Puerto Iguazú

La Justicia dilata el fallo sobre la inconstitucionalidad del DNU 70/23 y fragmenta el reclamo yerbatero

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La batalla judicial contra la desregulación del mercado yerbatero entró en una nueva etapa: la del desgaste por el tiempo. Mientras productores, cooperativas y asociaciones reclaman la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 164 al 168 del DNU 70/2023 -norma que eliminó las principales facultades regulatorias del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM)-, la Justicia Federal decidió no avanzar sobre el fondo del planteo y optó por fragmentar las causas según la competencia territorial.

La consecuencia práctica es inmediata: no hay definición sobre la medida cautelar solicitada para suspender los efectos del decreto y el esquema desregulado sigue plenamente vigente.

Los expedientes, patrocinados por el abogado José Federico Padolsky, buscaban que se declarara la nulidad e inaplicabilidad de los artículos cuestionados del DNU y también del Decreto 812/2025, que profundizó la reglamentación del nuevo régimen y consolidó la imposibilidad del INYM de fijar precios de referencia para la hoja verde y la yerba canchada.

En el expediente 2764/2026, promovido por Jorge Skripczuk (Impulso Yerbatero), Edgar Hein (Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones), Antonio Rodríguez Franza (Asociación de Productores Yerbateros y Tareferos del Alto Uruguay) y Hugo Sand (APAM), el Juzgado Federal de Posadas declaró su incompetencia territorial y ordenó remitir la causa al Juzgado Federal de Oberá, argumentando que los domicilios de las entidades actoras se encuentran fuera de su jurisdicción.

En paralelo, en la causa 2765/2026, iniciada por Salvador María Torres (Cooperativa Río Paraná) y Julio Alfredo Petterson (Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte), la Justicia resolvió dividir aún más el expediente: Torres deberá litigar en Oberá y Petterson en Puerto Iguazú.

La Fiscalía Federal acompañó ese criterio y sostuvo que, aunque corresponde la jurisdicción federal, Posadas no sería territorialmente competente conforme a los artículos 4 y 5 del Código Procesal Civil y Comercial.

Pero el principal cuestionamiento no pasa sólo por el cambio de tribunal. Los productores habían solicitado una medida cautelar urgente para suspender la aplicación de los artículos del DNU 70/23 y del Decreto 812/2025 hasta que exista sentencia definitiva

Sin embargo, el juzgado evitó pronunciarse sobre esa medida y resolvió primero la incompetencia. Para la parte actora, eso constituye una “verdadera denegación de justicia”.

En la apelación presentada, Padolsky sostiene que “aun en el hipotético caso de admitirse la declinatoria de competencia”, el juzgado debía resolver primero la cautelar, ya que existe una situación de urgencia manifiesta y la omisión deja a los productores sin protección frente a un régimen que ya está generando consecuencias económicas graves y de difícil reparación ulterior.

La presentación agrega que remitir el expediente sin tratar la cautelar implica “una postergación indefinida de la tutela solicitada”, desnaturalizando el instituto preventivo y consolidando de hecho el nuevo régimen impuesto por Nación.

El argumento de fondo: el juez ya había prevenido

La apelación también cuestiona la declaración de incompetencia por considerar que viola los principios de prevención, conexidad procesal y economía judicial.

Según los productores, el mismo Juzgado Federal de Posadas ya había intervenido previamente en la causa Gertel (Expte. 174/2024), vinculada al mismo conflicto yerbatero, donde incluso dictó medidas cautelares y ordenó la reconducción procesal hacia la actual acción declarativa de inconstitucionalidad.

Por eso sostienen que existía una “prevención” consolidada: el tribunal ya conocía el caso, sus antecedentes, su plataforma jurídica y los efectos concretos de la desregulación.

“Fragmentar el conocimiento jurisdiccional genera riesgo cierto de decisiones contradictorias”, advierte la apelación.

En uno de los escritos incorporados al expediente, los actores además presentaron como “hecho nuevo” una entrevista periodística donde un representante de la industria dentro del directorio del INYM reconoció que “el INYM cambió su naturaleza a partir del decreto 70/2023, y después reforzado con el decreto 812”.

