Economía sancionó a Forestal María José S.A. por incumplir el régimen de promoción en Misiones
El Ministerio de Economía resolvió aplicar una multa de $152.000 a Forestal María José S.A. por incumplimientos en un proyecto forestal aprobado bajo el Régimen de Promoción No Industrial. La sanción se suma al decaimiento de los beneficios fiscales ya dispuesto en 2022, y refleja la decisión oficial de endurecer los controles sobre empresas que recibieron incentivos y no cumplieron sus compromisos de inversión y empleo.
El caso: un proyecto millonario inconcluso
La Resolución 1259/2025, firmada por el ministro Luis Caputo y publicada este 28 de agosto en el Boletín Oficial, concluye un extenso proceso administrativo iniciado hace más de dos décadas.
- En 1997, Forestal María José S.A. había sido declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial (Ley 24.764, Decreto 494/97), con un proyecto de implantación de 800 hectáreas de eucaliptus grandis sobre un establecimiento de 1.000 hectáreas en los departamentos Apóstoles, 25 de Mayo y San Ignacio (Misiones).
- La empresa comprometió una inversión de $1,9 millones y la creación de al menos 3 puestos permanentes, 4 tras la puesta en marcha, y hasta 20 empleos temporarios.
- El proyecto debía estar en marcha antes del 31 de diciembre de 2009.
El 21 de abril de 1999, la compañía obtuvo el Certificado de Inicio de Ejecución de Inversiones Nº 32, lo que habilitaba el acceso a las franquicias fiscales previstas en la normativa (Ley 22.021, arts. 2° y 11).
Sin embargo, una auditoría posterior detectó que la firma vendió las tierras en marzo de 2015 y dejó de contratar personal desde septiembre de 2014, incumpliendo así los compromisos de producción y empleo.
La sanción: multa y ejecución fiscal
El procedimiento sancionatorio comenzó en mayo de 2023, tras el sumario ordenado por la Subsecretaría de Ingresos Públicos. La instrucción sumariante verificó que:
- La empresa realizó un único raleo y tala rasa en marzo de 2015, vendiendo la totalidad de la producción.
- No mantuvo personal en planta durante varios meses previos a la venta de los lotes.
Por esos incumplimientos, el Ministerio de Economía dispuso:
- Imponer una multa de $152.000, equivalente al 8% de la inversión comprometida, según el art. 17 de la Ley 22.021.
- Establecer un plazo de 10 días hábiles para el pago.
- Facultar al Estado a ejecutar la deuda por vía fiscal si no se cumple en término.
La resolución aclara que el acto constituye título ejecutivo y que el simple vencimiento del plazo produce mora de pleno derecho, sin necesidad de intimación.
Beneficios caídos y controles más estrictos
La multa no es el único revés para Forestal María José S.A. En junio de 2022, mediante el Decreto 307/22, el Gobierno ya había dispuesto el decaimiento total de los beneficios promocionales y el reintegro de los tributos diferidos, al comprobarse el abandono del proyecto.
La sanción actual es complementaria y marca un endurecimiento de la política de control sobre los programas de promoción. El dictamen de la Dirección Nacional de Incentivos Promocionales fue categórico: “la efectiva configuración de las infracciones materiales cuya comisión fuera imputada oportunamente a la firma conducen a la aplicación de las sanciones contempladas en la normativa vigente”.
El Gobierno de Misiones fue notificado de la resolución, al igual que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), sucesora de la AFIP en funciones de fiscalización de este régimen.
El caso revela los desafíos históricos de los regímenes de promoción económica, en especial en sectores como la forestación en Misiones, que recibieron importantes beneficios fiscales desde fines de los ‘90.
La sanción tiene varias implicancias:
- Económicas: refuerza la señal de que el incumplimiento de compromisos de inversión y empleo tendrá consecuencias, incluso décadas después de otorgado el beneficio.
- Políticas: se alinea con la estrategia del Gobierno de austeridad y orden fiscal, mostrando voluntad de recuperar recursos y disciplinar el uso de regímenes de promoción.
- Institucionales: sienta un precedente para otras empresas bajo investigación por proyectos inconclusos, reforzando el rol de la Dirección de Incentivos Promocionales y ARCA.
La empresa sancionada podrá interponer un recurso de reconsideración en un plazo de 20 días hábiles, conforme al Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72, T.O. 2017). De no hacerlo o si la apelación es rechazada, el Ministerio avanzará con la ejecución fiscal de la multa.
En paralelo, se espera que la cartera económica siga avanzando con la depuración de regímenes de promoción inactivos o incumplidos, en un contexto en el que el oficialismo busca ordenar las cuentas públicas y reducir gastos tributarios improductivos.
La medida también podría generar tensión con actores provinciales y empresas locales, que históricamente reclamaron una mayor flexibilidad en la fiscalización de proyectos forestales por las particularidades de los ciclos de producción.




