Transporte público

La CNRT habilitó a un fabricante chino para producir y modificar carrocerías de colectivos en Argentina

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La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) autorizó a la firma china Xiamen King Long United Automotive Industry Co. Ltd. a fabricar e importar carrocerías y realizar modificaciones sobre carrocerías y chasis de vehículos destinados al transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional. La decisión incorpora formalmente a la compañía al Registro Nacional de Fabricantes de Carrocerías y Talleres (RNFCYT) y puede ampliar la oferta de proveedores habilitados para el mercado de colectivos.

La autorización quedó establecida mediante la Disposición 380/2026, publicada este 11 de agosto en el Boletín Oficial. La empresa había solicitado su inscripción a través de su distribuidor no exclusivo en la Argentina, La Nueva Metropol S.A.T.A.C.I., y acreditó la relación contractual entre ambas compañías mediante un contrato de distribución no exclusiva.

El alcance de la medida es concreto: King Long quedó habilitada para realizar tareas de fabricación de carrocerías, modificación de carrocerías y modificación de chasis en unidades destinadas al servicio de autotransporte de pasajeros bajo jurisdicción nacional. La inscripción se otorgó luego de que la Gerencia de Fiscalización Técnica Automotor de la CNRT verificara el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.

La decisión tiene relevancia para un mercado en el que la disponibilidad de fabricantes y talleres habilitados constituye un componente central para renovar, adaptar y mantener la flota de transporte público. En términos operativos, la incorporación de un nuevo actor autorizado puede ampliar las alternativas de empresas de transporte que necesiten carrozar unidades, realizar modificaciones técnicas o adaptar vehículos a las exigencias del servicio.

El ingreso de King Long también introduce una nueva referencia internacional en la estructura de proveedores del transporte automotor argentino. La compañía es un fabricante chino especializado en vehículos de pasajeros y, a través de la autorización concedida por la CNRT, queda formalmente habilitada dentro del esquema regulatorio argentino para intervenir sobre unidades que presten servicios nacionales.

Sin embargo, la disposición establece límites precisos. La inscripción otorgada por la CNRT se circunscribe exclusivamente a las competencias del organismo en materia del Registro Nacional de Fabricantes de Carrocerías y Talleres y de control de aptitud técnica. Esto significa que la empresa deberá gestionar, cuando corresponda, las restantes habilitaciones, certificaciones y autorizaciones requeridas para importar, comercializar y poner en circulación los vehículos ante otros organismos nacionales, provinciales o municipales.

La CNRT también impuso como condición que los trabajos realizados por King Long se ajusten a la Resolución 395/89, la Ley Nacional de Tránsito 24.449, su reglamentación mediante el Decreto 779/95 y las normas complementarias o modificatorias que resulten aplicables. El incumplimiento de estas exigencias podrá derivar directamente en la revocación de la inscripción otorgada.

Desde una perspectiva de política pública, el mecanismo busca combinar apertura a nuevos proveedores con un estándar técnico uniforme. La incorporación de un fabricante extranjero al registro no supone una flexibilización de los requisitos de seguridad: por el contrario, la autorización queda condicionada al cumplimiento de las normas que regulan las características técnicas y formales de los vehículos afectados al transporte público de pasajeros.

El movimiento puede adquirir importancia a medida que el sistema de transporte avance hacia procesos de renovación y adecuación de flotas, porque suma capacidad potencial para atender necesidades de fabricación y transformación de unidades. La disposición, no obstante, no establece inversiones, volúmenes de producción, incorporación de unidades ni un cronograma industrial de King Long en el país: su efecto inmediato es regulatorio y consiste en habilitar a la compañía para operar dentro del registro específico de fabricantes y talleres.

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Nación agilizó cambios en recorridos y frecuencias del transporte público

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La Secretaría de Transporte de la Nación aprobó un nuevo procedimiento para modificar los parámetros operativos de los servicios de transporte automotor de pasajeros urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional, con el objetivo de reducir los tiempos de tramitación y dotar al sistema de mayor capacidad de respuesta frente a cambios en la demanda, problemas de tránsito, situaciones de seguridad vial y otras contingencias.

La medida fue formalizada mediante la Resolución 55/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y reemplaza un esquema que permanecía vigente desde 2018. La nueva normativa deroga las resoluciones 97/1996 y 137/2018 y adapta el régimen al marco establecido por el Decreto 830/2024, que redefinió las reglas para los servicios urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional.