Ese reconocimiento fue utilizado como prueba adicional para reforzar la verosimilitud del derecho invocado, ya que confirma que el organismo quedó impedido de cumplir funciones esenciales como la fijación de precios de referencia.

Para los demandantes, esto prueba que el DNU no fue una mera reforma administrativa sino una alteración sustancial del régimen legal previsto por la Ley 25.564.

Mientras la Cámara Federal analiza las apelaciones, el problema central sigue siendo político y económico: cada semana sin cautelar consolida la desregulación.

Sin precio sostén, con un mercado completamente liberado y con la industria pagando valores muy por debajo de los costos de producción denunciados por los productores, el litigio judicial empieza a convertirse también en una carrera contra el reloj.

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La Justicia frenó los eventos privados en Cataratas y suspendió la resolución de Parques Nacionales

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La Cámara Federal de Posadas suspendió la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), que habilitaba la realización de “microeventos” privados dentro del Parque Nacional Iguazú, y revocó así el rechazo dictado en primera instancia. El fallo representa un fuerte revés para la política de flexibilización impulsada por el Gobierno nacional sobre áreas protegidas y refuerza la exigencia de controles ambientales previos en uno de los principales patrimonios naturales del país: Parque Nacional Iguazú.

La decisión fue firmada este 28 de abril por los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden, integrantes de la Cámara Federal de Posadas, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por la Asociación Civil Orembae y concedieron una medida cautelar de no innovar hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la causa.

La normativa cuestionada había sido aprobada en diciembre de 2025 y permitía desarrollar actividades privadas de pequeña escala en el Área Cataratas, con hasta 60 participantes. Desde la APN se defendía la iniciativa bajo el argumento de que se trataba de propuestas de “bajo impacto operativo”, de carácter experimental, sujetas a declaraciones juradas ambientales y controles administrativos simplificados.

Sin embargo, la organización ambientalista sostuvo que la resolución omitía requisitos esenciales previstos por la legislación ambiental argentina, entre ellos la Evaluación de Impacto Ambiental y los mecanismos de participación ciudadana, además de incumplir compromisos internacionales asumidos por el país, como el Acuerdo de Escazú.

En un comunicado difundido este martes, Orembae celebró la resolución judicial y afirmó que el pronunciamiento “constituye un hito fundamental en la defensa del patrimonio natural”. También destacó que el tribunal corrigió el criterio adoptado previamente por el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que había rechazado la cautelar bajo el argumento de que no existía un “peligro cierto e inminente”.

El abogado de la asociación, Martín Ferroni, remarcó que “la Cámara ha comprendido lo que el juez de primera instancia había pasado por alto: que, en materia ambiental, la duda favorece a la naturaleza”. Además, sostuvo que “no podemos esperar a que ocurra un daño irreversible para que la Justicia intervenga”.

El principio preventivo por encima de la presunción administrativa

En los fundamentos del fallo, los camaristas señalaron que la presunción de legitimidad de los actos administrativos no puede prevalecer cuando existe riesgo de afectación ambiental. En ese marco, remarcaron que el principio preventivo establecido en la Ley General del Ambiente obliga a actuar incluso cuando no exista certeza absoluta sobre las consecuencias futuras.

“El peligro existe con claridad”, sostuvieron los jueces al analizar la posibilidad de autorizar actividades cuyos alcances no estaban debidamente especificados en la resolución suspendida.

Además, advirtieron que la figura de los “microeventos” podía transformarse en una herramienta para eludir controles ambientales más rigurosos dentro de un área protegida de altísima sensibilidad ecológica.

La sentencia también cuestionó que la Administración de Parques Nacionales pretendiera respaldar la legalidad de la medida únicamente en sus propios mecanismos de supervisión. Para la Cámara, el control judicial sobre las decisiones estatales “es indelegable” y no puede quedar exclusivamente bajo la órbita del organismo demandado.

