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Milei elimina trabas al régimen postal: habilita exportaciones comerciales sin tope y unifica la franquicia de importación

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El Gobierno nacional avanzó con una nueva desregulación del comercio exterior al reformar el régimen aduanero aplicable a los envíos postales. A través del Decreto 604/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei eliminó el límite de valor para las exportaciones comerciales realizadas por vía postal y unificó el tratamiento tributario de las importaciones sin finalidad comercial, con una franquicia de hasta US$400 por envío.

La decisión busca simplificar las operaciones de comercio exterior para pequeños productores, emprendedores y comerciantes que utilizan el correo como canal de venta internacional, al tiempo que elimina diferencias impositivas que existían entre el operador postal oficial y los servicios de courier privado.

Hasta ahora, las exportaciones comerciales por correo carecían de una reglamentación específica, una situación que, en la práctica, impedía que empresas y emprendedores argentinos aprovecharan los mecanismos simplificados previstos por la Unión Postal Universal (UPU), organización de la que Argentina forma parte desde 1887. Con la modificación normativa, las exportaciones comerciales enviadas por vía postal ya no estarán sujetas a límites de valor y será la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la encargada de establecer las normas operativas para su implementación.

En paralelo, el decreto elimina una de las principales asimetrías del sistema postal argentino. Hasta la entrada en vigencia de la norma, las compras realizadas mediante el operador postal oficial tributaban una tasa equivalente al 50% del valor de la mercadería, mientras que los envíos gestionados por couriers privados gozaban de una franquicia de hasta US$400 por envío, con un máximo de cinco operaciones anuales por persona.

Con la reforma, ese esquema queda unificado. Tanto los envíos ingresados por el operador postal oficial como aquellos canalizados por empresas privadas estarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística hasta un valor FOB de US$400 por envío, manteniéndose el límite de cinco operaciones por año para personas humanas. Si el valor supera ese monto, únicamente el excedente tributará conforme al régimen general.

La norma también deroga el artículo 8° del Decreto 161/99, que establecía la tasa del 50% para las compras ingresadas mediante el Correo Argentino, eliminando una diferencia que durante años fue cuestionada por generar condiciones desiguales entre los distintos operadores logísticos.

Otro de los cambios incorpora un procedimiento más ágil para el despacho aduanero. Desde ahora, el operador postal quedará habilitado automáticamente para actuar como representante del destinatario durante el proceso de nacionalización de la mercadería, salvo que éste manifieste expresamente su intención de realizar el trámite por cuenta propia antes del ingreso del envío al país.

La reforma también contempla un régimen específico para las exportaciones postales destinadas a ayuda familiar o envío de obsequios personales. En esos casos, las operaciones estarán exentas de tributos a la exportación siempre que el valor acumulado mensual remitido por una misma persona no supere los US$5.000.

Desde el Ministerio de Economía sostuvieron que la medida apunta a reducir costos administrativos, brindar mayor previsibilidad a quienes compran productos en el exterior y abrir nuevas oportunidades para que pequeñas empresas y emprendedores puedan comercializar bienes en mercados internacionales mediante un esquema aduanero simplificado.

La modificación se inscribe dentro de la estrategia oficial de desregulación del comercio y simplificación de trámites, con el objetivo de reducir barreras operativas, ampliar el acceso al comercio electrónico internacional y facilitar la inserción de productores argentinos en los mercados globales mediante herramientas compatibles con los estándares de la Unión Postal Universal.

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La independencia en liquidación

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¿Casualidad o definición política? Apenas veinticuatro horas después de encabezar los actos por el Día de la Independencia en Tucumán, Javier Milei sostuvo que la Argentina “solamente produce dulce de leche y biromes” para justificar la apertura irrestricta de las importaciones. Más que un exabrupto, la frase pareció resumir una idea de país.

No describe a la Argentina. Describe el horizonte al que conduce un modelo económico que desalienta la producción, debilita la industria y resigna soberanía.

¿Qué se conmemora realmente cada 9 de Julio? ¿Una fecha del calendario o la decisión de un pueblo de construir su propio destino?

La independencia declarada en Tucumán en 1816 no fue solamente la ruptura con la Corona española. Fue la afirmación de un proyecto político que aspiraba a una Nación capaz de decidir por sí misma, de producir su riqueza y de sostener con trabajo propio su libertad.

