Salario

Cerraron las primeras paritarias de 2019: 23% de techo y cláusula de revisión

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Los trabajadores de entidades deportivas cerraron una suba en 4 tramos, mientras que los encargados de edificio lo hicieron en 2. Se trata de los primeros acuerdos paritarios del año próximo que contemplan el techo de inflación previsto en el Presupuesto que se acaba de votar.
Los trabajadores de entidades deportivas y los de edificios acordaron un aumento salarial del 23% para 2019 con cláusulas de revisión, según informó este martes el Ministerio de Producción y Trabajo. Se trata de los primeros acuerdos paritarios del año próximo que contempla el techo de inflación previsto en el Presupuesto que se acaba de votar.
Este martes, en la sede de esa cartera, se firmaron los acuerdos paritarios para 2019 de la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (Utedyc) -tanto para empleados de gimnasios como mutuales- y de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Fateryh), en el marco de un acto presidido por el ministro Dante Sica.
En el caso de Utedyc, el acuerdo contempla un aumento del 23% a ejecutarse en cuatro tramos para el caso de los empleados que prestan tareas en gimnasios: 7% con los haberes de junio de 2019, 8% en septiembre, 4% en noviembre y 4 % en enero de 2020. Además, se acordó una revisión del acuerdo, a realizarse en noviembre del año próximo.
Por su parte, los trabajadores de mutuales de este sindicato lograron un ajuste del 23% a ejecutarse en tres tramos: 8% con los haberes de mayo de 2019, 7% en agosto y 8% en octubre.
Durante la firma estuvieron presentes el secretario general de UTEDYC, Carlos Bonjour; el presidente de la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA) Fernando Storchi; el vicepresidente de la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) Narciso Carrizo y la presidenta de la Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM), Sonia Rodríguez.
Asimismo, se firmó el acuerdo paritario correspondiente a los trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal, que también contempla un aumento del 23%, pero en este caso a ejecutarse en dos tramos: 11,5% en mar zo de 2019 y un 11,5% en mayo, con revisión prevista para julio del año que viene.
Para la firma de este acuerdo, estuvieron presentes Víctor Santa María, secretario general de la Fateryh; el presidente de la Unión de Administradores de Inmuebles, Emilio Primavesi y el vicepresidente primero de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, Miguel Summa.

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Aumentan las jubilaciones y la AUH un 7,78% desde diciembre

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La Resolución 2/2018, publicada en el Boletín Oficial, elevó el valor de movilidad prevista en un 7,78%, con lo que acumula un incremento de 28,85% en lo que va del año, muy por detrás de la inflación que, según las proyecciones de las consultoras, superaría el 47% en 2018.
Los jubilados, pensionados, beneficiarios de asignaciones familiares, AUH y demás prestaciones de la seguridad social, recibirán a partir de diciembre un aumento del 7,78%, de acuerdo a la Resolución 2/2018 publicada hoy en el ‘Boletín Oficial’.
El haber mínimo pasará a $ 9300 con esta suba, en tanto, la Asignación por Hijo se irá de los $ 1684 actuales a unos $ 1825 en diciembre.
Con el incremento, las prestaciones de la seguridad social, que abarcan a más de 17 millones de personas, acumularán a fin de año un incremento del 28,8%.
La fórmula de movilidad jubilatoria surge de un cálculo que contempla el 70% de la variación trimestral registrada por el índice de precios del Indec y el 30% de la evolución en igual período de l Ripte (el índice que mide los salarios formales).
El último dato de inflación, correspondiente a octubre, arrojó un acumulado del 39,5%. Según las proyecciones de las consultoras, ese porcentaje superaría el 47% hacia fin de año.
De cumplirse esas estimaciones, las prestaciones sociales habrán sufrido al concluir 2018 una pérdida de casi 20 puntos con relación a la suba de precios, tras un 2017 donde subieron un 28%, contra un aumento de precios promedio del 24,8%.
La movilidad comprende a 7.000.000 de jubilados y pensionados, más de 1,5 millones de Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensiones Universales para el Adulto Mayor (PUAM), 4.000.000 de AUH y más de 5 millones de asignaciones familiares.
Resolución 2/2018
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