Escazú, participación ciudadana y un límite a la flexibilización

Otro de los ejes centrales del expediente gira en torno a la ausencia de Evaluación de Impacto Ambiental y de audiencias públicas previas.

Según el tribunal, la eventual omisión de esos procedimientos podría vulnerar derechos vinculados al acceso a la información pública, la participación ciudadana y la transparencia en la toma de decisiones ambientales.

En ese sentido, el fallo remarca que el Acuerdo de Escazú obliga al Estado argentino a garantizar procesos abiertos e inclusivos cuando se trata de decisiones que puedan afectar ecosistemas protegidos.

La resolución judicial abre ahora una nueva etapa en la discusión de fondo sobre el alcance de las actividades privadas dentro de parques nacionales y fija un precedente relevante para futuras decisiones sobre el uso turístico y comercial de áreas naturales protegidas.

En el caso de Iguazú, la suspensión de la Resolución 460/2025 deja en pausa cualquier intento de habilitar eventos privados experimentales hasta que exista una sentencia definitiva, en una causa que ya se transformó en un caso testigo sobre los límites entre desarrollo turístico, conservación ambiental y control institucional.

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Transformación logística en la frontera: el control de cargas se muda de Iguazú a Foz desde diciembre

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En una reunión realizada esta mañana en Foz do Iguaçu, con participación de autoridades de Migraciones, Aduana y el Ministerio del Interior, se avanzó en un cambio clave para la dinámica fronteriza: el traslado del control de cargas al lado brasileño.

Durante el encuentro, Brasil formalizó la invitación a las autoridades argentinas para integrar el funcionamiento del nuevo puerto seco de Foz do Iguaçu, cuya inauguración está prevista para el 10 de diciembre de este año.

Este cambio implicaría que el área de control integrado de cargas, en el marco de los acuerdos del Mercosur, comience a operar de manera conjunta pero físicamente del lado brasileño, algo que históricamente fue una deuda en este paso fronterizo.

El sistema de control integrado permite que los trámites de ambos países se realicen en un solo punto, simplificando procesos. Sin embargo, en el caso de Iguazú–Foz, su implementación plena nunca se concretó, y ahora Brasil busca avanzar con este modelo desde su territorio.

Según se explicaron al sitio de Iguazú, LaVozDeCataratas, la medida podría descomprimir el tránsito actual en Iguazú, especialmente en el sector de cargas, aunque también abre nuevos desafíos. Entre ellos, la necesidad de reorganizar la circulación, la infraestructura y el impacto sobre el tránsito vecinal y turístico, que sigue siendo uno de los principales problemas de la frontera.

Otro punto planteado durante la reunión fue la falta de inversión en el lado argentino, donde el área de frontera depende del Ministerio del Interior, que actualmente presenta limitaciones presupuestarias para realizar obras.

En ese contexto, no se descarta que futuras mejoras en la infraestructura fronteriza dependan de inversiones externas o esquemas de participación privada, una posibilidad que ya se encuentra en análisis, aunque sin definiciones concretas a corto plazo.

La reconfiguración del sistema de cargas marca un cambio estructural en la frontera Iguazú–Foz, con impacto directo en la logística, el comercio y el funcionamiento diario del paso internacional, en una de las zonas más dinámicas del país.

El ambicioso proyecto contempla la construcción de una terminal aduanera con capacidad para movilizar hasta 2.000 camiones por día, lo que representa un incremento del 30% en comparación con el movimiento actual del puerto seco de la ciudad.

La obra, que se desarrolla en un área de 550 mil metros cuadrados junto a la carretera BR-277, está pensada para agilizar el comercio exterior en la triple frontera y mejorar la competitividad logística regional.

La nueva infraestructura estará conectada directamente con el Perímetro Oriental de Foz, lo que permitirá descongestionar el tránsito urbano y optimizar el flujo de cargas. , impactando positivamente en la economía local.

