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Quita de subsidios: tarifas eléctricas podrían triplicarse y hay preocupación en cooperativas

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La presión sobre las facturas eléctricas no solo responde a la quita progresiva de subsidios nacionales que ya impacta de lleno en los hogares. Ahora se suma una decisión de alcance nacional que transformará por completo el sistema de asistencia energética desde 2026. En paralelo, las cooperativas provinciales advierten que el escenario actual ya es crítico: crecen los montos impagos, se duplican los cortes de servicio y el margen para sostener la infraestructura es cada vez menor.

La Federación de Cooperativas Eléctricas de Misiones (FECEM) lo sintetiza con crudeza. Según su presidente, Ángel Kusuka, la distancia entre un usuario con subsidio y uno sin subsidio es abismal. Hoy, un hogar subsidiado paga entre $75 y $80 por kWh, mientras que un usuario sin subsidio abona entre $210 y $220, muchas veces sin saber que perdió el beneficio por cruces automáticos de información. “Mes a mes van bajando. Le dan de baja a gente que tenía el subsidio y pasa a tarifa plena”, explicó.

El cuadro se agrava en verano, cuando el consumo aumenta y los topes de subsidio se superan con facilidad. “Cuando ven la factura final, el resultado es abultado”, advirtió Kusuka. Las cooperativas se convirtieron así en un espacio de contención: atienden reclamos, acompañan trámites y reciben casos de usuarios que, pese a cumplir las condiciones, pierden el beneficio sin motivos claros.

Una morosidad que se dispara y compromete el servicio

El impacto económico en las familias ya se refleja en los indicadores: los cortes por falta de pago se duplicaron en los últimos meses. Antes, la mayoría pagaba entre el 5 y el 10 de cada mes; ahora abonan “cuando pueden”, y cada vez son más quienes recurren a tarjetas de crédito para cubrir la factura. “Tarjeta es pan para hoy y mañana vemos”, graficó Kusuka.

Aun así, no todos logran ponerse al día: solo el 90% se reconecta luego de un corte. El resto no puede afrontar ni la deuda acumulada ni los $30.000 a $35.000 que cuesta la reconexión en cooperativas como la de Dos de Mayo.

Las propias cooperativas operan sin margen. Los aumentos autorizados en el Valor Agregado de Distribución fueron mínimos, muy por debajo del incremento de salarios, cables, transformadores y materiales esenciales. “Estamos juntando plata y pagando, sin resto”, resumió Kusuka. Esa falta de recursos termina repercutiendo en la calidad del servicio y en la capacidad de mantenimiento preventivo.

Qué cambia en 2026: desaparecen N1, N2 y N3 y habrá solo dos categorías

A este panorama se suma un cambio profundo definido por Nación y que entrará en vigencia en 2026: la eliminación total del sistema de segmentación (N1, N2 y N3) y la creación de un nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).

Según datos oficiales, el país pasará a tener únicamente dos tipos de usuarios residenciales:

  • Usuarios con subsidio, registrados y validados en el SEF.
  • Usuarios sin subsidio, que pagarán el costo pleno de la energía.

Los hogares N2 pasarán automáticamente al nuevo registro, mientras que los N3 atravesarán una revisión más estricta: ingresos, ubicación territorial, patrimonio y consistencia de datos serán determinantes para mantener -o perder- el subsidio.

El nuevo sistema define bloques de consumo más acotados y uniformes para todo el país:

  • 300 kWh mensuales en meses de calor o frío extremo (diciembre, enero, febrero, mayo, junio, julio y agosto).
  • Solo 150 kWh en meses “templados” (marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre).

Esto puede ser especialmente problemático para Misiones y el NEA. Marzo, considerado “templado” por la normativa nacional, es uno de los meses históricamente más calurosos de la región. Con solo 150 kWh subsidiados, la mayor parte del consumo quedará automáticamente a tarifa plena, profundizando el salto en las facturas.