RESOL-2018-2-APN-SESS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018

VISTO el EX-2018-56200860-APN-DGDMT#MPYT, las Leyes N° 24.241, N° 26.417, N° 27.260 y N° 27.426, el Decreto N° 110 de fecha 7 de febrero de 2018; las Resoluciones de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 2 de fecha 9 de febrero de 2018, N° 6 de fecha 4 de mayo de 2018 y N° 10 de fecha 3 de agosto de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que través del artículo 1° de la Ley N° 27.426, se sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, y se estableció un nuevo índice de movilidad de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e), y f) del artículo 17 de ese cuerpo legal.
Que en ningún caso la aplicación del mencionado índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.
Que a partir del 1° de marzo de 2018 la movilidad se determina en un setenta por ciento (70%) por las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un treinta por ciento (30%) por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), conforme la fórmula que obra en el Anexo I de la Ley N° 27.426, y se aplica trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario.
Que por el artículo 4° de la Ley N° 27.426 se encomendó a esta Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de SALUD Y DESARROLLO Social, realizar el cálculo trimestral de la movilidad y su posterior publicación.
Que por el artículo 3° de la ley mencionada, se sustituyó el artículo 2º de la Ley N° 26.417, y se estableció que para la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24 inciso a) y las mencionadas en el artículo 97 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5° de la Ley N° 27.260 y su modificatorio y el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Que la reglamentación de la disposición citada, a través del Decreto N° 110/18, instruyó a esta Secretaría de Seguridad Social para establecer a partir del 1° de marzo de 2018 y en forma trimestral dicho índice.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), ha informado oficialmente las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURIDICO INSTITUCIONAL han tomado la intervención de su competencia, en virtud de las modificaciones operadas a la Ley de Ministerios por los Decretos N° 801 y N° 802, ambos de fecha 5 de septiembre de 2018.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, el artículo 4° de la Ley Nº 27.426 y su reglamentación dispuesta por el artículo 2° del Anexo I, aprobado por el artículo 1° del Decreto 110 del 7 de febrero de 2018, el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Determínase que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de DICIEMBRE de 2018, es de SIETE COMA SETENTA Y OCHO por ciento (7,78 %), conforme la fórmula obrante en el ANEXO I de la Ley N° 27.426.
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 30 de NOVIEMBRE de 2018 o soliciten su beneficio desde el 1° de DICIEMBRE de 2018, según lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 26.417, de conformidad con los valores consignados en el ANEXO (IF-2018-55907658-APN-DPE#MPYT) que integra la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Gonzalo Estivariz Barilati
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/11/2018 N° 89413/18 v. 23/11/2018

Fecha de publicación 23/11/2018

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Las jubilaciones también perderán la carrera contra la inflación