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Misiones 2032: la provincia superará 1,5 millones de habitantes y el norte reordena el mapa poblacional

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Misiones llegará a 2032 con 1.510.218 habitantes, según las proyecciones elaboradas por el Instituto Provincial de Estadística y Censos sobre la base del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022. El dato implica un crecimiento de 231.345 personas respecto de 2022, cuando la provincia registraba una población estimada de 1.278.873 habitantes. En términos relativos, el aumento proyectado para la década es de 18,1%.

Misiones seguirá creciendo, pero no de manera homogénea. El incremento demográfico se concentrará en algunos corredores urbanos y fronterizos, mientras varios municipios del interior profundo muestran estancamiento o retroceso. El dato central no es solo que la provincia superará el umbral de 1,5 millones de habitantes, sino dónde se sumarán esos habitantes.

Posadas conservará con amplitud el primer lugar del ranking municipal. Pasará de 328.879 habitantes en 2022 a 378.317 en 2032, con una suba de 49.438 personas. Es el mayor crecimiento absoluto de toda la provincia. Sin embargo, su peso relativo empieza a convivir con una dinámica metropolitana más amplia: Garupá, que ya funciona como expansión urbana de la capital, saltará de 63.520 a 81.574 habitantes, un aumento de 18.054 personas, y quedará como el cuarto municipio más poblado de Misiones.

Municipios que más crecen en Misiones (2022-2032)

Municipio 2022 2032 Variación %
Posadas328.879378.317+49.438+15,0%
Colonia Wanda17.89166.572+48.681+272,1%
Puerto Esperanza19.23741.769+22.532+117,1%
Garupá63.52081.574+18.054+28,4%
Puerto Iguazú54.90367.290+12.387+22,6%
Eldorado75.69287.015+11.323+15,0%
Oberá77.80388.994+11.191+14,4%

Fuente: IPEC en base al Censo 2022

El ranking proyectado para 2032 tendrá en la cima a Posadas, con 378.317 habitantes; Oberá, con 88.994; Eldorado, con 87.015; Garupá, con 81.574; y Puerto Iguazú, con 67.290. Pero la novedad más fuerte aparece inmediatamente después: Colonia Wanda trepará hasta 66.572 habitantes, casi igualando a Puerto Iguazú, con un crecimiento extraordinario de 272% en diez años.

La segunda tesis es que el departamento Iguazú se convierte en el gran motor demográfico de la década. Pasará de 100.096 habitantes en 2022 a 185.035 en 2032, una suba de 84.939 personas, equivalente a 84,9%. Ningún otro departamento muestra una expansión semejante. Dentro de ese salto, sobresalen tres casos: Colonia Wanda, que suma 48.681 habitantes; Puerto Esperanza, que pasa de 19.237 a 41.769; y Puerto Iguazú, que suma 12.387 habitantes.

Las proyecciones consolidan un eje norte de fuerte presión urbana, social y de servicios. Wanda dejará de ser un municipio intermedio para convertirse en uno de los seis más poblados de Misiones. Puerto Esperanza, a su vez, superará los 40 mil habitantes y quedará por encima de ciudades tradicionales como Leandro N. Alem, Jardín América, Montecarlo, Puerto Rico o San Javier.

El ranking de crecimiento absoluto entre municipios lo encabezan Posadas (+49.438), Colonia Wanda (+48.681), Puerto Esperanza (+22.532), Garupá (+18.054), Puerto Iguazú (+12.387), Eldorado (+11.323) y Oberá (+11.191). Allí se observa una combinación de capitalidad, frontera, turismo, servicios, expansión residencial y corredores económicos.

La Capital seguirá siendo el mayor aglomerado provincial, pero ya no será el único polo de presión demográfica. El departamento Capital pasará de 392.919 a 460.496 habitantes, con un crecimiento de 67.577 personas. Pero Iguazú crecerá aún más en términos absolutos: sumará 84.939 habitantes y quedará como el segundo departamento más poblado de Misiones, por encima de Oberá, Eldorado y Guaraní.

