CNV

No existen restricciones para transferencias desde cuentas especiales de regularización bancaria

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Los fondos “blanqueados” podrán utilizarse para la realización de inversiones, informaron la CNV y el BCRA

La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) informaron hoy que, bajo el régimen de regularización de activos es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes.

Estas se podrán realizar desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados, sin restricción de monto, hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (AlyC), informaron a través de un comunicado conjunto la CNV y el BCRA.

Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.

Así quedó establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación, y para mayor información se puede consultar las normativas vigentes de la CNV y el BCRA

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Pymes: la CNV amplió el acceso al financiamiento

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La medida busca ampliar los actores en el sistema de garantías de instrumentos que ofrece el mercado. Con ello espera que las pequeñas y medianas empresas gocen una reducción significativa en los costos de financiamiento.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) amplió el acceso de las Pequeñas y Medianas Empresas (pymes) al mercado de capitales, facilitando así su financiamiento a largo plazo. Este objetivo se logra mediante la incorporación de nuevos actores al sistema de garantías de instrumentos que ofrece el mercado, según menciona el texto oficial.

Así, por medio de la Resolución General 1013/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo regulador del mercado modificó la lista de entidades que pueden actuar como garantes de valores negociables con oferta pública, incorporando a los Organismos Multilaterales de Crédito (OMC). “Estos organismos, dada su solidez financiera y carácter internacional, se convierten en una nueva opción para respaldar emisiones de deuda de las PyMEs”, reza el documento.

Para los OMC, se establece un procedimiento simplificado de inscripción en el registro de entidades habilitadas. Esto se justifica por la naturaleza y el nivel de supervisión que ya existe sobre estos organismos a nivel internacional.

Y agrega que la inclusión de los OMC refuerza la confianza en el mercado de capitales, al contar con el respaldo de instituciones de crédito internacionales.

Sostiene que al facilitar el acceso al financiamiento, esta medida busca fomentar la inversión y el desarrollo económico. Por ello, espera que tenga un impacto económico, ya que con un mayor número de garantes, se espera que aumente la oferta de instrumentos financieros en el mercado, lo que podría traducirse en una mayor liquidez.

Asimismo, espera caiga el costo de financiamiento debido a que la competencia entre las diferentes entidades de garantía podría llevar a una reducción en los costos de financiamiento para las pymes.

Por último, señala que las pymes tendrán acceso a una gama más amplia de opciones de financiamiento, lo que les permitirá elegir la que mejor se adapte a sus necesidades y que la incorporación de los OMC contribuye a consolidar el mercado de capitales argentino y a integrarlo a los mercados internacionales.

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Ofertas públicas: CNV modifica la norma para fijar el precio equitativo y exceptúa las privatizaciones

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) avanzó en la modificación de la norma que regula las ofertas públicas de adquisición (OPA) de empresas a través del mercado de capitales. La medida, que comenzará a regir la próxima semana, establece parámetros para la determinación del precio equitativo en esta clase de operaciones en cuanto al tipo de cambio y la tasa de interés a aplicar. Además, allana el terreno para la privatización de sociedades estatales al exceptuarlas de la necesidad de realizar una OPA cuando el Gobierno decida avanzar en las ventas.

La CNV aprobó este jueves la resolución general 1.012, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial. Mediante la nueva normativa se adecuan las disposiciones relativas a la determinación del precio equitativo en las OPA, “a fin de salvaguardar los intereses de los accionistas frente al paso del tiempo y el valor del dinero”, aseguró el organismo que preside Roberto Silva en un comunicado.

Una oferta pública de adquisición de acciones es una operación en la que una o varias sociedades oferentes realizan una oferta de compra a todos los accionistas de una empresa que cotiza en bolsa para alcanzar una participación en la sociedad que le permita acceder al derecho de voto en su directorio. De hecho, uno de los objetivos de las OPA puede ser hacerse del control de la compañía. En estas operaciones, hay lugar para que otras partes interesadas competidoras puedan presentar sus propias ofertas de adquisición en un plazo estipulado.

La medida de la CNV establece el precio equitativo debe expresarse, liquidarse y pagarse en la misma moneda acordada o utilizada en la toma de control, salvo que se acredite que ello no resulta posible.

“En caso de que el precio equitativo se encuentre fijado en moneda extranjera y no sea posible hacer efectivo la liquidación y pago en esa misma moneda, el mismo debe ser efectuado en su equivalente en pesos”, explicó el organismo. En estos casos, se utilizará el Índice Dólar BYMA, un indicador de referencia del dólar MEP publicado por Bolsas y Mercados Argentinos, o el tipo de cambio vendedor para el dólar billete en el Banco Nación correspondiente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a la fecha de liquidación. Entre ambos, el que fuese mayor.

“Asimismo, se contempla que si la moneda pactada fuese distinta al dólar o al peso, el precio deberá liquidarse y pagarse en su equivalente en dólares estadounidenses o, alternativamente, en pesos al tipo de cambio del párrafo anterior”, agregó el comunicado oficial.

En cambio, si el precio equitativo es fijado en pesos, se establece que dicho precio deberá incrementarse utilizando la Tasa Badlar en pesos de Bancos Privados, publicada por el Banco Central, que esté vigente al momento de la liquidación y pago de la operación.

Por otra parte, la resolución general allana el terreno para avanzar en la privatización de empresas públicas, tal como se propone el Gobierno de Javier Milei. En concreto, exceptúa a las privatizaciones que se realicen a través del mercado de capitales de cumplir con el régimen de OPA.

