientos de intervención inmediata para resguardar la integridad de las personas.
  • Uso de herramientas tecnológicas y bases de datos para la verificación de identidad y antecedentes.
  • Coordinación entre organismos nacionales y cooperación con autoridades extranjeras.

El protocolo incluye un anexo reservado, con procedimientos específicos de actuación operativa, que no será de acceso público para resguardar la efectividad de las tareas de control.

La elaboración fue coordinada por la Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos de Trata y Contra la Integridad Sexual del Ministerio de Seguridad y la DNM, con apoyo técnico de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en el marco del Programa EUROFRONT. También participaron el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata, áreas de control de fronteras e hidrovías y de cooperación internacional, junto con las fuerzas federales.
La ministra Patricia Bullrich y el director nacional de Migraciones, Sebastián Pablo Seoane, rubricaron la norma.

El refuerzo de los protocolos en frontera apunta a cerrar brechas operativas que las organizaciones criminales han explotado en los últimos años. Desde el Ministerio de Seguridad remarcan que “la prevención del delito de trata es una política de Estado” y que el control migratorio coordinado es “clave para la detección temprana y la protección de las víctimas”.
Se espera que la implementación implique capacitaciones periódicas, uso de nuevos dispositivos de detección y la conformación de mesas de monitoreo interinstitucionales.

La norma ya está en vigor y se prevé su difusión interna inmediata entre los organismos involucrados. El monitoreo estará a cargo del Ministerio de Seguridad y la DNM, con revisiones periódicas para actualizar criterios frente a cambios en las modalidades delictivas.
En el plano regional, la medida podría fortalecer la cooperación con países limítrofes, especialmente en zonas de alta circulación como Misiones, Formosa, Salta y Jujuy, donde la presión migratoria y la actividad del crimen organizado requieren respuestas rápidas y coordinadas.

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ARCA amplía hasta 120 cuotas el plan para regularizar el Impuesto a las Ganancias

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva modificación al régimen especial para regularizar saldos del Impuesto a las Ganancias derivados de la incorrecta imputación de quebrantos. La Resolución General 5743/2025 amplía los plazos, mejora condiciones de pago y habilita cuotas más extensas para contribuyentes que apliquen ajuste por inflación, como parte de una estrategia para fortalecer la recaudación sin recurrir a medidas coercitivas.

Mediante la Resolución General 5684, dictada en marzo de 2024, ARCA había creado un régimen de facilidades de pago enfocado en regularizar saldos del impuesto a las ganancias surgidos de declaraciones juradas con quebrantos mal imputados —por uso de valores actualizados no procedentes u otros errores materiales—. En noviembre de 2024, la Resolución 5742 amplió los beneficios permitiendo refinanciar planes presentados para casos que aplicaran ajuste por inflación. Ahora, con la RG 5743/2025 publicada este 5 de agosto en el Boletín Oficial, se suman nuevas condiciones más favorables.

Detalles técnicos: más cuotas, montos mínimos actualizados y plazos extendidos

La normativa reformula los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del régimen vigente:

  • Se ratifica que el plan puede aplicarse a:
    • Declaraciones juradas de Ganancias con quebrantos incorrectos en períodos no prescriptos.
    • Declaraciones de ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, que computen quebrantos a valores históricos (originales o rectificativas).
    • Intereses y multas vinculadas a esos quebrantos.
  • Cantidad de cuotas:
    • Para casos generales: hasta 36 cuotas mensuales.
    • Para quienes apliquen ajuste por inflación y cumplan requisitos especiales: hasta 120 cuotas.
  • Montos mínimos por cuota:
    • Casos generales: $50.000.
    • Ajuste por inflación: $500.000.
    • Multas e intereses (inciso c): $200.000.
  • Plazos de adhesión:
    • Régimen general: hasta el 31 de octubre de 2025.
    • Casos bajo inciso b) del art. 1° (ejercicios cerrados entre dic/24 y nov/25): hasta el quinto mes posterior al vencimiento de la declaración.
    • Multas e intereses (inciso c): hasta el 30 de junio de 2026, si el impuesto principal ya fue regularizado.
  • El régimen no contempla reducción de intereses ni condonación de sanciones, preservando la integridad fiscal.

