Ingresos Brutos

Ingresos Brutos: desde septiembre es obligatorio el nuevo sistema de pago electrónico del Convenio Multilateral

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La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77 oficializó, mediante la Disposición 10/2025, la entrada en vigencia del nuevo Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos – Pago Electrónico COMARB, que será de uso obligatorio para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el régimen interjurisdiccional. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, marca un paso decisivo hacia la digitalización total de las obligaciones fiscales y apunta a fortalecer la trazabilidad y control en la recaudación.

La decisión se fundamenta en lo dispuesto por la Resolución General CA N.° 5/2025, que había aprobado el uso del sistema de pago electrónico a través del servicio “Pagos BtoB” de Interbanking SA. Esa resolución ya anticipaba que el mecanismo tendría carácter obligatorio para los contribuyentes alcanzados, quienes serían notificados al momento de ingresar al sistema SIFERE WEB – Módulo DDJJ.

Con la nueva disposición, firmada por el presidente de la Comisión Arbitral, Luis María Capellano, se fijó la fecha de vigencia inmediata del sistema. A partir del 1° de septiembre de 2025, todos los contribuyentes notificados deberán utilizar el Pago Electrónico COMARB como vía exclusiva para cumplir con sus obligaciones de Ingresos Brutos en el marco del Convenio Multilateral.

La disposición también ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Nación y la comunicación a todas las jurisdicciones adheridas, asegurando la implementación homogénea del sistema en las distintas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Digitalización y control fiscal

El Pago Electrónico COMARB busca reemplazar progresivamente los mecanismos tradicionales de cancelación de obligaciones por un sistema digital más seguro, ágil y trazable. Al operar dentro de la plataforma Interbanking, se garantiza una conexión directa con las entidades financieras, lo que mejora el control sobre la transferencia de fondos y reduce riesgos de evasión.

La medida se inscribe en la agenda de modernización tributaria que vienen impulsando tanto la Comisión Arbitral como las agencias fiscales provinciales. Entre sus principales beneficios se destacan:

  • Agilización de los pagos: los contribuyentes podrán efectuar las transferencias electrónicas sin intermediación física.
  • Homogeneización de procesos: se unifica la forma de cancelar obligaciones de Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral.
  • Trazabilidad financiera: el uso de canales electrónicos permite un seguimiento más estricto de los flujos de recaudación.
  • Reducción de costos administrativos: tanto para los fiscos provinciales como para los contribuyentes.

La obligatoriedad del sistema impacta directamente en empresas con actividad en más de una jurisdicción, que son las alcanzadas por el Convenio Multilateral. Estas compañías deberán adaptar sus procesos internos para cumplir exclusivamente a través del Pago Electrónico COMARB dentro del SIFERE WEB.

Si bien se espera que la digitalización simplifique el cumplimiento y reduzca tiempos operativos, también supone un desafío de adaptación tecnológica para contribuyentes de menor escala que aún operaban con sistemas tradicionales de pago.

Desde el punto de vista de las jurisdicciones, la medida refuerza los mecanismos de control interjurisdiccional de ingresos brutos, en un contexto de tensión permanente entre provincias por la distribución de la base imponible de este tributo, que es una de las principales fuentes de financiamiento de los fiscos locales.

Hacia un esquema tributario 100% electrónico

La decisión de la Comisión Arbitral se enmarca en un proceso más amplio de transformación digital de la administración tributaria argentina, que incluye la interoperabilidad de sistemas, la centralización de declaraciones juradas y el uso intensivo de plataformas electrónicas.

En adelante, se espera que el Pago Electrónico COMARB no solo agilice la recaudación de Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral, sino que también siente las bases para la integración de otros servicios digitales, como la automatización de devoluciones, la compensación de saldos y el intercambio en tiempo real de información entre jurisdicciones.

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Por merma en Ingresos Brutos, la recaudación propia de Misiones cayó 1,1% entre enero y julio

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Entre enero y julio de 2025 Misiones registró una recaudación propia de impuestos y tasas varias por un total de $ 591.884 millones presentando una variación real negativa de -1,1% acumulado respecto a igual período del 2024, una baja apoyada en la caída del impuesto a los Ingresos Brutos.  

Si bien el año inició con incrementos (+8,8% en enero y +5,0% de febrero) a partir de marzo comenzó un sendero a la baja de la recaudación provincial, presentando descensos del 8,8% en marzo, -6,1% en abril, -1,2% en mayo, -0,6% en junio y -5,7% en julio.  

¿Cómo variaron los diferentes tributos?

El impuesto a los Ingresos Brutos concentró el  91,1% de la recaudación provincial (por $539.206 millones) pero mostró en el período  acumulado de enero-julio 2025 una merma del 4,3% real interanual, siendo el único  componente tributario que mostró bajas en la provincia, pero como concentra la gran mayoría de la misma, traccionó a la baja el resultado global.  

Por su parte, el impuesto Inmobiliario explicó el 2,3% de la recaudación total (por $13.084  millones) y tuvo un alza del 37,9% real interanual; el impuesto a los Sellos participó del  5,4% del total provincial (por $32.203 millones) y mostró una dinámica alcista muy importante, con una expansión del 66,3% real interanual. 