El cambio tiene una consecuencia concreta para la gestión cotidiana del transporte: las modificaciones sobre recorridos, frecuencias, parque móvil y otras condiciones de prestación podrán tramitarse mediante un procedimiento más flexible, especialmente cuando se trate de alteraciones de menor impacto o de situaciones que requieran una respuesta rápida de la autoridad.

Hasta ahora, el procedimiento contemplado por la Resolución 137/2018 incluía instancias de publicidad mediante edictos, períodos de observación y otras formalidades que, según reconoció la propia Secretaría de Transporte, podían extender durante largos períodos la resolución definitiva de una solicitud. El diagnóstico oficial es que ese esquema perdió capacidad de respuesta frente a la dinámica actual del sistema.

La nueva regulación busca atacar precisamente ese cuello de botella administrativo. La lógica es que una modificación operativa que permita sostener o mejorar un servicio no debería quedar paralizada durante meses por un procedimiento diseñado para un escenario regulatorio diferente. En ese sentido, la reforma incorpora como principios rectores la eficiencia, la flexibilidad operativa, la digitalización y la simplificación administrativa.

El punto adquiere relevancia porque los parámetros operativos son los que determinan buena parte de cómo funciona una línea en la práctica. Allí se incluyen las cabeceras, los recorridos troncales y ramales, las frecuencias máximas y mínimas, el parque móvil destinado al servicio y otras características que la autoridad considere necesarias para definir la prestación.

La normativa también contempla la coexistencia de distintas modalidades de servicio. Los servicios comunes de línea constituyen la prestación obligatoria de las empresas permisionarias, mientras que los servicios diferenciales y expresos pueden funcionar como alternativas complementarias bajo determinadas condiciones. Los expresos, por ejemplo, permiten reducir tiempos de viaje mediante la supresión de paradas y, eventualmente, el uso de recorridos alternativos, aunque las paradas deben mantenerse sobre la traza autorizada.

El nuevo procedimiento procura, además, resolver un problema particularmente visible en las ciudades: la distancia entre la planificación formal de una línea y las necesidades que aparecen en la calle. Obras, cortes, cambios en el tránsito, eventos extraordinarios, problemas de seguridad vial o modificaciones coyunturales en la demanda pueden volver inadecuado un esquema operativo que fue aprobado bajo circunstancias diferentes.

Desde una perspectiva de política pública, la reforma busca que la regulación acompañe esas transformaciones en lugar de convertirse en una barrera para resolverlas. La solución planteada no consiste en eliminar el control estatal sobre los servicios, sino en acortar los circuitos administrativos para que la autoridad pueda modificar las condiciones de prestación cuando exista una justificación operativa.

El nuevo esquema se inserta en la transformación regulatoria iniciada con el Decreto 830/2024 y continuada con la Resolución 57/2024, que estableció nuevas normas para los servicios de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional y unificó los registros existentes en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.

La reforma también mantiene un espacio de coordinación entre Nación, provincias y municipios en las denominadas Unidades Administrativas, que comprenden regiones donde los servicios interprovinciales urbanos y suburbanos atraviesan jurisdicciones diferentes. Ese mecanismo busca preservar la participación de las autoridades locales aun dentro de un esquema nacional de regulación.

Para los usuarios, el efecto esperado no es necesariamente un cambio inmediato en las tarifas, sino una mayor capacidad del sistema para ajustar su oferta cuando las condiciones de movilidad se modifican. Una frecuencia insuficiente, un recorrido que dejó de responder a los patrones de desplazamiento o una traza afectada por una obra pueden requerir decisiones operativas antes de que se produzcan consecuencias mayores sobre los tiempos de viaje y la calidad del servicio.

El desafío será que la simplificación administrativa se traduzca efectivamente en mejores prestaciones y no solamente en trámites más rápidos. La mayor flexibilidad también exige controles, información y criterios técnicos que permitan evaluar si una modificación mejora la cobertura, reduce tiempos de viaje, evita superposiciones o responde realmente a una necesidad de los usuarios.

La Resolución 55/2026 entra en vigencia desde su publicación y establece así una nueva hoja de ruta para modificar los servicios de transporte público automotor urbano y suburbano de jurisdicción nacional. El objetivo declarado es sencillo: que la regulación pueda reaccionar con mayor velocidad frente a una red de movilidad que cambia mucho más rápido que los expedientes administrativos.