Fundamentos: objetivo de eficiencia recaudatoria sin litigios masivos

ARCA fundamenta la medida en razones de administración tributaria, con el propósito de “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”. El foco está puesto en reducir la litigiosidad, regularizar ingresos con celeridad y mantener los principios de equidad tributaria ante errores formales pero recurrentes en el cómputo de quebrantos.

El artículo 2° también aclara que quienes hayan manifestado su voluntad de aplicar ajuste por inflación mediante el servicio “Presentaciones Digitales” hasta el 1 de septiembre de 2025, podrán acceder a los beneficios extendidos, si presentan sus declaraciones rectificativas al menos cinco días antes de la adhesión al plan.

Este régimen beneficia principalmente a empresas medianas y grandes con estructuras contables complejas, que aplicaron mal el tratamiento de quebrantos arrastrados, sobre todo en un contexto inflacionario donde la actualización de montos genera conflictos interpretativos. También alcanza a contribuyentes que incurrieron en errores involuntarios al trasladar saldos a favor entre ejercicios fiscales consecutivos.

El alivio puede tener impacto positivo sobre la recaudación sin requerir fiscalizaciones extensas, a la vez que ofrece previsibilidad a las empresas en proceso de auditoría o cierre de balances.

Con la nueva resolución, las empresas ganan margen de acción para revisar sus declaraciones pasadas y acceder a un esquema de pagos progresivo, sin caer en mora ni enfrentar sanciones mayores. La posibilidad de acceder hasta junio de 2026 para las multas e intereses derivados de quebrantos mal imputados es una medida que también busca sostener la voluntad de cumplimiento sin saturar la estructura de control de ARCA.

La medida se enmarca en un contexto de consolidación fiscal, donde el Ejecutivo apunta a mejorar la recaudación sin incrementar nominalmente la presión tributaria.

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ARCA amplía el plan de facilidades de pago para el Impuesto a las Ganancias

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de facilidades de pago del Impuesto a las Ganancias, incorporando las multas al plan, reduciendo el pago inicial y extendiendo el plazo y las cuotas para regularizar las obligaciones. La adhesión estará disponible hasta el 31 de octubre.

Mediante la Resolución General 5742/2025, publicada en el Boletín Oficial, ARCA introdujo modificaciones al plan de facilidades establecido por la Resolución General 5.684. El régimen, que apunta a regularizar saldos del Impuesto a las Ganancias correspondientes a períodos fiscales no prescriptos, ahora incluirá también las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas.

Entre las principales novedades, se reduce el anticipo exigido del 3% al 2%, se amplía el número máximo de cuotas de 36 a 120 para determinados contribuyentes, y se eleva el monto mínimo de pago por cuota a $50.000 (o $500.000 para quienes apliquen el ajuste por inflación a quebrantos).

Plazos y condiciones

La adhesión al régimen estará habilitada hasta el 31 de octubre de 2025. Para los ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, el plazo será el último día del quinto mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada.

Además, ARCA abrió la posibilidad de refinanciar planes vigentes: los contribuyentes podrán solicitarlo entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre, sin necesidad de un nuevo pago a cuenta.

El organismo, que encabeza Juan Alberto Pazo, busca con esta medida dar más opciones a las empresas y contribuyentes para regularizar sus obligaciones en un contexto económico complejo. “La finalidad es simplificar el cumplimiento y dar herramientas más flexibles a quienes necesitan ordenar sus compromisos fiscales”, señalan desde ARCA.

La medida tendrá impacto en todo el país, especialmente en las provincias con fuerte presencia de pymes y contribuyentes que atraviesan procesos de reestructuración impositiva. Para Misiones, que cuenta con un tejido productivo compuesto mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, el régimen puede representar una herramienta clave para evitar litigios y mejorar el flujo de capital en el sector privado.