No es casual que Manuel Belgrano, mucho antes de crear la bandera, fuera uno de los pensadores económicos más lúcidos del Río de la Plata. Defendía el desarrollo de la agricultura, el impulso de la industria y sostenía que las materias primas debían transformarse en el país para generar empleo y riqueza. Advertía que las naciones prósperas eran aquellas que agregaban valor a su producción y no se resignaban a exportar materias primas para importar manufacturas. Más de dos siglos después, esa enseñanza conserva una vigencia asombrosa.

Porque la Argentina no produce solamente dulce de leche y biromes. Produce reactores nucleares, satélites, maquinaria agrícola, medicamentos, software, biotecnología, tecnología médica, conocimiento científico y alimentos con alto valor agregado. Todo eso existe gracias al trabajo acumulado de generaciones de obreros, científicos, docentes, investigadores, técnicos, universidades públicas, cooperativas y pequeñas y medianas empresas.

Y hay una ironía que el propio Presidente parece haber pasado por alto.

La birome, convertida por Milei en símbolo de la producción nacional, dejó de fabricarse en la Argentina hacia fines de la década de 1990, cuando BIC concentró su producción regional principalmente en Brasil y México y mantuvo en nuestro país únicamente sus operaciones comerciales. Aquella decisión fue consecuencia de un proceso de apertura económica y desindustrialización impulsado durante la convertibilidad. Sin proponérselo, Milei eligió como ejemplo un producto cuya fabricación desapareció del país como resultado de políticas muy parecidas a las que hoy reivindica.

Los números tampoco acompañan el relato oficial. La Unión Industrial Argentina advirtió que la actividad industrial volvió a caer en mayo y acumula un año de estancamiento. La producción retrocedió tanto en la comparación interanual como respecto del mes anterior, mientras la entidad alertó sobre la persistente debilidad de la demanda interna y el impacto que tiene el aumento de las importaciones sobre la industria nacional. Detrás de esos indicadores hay fábricas que trabajan por debajo de su capacidad, pymes que bajan sus persianas, trabajadores que pierden su empleo y conocimientos que el país tardó décadas en construir. No es una discusión ideológica. Es el costo concreto de un modelo económico que debilita la capacidad nacional de producir.

Cada vez más economistas advierten sobre el riesgo de consolidar una economía crecientemente primarizada: un país que exporta recursos naturales sin transformar, pierde peso industrial, genera empleo de menor calidad y depende cada vez más de la tecnología producida por otros. En otras palabras, una economía que resigna soberanía en nombre de una supuesta eficiencia del mercado.

Arturo Jauretche llamaba “zonceras” a aquellas ideas que lograban convencer a los argentinos de desconfiar de sí mismos y de creer que todo lo nacional era necesariamente inferior. No se refería solamente a prejuicios culturales. Hablaba de construcciones ideológicas que terminaban justificando políticas contrarias al interés nacional. Presentar a la Argentina como un país incapaz de producir otra cosa que dulce de leche y biromes parece inscribirse en esa lógica: instalar que el desarrollo industrial es una ilusión y que el único destino posible consiste en importar lo que otros fabrican.

Raúl Scalabrini Ortiz fue todavía más lejos. Sostuvo que la dependencia económica termina condicionando inevitablemente la soberanía política. Cuando un país pierde el control de su producción, de sus recursos estratégicos y de las decisiones sobre su economía, también pierde capacidad para decidir libremente su destino.

En la misma línea, Arturo Enrique Sampay entendía que la independencia política sólo podía sostenerse sobre una organización económica orientada al bien común. La Constitución de 1949 expresó esa convicción: la libertad de una Nación no podía reducirse a una declaración formal si los resortes fundamentales de la economía quedaban subordinados a intereses ajenos.

Nadie discute la necesidad de comerciar con el mundo. La Argentina siempre lo hizo y debe seguir haciéndolo. La verdadera discusión es otra: ¿desde qué lugar nos insertamos en ese mundo? ¿Como un país que exporta ciencia, tecnología, industria, conocimiento y trabajo argentino, o como uno que vende materias primas e importa cada vez más bienes elaborados?