Anexo 1 Resolución 55/2026 by CristianMilciades

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Colectivos: el Gobierno prorroga su circulación y busca evitar una crisis en el transporte de pasajeros

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La falta de renovación del parque automotor volvió a poner en evidencia uno de los desafíos estructurales del transporte argentino. A través del Decreto 654/2026, el Gobierno nacional resolvió extender hasta el 31 de diciembre de este año la habilitación para que continúen prestando servicios 559 colectivos modelo 2012, superando así el límite de antigüedad de diez años previsto en la Ley Nacional de Tránsito.

La decisión alcanza a las unidades de jurisdicción nacional que ya se encontraban habilitadas al 1° de enero de 2026 y busca evitar una reducción de la oferta de transporte en los servicios interurbanos de media y larga distancia. Como contrapartida, las empresas deberán someter estos vehículos a una Revisión Técnica Obligatoria (RTO) cada tres meses, un esquema de fiscalización más estricto que el habitual.

La medida responde a un problema que trasciende a una gestión de gobierno y refleja las dificultades que enfrenta el sector para renovar sus flotas. El elevado costo de las unidades nuevas, la caída de la inversión durante los últimos años y el impacto económico que dejó la pandemia generaron un retraso en el recambio de vehículos que hoy condiciona la operación de numerosas empresas.

De acuerdo con los informes técnicos de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), las 559 unidades modelo 2012 representan una porción reducida del parque automotor nacional y su permanencia no modifica significativamente la antigüedad promedio del sistema. Ese análisis fue acompañado por la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, que consideró técnicamente viable la prórroga siempre que se intensifiquen los controles mecánicos.

El decreto también incorpora un criterio que gana espacio en las políticas de transporte de distintos países: privilegiar el estado de conservación y mantenimiento efectivo de las unidades por encima de un límite cronológico estricto. Bajo esa lógica, el Gobierno sostiene que un vehículo correctamente inspeccionado puede continuar prestando servicio sin comprometer los estándares de seguridad.

Sin embargo, la decisión vuelve a instalar un debate de fondo. Argentina exhibe uno de los parques automotores más envejecidos de la región. Según datos de la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC), el país cuenta con casi 15,8 millones de vehículos y una antigüedad promedio de 14,8 años. Más de 4,3 millones superan las dos décadas de uso.

La situación también alcanza al transporte público. Relevamientos de la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA) muestran que la edad promedio de las unidades urbanas viene creciendo desde hace varios años, mientras que el sector sostiene que serían necesarias alrededor de 150 incorporaciones mensuales para estabilizar el parque automotor y recuperar un ritmo de renovación sostenible.

Desde una perspectiva de periodismo de soluciones, la prórroga puede interpretarse como una respuesta de emergencia para garantizar la continuidad del servicio, especialmente en corredores donde la sustitución inmediata de unidades resultaría inviable. No obstante, especialistas coinciden en que la solución estructural requiere mecanismos que faciliten el acceso al financiamiento para las empresas, incentivos para la renovación de flotas y reglas previsibles que permitan planificar inversiones de largo plazo.

El desafío no se limita a mantener colectivos en funcionamiento, sino a construir un sistema de transporte más seguro, eficiente y competitivo. En ese escenario, la extensión de la vida útil de los vehículos aparece como una medida transitoria que evita un problema inmediato, pero que deja planteada la necesidad de una política integral para modernizar el parque automotor argentino.

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El Gobierno congela la base del subsidio SUBE y cambia el cálculo de la tarifa social para contener el gasto nacional

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La Secretaría de Transporte modificó el esquema de financiamiento del atributo social de la tarjeta SUBE. Desde el 1° de julio, el descuento del 55% para los beneficiarios se mantendrá, pero el aporte del Estado nacional dejará de actualizarse automáticamente con cada aumento del boleto provincial o municipal. El cambio introduce una tarifa de referencia fija por jurisdicción, una medida orientada a dar previsibilidad al gasto público sin alterar las facultades tarifarias de las provincias.

La Resolución 40/2026 redefine uno de los principales mecanismos de subsidios al transporte público. Aunque los usuarios alcanzados por la tarifa social seguirán accediendo al 55% de descuento, ese beneficio será calculado sobre una tarifa de referencia vigente al 30 de junio de 2026, que permanecerá congelada hasta que la Secretaría de Transporte disponga una actualización.