El objetivo fiscal del Gobierno es claro: bajar los subsidios de 1,5% del PBI en 2023 al 0,65% este año y al 0,5% en 2026. En paralelo, se busca que los usuarios asuman una proporción mayor del costo real de la energía, reservando la asistencia solo para consumos esenciales de hogares vulnerables.
Incluso se evalúa un “subsidio extraordinario transitorio” para amortiguar la transición, aunque no hay detalles confirmados.

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Menos subsidios y más gasto, la canasta de servicios públicos del AMBA llegó a $173.480 en noviembre

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El costo de la canasta de servicios públicos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) alcanzó en noviembre los $173.480, sin subsidios, lo que implica un incremento mensual del 1,8%. En términos interanuales, el gasto creció 30% respecto de noviembre de 2024 y acumula un aumento del 23% en lo que va de 2025, según el Reporte de Tarifas y Subsidios N.º 32 del Observatorio de Tarifas y Subsidios del IIEP (UBA-CONICET). El ajuste se explica por aumentos tarifarios en electricidad, gas y transporte, sumados a variaciones en los niveles de consumo energético.

Tarifas en alza: energía, gas y transporte impulsan la suba mensual

El incremento del 1,8% en la canasta se originó en una combinación de movimientos tarifarios y cambios en la demanda de los hogares. En particular:

  • Gas natural: Cargo fijo: +3,5% y Cargo variable: +4% promedio
  • Energía eléctrica: Cargo fijo: +3,6% y Cargo variable: +3,8%
  • Transporte público: Boleto de colectivos (promedio ponderado): +6,6%

El informe detalla que, en el caso de la electricidad, el gasto total también se vio afectado por un aumento en las cantidades consumidas, mientras que en gas natural se registró una disminución en la demanda.

A nivel interanual, la canasta trepó 30% frente a noviembre de 2024, en un contexto donde las tarifas registraron sucesivas correcciones y los consumos se adaptaron a las variaciones estacionales.

Menos subsidios y mayor costo para los usuarios: el Estado cubre el 48% de los servicios

El Reporte N.º 32 subraya que la reducción real de subsidios alcanzó el 44% en el conjunto de los servicios analizados. Esta caída se desagrega en: Transporte público: recorte real de 20% y Energía: reducción real de 44%

Como resultado, los hogares del AMBA pagan tarifas que cubren, en promedio, el 52% de los costos, mientras que el Estado financia el 48% restante. La retracción en la asistencia fiscal modifica la estructura del gasto familiar y redefine la política de subsidios como variable macroeconómica central.

El recorte en subsidios, sumado a los aumentos tarifarios y a la recomposición parcial de los costos energéticos, explica la aceleración del gasto de los hogares a lo largo del año, con un acumulado del 23% en 2025.

Presión sobre el ingreso y redefinición de la política tarifaria

El encarecimiento de la canasta de servicios públicos tiene un impacto directo en los niveles de consumo del AMBA, la región más densamente poblada del país y donde las tarifas reguladas condicionan la evolución del ingreso disponible.

Los incrementos en electricidad, gas y transporte no solo afectan a los hogares, sino que también repercuten en sectores productivos intensivos en servicios públicos.
En paralelo, la reducción de subsidios apunta a disminuir el gasto fiscal, aunque tensiona el equilibrio entre sostenibilidad económica y accesibilidad tarifaria.

El comportamiento observado en noviembre refleja una tendencia que continuará sujeta a: cambios regulatorios del esquema de subsidios, evolución de los costos energéticos, estacionalidad en el consumo de electricidad y gas, y eventuales actualizaciones tarifarias durante el verano.

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Nuevos precios de la energía eléctrica, cuánto costará el MWh en verano 2025–2026

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Actualización de precios estacionales de la energía: la Secretaría de Energía fija nuevos valores para el verano 2025–2026 y ajusta el aporte al Fondo Nacional de la Energía Eléctrica

La Resolución 437/2025 redefine los precios de referencia, estabilizados y adicionales del Mercado Eléctrico Mayorista y actualiza el recargo del 2% que integra el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica.