En concreto, indica que “no será de aplicación la obligación de efectuar una oferta pública de adquisición” en caso de que la “adquisición de la participación de control sea como consecuencia directa de la venta, total o parcial, por parte del Estado Nacional o sus entidades autárquicas en una sociedad en el régimen de oferta pública por acciones en el marco del proceso de la privatización de empresas públicas y siempre que la admisión de la sociedad al régimen de oferta pública por acciones tuviera lugar a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución General N° 1012”.

Por último, también exime de las OPA a los cambios en la participación de control que ocurran como consecuencia directa de un acuerdo o plan de reestructuración en el marco de un concurso preventivo o acuerdo preventivo extrajudicial (con o sin homologación judicial).

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Pagarés en dólares: nueva opción de financiamiento para empresas en Argentina

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La entrada en vigencia de la Resolución General N° 1003 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y con la aprobación de las reglamentaciones de Mercado Argentino de Valores S.A. y de Caja de Valores S.A. comenzaron a realizar operaciones con Pagares “Hard Dollar”.

Con este instrumento, utilizado por primera vez en los mercados de la Argentina, se abrió una nueva línea de financiamiento Pyme y de empresas, en general, de manera exitosa y superando las expectativas del mercado y con un impacto directo en la economía real y el sector productivo.

Esta nueva opción establece la posibilidad de negociación de los mencionados instrumentos emitidos en dólares para su pago en dicha moneda. La cláusula de pago es en efectivo y en moneda extranjera.

Se trata de una iniciativa impulsada por el Directorio de la CNV, para facilitar el financiamiento de las empresas a mediano y largo plazo, adecuando la negociación de pagarés a sus necesidades y ciclos productivos, dentro de un mercado de capitales más eficiente, transparente y a la altura de los altos estándares internacionales.

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Dólar: la CNV oficializa la eliminación del parking para créditos hipotecarios

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La norma dispone que, a partir de este lunes 10 de junio, estas operaciones quedarán exceptuadas de tres de las principales restricciones que hoy están vigentes para las transacciones de los llamados dólares financieros.

  • Excepción para valores respaldados por hipotecas UVA:

Las ventas de valores negociables con liquidación en moneda extranjera que se hayan adquirido previamente en pesos con fondos provenientes de créditos hipotecarios UVA quedan exentas de ciertas limitaciones. Esto significa que estos valores pueden venderse sin tener que cumplir con períodos mínimos de tenencia o restricciones en el margen de negociación (parking).

  • Requisitos de información

Los corredores y agentes deben informar a la CNV cierta información sobre las ventas de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

Esta información incluye el tipo de transacción, el monto involucrado y los valores o instrumentos involucrados.

Se agrega un nuevo artículo a las normas que establece los requisitos para transferir fondos de la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera a una cuenta bancaria para la compra de inmuebles.

La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Según los objetivos publicados en el texto oficial, la resolución busca facilitar la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera para la compra de inmuebles. Asimismo, destaca que aplica a todos los corredores y agentes registrados en la CNV.

La norma dispone que, a partir de este lunes 10 de junio, estas operaciones quedarán exceptuadas de tres de las principales restricciones que hoy están vigentes para las transacciones de los llamados dólares financieros:

  • El cumplimiento del plazo mínimo de tenencia en cartera de los bonos con los que se compra dólar MEP (conocido como Parking)
  • El régimen informativo previo (comúnmente llamado calendarización) de las operaciones con cinco días de anticipación
  • Las restricciones a la venta contra moneda extranjera en los casos de tener financiaciones abiertas vía cauciones, pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el mercado de capitales

Esto implica que las personas que tomen un crédito hipotecario UVA (es decir, atado a la inflación), como los que se han lanzado a ofrecer los bancos en el último tiempo, ahora podrán utilizar los pesos obtenidos con el préstamo para comprar dólares en el mercado de capitales local (MEP) y pagarle al propietario de la vivienda que va a comprar sin esas limitaciones que pesan sobre el resto de las compras de dólares financieros.

En el sector inmobiliario venían señalando que esas restricciones era un problema importante para la concreción de las operaciones de compraventa de viviendas, que casi en su totalidad se realizan en dólares. Ocurría que, por ejemplo, ante las fuertes tensiones que tuvo el mercado en los últimos días, el tiempo de espera del parking podía generar considerables pérdidas para las personas que habían tomado un crédito hipotecario.

El pedido les llegó a los funcionarios de parte de los bancos implicados en este tipo de financiamiento.

Roberto Silva, el presidente de la CNV, destacó al respecto: “El desarrollo de crédito hipotecario es muy importante para los argentinos y también para el mercado de capitales. A través de la RG 1004, se exceptúa del parking y algunas otras trabas regulatorias a los créditos hipotecarios UVA de manera tal de viabilizar las operaciones”.

El organismo precisó que, a partir de la nueva normativa, los agentes de bolsa deberán constatar el cumplimiento de las condiciones previstas antes de gestionar las operaciones de dólar MEP, conservando la documentación respaldatoria en los respectivos legajos de los clientes.

Por otra parte, respecto a la limitación para comprar dólar MEP en caso de contar con posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, la resolución general incorpora dentro de los financiamientos exceptuados (donde ya se encontraban las emisiones de deuda con oferta pública) a los pagarés librados en moneda extranjera con cláusula de pago en efectivo en dicha moneda y que hubieran sido descontados mediante su negociación en mercados registrados ante la CNV.

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