tabaco

La utilización de la capacidad instalada subió al 65 % en febrero, informó el Indec

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La utilización de la capacidad instalada de la industria alcanzó en febrero al 65 %, por encima del 64 % de igual mes del año pasado, informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Además, ese nivel de uso del 65 % de maquinarias y equipos durante agosto estuvo por encima del 62 % de enero, agregó el organismo.

La suba interanual en el uso de la capacidad instalada se contrapuso con el nivel de actividad de la industria, el cual en febrero registró una caída de 1,4 % en relación con igual mes del año pasado, y también a nivel mensual, ya que el desempeño fabril también bajó 1,3 % en comparación a enero.

Los bloques sectoriales que presentan niveles de utilización de la capacidad instalada superiores al nivel general fueron refinación del petróleo, con el 86%; papel y cartón, 77,2%; industrias metálicas básicas, 74,7%; minerales no metálicos, 74,4%; y sustancias y productos químicos, 74,2%.

Los bloques sectoriales que se ubicaron debajo del crecimiento a nivel general son la industria automotriz, con el 60,5%; edición e impresión, 59,6%; alimentos y bebidas, 59,3%, caucho y plástico, 53,7%; textiles, 52,4%; metalmecánica, 52,2%; y productos del tabaco, 51,7%.

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Pymes tabacaleras piden equidad tributaria con multinacionales del sector

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La Cámara Argentina Nacional de Empresas Tabacaleras (Canet), que agrupa a las pequeñas y medianas empresas el sector, afirmó que “ley de Impuestos Internos es absolutamente inequitativa, beneficiando a las grandes compañías tabacaleras”, lo que afecta a un sector que de empleo a unos 15.000 trabajadores.

La entidad consideró que las empresas multincionales del tabaco “tributan un porcentaje del precio de venta del paquete de cigarrillos, mientras a las pymes nacionales se les obliga a contribuir es un monto fijo arbitrario y desfasado con el precio real de sus etiquetas”.

“El impuesto mínimo fijado por la ley desfavorece aún más a estas pequeñas y medianas empresas, y ha sido declarado inconstitucional en varios fallos judiciales, pero en la práctica hace que a muchas marcas cuyas empresa aún no cuenten con protección judicial, se les impide comercializar. Por lo que existe la posibilidad de cierre de esas pequeñas empresas”, indicó la entidad en un comunicado.

Además, detalló que “solo cuatro pymes nacionales generan alrededor de 500 empleos directos e incontables empleos indirectos en todo el país” al tiempo que se agregó que la reforma de la ley 27430 que realizó una “reducción del 5% del impuesto favoreció a las grandes tabacaleras y disminuyó la recaudación del Estado”.

En el marco de la crisis que vive el sector, la tabacalera For Men S.A, ubicada en la ciudad de Santa Fe, suspendió días atrás a todos sus empleados por 15 días y se encuentra al borde del cierre, también producto de la disputa por el cobro del impuesto mínimo interno, que “trata inequitativamente a las nacionales respecto de las multinacionales”, señaló la Canet

“Hoy en día, el hecho de obligar a que las PyMES suban sus precios para poder llegar a ingresar al impuesto mínimo, hace desaparecerlas del mercado. La realidad es que un cigarrillo de una empresa nacional no puede competir por la inequidad del sistema tributario con una multinacional y por lo tanto hay mucha preocupación por nuestro futuro”, se advirtió.

Finalmente, señalaron que “los impuestos internos que hacen más caros los cigarrillos no han logrado reducir su consumo y sólo afectan a aquellos que no pueden pagar los de marcas lujosas”.

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Misiones adelantará pagos a tabacaleros por 420 millones de pesos

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El director de Tabaco de Misiones, Carlos Pereira confirmó hoy que el Gobierno provincial abonará unos 420 millones de pesos a productores tabacaleros que entregaron sus productos entre el 4 y el 16 de marzo últimos, según se informó oficialmente.

“Es el segundo pago que abona la provincia y es un recurso que se debería recuperar en el mes de noviembre”, dijo y agregó que se adelanta el pago “para que el productor le pueda ganar a la inflación”.

Se trata del tabaco tipo Burley por el que se pagará 70 pesos por kilo a 3.229 productores, que cobrarán por un total de 6 millones de kilos entregados.

Además, señaló que el día viernes 21 se va a a realizar el primer pago del retorno y “ahí sí ya son 10 millones de kilos en forma conjunta entre Nación y Provincia, a unos 7.000 productores siempre de Burley y con dinero del Fondo Especial del Tabaco (FET)”.

“Con este último pago del 21 vamos a estar al día”, con los pagos afirmó.

Para finalizar indicó que “ya se acopiaron 16 millones de kilos y en dos semanas más, con mucho esfuerzo llegaremos a los 18 millones de kilos”.

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Tabaco calentado: qué dice el proyecto que busca regularlo para evitar la prohibición oficial

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Representantes de la Cámara de Diputados de la Nación presentaron un proyecto de ley que busca regular los productos de tabaco calentado (PTC) frente a la prohibición emitida por el Ministerio de Salud a través de la Resolución 565/2023.

La prohibición provocó, entre otras cosas, la suspensión de una inversión de u$s 300 millones que planeaba realizar en la Argentina la tabacalera Massalin Particulares y que habría generado u$s 100 millones anuales en exportaciones, según la propia compañía.

El Iqos, que ya se vende en 70 mercados, es la gran apuesta para el futuro de la empresa.

