MERCADO DE CAPITALES

La CNV simplifica el régimen de fideicomisos financieros y lanza emisiones automáticas para PyMEs

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1084/2025, que reforma de manera integral el marco normativo aplicable a los fideicomisos financieros, con el objetivo de simplificar trámites, reducir costos operativos y ampliar el acceso al mercado de capitales para PyMEs y proyectos sustentables. La medida introduce un régimen de autorización automática de emisiones frecuentes, reemplaza procedimientos en desuso y refuerza los requisitos de transparencia y responsabilidad de fiduciarios e inversores.

El nuevo texto normativo sustituye por completo el Capítulo IV del Título V de las Normas (N.T. 2013 y mod.), regulando en detalle la constitución, inscripción y emisión de fideicomisos financieros. Según la CNV, la reforma responde a la necesidad de adaptar el mercado argentino a estándares internacionales, integrando las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley 24.441 y la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440aviso_330875.

Entre las novedades, la resolución:

  • Prohíbe los fideicomisos unilaterales, donde coinciden Fiduciante y Fiduciario, para evitar conflictos de interés.
  • Establece reglas más estrictas de independencia entre fiduciantes y fiduciarios, limitando participaciones cruzadas superiores al 10%.
  • Simplifica los requisitos de inscripción y permanencia en el Registro de Fiduciarios Financieros: quienes no operen durante dos ejercicios quedarán automáticamente excluidosaviso_330875.

Régimen de autorización automática y beneficios para PyMEs

La medida más relevante es la creación del Régimen de Fideicomisos Financieros con Autorización Automática de Emisiones Frecuentes, que permitirá a los fiduciarios emitir valores sin necesidad de autorización previa en cada operación.

Según el artículo 79 de la reforma, estas emisiones serán consideradas “ofertas públicas autorizadas y regulares”, quedando exentas de sanciones disciplinarias, siempre que cumplan con los requisitos de información establecidosaviso_330875.

Además:

  • Se habilita que hasta el 40% del activo fideicomitido provenga de empresas sin certificado MiPyME pero que no sean grandes, facilitando la participación de firmas medianas en la estructuración de fideicomisosaviso_330875.
  • Se deroga, a partir del 1° de enero de 2026, el anterior Régimen de Trámite Simplificado (RG 675), que quedará absorbido por el nuevo esquemaaviso_330875.
  • Se mantienen vigentes hasta su vencimiento los fideicomisos constituidos bajo regímenes anteriores, como los solidarios para asistencia al sector público.

Transparencia, advertencias a inversores y obligaciones de listado

La CNV enfatiza que, aunque las emisiones cuenten con autorización automática, la responsabilidad sobre la veracidad de la información recae en los fiduciarios y fiduciantes, quienes deberán incluir leyendas explícitas en prospectos y contratos.

El artículo 81 establece que los contratos de fideicomiso deberán publicarse en la Autopista de la Información Financiera (AIF) con identificación de firmantes y fecha cierta, aunque sin revisión previa por parte del reguladoraviso_330875.

Asimismo:

  • Los valores fiduciarios deberán ser colocados y listados obligatoriamente en mercados autorizados, que no podrán imponer requisitos adicionales salvo en emisiones temáticas (sociales, verdes y sustentables), alineadas con los principios de la International Capital Markets Association (ICMA)aviso_330875.
  • Los prospectos deberán redactarse en lenguaje claro y comprensible, con advertencias específicas a los inversores sobre los alcances de la autorización automáticaaviso_330875.

La reforma apunta a agilizar el financiamiento PyME, fomentar la emisión de instrumentos sustentables y reducir la burocracia en un mercado que busca recuperar profundidad y liquidez.

Según analistas, el régimen de autorización automática puede significar un salto cualitativo en la securitización de créditos, permitiendo a entidades financieras y no financieras emitir de manera más ágil, pero al mismo tiempo traslada mayor responsabilidad al sector privado en la transparencia informativa.

La CNV anticipa que, a partir de 2026, el esquema se consolidará como el canal principal para fideicomisos financieros, reemplazando los regímenes especiales hoy en extinción.