La adhesión y la refinanciación estarán disponibles en el sistema “Mis Facilidades” desde el 12 de agosto y el 2 de septiembre, respectivamente.

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Nuevo plazo para presentación de las obligaciones impositivas que vencían el 30 de julio

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece que, las obligaciones con fecha de vencimiento al 30 de julio, se podrán presentar hasta el 1° de agosto, inclusive. La medida se oficializará durante las próximas horas en el Boletín Oficial. 

Cabe destacar que la resolución es excepcional, destinada a contemplar la situación de determinados contribuyentes y responsables que en el día de ayer se vieron imposibilitados de acceder a los sistemas informáticos de ARCA, lo que pudo impedir el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones. 

Por ello, se contemplará la situación descrita y se colocará como nueva fecha de vencimiento para cumplir con las obligaciones el viernes 1° de agosto inclusive. 

Tipos de obligaciones que se pueden presentar hasta el 1° de agosto: 

● Fideicomisos financieros y no financieros 

● Participaciones societarias y manifestación de capacidad contributiva 

¿A quiénes específicamente? Solo las personas o empresas con CUIT terminados en 7, 8 y 9 que tenían vencimiento el 30 de julio. 

De esta manera, ARCA reconoce los contratiempos que pudieran haber generado los problemas técnicos ocurridos en la jornada de ayer y propone esta prórroga para evitar perjuicios a los contribuyentes.

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El Fondo Especial del Tabaco se gestionará con datos en línea en la web de ARCA

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El Gobierno simplifica la publicación de valores del Fondo Especial del Tabaco: ahora serán informados exclusivamente en la web oficial de ARCA

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificaron el mecanismo de publicación de los valores correspondientes al precio ponderado de venta al consumidor de cigarrillos y del adicional fijo del Fondo Especial del Tabaco (FET). A partir de ahora, esa información será difundida exclusivamente a través del micrositio “Tabaco” en el portal institucional de ARCA.

Nueva modalidad de publicación

La medida fue formalizada mediante la Resolución General Conjunta 5729/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, que modifica el artículo 5° de la Resolución Conjunta 2844/2010 (AFIP) y 264/2010 (SAGyP). Con este cambio, el organismo recaudador dejará de difundir estos valores mediante publicaciones impresas y se centralizará la información en línea.

En el comunicado oficial, las autoridades destacaron que la decisión busca “simplificar procedimientos, optimizar recursos y reducir costos”, en línea con la política del Estado nacional de fortalecer una administración pública eficiente y menos burocrática.

El FET, creado por la Ley 19.800, es una herramienta clave de redistribución y apoyo económico a las provincias tabacaleras —entre ellas Misiones, principal productora del país—, y se financia con un adicional sobre el precio de venta al público de los cigarrillos.
Hasta ahora, el valor ponderado y el monto fijo del fondo se publicaban semestralmente en el Boletín Oficial. Con la nueva modalidad, la información seguirá actualizándose dos veces al año, pero solo estará disponible en el portal de ARCA (https://www.arca.gob.ar), donde se indicará el semestre de aplicación.

Impacto para el sector tabacalero

La modificación es de particular relevancia para las provincias productoras como Misiones, Salta y Jujuy, que dependen de estos fondos para sostener programas de apoyo a productores y el desarrollo de infraestructura vinculada a la actividad. Según fuentes del sector, la digitalización del sistema puede agilizar el acceso a la información y mejorar la previsibilidad de las transferencias.

El texto oficial remarca que los servicios jurídicos permanentes de ambas carteras intervinieron en el proceso, garantizando el encuadre legal del cambio.

La resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación. Desde agosto, los productores, cámaras tabacaleras y gobiernos provinciales deberán consultar los valores exclusivamente a través del micrositio de ARCA, lo que marca una transición hacia un modelo 100% digital en la gestión del FET.

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