Qué es el tabaco recalentado

El tabaco recalentado se refiere a un método de consumo de tabaco que ha ganado popularidad en los últimos años. En lugar de fumar tabaco en forma de cigarrillos tradicionales, el tabaco recalentado utiliza dispositivos electrónicos que calientan el tabaco a temperaturas más bajas que las utilizadas en la combustión. Este proceso de calentamiento libera una cantidad menor de químicos tóxicos y carcinógenos que la combustión del tabaco, lo que llevó a algunos a considerarlo como una alternativa más segura al fumar cigarrillos.

A diferencia de los cigarrillos electrónicos, que vaporizan líquidos con sabor y nicotina, los dispositivos de tabaco recalentado utilizan tabaco real y no producen vapor. El tabaco se coloca en un cartucho que se inserta en el dispositivo y se calienta a través de un elemento calefactor. Los usuarios inhalan el vapor de tabaco resultante, que contiene menos sustancias químicas tóxicas que el humo del tabaco convencional.

Qué plantean los autores del proyecto

La iniciativa de la diputada nacional Carolina Moisés (Jujuy), acompañada por el diputado nacional Lucas Godoy (Salta), ambos del Frente de Todos, busca “darle un marco regulatorio razonable y equilibrado a una categoría de productos que se comercializa en el mundo entero y que ya cuenta con millones de usuarios y certificaciones de autoridades sanitarias como la Food and Drugs Administration (FDA)”.

Además, según los autores de la iniciativa, se busca tranquilizar a toda la cadena de valor tabacalera “constituida por 150.000 PyMEs, 50.000 productores primarios, 100 empresas de venta mayorista y distribución y más de 100.000 kioskos”.

De acuerdo a Moisés, “la iniciativa busca darle un marco regulatorio ante una medida tomada hace días atrás por el Ministerio de Salud, que causó preocupación y sorpresa ya que no fue previamente consultada a los sectores socioeconómicos involucrados. Especialmente a los referentes que venimos defendiendo las economías regionales como motor del crecimiento y el empleo”.

La nueva propuesta busca incluir estos productos en la regulación vigente del tabaco con la idea de que la prohibición “aísla a Argentina del resto del mundo, afecta profundamente las economías regionales y coarta la posibilidad de darles alternativas superadoras a los 7 millones de fumadores adultos que hay en el país”.

En sus fundamentos los diputados resaltan la importancia de regular los productos de tabaco sin combustión en la actual ley de tabaco. El proyecto permite homologar productos que ya hayan sido aprobados por autoridades sanitarias de otros países y, basándose en la ciencia, crean el concepto “Productos de Riesgo Reducido” definiendo a la ANMAT como autoridad competente para validar la información presentada por las compañías productoras de PTC. Además, resaltan la importancia del cultivo de tabaco en las provincias del NOA y NEA como dinamizador de economías regionales.

Qué dice el proyecto de ley sobre tabaco recalentado

El proyecto incluye expresamente a los productos de tabaco calentado y a los dispositivos electrónicos que calientan tabaco en la regulación actual de tabaco.

Diferencia el humo del tabaco que generan los cigarrillos convencionales, del vapor de tabaco que se libera por el calentamiento de los productos de tabaco calentado.

Prohíbe también, al igual que para los productos de tabaco, la publicidad, promoción y patrocinio, permitiendo las comunicaciones que solo estén destinadas a fumadores adultos que hayan brindado su consentimiento, en puntos de venta o que tengan como mensaje principal informar las características de los productos.

Incluye a la ANMAT como área responsable de validar la información en caso de que un productor o distribuidor quiera comunicar estos productos como “productos de riesgo reducido”, y permite homologar aprobaciones que hayan sido otorgadas por agencias sanitarias de otros países. Además, la iniciativa establece regulación específica para los productos de tabaco calentado en la información en los empaquetados, buscando que estos datos sean científicamente ciertos y no puedan inducir al error a los consumidores.

Por último, iguala la prohibición de consumo de estos productos en espacios cerrados al igual que los cigarrillos convencionales.

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Tabaco: prohíben por dañinos la importación, comercialización y publicidad de cigarrillos electrónicos en el país

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El Ministerio de Salud prohibió hoy la importación, distribución, comercialización, la publicidad, y cualquier modalidad de promoción y patrocinio “en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco” habitualmente llamados “Productos de Tabaco Calentado” (PTCs).

Según la Resolución 565/2023 de la cartera sanitaria, la prohibición se extiende “al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.

La Resolución entrará en vigencia a partir de mañana, se indica en el artículo 3 de la norma que firma la ministra Carla Vizzotti.

Los PTCs consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería.

En los considerandos de la normativa, se explica que, “en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los productos de tabaco calentado (PTCs)”.

Estos dispositivos, se explica, son promovidos en reemplazo de los cigarrillos convencionales,” especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco”.

La Resolución indica que los Productos de Tabaco Calentado producen “aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud”.

En la Argentina, el consumo de cigarrillos electrónicos presenta valores relativamente bajos, al alcanzar al 1,1% de la población adulta según la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo 2018, “aunque se observó un alarmante porcentaje de uso entre los adolescentes, que según la Encuesta Mundial de Tabaco en Jóvenes del año 2018, alcanzó al 7% de la población de 13 a 15 años”, se agrega.

En conclusión, el Ministerio considera que los PTCs pueden ser “un potencial riesgo para la salud de la población y el desarrollo de comportamientos adictivos en los jóvenes”

La Resolución recuerda también que el cigarrillo electrónico fue prohibido por la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) por Disposición 3226/2011.

La medida publicada hoy será comunicada a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Comercio, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a la Dirección Nacional de Aduanas, al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), a la Secretaria de Relaciones Económicas Internacionales y/o todo otro organismo competente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

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