Nuevos valores para el Mercado Eléctrico Mayorista

A través de la Resolución 437/2025, publicada este 7 de noviembre en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dispuso la actualización integral de los precios estacionales de la energía eléctrica, en el marco de la Programación Estacional de Verano 2025–2026. La medida reemplaza el Anexo I de la Resolución 434/2025 e introduce nuevos valores para los componentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM): el Precio de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estabilizado de los Servicios Adicionales (PES).

La resolución establece la vigencia de los nuevos precios entre el 1° de noviembre de 2025 y el 30 de abril de 2026, conforme al anexo técnico aprobado (IF-2025-123250873-APN-DNRYDSE#MEC) elaborado por la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico.

En ese marco, el POTREF se fija en $8.181.808 por megavatio mensual, mientras que los precios estabilizados de la energía varían según el tipo de demanda y la franja horaria:

  • Demanda Residencial (N1, N2 y N3):
    • Hora pico: $58.281/MWh
    • Hora resto: $57.036/MWh
    • Hora valle: $56.054/MWh
  • Demanda No Residencial:
    • Hora pico: $51.633/MWh
    • Hora resto: $50.009/MWh
    • Hora valle: $49.353/MWh
  • Grandes Usuarios Distribuidores (GUDI):
    • Hora pico: $49.496/MWh
    • Hora resto: $47.940/MWh
    • Hora valle: $47.310/MWh

En todos los casos, el Precio Estabilizado de los Servicios Adicionales (PES) se mantiene en $4.927/MWh.

La resolución aclara que, para los usuarios residenciales encuadrados en las categorías N2 y N3, se aplicarán las bonificaciones vigentes establecidas por los Decretos 465/24 y 370/25 y las Resoluciones 90/24 y 36/25 de la Secretaría de Energía, con límites de consumo definidos por la autoridad de aplicación. Los valores sin subsidio se encuentran detallados en el Anexo IV de la Resolución 434/2025.

Ajuste del Fondo Nacional de la Energía Eléctrica

En paralelo, la Secretaría fijó en $1.704 por megavatio hora (MWh) el recargo equivalente al 2% previsto en el Artículo 30 de la Ley 15.336, que integra el Fondo Nacional de la Energía Eléctrica (FNEE). Este valor rige para los consumos realizados desde el 1° de noviembre de 2025.

El FNEE —actualizado por el Decreto 450/2025, que modernizó el régimen eléctrico nacional— constituye una herramienta clave para financiar la expansión y mantenimiento de la red eléctrica, especialmente en zonas de menor desarrollo relativo, así como programas de subsidios y compensaciones tarifarias entre regiones.

La Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) participó del proceso técnico, elevando los cálculos del valor base sobre el cual se aplica el recargo, conforme a la nota P-056401-2 del 3 de noviembre de 2025.

Un nuevo marco regulatorio y operativo

La actualización de precios se enmarca en el proceso de normalización y adecuación del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), iniciado mediante la Resolución 400/2025, que estableció las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”.
El Decreto 450/2025, que reformó las leyes 15.336 y 24.065, redefinió la estructura institucional del sistema eléctrico argentino, otorgando nuevas competencias a la Secretaría de Energía y a CAMMESA en la determinación y aplicación de los precios de referencia.

Según la medida, los valores actualizados buscan reflejar las condiciones técnicas, económicas y operativas reales del MEM y mejorar la transparencia en la interpretación de los precios estacionales, garantizando coherencia entre las categorías de demanda y los regímenes de bonificación.

El nuevo esquema impacta directamente sobre las distribuidoras de energía eléctrica, tanto públicas como privadas, incluyendo cooperativas, concesionarias y organismos provinciales. La notificación alcanza al ENRE, a los entes reguladores provinciales y a la Asociación de Entes Reguladores Eléctricos, además de las empresas integrantes del sistema.