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Mercado de capitales: la CNV simplifica la creación de FCI abiertos con un nuevo régimen normativo

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La Resolución General 1082/2025 simplifica los procesos de constitución y modificaciones de FCI abiertos, con entrada en vigencia el 15 de septiembre. El objetivo es agilizar trámites, profundizar el mercado de capitales y fortalecer la transparencia.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este lunes 1 de septiembre la Resolución General 1082/2025, mediante la cual incorpora al régimen normativo un procedimiento de autorización automática para la constitución de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos, siempre que cumplan con criterios de identidad respecto a otros fondos previamente autorizados por la misma sociedad gerente.

La medida, que entrará en vigencia el 15 de septiembre de 2025, busca agilizar los tiempos de aprobación en la creación de nuevos fondos y permitir que las sociedades administradoras aprovechen con mayor flexibilidad los momentos favorables del mercado.

Según la CNV, este cambio se enmarca en los objetivos estratégicos de la entidad: difundir el acceso al mercado de capitales, proteger a los inversores y profundizar la liquidez y transparencia del sistema financiero argentino.

Los alcances del nuevo régimen

El nuevo procedimiento de autorización automática (Capítulo II, Título V de las Normas CNV) establece que:

  • Solo podrán acceder al régimen los FCI abiertos cuya denominación, objetivos y políticas de inversión sean idénticos a otros fondos ya registrados por la misma sociedad gerente.
  • Para diferenciarlos, se utilizará un sistema secuencial numérico.
  • La constitución deberá notificarse a la CNV vía Trámites a Distancia (TAD), tras lo cual el organismo asignará un número de registro.
  • El reglamento de gestión tendrá autorización automática sin revisión previa, pero deberá publicarse en la Autopista de la Información Financiera (AIF) antes de la puesta en marcha del fondo.
  • Las adendas al reglamento de gestión también quedarán bajo autorización automática siempre que no impliquen cambios sustanciales (objetivos, régimen especial o denominación).
  • La CNV mantiene sus facultades de control y sanción, preservando la transparencia y el cumplimiento del artículo 117 de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales.

Además, la resolución delega en la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión la aprobación de modificaciones menores, como cambios de denominación o procedimientos de distribución de utilidades, y establece pautas de adecuación para los trámites en curso.

La resolución se inscribe en un proceso de modernización normativa que la CNV viene desplegando desde 2024. A través de distintas resoluciones generales (1028, 1031, 1042 y 1065) la entidad abrió consultas públicas para habilitar la oferta pública automática en distintos instrumentos (deuda, fideicomisos financieros, fondos cerrados y acciones).

Tras la incorporación del régimen de “Emisor Frecuente” en 2018 (RG 746) y su actualización en 2025 (RG 1074), el organismo extendió ahora el esquema de simplificación regulatoria a los fondos comunes abiertos, un vehículo central para canalizar el ahorro minorista e institucional.

La CNV aclaró que la automatización de autorizaciones no implica renuncia al control estatal, sino un rediseño de procesos para ganar eficiencia y competitividad frente a otros mercados de la región.

Los firmantes de la resolución —Manuel Ignacio Calderón, Laura Inés Herbon, Sonia Fabiana Salvatierra y Roberto Emilio Silva— destacaron que la iniciativa surge de un proceso de Elaboración Participativa de Normas (Decreto 1172/2003), en el que se recibieron comentarios del sector privado y la academia.

Para la industria de los fondos, el nuevo régimen supone menores tiempos administrativos y mayor capacidad de innovación en productos financieros, un aspecto clave en un contexto de alta volatilidad macroeconómica.

Especialistas del mercado señalan que la medida podría:

  • Acelerar la creación de fondos temáticos o sectoriales, replicando estructuras ya autorizadas.
  • Aumentar la competencia entre sociedades gerentes, al facilitar el lanzamiento de nuevas series con identidad compartida.
  • Contribuir a la profundización del mercado de capitales local, ampliando las opciones de inversión minorista e institucional.

No obstante, advierten que la automatización también incrementa la necesidad de monitoreo ex post por parte de la CNV, para garantizar que la flexibilización regulatoria no derive en abusos o en prácticas que afecten la confianza del público inversor.

La proyección inmediata es que, desde el 15 de septiembre, las sociedades gerentes con experiencia previa en FCI abiertos tendrán un acceso simplificado para lanzar nuevos productos, lo que podría impulsar la dinámica del sector en el último trimestre del año.