También habrá movimientos relevantes en municipios medianos. Candelaria pasará de 18.112 a 22.142 habitantes; Santa Ana, de 8.229 a 10.566; Puerto Rico, de 23.526 a 27.463; San Ignacio, de 14.073 a 16.966; El Soberbio, de 27.166 a 31.282; y San Javier, de 15.557 a 18.007. Son crecimientos menos explosivos que los del norte, pero suficientes para modificar demandas de infraestructura, vivienda, salud, educación y conectividad.

Municipios con caída poblacional proyectada (2022-2032)

Municipio 2022 2032 Variación %
San Pedro26.76223.631-3.131-11,7%
Aristóbulo del Valle20.47517.741-2.734-13,4%
Caraguatay3.0942.875-219-7,1%
Comandante Andresito19.77019.596-174-0,9%
Colonia Polana710564-146-20,6%
Arroyo del Medio1.9891.859-130-6,5%
General Urquiza1.092998-94-8,6%

Fuente: IPEC en base al Censo 2022

La contracara está en los municipios con caída proyectada. San Pedro bajaría de 26.762 a 23.631 habitantes, una pérdida de 3.131 personas. Aristóbulo del Valle caería de 20.475 a 17.741, con una merma de 2.734 habitantes. También retroceden Caraguatay, Comandante Andresito, Colonia Polana, Arroyo del Medio, General Urquiza, Mojón Grande, Colonia Alberdi, Campo Ramón y Gobernador López.

El dato político y económico de fondo es que la demografía anticipa demandas. Donde crece la población, crecerá la presión por suelo urbano, transporte, empleo formal, escuelas, centros de salud, energía, agua potable, saneamiento y seguridad. Donde la población se estanca o cae, el desafío será otro: sostener arraigo, producción, conectividad y servicios básicos sin perder escala social.

Misiones 2032 proyecta una provincia más poblada, más urbana y con un norte mucho más gravitante. Posadas seguirá siendo el vértice del sistema, pero el mapa demográfico se moverá con fuerza hacia Iguazú, Garupá, Wanda y Puerto Esperanza. La próxima década no solo sumará habitantes: también reordenará prioridades de inversión pública, planificación territorial y estrategia productiva.

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Puerto Iguazú fue sede de una nueva reunión de FEHGRA

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La dirigencia de la Región NEA de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) se reunió en Puerto Iguazú el 16 y 17 de abril, en un encuentro organizado junto con la Asociación Hotelera Gastronómica y Afines de Iguazú. El Concejo Deliberante de la ciudad declaró el encuentro de Interés Municipal.

El acto de apertura fue encabezado por el vicepresidente de FEHGRA, Carlos Mellano; la presidenta de la entidad anfitriona, Mariana Berro; y el coordinador de la Región NEA, Jorge Antonio. Participó el intendente municipal, Claudio Filippa; y el presidente del Ente Municipal de Turismo, Leopoldo Lucas.

La jornada también contó con la participación del ministro de Turismo de la provincia de Misiones, José María Arrúa, quien compartió un análisis sobre la situación actual del turismo en la provincia y dialogó con los presentes sobre los principales desafíos que enfrenta la actividad.

En la reunión de trabajo se abordaron temas clave para el sector. Se destacó el tratamiento de la Ley de Modernización Laboral, con una exposición a cargo del asesor de FEHGRA Ignacio Capurro, invitado especialmente por la entidad anfitriona. Asimismo, se presentaron los informes de las distintas áreas de trabajo de la Federación, donde se expusieron inquietudes y aportes desde la perspectiva regional.

La agenda incluyó una visita al recientemente inaugurado Centro de Convenciones Iryapú, con capacidad para 5.000 personas, consolidado como el complejo más importante del Norte argentino y uno de los principales a nivel nacional.

La Región NEA Litoral de FEHGRA está conformada por 13 Entidades: Concepción del Uruguay, Paraná, Concordia, Colón y Gualeguaychú (Entre Ríos); Misiones y Puerto Iguazú (Misiones); Rosario, Santa Fe, Rafaela, (Santa Fe), Chaco; Corrientes; y Formosa.

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