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¿Cuál será el ajuste de las jubilaciones y las prestaciones sociales en 2018?
En 2018, las jubilaciones y las prestaciones sociales -de las cuales resalta la Asignación Universal por Hijo (AUH)- arrojarán una dinámica heterogénea. Por un lado, las jubilaciones registrarán un aumento nominal promedio de casi 26% en el año, lo que implicará un deterioro de casi 4% en términos reales según nuestras proyecciones de inflación. Esto significa que precisarían una suma fija superior a $7000 a fin de año para evitar que su ingresos reales se deterioren.
Por el contrario, la AUH cerrará el año con una mejora nominal promedio superior al 40% y cercana al 4% descontando la inflación estimada. Esto responde a que, producto de la suba del dólar y la consecuente aceleración inflacionaria –con un impacto sensible en alimentos y bebidas-, en septiembre se anunció la entrega de un monto fijo de $2700 (pagado entre ese mes y diciembre) como paliativo ante el aumento futuro de precios. Si el mismo no hubiera existido, la caída habría sido similar a la de las jubilaciones debido a que ambas se ajustan en función de la misma fórmula de actualización.
¿Qué implicará este deterioro?
La pérdida del poder adquisitivo de jubilados y beneficiarios de planes sociales es problemática porque una porción significativa de sus perceptores se encuentra en una situación de vulnerabilidad económica. Por caso, con los datos a septiembre, un jubilado que cobraba la mínima se ubicaba apenas por encima de la línea de pobreza, mientras que los beneficiarios de AUH apenas cubren algo más de lo necesario para que un niño no sea considerado pobre.
Visto en términos macroeconómicos, este grupo posee una elevada propensión marginal a consumir. Es decir, gastan casi la totalidad de sus ingresos ya que “viven al día” y poseen una acotada capacidad de ahorro. En consecuencia, y considerando que ambos grupos representan un quinto de la masa salarial total, la contracción de sus ingresos tiene un efecto significativo sobre la demanda agregada y en particular sobre el consumo masivo.
¿Qué pasará en 2019?
Como el coeficiente sobre el cual se calculan las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones sociales ajusta trimestralmente en base a la evolución de precios y salarios de seis meses antes, las mejoras tardarán en hacerse sentir. Por caso, la aceleración inflacionaria de septiembre (provocada por el salto cambiario de fines de agosto) comenzará a impulsar en estos ingresos en marzo del año que viene e impactará plenamente en los mismos recién en la segunda mitad del año.
Por lo tanto, mientras que en el primer semestre del año electoral las jubilaciones retrocederían casi 7% i.a. en términos reales (si no hay bonos compensatorios), en la segunda mitad del año avanzarían 4% i.a. deflactada. El resultado sería una contracción cercana al 1,5% i.a. durante el año electoral para los ingresos reales de estas personas. Como el poder de compra de las mismas irá creciendo en el transcurso del año, estimamos que el impacto positivo en el consumo recién tenga lugar en el segundo semestre de 2019.

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El Gobierno anunció que el miércoles 31 abonarán haberes de la administración pública provincial

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A través de un comunicado oficial, el Gobierno de la Provincia hizo saber que el miércoles 31 de octubre estarán depositados los salarios tanto del sector activo de la Administración Pública provincial como de jubilados, pensionados y retirados provinciales.
Los fondos estarán disponibles en los cajeros automáticos de las entidades bancarias habituales.

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La caída del salario real en 2018 es la más fuerte desde el 2002

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Informe www.invenomica.com. En 2018 la caída del poder adquisitivo de los asalariados del sector privado se ubicaría en torno al 11%, la más elevada desde el 2002, año en el cual la contracción se ubicó en un 25.4%.
En el acumulado 2016-2018 la caída se ubica en el 13% como consecuencia de una pérdida del poder adquisitivo del 5.6% en 2016, una leve recuperación del 3.6% en 2017 y la mencionada caída proyectada del 11% en 2018.
Grafico 1. Evolución del Salario Real Sector Privado. 2002-2018

Fuente: elaboración propia en base al Ministerio de Trabajo, INDEC e Inflación Congreso
Las cifras del primer semestre de 2018 ya vaticinaban una situación muy complicada para los trabajadores en 2018. El poder adquisitivo de los asalariados del sector privado registraron una pérdida del 5.2% en los primeros seis meses.  Y esta caída se acentuará en el segundo semestre dada la fuerte aceleración de la inflación ante (entre otros motivos, por la brusca devaluación del tipo de cambio) y aumentos de salarios nominales que se ubicaran por debajo.
Tal como comentamos en nuestro informe anterior, si bien la caída del poder adquisitivo fue del 5.2% en el primer semestre, la situación es muy diferente según la región del país. Las regiones del Noreste con una contracción del 7.9% y del Noroeste con 7.7% fueron aquellas donde los trabajadores fueron más afectados. Por el contrario la región pampeana, que concentra el 75% de los trabajadores registrados del país, se destaca por verificar el mejor desempeño con una caída del 3.6%.
Las cifras estimadas de la evolución del salario real surgen de las remuneraciones nominales de los trabajadores registrados informada por el Ministerio de Trabajo, ajustada por la inflación de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor publicada por el INDEC (para los periodos 2002-2006 y 2016-2018) y la inflación Congreso (2007-2015).
Si bien todavía es muy imprudente realizar estimaciones sobre la evolución del salario real para 2019, todo indica que muy difícilmente pueda recuperarse en un 13%. Por lo cual, la gestión del gobierno de Cambiemos finalizaría con una contracción del poder adquisitivo.

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