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Oferta pública: la CNV moderniza reglas y reduce cargas para emisores frecuentes y PYMES

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La CNV flexibiliza actualización de prospectos y busca agilizar el acceso al mercado de capitales. Con la Resolución General 1073/2025, la Comisión Nacional de Valores implementa una reforma clave que simplifica las exigencias para emisores frecuentes, permitiendo una gestión más eficiente de la información financiera sin resignar transparencia.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1073/2025, que introduce cambios sustanciales en el régimen de actualización de Prospectos y Programas Globales, con foco en la simplificación operativa, reducción de costos regulatorios y alineamiento con estándares internacionales. A partir de esta modificación, la actualización anual del Prospecto pasa a ser optativa, siempre que la emisora mantenga al día la información financiera y legal en la Autopista de la Información Financiera (AIF).

Uno de los ejes centrales de la resolución es que las emisoras no estarán obligadas a actualizar su Prospecto completo tras la publicación de nuevos estados contables, salvo que opten por hacerlo voluntariamente. En su lugar, deberán presentar Suplementos de Prospecto, los cuales deberán incluir:

  • Información económica, financiera y contable actualizada.
  • Riesgos modificados o nuevos.
  • Declaración jurada bajo responsabilidad penal del emisor.
  • Toda información que podría haber afectado al último Prospecto vigente.

Este mecanismo sigue la lógica del sistema “Shelf Registration” aplicado por la SEC de Estados Unidos y de normas similares en la Unión Europea y Brasil, promoviendo una estructura más modular, dinámica y eficiente.

La CNV argumenta que esta reforma normativa no debilita la protección al inversor, sino que moderniza los instrumentos de información, eliminando redundancias. En palabras del regulador, el nuevo esquema refuerza la responsabilidad de los emisores, que deberán declarar bajo juramento la veracidad y completitud de los datos provistos, manteniendo la trazabilidad informativa a través de los canales digitales oficiales.

La resolución también elimina la obligación de ratificación anual para los Emisores Frecuentes (EF), permitiéndoles conservar tal condición mientras cumplan con los requisitos establecidos. La CNV podrá intervenir en casos excepcionales o de incumplimiento, sin exigir reiteración de documentación para emisores con trayectoria consolidada.

Además, se incorpora un nuevo formulario unificado (Anexo VIII) para la solicitud de registro como EF, con datos patrimoniales, antecedentes de emisiones y declaraciones juradas que acrediten cumplimiento normativo.

La modificación normativa responde a un contexto donde la mayoría de las emisoras cierran sus ejercicios en fechas similares (diciembre o junio), lo cual concentraba innecesariamente los procesos de actualización documental. Con la flexibilización ahora vigente, se espera una mayor agilidad en las emisiones de deuda y capital, sobre todo para PYMES y emisores frecuentes, lo que favorece el dinamismo del mercado y puede estimular nuevas colocaciones de instrumentos financieros.

El nuevo marco, que rige desde el 3 de julio de 2025, reduce barreras operativas sin comprometer los estándares de integridad y control, en línea con los principios de desregulación racional y simplificación administrativa impulsados por el Ministerio de Economía.

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La CNV prepara una normativa para que sindicatos y cámaras empresariales emitan bonos sociales

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Los sindicatos y las cámaras empresariales podrán financiarse en el mercado de capitales a través de la emisión de bonos sociales que les permitirán acceder a recursos a tasas más bajas que las regulares.

Así lo indicó a Télam el presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Adrián Cosentino, quien subrayó que “lo que se observa es que existen recursos disponibles con interés en invertir en emisiones con un sentido social, pero al mismo tiempo requieren para ello contar con la transparencia, seguridad y garantía que puede ofrecer el marco de la oferta pública de valores autorizada por la CNV”.

“Por este motivo la CNV se encuentra evaluando una propuesta superadora de la normativa vigente para las entidades indicadas en el artículo 1° de la Ley N° 23576 que pretendan financiar proyectos sociales elegibles estructurados a través de entidades existentes o constituidas exclusivamente a tal efecto, con finalidad de fomentar la participación de actores como las asociaciones sindicales, cámaras empresariales, organizaciones profesionales y toda otra institución de ahorro público”, precisó Consentino.

El funcionario destacó que “todas estas iniciativas forman parte del Plan de Desarrollo del Mercado de Capitales que estamos llevando adelante, con prioritario énfasis en una genuina federalización de esta actividad”.

El titular de la CNV indicó que “actualmente las empresas pueden emitir obligaciones negociables (ON) cuyo destino sea el financiamiento de un proyecto social, verde o sustentable”.