Esa es la discusión que la frase presidencial pretendió simplificar.

Quizás dentro de algunos años nadie recuerde aquella declaración sobre el dulce de leche y las biromes. Lo que sí recordaremos será si la Argentina siguió cerrando fábricas o volvió a abrirlas; si continuó expulsando científicos, técnicos y trabajadores calificados o recuperó la decisión de invertir en su propio desarrollo; si aceptó resignarse a un papel periférico o volvió a creer en sus capacidades.

La independencia no se liquida de un día para otro. Se liquida cuando una Nación deja de creer en su capacidad para producir, investigar, innovar y agregar valor. Cuando acepta que otros fabriquen mientras ella apenas exporta lo que la naturaleza le dio.

Doscientos diez años después de la Declaración de la Independencia, esa sigue siendo la discusión de fondo. No sobre el dulce de leche ni sobre las biromes. Sobre el país que queremos construir. Porque la soberanía no se declama: se ejerce. Y la independencia no se celebra solamente cada 9 de Julio; se defiende todos los días, con trabajo, con industria, con ciencia, con educación y con la decisión política de que la Argentina vuelva a creer en sí misma.

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ARCA extiende hasta fin de año el alivio fiscal para importaciones sobre bienes esenciales e insumos PyME

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 las excepciones a los regímenes de percepción del IVA y del Impuesto a las Ganancias para determinadas importaciones PyME. La medida sostiene un beneficio financiero para bienes de primera necesidad e insumos destinados a micro, pequeñas y medianas empresas, reduciendo el costo de nacionalizar mercadería.

La Resolución General 5868, publicada este lunes en el Boletín Oficial, extiende por otros seis meses un régimen excepcional que debía finalizar el 30 de junio. La decisión alcanza tanto a la importación de determinados bienes de consumo considerados esenciales como a diversos insumos productivos destinados a empresas que cuenten con el Certificado MiPyME vigente.

El cambio no implica una reducción permanente de la carga tributaria. Las percepciones de IVA y Ganancias funcionan como pagos a cuenta de impuestos futuros. Sin embargo, su eliminación temporal mejora el flujo de fondos de las empresas, ya que evita inmovilizar recursos financieros al momento de ingresar mercadería al país.

Para el entramado productivo del NEA, donde predominan pequeñas y medianas industrias con limitada capacidad de financiamiento, el beneficio adquiere una dimensión que excede lo tributario. Sectores como la forestoindustria, la metalmecánica, la elaboración de alimentos, la producción de envases y otras actividades manufactureras que dependen de componentes importados reducen el costo financiero asociado a cada operación de comercio exterior.

La resolución mantiene vigente la política implementada originalmente mediante la Resolución General 5490 y posteriormente ampliada para incorporar insumos destinados exclusivamente a MiPyME. El Gobierno fundamentó la nueva prórroga como parte de la continuidad de su estrategia económica, considerando conveniente sostener las excepciones hasta el 31 de diciembre de 2026.

Desde la perspectiva empresarial, la diferencia resulta significativa porque las percepciones aduaneras suelen representar una salida inmediata de fondos que recién puede recuperarse al momento de liquidar impuestos, proceso que en muchos casos demanda varios meses. La suspensión de ese anticipo mejora el capital de trabajo disponible para financiar producción, reponer stock o afrontar otras obligaciones operativas.

Las principales implicancias de la medida son:

  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la exclusión de determinados bienes importados de los regímenes de percepción de IVA y Ganancias.
  • Continúa el beneficio para insumos productivos destinados a MiPyME que posean vigente el Certificado MiPyME.
  • Disminuye el costo financiero de las importaciones, al eliminar pagos anticipados que luego se computan como crédito fiscal o pago a cuenta.
  • La resolución entra en vigencia de forma inmediata, evitando interrupciones entre el vencimiento del régimen anterior y la nueva extensión.

Aunque el beneficio no modifica la estructura impositiva de fondo, sí reduce uno de los principales costos financieros asociados al comercio exterior. Para las empresas importadoras, especialmente aquellas con menor espalda financiera, la previsibilidad sobre este régimen facilita la planificación de compras durante el segundo semestre del año.

