Transporte público

Misiones garantiza el boleto estudiantil gratuito desde el inicio del ciclo lectivo 2026

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El Gobierno de Misiones confirmó que el Boleto Estudiantil Estatal Gratuito Misionero estará plenamente garantizado desde el comienzo del ciclo lectivo 2026, asegurando el acceso al transporte público para estudiantes de todos los niveles del sistema educativo provincial.

La política alcanza a los niveles Inicial, Primario, Secundario, Modalidades, Superior y Universitario, y ratifica una decisión sostenida de la provincia de acompañar a las familias misioneras y garantizar el derecho a la educación en igualdad de condiciones.

El anuncio fue realizado por el gobernador Hugo Passalacqua a través de sus redes sociales, donde destacó que el beneficio estará disponible desde el inicio de las clases, con un esquema de implementación ordenado por nivel educativo.
“Garantizamos para el año 2026 el Boleto Estudiantil Misionero desde el inicio del ciclo lectivo para los estudiantes de todos los niveles del sistema educativo provincial”, expresó el mandatario.

¿CUÁNTO AHORRA UN ESTUDIANTE CON EL BOLETO GRATUITO? (2026)
Supuesto de uso: 2 pasajes por día · 10 por semana · 40 por mes · 9 meses (360 pasajes).
Escenario Tarifa por pasaje Pasajes (9 meses) Ahorro exacto Ahorro aprox.
Con SUBE $1.365 360 $491.400 +$520.000
Sin SUBE $1.800 360 $648.000 +$680.000
Nota: el ahorro surge de la tarifa vigente multiplicada por los pasajes estimados (9 meses).

Según el cronograma oficial, el boleto gratuito comenzará a regir:

  • Desde el 2 de marzo para los niveles Inicial, Primario, Secundario y Modalidades.
  • Desde el 9 de marzo para el nivel Universitario.
  • Desde el 30 de marzo para el nivel Superior.

Además, el Gobierno provincial dispuso la renovación automática de las tarjetas magnéticas inteligentes y de los medios electrónicos utilizados para acceder al transporte público, con vigencia hasta el 17 de abril de 2026, medida que alcanza a los estudiantes de los niveles Inicial, Primario, Secundario y Modalidades.

No obstante, para mantener el beneficio, los estudiantes de esos niveles deberán realizar la inscripción correspondiente y presentar la constancia ante la empresa prestataria desde este lunes 9 de febrero y hasta el 17 de abril de 2026, sin perjuicio de que el trámite pueda efectuarse durante el resto del año.

En el caso de los estudiantes de los niveles Superior y Universitario, la inscripción y presentación de la constancia ante la empresa prestataria deberá realizarse conforme a los requisitos establecidos, trámite que estará habilitado durante todo el año.

Con esta decisión, Misiones vuelve a marcar una diferencia a nivel nacional al asegurar la vigencia del boleto estudiantil gratuito desde el primer día de clases, como una política pública clave para la inclusión educativa y la igualdad de oportunidades.

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El Gobierno redefine tarifas y subsidios al transporte, premia a los colectivos a GNC y eléctricos

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía aprobó un nuevo esquema metodológico para calcular las tarifas teóricas de referencia y redistribuir las compensaciones tarifarias al transporte automotor urbano y suburbano de pasajeros de jurisdicción nacional, con el objetivo explícito de incorporar criterios de sustentabilidad y reconocer de manera diferencial a las empresas que operan con tecnologías más eficientes, como el Gas Natural Comprimido (GNC) y la energía eléctrica. La medida, formalizada a través de la Resolución 6/2026, publicada el 22 de enero de 2026 en el Boletín Oficial, redefine la arquitectura de subsidios y tiene impacto directo sobre costos, inversión y estructura de incentivos del sistema.

Un nuevo marco normativo para el cálculo de tarifas y subsidios

La Resolución 6/2026 (RESOL-2026-6-APN-ST#MEC), firmada por el secretario de Transporte Luis Octavio Pierrini, se inscribe en una extensa trama normativa que regula el financiamiento del transporte público automotor desde principios de los años 2000. Entre sus antecedentes figuran la Ley 25.031, el Decreto 976/2001 que creó el fideicomiso administrado por el Banco Nación, el Decreto 652/2002 que instituyó el Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU), y el DNU 678/2006 que dio lugar al Régimen de Compensaciones Complementarias (RCC), luego consolidados por el Decreto 1122/2017.