“En el último tiempo se ha visto un creciente interés de las emisoras por incluir en sus programas globales la posibilidad de emitir series o clases bajo programas con estos destinos, y también emisiones realizadas por las pymes para impulsar el desarrollo de las finanzas de impacto y que lideran el proceso de inclusión financiera. También los bancos han exteriorizado su interés en la emisión de este tipo de obligaciones negociables”, finalizó Cosentino.

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La CNV lanzó un Hub de Innovación que busca incorporar a las fintech al mercado de capitales

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) lanzó el Hub de Innovación, un espacio de colaboración público-privado con el objeto de promover el intercambio con las empresas reguladas y aquellas entidades fintech que cuenten con proyectos de tecnologías de servicios y/o productos financieros en el ámbito del mercado de capitales.

De esta manera, las entidades podrán dialogar con el organismo sobre cómo familiarizarse con los requisitos legales y regulatorios y, de esta forma, reducir el tiempo necesario para que las innovaciones financieras lleguen al mercado y se adecuen al marco normativo, mediante la cooperación y el entendimiento mutuo.

El lanzamiento fue realizado de manera virtual y contó con la presencia del presidente de la CNV, Adrián Cosentino.

“Tenemos que tener una actitud prudente, responsable, pero a la vez proactiva que permita dar una respuesta a la dinámica de los sucesos que, en el marco de toda esta novedad de los criptoactivos y de las fintech, se generan en términos de una nueva agenda para el mercado de capitales”, dijo Cosentino durante el evento.

“Hemos venido trabajando con los distintos mercados y agentes que conforman nuestra industria, definiendo distintas agendas y hojas de ruta para abordar este fenómeno con resultados concretos y por eso, nos parece pertinente que hoy con el lanzamiento del Hub de Innovación podamos institucionalizar este proceso, darle una dinámica más concreta, en términos de algunas novedades que desde el punto de vista regulatorio y de la imposición de prácticas de trabajo deberían ir resultando a partir de lo que interactuemos con los que presenten estos proyectos”, explicó el funcionario.

El Hub de Innovación CNV es un espacio de colaboración entre innovadores, es decir, nuevos actores o instituciones que tienen proyectos o productos financieros innovadores de base tecnológica y el regulador del mercado de capitales con el objeto de brindar apoyo, acompañamiento, guía y directrices a los participantes sobre como navegar y operar en el marco regulatorio.

En este marco, el director de la CNV, Martín Breinlinger, señaló la importancia del Hub “para que el regulador aprenda acerca de los modelos de negocios, las tendencias tecnológicas y reciba aportes o sugerencias sobre cómo fomentar la innovación a través de nueva regulación o modificación de la existente”.

Breilinger explicó que los objetivos que persiguen desde la CNV a través del Hub son apoyar el desarrollo de la innovación y el intercambio entre las entidades innovadoras y el regulador; promover las innovaciones que fomenten inclusión y educación financiera y proteger a las personas inversoras de los riesgos asociados a las nuevas tecnologías. 

Este primer contacto entre innovadores y el regulador se va a realizar a través de una página web (https://www.argentina.gob.ar/cnv/hub-de-innovacion), donde se podrá explicar el proyecto en el que se está trabajando o se quiera impulsar y, si el proyecto cumple con los criterios de elegibilidad, se programa una serie de reuniones con la Mesa Fintech de la CNV y se proponen objetivos específicos en función de cada proyecto.

Posteriormente surgirá una opinión no vinculante por parte de la CNV respecto de los desafíos regulatorios que impone la implementación del proyecto, los límites fijados por la legislación vigente para su operatoria, y los riesgos observados, informaron desde el organismo regulador en un comunicado.

 “La idea de esta iniciativa es darle una herramienta a los proyectos innovadores que quieran navegar la regulación, y al mismo tiempo entender que modelos de negocios hay en Argentina, riesgos y beneficios asociados, para que sobre esa base podamos construir regulación que coadyuve a la innovación responsable”, agregó Breilinger, director que lidera el proyecto.

Respecto de los ofrecimientos de inversión de manera irregular, el funcionario dijo que “estamos trabajando activamente para prevenir e investigar estos casos, que dañan a los inversores y al ecosistema, por eso coordinamos con otros organismos que puedan complementar nuestra potestad legal para intervenir”.

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