Lo que habrá que seguir de cerca será si esta política transitoria evoluciona hacia un esquema permanente o si volverá a revisarse a fines de diciembre. La decisión tendrá impacto directo sobre la competitividad de las cadenas productivas que dependen de insumos importados y sobre la capacidad de las MiPyME para sostener niveles de inversión y producción en un contexto de márgenes ajustados.

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La UIA reclama cambios al “Súper RIGI”: pide más contenido nacional y alerta por la presión fiscal sobre la industria

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Mientras el Gobierno busca acelerar la aprobación del denominado “Súper RIGI” en la Cámara de Diputados como una de las piezas centrales de su estrategia para atraer inversiones, la Unión Industrial Argentina (UIA) decidió fijar posición y plantear modificaciones al proyecto. La principal entidad fabril del país respaldó la necesidad de promover nuevas inversiones, pero advirtió que el régimen debe incorporar mecanismos concretos que garanticen una mayor participación de la industria nacional y de los proveedores locales.

La discusión no es menor. El oficialismo aspira a convertir al “Súper RIGI” en una herramienta para captar grandes desembolsos de capital en sectores estratégicos, ampliando los beneficios ya previstos en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones. Sin embargo, desde la UIA sostienen que el desafío no pasa únicamente por atraer inversiones, sino por maximizar su impacto sobre el entramado productivo argentino.

Durante la reunión de Junta Directiva de la entidad, el presidente de la UIA, Martín Rappallini, remarcó que la llegada de nuevas inversiones debe transformarse en una oportunidad para fortalecer cadenas de valor locales, generar empleo calificado y promover la transferencia tecnológica. En ese sentido, planteó una definición de fondo: si la Argentina necesita regímenes de excepción para atraer capitales, el problema estructural sigue siendo la falta de condiciones competitivas para el conjunto de la industria.

Con esa lógica, la central fabril propuso incorporar al “Súper RIGI” una exigencia mínima de contenido nacional. La iniciativa consiste en replicar el piso obligatorio del 20% de inversión que ya contempla el régimen vigente, pero orientándolo exclusivamente a bienes con valor agregado local. El objetivo es evitar que ese porcentaje se diluya en contrataciones que inevitablemente deben realizarse en el mercado interno y garantizar una participación efectiva de fabricantes nacionales en los grandes proyectos de inversión.

Además, la UIA impulsa la creación de esquemas de integración progresiva. La propuesta apunta a que, a medida que los emprendimientos avancen desde la etapa de construcción hacia la operación, se incremente gradualmente la participación de proveedores argentinos. Para ello, también reclama reglas claras que permitan verificar objetivamente la existencia de oferta local competitiva en términos de precio, calidad y disponibilidad.

La posición de la entidad industrial surge en un contexto donde conviven expectativas por la recuperación económica con señales de preocupación en varios sectores manufactureros. De acuerdo con los datos presentados por el Centro de Estudios de la UIA (CEU), la actividad industrial registró en mayo una caída interanual del 0,8%, con desempeños particularmente negativos en ramas de alto impacto productivo como la automotriz (-21%), la metalmecánica (-5%) y bebidas (-14%).

Pero el debate sobre el “Súper RIGI” estuvo acompañado por otra preocupación recurrente del sector: la presión tributaria. Durante el encuentro, la entidad presentó un informe sobre la carga fiscal que enfrenta la producción formal y advirtió que miles de pequeñas y medianas empresas continúan operando bajo condiciones que deterioran su competitividad frente a competidores internacionales.

Según el análisis de la UIA, la industria aporta el 27% de la recaudación tributaria nacional y enfrenta una estructura de costos agravada por impuestos provinciales y municipales. Particularmente, la entidad puso el foco sobre el financiamiento productivo. En promedio, las provincias aplican una alícuota del 9% de Ingresos Brutos sobre la intermediación financiera, mientras que las tasas municipales agregan otro 6%. Sumados los impuestos de sellos y otras cargas, el sobrecosto tributario sobre el crédito puede alcanzar el 20%, encareciendo el acceso al financiamiento y afectando especialmente a las pymes.

La advertencia adquiere especial relevancia para provincias industriales y agroindustriales del interior, donde el acceso al crédito resulta determinante para sostener inversiones, capital de trabajo y empleo. En regiones como el NEA, donde predominan las pequeñas y medianas empresas vinculadas a la producción primaria, la industria forestal y los servicios, el costo financiero se ha convertido en una de las principales barreras para la expansión de la actividad.