En ese marco, la Secretaría de Transporte aprobó:

  • La Metodología para la Construcción de Tarifas Teóricas de Referencia (Anexo I), y
  • El procedimiento de cálculo de distribución de las compensaciones tarifarias (Anexos II y III), aplicables a las liquidaciones correspondientes al período noviembre de 2025 y subsiguientes.

El objetivo central es alinear el sistema de subsidios con una estructura de costos actualizada, que ya no se limite al gasoil como energía dominante, sino que incorpore tecnologías alternativas con distinto perfil de costos y eficiencia.

Según establece la norma, la metodología de tarifas teóricas parte de la clasificación de los rubros de costos en fijos y variables, incluyendo entre los primeros seguros, patentes, impuestos, peajes y gastos generales, y entre los segundos energía, lubricantes, mantenimiento, depreciación del material rodante y salarios variables.

A partir de allí se construye una tarifa teórica que combina ambos componentes y se asocia luego con la tarifa comercial vigente, para servir de referencia en la distribución de subsidios.

Tecnologías limpias: el diferencial económico como señal de política

Uno de los ejes más relevantes de la Resolución 6/2026 es la incorporación explícita de incentivos para las unidades propulsadas a GNC y energía eléctrica. Esta decisión no surge de manera aislada, sino que se apoya en la Resolución 86/2025 de la Secretaría de Transporte, que había aprobado los cálculos de costos e ingresos medios para noviembre y diciembre de 2025, incorporando por primera vez estas tecnologías en la estructura de costos.

El Anexo I aprobado ahora va más allá: establece incrementos concretos en la tarifa teórica de referencia según el tipo de energía utilizada:

  • +30% si el pasajero es transportado en una unidad a GNC.
  • +50% si el pasajero es transportado en una unidad eléctrica.

Este diferencial no es menor: implica reconocer que, aunque estas tecnologías pueden reducir emisiones y consumo de combustibles fósiles, hoy enfrentan mayores costos de inversión inicial y operación específica. El reconocimiento tarifario funciona así como una herramienta para “estimular la inversión en la sustentabilidad del sistema”, tal como se desprende de los considerandos de la resolución.

Desde el punto de vista institucional, la medida traduce en reglas operativas una orientación de política pública: utilizar el esquema de compensaciones no sólo para cubrir déficits operativos, sino también para direccionar decisiones tecnológicas del sector privado.

Cómo se redistribuyen las compensaciones: eficiencia y control

El nuevo procedimiento de distribución de compensaciones tarifarias redefine los criterios técnicos con los que se asignan fondos a las empresas prestatarias. En particular, para las líneas interurbanas provinciales de jurisdicción nacional, el Anexo II detalla que la distribución se basa en dos ejes: demanda y oferta.

Por un lado, se reconoce el atributo social, reintegrando la diferencia tarifaria correspondiente a viajes con descuento por tarifas sociales, calculada sobre la base del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).

Por otro, se introduce un criterio de compensación tarifaria basado en los kilómetros reales recorridos, ajustados por factores de estacionalidad que varían mes a mes (por ejemplo, 119% en enero, 124% en febrero, 90% en octubre). Esta variable se utiliza como “driver de distribución de la oferta” para incentivar la prestación efectiva de servicios.

El esquema incorpora además mecanismos de control para evitar prácticas improductivas: si se detectan incrementos de kilómetros que no se traducen en más pasajeros, esos recorridos pueden ser considerados “ineficientes” y quedar excluidos del cálculo de compensaciones. El indicador clave es el Índice de Pasajeros por Kilómetro (IPK), que compara demanda y oferta real.

De esta manera, la política de subsidios deja de ser un simple reembolso de costos para transformarse en una herramienta de regulación microeconómica del sistema, premiando la eficiencia operativa y penalizando desviaciones que no reflejen una mejora real del servicio.