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Economía destina $26.500 millones a devoluciones de IVA para energía y transporte

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El Ministerio de Economía estableció un límite máximo anual de $26.500 millones para la devolución de créditos fiscales de IVA a empresas de servicios públicos cuyas tarifas estén reducidas por subsidios estatales. La medida, publicada en el Boletín Oficial, asigna $24.500 millones al sector energético, $1.800 millones al transporte y $200 millones al resto de las actividades alcanzadas.

La Resolución 1353/2025, firmada por el ministro de Economía, Luis Caputo, reglamenta el mecanismo previsto en el artículo 24 de la Ley de IVA (t.o. 1997 y sus modificaciones), que permite a prestadores de servicios públicos recuperar saldos a favor generados por créditos fiscales cuando sus ingresos se ven reducidos por la aplicación de subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica del Estado Nacional.

Este régimen, vigente desde 2019 con actualizaciones anuales, busca equilibrar el impacto que tienen los subsidios en la estructura tributaria de las empresas, al permitirles recuperar parte del crédito fiscal acumulado por la compra de bienes y servicios vinculados a su actividad.

En resoluciones anteriores (2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y febrero de 2025), el Ministerio de Economía ya había fijado límites para los períodos comprendidos entre 2018 y 2023. Con la nueva disposición, se incorporan los créditos generados durante 2024, así como los saldos de años anteriores que no fueron cubiertos por los topes vigentes en cada ejercicio.

Distribución sectorial de los fondos

La resolución publicada el 15 de septiembre de 2025 en el Boletín Oficial fija un límite máximo de $26.500 millones para afrontar las solicitudes de devolución en 2025. El monto se distribuirá de la siguiente manera:

  • Sector energía: $24.500 millones.
  • Sector transporte: $1.800 millones.
  • Otros sectores: $200 millones.

El texto oficial aclara que el recupero de IVA solo será procedente respecto de créditos fiscales originados en bienes (excepto automóviles), locaciones de obras y servicios efectivamente destinados a la actividad alcanzada. Además, el monto a devolver se calculará descontando el saldo que se hubiera generado si los subsidios hubieran estado gravados con la alícuota correspondiente.

El mecanismo operará con un límite máximo anual que dependerá de las condiciones fiscales y presupuestarias, y su asignación será reglamentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El Ministerio de Economía fundamentó la medida en “las condiciones generales imperantes en materia de ingresos presupuestarios” y recordó que, según el artículo 63 del Decreto 692/1998, es facultad de la cartera fijar y asignar los topes anuales por sector o rama de actividad.

En este esquema participan también otros ministerios, que deberán aportar información sobre los sectores bajo su jurisdicción, y la AFIP, encargada de implementar el procedimiento de devolución.

El beneficio está orientado principalmente a empresas energéticas y de transporte, que concentran la mayor parte de los subsidios económicos que otorga el Estado.

El nuevo límite anual tiene un impacto directo sobre las finanzas de empresas de energía eléctrica, gas y transporte público, al facilitarles liquidez y compensar en parte los efectos de las tarifas subsidiadas.

Desde el punto de vista fiscal, la medida supone un costo de $26.500 millones para el Tesoro, que deberá compatibilizarse con el plan de equilibrio de las cuentas públicas.

Políticamente, la decisión se inscribe en el debate sobre la sostenibilidad de los subsidios económicos, que en los últimos años representaron uno de los principales componentes del gasto público. El régimen de devolución de IVA aparece como una herramienta intermedia: mantiene el esquema de asistencia a usuarios a través de tarifas subsidiadas, pero compensa a las empresas prestadoras por la vía impositiva.

De cara a 2026, el Gobierno deberá definir si mantiene este mecanismo con un tope similar o si ajusta los montos en función de la evolución del déficit fiscal y la política de subsidios energéticos y de transporte.