A su vez, el impuesto Automotor concentró el 0,8% del total provincial (por $4.706 millones) y creció 11,0% interanual en  términos reales. Finalmente, el conjunto de tasas y otros conceptos explicó el 0,3% del total  misionero (por $ 1.965 millones) y creció 8,4% real contra el año anterior, aunque tuvo  desempeños algo diversos hacia dentro: el Canon Minero cayó -57,9%, la recaudación de  Tasas varias Código Fiscal creció 78,7%, la Tasa Forestal +5,9%, la Tasa Administrativa  +11,2%; la Tasa de Serv. Industrial +80,4% y la Tasa Adm. Inmobiliaria +26,3%. De todos  estos, la Tasa Forestal explica la mayor porción con el 75% del total del conjunto de tasas. 

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Más alivio fiscal: la ATM actualizó los montos para facilitar el acceso a bonificaciones en el Impuesto a los Ingresos Brutos

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Apenas unos días después de eliminar las tasas administrativas que debían pagar los contribuyentes por cada trámite ante la Agencia Tributaria Misiones, el organismo anunció un nuevo alivio trabajado a pedido de la Confederación Económica de Misiones.

A partir del próximo vencimiento de las declaraciones juradas de Agosto, se implementará una actualización del 50% en la legislación vigente, a través de la RG 13/2025, ratificada por la RG 775/2025 del Ministerio de Hacienda. Así más empresas misioneras podrán acceder a las bonificaciones especiales por el cumplimiento en la presentación de sus declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos antes de los vencimientos.

“Esta medida es el resultado del trabajo articulado y el diálogo permanente entre la Confederación Económica de Misiones (CEM) y el Gobierno Provincial, con el objetivo de brindar alivio fiscal al sector privado y acompañar su desarrollo”, señalaron desde Hacienda.

“El compromiso del Estado provincial con el entramado productivo se expresa en políticas concretas que promueven el cumplimiento fiscal y fomentan el crecimiento económico. La articulación con el sector privado nos permite diseñar estrategias más eficientes que fortalecen la economía misionera”, indicaron desde la Agencia.

Más de 35.000 contribuyentes se verán beneficiados con esta medida, que amplía el acceso a las bonificaciones especiales por cumplimiento mensual en tiempo y forma.

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Mercado Libre y Mercado Pago diferenciarán sus cargos según los impuestos de cada provincia: en Misiones sigue igual

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El impuesto a los Ingresos Brutos sube el costo de las soluciones que ofrecen las plataformas digitales y esto afecta a millones de consumidores y comercios que compran, venden y cobran con estas herramientas. 

Hasta ahora, los cargos por vender en Mercado Libre y Mercado Pago eran iguales en todo el país, pero las diferencias cada vez mayores en las alícuotas de Ingresos Brutos entre provincias terminan perjudicando a quienes trabajan y compran en aquellas con menor carga impositiva. 

Para transparentar el impacto de los impuestos locales, por primera vez Mercado Libre y Mercado Pago diferenciarán los cargos por vender en cada provincia. 
Así, a partir del 8 de julio, los cambios serán los siguientes: 

  • Disminuirán los cargos por vender en Corrientes, Río Negro, Santa Cruz, Formosa y Santiago del Estero, donde el impuesto a los Ingresos Brutos es más bajo que en otras provincias.
  • Aumentarán los costos para quienes operen en Córdoba, Santa Fe y Jujuy, donde el impuesto es más alto en comparación con el promedio del país
  • En el resto de las provincias los cargos se mantendrán sin cambios por el momento. 
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Santa Fe suma nuevos impuestos a Netflix, Uber y Spotify: regirán desde julio

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La provincia de Santa Fe se prepara para implementar nuevas cargas tributarias sobre el consumo de servicios digitales.

A partir del 1 de julio de 2025, plataformas como Netflix, Spotify y Uber verán sus tarifas incrementadas con la aplicación de alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La medida, dispuesta por la Administración Provincial de Impuestos (API) a través de la Resolución General Nº 0030-2025, fue publicada en el Boletín Oficial el pasado martes 17 de junio.

La normativa establece que los “prestadores de servicios digitales serán pasibles de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”.

En detalle, el nuevo esquema impositivo contempla un cobro del 3 por ciento para los servicios de suscripción online relacionados con el acceso a entretenimientos audiovisuales, lo que incluye plataformas como Netflix y Spotify. Por otro lado, otros servicios digitales, como Uber, serán gravados con una alícuota del 4,5 por ciento.

La provincia justificó esta decisión señalando que “el avance de la economía digital ha generado nuevas modalidades de comercialización y consumo, por lo que es imprescindible contar con herramientas normativas que permitan la correcta aplicación del tributo sobre este tipo de servicios”.

La percepción de estos impuestos estará a cargo de las entidades que facilitan y procesan pagos, así como las billeteras virtuales, quienes actuarán como agentes de percepción.

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