Impacto económico e institucional: sectores alcanzados y posibles reacciones

La resolución impacta directamente sobre:

  • Empresas de transporte automotor urbano y suburbano de jurisdicción nacional, que deberán adaptar sus estrategias de inversión y operación al nuevo esquema.
  • Proveedores de tecnología y energía, especialmente aquellos vinculados a GNC y electromovilidad, que encuentran un marco más favorable para la expansión de su oferta.
  • Estados subnacionales (Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires), notificados formalmente, dado que el sistema abarca la Región Metropolitana definida por la Ley 25.031.
  • Usuarios, en tanto la estructura de costos y compensaciones condiciona indirectamente la evolución de tarifas comerciales y calidad del servicio.

Desde una perspectiva política e institucional, la medida refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad técnica con capacidad de redefinir reglas clave del financiamiento sectorial, apoyándose en informes técnicos (como el IF-2025-132215169-APN-SSTAU#MEC) y en la Dirección de Fondos Fiduciarios.

En términos de reacciones posibles, el nuevo esquema podría ser recibido favorablemente por operadores que ya cuentan con flotas a GNC o eléctricas, al tiempo que plantea desafíos para aquellas empresas más dependientes del gasoil, que verán reducido su posicionamiento relativo dentro del sistema de compensaciones.

Un cambio estructural en la lógica de subsidios

Más allá de su tecnicismo, la Resolución 6/2026 marca un punto de inflexión: los subsidios al transporte dejan de estar atados exclusivamente a la necesidad fiscal de sostener tarifas accesibles y comienzan a operar como una herramienta de transformación productiva y ambiental.

Al incorporar diferenciales explícitos por tipo de tecnología, el Estado redefine el “contrato implícito” con los operadores: ya no se subsidia sólo la prestación, sino también la forma en que se presta. En ese sentido, la norma anticipa un escenario donde la sustentabilidad energética pasa a ser una variable central en la asignación de recursos públicos al transporte.

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Eldorado extiende la concesión del transporte urbano y evita cortes del servicio tras licitaciones fallidas

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A horas del vencimiento de la prórroga excepcional del contrato de concesión, la Municipalidad de Eldorado confirmó un acuerdo con la empresa ETCE SRL para extender la prestación del transporte urbano de pasajeros. La decisión permite asegurar el funcionamiento normal del servicio desde este jueves 15 de enero y evitar interrupciones en un contexto marcado por licitaciones fallidas, tensiones económicas y reclamos de los usuarios.

El anuncio oficial busca llevar tranquilidad a la comunidad en una ciudad que atraviesa desde hace varios meses un escenario complejo en materia de transporte público. La continuidad del servicio se vuelve clave no solo por su impacto social directo, sino también por su relevancia económica e institucional, al tratarse de un servicio esencial para miles de vecinos que dependen del colectivo para trabajar, estudiar y realizar actividades cotidianas.

Licitaciones fallidas y un escenario sin margen para cortes

El sistema de transporte urbano de Eldorado arrastra dificultades desde 2025. En octubre del año pasado, el Municipio impulsó un primer proceso licitatorio que quedó desierto, al no presentarse oferentes. Posteriormente, en diciembre, se avanzó con un segundo llamado que fue declarado económicamente no conveniente, lo que obligó al Ejecutivo local a descartar esa alternativa.

En ese marco, la concesión vigente se sostuvo mediante una prórroga excepcional, cuyo vencimiento estaba previsto para este jueves 15 de enero. La proximidad de esa fecha encendió señales de alerta entre los usuarios y generó incertidumbre sobre la continuidad del servicio.

Ante ese escenario, el Municipio informó que alcanzó un acuerdo con ETCE SRL para extender la concesión y garantizar que los recorridos habituales continúen operando con normalidad, evitando cualquier interrupción abrupta del sistema.

Costos operativos, subsidios y reclamos de los usuarios

La decisión de prorrogar el contrato se adopta en un contexto de fuerte tensión económica. Por un lado, la empresa prestataria viene advirtiendo dificultades para sostener los costos operativos del servicio sin un esquema de subsidios adecuado. La estructura de gastos —combustible, mantenimiento de unidades y salarios— presiona sobre la ecuación económica del sistema.

Por otro lado, los usuarios reclaman mejoras en la calidad del servicio y en las unidades, pero sin que ello se traduzca en aumentos significativos del boleto, en un contexto de ingresos ajustados y caída del poder adquisitivo. Esa combinación limita el margen de maniobra tanto del Municipio como de la empresa concesionaria.