En un contexto de discusión sobre la reducción gradual de subsidios y el traspaso de mayores costos a los usuarios, el régimen podría perder relevancia en la medida en que las tarifas reflejen de manera más directa el costo real de los servicios.

Por el contrario, si persiste el esquema de subsidios masivos, la continuidad y actualización del beneficio será clave para sostener la solvencia financiera de las empresas prestatarias.

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El Gobierno liberó $200 mil millones en subsidios a colectivos del AMBA

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La Secretaría de Transporte aprobó el pago de compensaciones tarifarias del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU), junto con los beneficios por Atributo Social y Boleto Integrado. Los fondos corresponden a los meses de diciembre de 2023 y enero de 2024, y beneficiarán a empresas de colectivos urbanos y suburbanos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Las medidas quedaron oficializadas mediante las resoluciones 53/2025 y 54/2025 de la Secretaría de Transporte, publicadas en el Boletín Oficial el 11 de septiembre de 2025.

Según el texto oficial, el Estado nacional aprobó la liquidación de acreencias pendientes en concepto de subsidios al transporte automotor. En total, se habilitó el pago de $87.645.366.880,43 correspondientes a diciembre de 2023 y $131.657.370.057,42 correspondientes a enero de 2024, lo que representa más de $200 millones en transferencias.

Estos recursos se enmarcan en el Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU) y en los regímenes complementarios de Atributo Social —que subsidia a los beneficiarios de tarifa social en la tarjeta SUBE— y de Boleto Integrado, que otorga descuentos en viajes con transbordos dentro de la red de transporte metropolitano.

Detalles técnicos de la medida

Las resoluciones instruyen a la Dirección Nacional de Gestión de Fondos Fiduciarios para que, en un plazo de cinco días desde la publicación, se concrete el giro del 100% de las acreencias a las empresas prestatarias. Los montos deberán publicarse en la web oficial de la Secretaría de Transporte.

El esquema se financia con fondos provenientes del fideicomiso del transporte, nutrido principalmente por lo recaudado del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono (Ley 23.966, modificada por la Ley 27.430). Dicho fideicomiso se distribuye entre el SISTAU (32,5%), el Sistema Ferroviario Integrado (11%), el Sistema Vial Integrado (50%) y el SIMPAC de cargas (6,5%).

En este caso, los pagos corresponden a liquidaciones pendientes que ya habían sido verificadas mediante órdenes de pago y publicadas en el portal oficial, pero que aguardaban su ejecución formal.

El desembolso llega en un contexto de tensiones entre el Gobierno nacional y las cámaras empresarias del transporte, que advierten sobre los aumentos de costos y la falta de actualización de las compensaciones. Las empresas sostienen que los subsidios son indispensables para sostener el nivel de servicio, particularmente en el AMBA, donde el boleto continúa fuertemente subsidiado en comparación con el interior del país.

Desde los sindicatos del sector se observa con expectativa la efectivización de los pagos, dado que los atrasos en las transferencias suelen repercutir en conflictos salariales y en la prestación de los servicios.

Políticamente, la medida se enmarca en la estrategia del Ministerio de Economía de mantener el flujo de subsidios mientras se discute el Presupuesto 2026, donde el oficialismo anticipó que buscará reducir gradualmente el peso de las transferencias al transporte.

La publicación de estas resoluciones asegura la continuidad de los pagos en el corto plazo, pero deja abierto el debate de fondo sobre el esquema de subsidios. El Gobierno deberá definir si mantiene la lógica de compensaciones vía SISTAU o si avanza hacia una segmentación más estricta, concentrada en usuarios vulnerables a través de la SUBE.

El Congreso, por su parte, será clave en el debate presupuestario, donde se anticipa que la oposición planteará la necesidad de garantizar fondos adicionales para evitar un incremento brusco en las tarifas de colectivos y trenes del AMBA.

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