La discusión sobre el “Súper RIGI” expone así una tensión de fondo dentro del modelo económico actual. Mientras el Gobierno apuesta a la apertura de nuevos flujos de inversión y a la estabilidad macroeconómica como motores del crecimiento, la industria reclama que esos incentivos extraordinarios se traduzcan en desarrollo local, generación de proveedores y fortalecimiento de las capacidades productivas nacionales. La batalla legislativa que comenzará en Diputados no solo definirá el alcance de un régimen promocional, sino también el perfil que tendrá la política industrial argentina en los próximos años.

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Comercio exterior: ARCA amplía el uso de declaraciones juradas como garantía y reduce costos financieros para importadores y exportadores

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La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5864/2026 y modifica el régimen de garantías aduaneras vigente para incorporar más destinaciones suspensivas al esquema habilitado por el Decreto 838/2025. La novedad radica en que determinadas operaciones podrán respaldarse mediante una declaración jurada o documento suscripto por el operador, evitando la necesidad de constituir instrumentos financieros más costosos como seguros de caución, avales bancarios o depósitos en efectivo.

Para las empresas exportadoras e importadoras, especialmente las pymes, el cambio representa una mejora concreta en la administración del capital de trabajo. Las garantías aduaneras suelen inmovilizar recursos financieros o generar costos asociados a entidades bancarias y aseguradoras. La posibilidad de sustituir parte de esos instrumentos por declaraciones juradas reduce barreras operativas y mejora la liquidez disponible para la actividad productiva.

Las garantías constituyen uno de los requisitos habituales en regímenes suspensivos de importación y exportación. Su función es proteger el interés fiscal frente a eventuales incumplimientos de obligaciones aduaneras.

Hasta ahora, muchas operaciones exigían la contratación de pólizas, avales o instrumentos financieros que implicaban gastos adicionales para las empresas. La ampliación dispuesta por ARCA busca ofrecer una alternativa de menor costo administrativo y financiero sin modificar las facultades de fiscalización del organismo.

La resolución actualiza el cuadro de garantías aceptables previsto en la Resolución General 3885, incorporando nuevas operaciones alcanzadas por el mecanismo de declaración jurada sistémica. Entre ellas aparecen distintos regímenes vinculados al tránsito aduanero y otras destinaciones suspensivas contempladas en la normativa vigente.

Una tendencia hacia la simplificación regulatoria

La resolución se inscribe dentro de una estrategia más amplia orientada a reducir costos de cumplimiento sin desmantelar controles.

ARCA destaca que la declaración jurada se incorpora como una alternativa válida, pero mantiene intactas las facultades de control y verificación del organismo. El objetivo es reemplazar exigencias financieras por mecanismos basados en trazabilidad digital y evaluación de riesgo, una tendencia que se observa en varios sistemas aduaneros modernos.

Para los operadores con historial de cumplimiento, la modificación representa una señal de mayor confianza regulatoria. Para la administración aduanera, implica avanzar hacia esquemas de control más focalizados y menos dependientes de requisitos formales que encarecen la actividad económica.

Qué cambia para las empresas

Entre los principales efectos de la medida se destacan menor inmovilización de recursos financieros. Reducción de costos por seguros de caución y avales bancarios. Simplificación de trámites aduaneros. Mayor accesibilidad para pymes exportadoras e importadoras. Agilización de operaciones bajo regímenes suspensivos. Mantenimiento de los controles fiscales y aduaneros.

El beneficio será particularmente visible en operadores que realizan múltiples destinaciones durante el año y que hasta ahora debían constituir garantías recurrentes para sostener su actividad.

La ampliación del uso de declaraciones juradas como garantía constituye un paso adicional en la desburocratización del comercio exterior. El impacto real dependerá del alcance operativo que tenga la implementación y de la cantidad de regímenes que efectivamente adopten este mecanismo. Para el sector productivo, la variable clave será si la reducción de costos administrativos logra traducirse en una mejora tangible de la competitividad exportadora y en una menor necesidad de capital inmovilizado en trámites aduaneros.

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