Desde el Ejecutivo local reconocen que la situación exige decisiones de corto plazo para sostener el servicio, pero también una mirada estratégica que permita evitar la reiteración de prórrogas sin una solución estructural.

Previsibilidad a corto plazo y búsqueda de una salida de fondo

Desde la Municipalidad de Eldorado remarcaron que el objetivo central de la prórroga es priorizar el interés general, garantizar la continuidad de un servicio esencial y aportar previsibilidad y calma a la comunidad, mientras se trabaja en alternativas de fondo para el sistema de transporte urbano.

“El transporte público cumple un rol fundamental para miles de vecinos”, señalaron desde el Ejecutivo, al destacar que la prioridad es no afectar la vida diaria de los eldoradenses en un contexto complejo. En paralelo, el Municipio continúa evaluando esquemas que permitan mejorar la prestación y asegurar su sostenibilidad a largo plazo, contemplando tanto la viabilidad económica como la calidad del servicio.

Con esta decisión, Eldorado evita quedarse sin transporte urbano, sostiene la prestación en el corto plazo y reafirma el compromiso institucional de garantizar servicios esenciales, mientras se busca una solución definitiva para un sistema que combina restricciones fiscales, demandas sociales y desafíos operativos.

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El Gobierno deroga una norma clave de accesibilidad tras cumplir un fallo histórico en la Línea Mitre

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Transporte, derogó la Resolución 27/2003 que obligaba a controles específicos de accesibilidad en el ferrocarril Mitre. La medida se formalizó mediante la Resolución 5/2026 y se fundamenta en el cumplimiento íntegro de la sentencia judicial que dio origen a esa norma, luego de más de dos décadas de fiscalización, obras e inversiones en infraestructura ferroviaria.

La resolución fue dictada en la Ciudad de Buenos Aires el 12 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 14 de enero de 2026. El texto establece que el objeto de la norma de 2003 se encuentra agotado, tras acreditarse que las 17 estaciones del ramal Retiro–Tigre de la Línea General Mitre cuentan con accesos alternativos a los molinetes que garantizan el uso del servicio por personas con discapacidad motora o movilidad reducida, en condiciones de autonomía y seguridad.

El origen judicial de la medida y más de 20 años de control estatal

La Resolución 27/2003 había sido dictada para dar cumplimiento a una sentencia interlocutoria del 12 de mayo de 2003, emitida por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3, Secretaría 5, en la causa “Verbrugghe, María Inés c/Estado Nacional – Ministerio de Economía y otros s/amparo”.

En aquel fallo, el tribunal intimó en forma solidaria a la entonces concesionaria Trenes de Buenos Aires S.A. y al Estado Nacional a habilitar, en un plazo de diez días, accesos alternativos a los molinetes en todas las estaciones del ferrocarril Mitre. El incumplimiento habilitaba la aplicación de astreintes y la eventual imputación del delito previsto en el artículo 239 del Código Penal de la Nación a los funcionarios responsables.

Desde entonces, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), en el marco de las facultades conferidas por el Decreto 1388/1996, realizó inspecciones periódicas en las estaciones del ramal Retiro–Tigre para verificar el estado de los accesos y el cumplimiento de la orden judicial.

Inversiones en infraestructura y cierre formal de la causa

Según los considerandos de la Resolución 5/2026, el Estado Nacional llevó adelante desde 2009 una política de fortalecimiento y mejora del sistema ferroviario, que incluyó el Programa Integral de Renovación de Estaciones Ferroviarias de Servicios Metropolitanos en la Línea Mitre, ramal Retiro–Tigre. Ese plan permitió superar limitaciones de diseños arquitectónicos originales que no contemplaban el acceso de personas con movilidad reducida.

Las fiscalizaciones realizadas en los últimos años no detectaron apartamientos significativos que impidieran el uso pleno de las instalaciones. En ese sentido, la Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima (SOFSA) informó que, de acuerdo con los relevamientos más recientes, cada plataforma de cada estación cuenta al menos con un acceso alternativo habilitado para personas con discapacidad motora o movilidad reducida (cf. ME-2024-141934154-APN-GGO#SOFSE y ME-2024-141362797-APN-GLM#SOFSE).

