Comercios de Posadas ya están autorizados para abrir sus puertas y comenzar a atender desde este lunes.
Será cumpliendo un estricto protocolo sanitario (barbijo, 1 persona cada 15 metros cuadrados) y un horario con apertura a las 9 y cierre a las 17.30, de manera continuada.
Indumentaria,
calzado, regalería, agencias de motos, de autos, mercería, marroquinería,
muebles, artículos de decoración, bazar, librería, electrodomésticos,
reparación y venta de celulares, indumentaria deportiva, colchonerías, electrónica,
computación, juguetería, vinoteca, heladería, casas de cambio, abrirán sus
puertas, una vez recibida la autorización.
-¿Cómo van a ser los protocolos sanitarios en los comercios de la provincia?
Rubros
alcanzados:
a) Tiendas
de Ropas
b) Bazar,
Decoración, Regalarías y afines
c) Florerías
d) Venta de
Muebles
e) Ventas de
Motos y accesorios
f) Venta de
Vehículos
g) Venta de
productos para piscinas y/o similares que contribuyan al combate contra el
Dengue.
h) Productos
y accesorios de peluquería.
i)
Mercerías.
j)
Librerías.
k) Casa de
deportes.
l)
Electrónica.
m) Joyerías
n) Lencería
o)
Zapaterías
Medidas
Generales:
1) Realizar
higiene de manos FRECUENTEMENTE, con agua y jabón neutro o alcohol en gel,
durante toda la jornada laboral.
2) Mantener
una distancia de 2 metros o más entre personas (clientes y personal del local
comercial). En caso de no ser posible por la cantidad de personas, formar filas
de espera fuera del local, manteniendo la misma distancia.
3) Se
deberá garantizar, en los momentos de mayor afluencia de clientes, todos los
medios necesarios para una rápida atención, disminuyendo el tiempo de permanencia
de las personas en el local.
4) Se
deberán organizar las colas que se formen en el interior para abonar de forma
tal que existan al menos 2 mts. de distancia entre las personas. Como también
las que se formen en el exterior manteniendo
la misma distancia. Se sugiere marcar el piso adentro y afuera para la formación
de las colas de espera.
5) Al toser
o estornudar hacerlo en el pliegue del codo o pañuelos descartables.
6) Evitar
contacto de las manos con ojos nariz y boca.
7) Mantener
lugares aireados continuamente, sin perjuicio de existir lugares sin ventanas,
contribuir a la aireación manteniendo puertas abiertas y ventiladores
encendidos en los sectores de ingreso, tratando de favorecer ambientes secos.
8) No
compartir infusiones ni objetos de uso personal.
9) Realizar
limpieza y desinfección frecuente de todas las superficies que pueden tener
contacto con las manos en las instalaciones del espacio de trabajo. Se
reforzará la rutina diaria de limpieza en los lugares de trabajo comunes con
alcohol al 70%; baño y vestuario con lavandina en dilución acorde a norma
nacional y sin agregado de otros productos.
10) Limpieza
de pisos conforme lo recomienda la OMS (dos trapeados) antes del inicio del
ingreso del público y personal, como también al final de cada jornada.
11) Se
deberá ofrecer alcohol en gel o alcohol líquido diluido al 70% a los clientes
desde el ingreso a los locales y mientras están haciendo sus compras.
12) Se
deberá garantizar la provisión de todos los elementos para un adecuado lavado
de manos con agua y jabón en sanitarios, tanto para el personal como para los
clientes.
13) En los
sanitarios se deberá disponer elementos para el secado que no sean toallas de
tela. Pueden ser toallas de papel o secamanos de aire.
14)
Distanciamiento social – Se mantendrán los protocolos vigentes en materia de
evitar abrazos, saludos con besos, estrechar manos con clientes, empleados o
colegas de trabajo.
15) Las
actividades se desarrollarán acompañadas de campañas de divulgación sobre los
buenos hábitos de higiene y medidas preventivas.
16)
Recomendaciones visuales: Las oficinas y salones de atención al público o de
concurrencia de personas, deberán contar, especialmente en el acceso a las
instalaciones y en lugares de mayor visibilidad, con información sobre las
medidas de prevención y seguridad sanitaria.
17)
Restringir el acceso a personas de riesgo (entre ellas, mayores de 60 años o
con problemas de base respiratoria o diabetes), recurriendo a la consulta
personal de cada persona, para que declare tal circunstancia bajo su
responsabilidad.
18) El uso
de cubrebocas / tapabocas / barbijos, será de uso obligatorio conforme la
normativa provincial vigente, sin perjuicio de no ser el interior del local
comercial un espacio público.
19)
Priorizar los canales de venta online, los pagos por medios electrónicos
20) Cabe
destacar que el uso de barbijos, guantes, antibacteriales, alcohol en gel y
elementos desinfectantes son de carácter obligatorio para todo el personal que
preste servicios en las actividades reguladas en el presente, los cuales
deberán ser provistos por la patronal.
21) En los
sectores de caja, contar con separador de materiales tales como vidrio, PVC,
acrílico o lona transparente, que sirva como método de barrera entre las
partes, o máscara para los empleados que desarrollen atención al público, o
una distancia de 2 mts. mínima al mostrador.
22) Para
locales de indumentaria: En los probadores se respetará la distancia de 2
metros y además será desinfectado cada vez que salga algún cliente de allí.
23)
Mantenimiento estricto de licencias para personas de riesgo.
24) Queda
prohibido concurrir a los lugares de trabajo con menores de edad.
25) Establecer
la total prohibición de concurrencia a agentes que manifiesten sintomatología
afín a Covid19 (fiebre, tos seca, opresión en el pecho por falta de aire y
demás indicadas por el Ministerio de Salud), tanto personal como clientes.
26) Se
recomienda desafectar al personal personal mayor de 65 años, embarazadas y a
los empleados con patologías previas que constituyan grupo de riesgo.
27) Se
establece la obligatoriedad de cada agente (patronal o personal) a denunciar y
efectuar el llamado a las líneas de asistencia correspondientes en caso de
percibir síntomas de la enfermedad en cuestión.
28) En el
caso en que personal tome contacto o haya tomado en los últimos 14 días con
personas clasificadas como “caso confirmado”, deberá ser evaluado por la
autoridad sanitaria local y en caso de clasificarse como contacto estrecho
deberá cumplir con estricto aislamiento domiciliario en el marco de la
licencia excepcional reglamentada por las Resoluciones 178/2020 y 184/2020 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
29) Horario
de atención al público recomendado: 8:30 a 17:30 Hs.
Por su parte
la Provincia y los Municipios, asumen el compromiso de llevar adelante todas
las tareas de fiscalización y control, para que se dé estricta observancia a
las normativas nacionales de prevención y control.
Todo el personal incluído en las
actividades comprendidas en el Anexo de actividades excluídas del Aislamiento
Social, Preventivo y Obligatorio, deberá circular con constancia laboral
certificada por Policía de la Provincia de Misiones y en su caso el Certificado
Único de Circulación Nacional que correspondiera.