Por su parte, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) detalló el listado de obras ejecutadas en las estaciones del ramal (cf. ME-2024-33507164-APN-GAL#ADIFSE, ME-2024-33710142-APN-GO#ADIFSE e IF-2024-42021911-APN-GO#ADIFSE). En paralelo, la Subgerencia de Contenciosos de la CNRT informó que la causa judicial se encuentra terminada, con presentaciones que acreditan el cumplimiento total tanto de la sentencia como de la resolución de 2003 (cf. PV-2025-44990700-APN-SC#CNRT).

Desregulación y reordenamiento normativo del transporte ferroviario

La derogación se inscribe en el proceso de desregulación y simplificación del Estado iniciado por el Decreto 70/2023, que impulsa un reordenamiento integral de la economía y la revisión de regímenes jurídicos vigentes. En ese marco, la Secretaría de Transporte consideró “conveniente y oportuna” la derogación de una norma cuyo objetivo ya fue cumplido.

El Artículo 1° de la Resolución 5/2026 establece expresamente que la Resolución 27/2003 se deroga “toda vez que ha sido acreditado el cumplimiento íntegro de la sentencia judicial que motivó su dictado”. Además, se dispuso comunicar la medida a la CNRT, ADIFSA, SOFSA y al juzgado interviniente.

Desde una perspectiva institucional, la decisión implica el cierre formal de un ciclo de control excepcional, trasladando la accesibilidad al transporte ferroviario al marco general de las políticas públicas y los estándares operativos vigentes, sin perder de vista los antecedentes judiciales que impulsaron las mejoras estructurales del sistema.

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Boleto urbano: empresas y municipio expusieron la situación económica del transporte

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Representantes del transporte urbano, autoridades municipales, empresas, organizaciones y usuarios participaron este martes de la audiencia pública convocada para analizar una posible actualización del boleto de transporte urbano de pasajeros en el Área Metropolitana. El encuentro expuso el escenario económico y operativo del sistema, marcado por la caída de la demanda y el aumento sostenido de los costos, y puso en foco el rol de los aportes provinciales y municipales para garantizar su continuidad.

La audiencia se desarrolló en el Salón de Usos Múltiples del Parque de la Ciudad y se realizó conforme a lo establecido por decreto, en cumplimiento de la Carta Orgánica Municipal, como instancia previa y obligatoria para el análisis de modificaciones tarifarias en servicios públicos.

Diagnóstico del sistema: costos en alza y menor demanda

Durante la jornada, los distintos sectores vinculados al transporte urbano expusieron los parámetros necesarios para el sostenimiento del sistema, que incluyen la infraestructura, las unidades en circulación y el personal en actividad. En ese marco, se presentó un diagnóstico que evidenció una caída en la demanda del servicio, combinada con un incremento sostenido de los costos operativos.

Según se explicó en la audiencia, el valor actual del boleto resulta insuficiente para cubrir integralmente los costos del sistema. Por ese motivo, el funcionamiento del transporte urbano se mantiene a través de aportes provinciales y municipales, además de inversiones en infraestructura, flota y mecanismos de control.

El análisis planteado remarcó que estas herramientas permiten sostener la continuidad del servicio, preservar la cobertura territorial y mantener el carácter social del transporte público, en un contexto económico desafiante para el sector.

Marco institucional y actores involucrados

La audiencia pública se desarrolló mediante la exposición de los distintos actores vinculados al sistema de transporte urbano, en un marco institucional previsto por la normativa municipal. Participaron del encuentro el secretario de Gobierno Municipal, José Amable, el secretario de Movilidad Urbana, Lucas Jardín, autoridades de la Defensoría del Pueblo y representantes de EUTA, junto a organizaciones y usuarios del servicio.

La instancia permitió dejar constancia de las posiciones del sector empresario, de las autoridades y de los usuarios, y constituye un paso formal dentro del proceso de evaluación de una eventual actualización tarifaria.

Próximos pasos

El debate sobre la tarifa del transporte urbano impacta de manera directa tanto en los usuarios del servicio, para quienes el boleto representa un componente relevante del gasto cotidiano, como en las empresas prestatarias, que enfrentan un escenario de costos crecientes y menor demanda.

En el plano institucional, la audiencia pública cumple una función central al transparentar la información económica y operativa del sistema y habilitar la participación ciudadana antes de cualquier decisión administrativa. El análisis expuesto en esta instancia será un insumo clave para las definiciones que adopten las autoridades municipales respecto del esquema tarifario.

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