La modificación apunta a resolver un problema fiscal que el Gobierno identifica desde hace meses: cada incremento del boleto decidido por provincias y municipios elevaba automáticamente el costo del subsidio financiado por el Tesoro Nacional, aun cuando esas jurisdicciones definieran sus cuadros tarifarios sin intervención de la Nación.

Un cambio que separa la política tarifaria del financiamiento nacional

Hasta ahora, el monto subsidiado evolucionaba junto con las tarifas locales. Con el nuevo esquema, la Nación fija un valor de referencia para calcular el beneficio, independientemente de los futuros aumentos que aprueben las autoridades provinciales o municipales.

Desde la óptica fiscal, la decisión incorpora un mecanismo de mayor previsibilidad presupuestaria. Si una provincia incrementa el valor del boleto por encima de la tarifa de referencia, el descuento nacional continuará calculándose sobre ese valor congelado y no sobre la nueva tarifa plena.

Para los usuarios beneficiarios, el descuento formal del 55% permanece vigente, pero el aporte efectivo del Estado nacional puede perder peso relativo si las tarifas continúan aumentando y las referencias no son actualizadas.

El cambio adquiere relevancia para provincias que utilizan el sistema SUBE fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires. En esos distritos, donde las actualizaciones tarifarias suelen responder a mayores costos operativos, salarios o combustibles, la resolución traslada una parte creciente del esfuerzo financiero a las administraciones locales si desean preservar el mismo nivel de subsidio para los pasajeros.

La Secretaría de Transporte aclara expresamente que las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios mantienen intactas sus competencias para fijar el precio del boleto. También podrán establecer descuentos superiores o incluso gratuidades utilizando la infraestructura tecnológica de SUBE, siempre que definan su propio mecanismo de financiamiento.

Para las administraciones provinciales, esto implica que cualquier política adicional de contención tarifaria deberá sostenerse con recursos propios y ya no mediante un incremento automático de los aportes nacionales.

Previsibilidad para el Tesoro, mayor responsabilidad para las jurisdicciones

Uno de los argumentos centrales de la resolución es la necesidad de administrar con mayor precisión los recursos del Fideicomiso creado por el Decreto 976/2001, desde donde se financian estos beneficios.

Los informes técnicos incorporados al expediente sostienen que la dispersión tarifaria entre jurisdicciones generaba una expansión imprevisible de las erogaciones nacionales, dificultando la planificación presupuestaria.

El nuevo criterio también busca uniformar el cálculo del atributo social mediante un parámetro único y verificable para todas las ciudades donde opera SUBE.

Se mantiene el descuento del 55% para los beneficiarios de la Tarifa Social SUBE. El cálculo dejará de hacerse sobre las futuras tarifas locales y utilizará como base las vigentes al 30 de junio de 2026. Las tarifas de referencia regirán desde el 1 de julio hasta que la Secretaría de Transporte disponga su actualización. Las provincias podrán mantener beneficios superiores, pero deberán financiarlos con recursos propios. Nación Servicios adaptará los sistemas para implementar el nuevo mecanismo.

La resolución introduce un cambio estructural en la relación financiera entre Nación y provincias respecto del transporte urbano. Para operadores, gobiernos provinciales y municipios, la evolución futura dependerá de dos variables: la velocidad con que continúen ajustándose las tarifas locales y la frecuencia con la que la Secretaría de Transporte actualice las tarifas de referencia. Esa brecha será determinante para medir cuánto del costo social del transporte continuará absorbiendo el Estado nacional y cuánto recaerá sobre las administraciones locales o directamente sobre los usuarios.

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Oberá debatirá un nuevo cuadro tarifario del transporte urbano en una audiencia pública

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La ciudad de Oberá volverá a poner en discusión el costo del transporte público de pasajeros. Este miércoles 1° de julio se desarrollará la 25ª Audiencia Pública, instancia prevista por la normativa municipal para analizar el pedido de actualización tarifaria del servicio urbano de colectivos, un proceso que involucra tanto a las empresas prestatarias como a funcionarios, organismos de control y usuarios del sistema.

La convocatoria se produce en un contexto de fuertes tensiones sobre los costos operativos del transporte urbano, atravesado por el incremento de los combustibles, los salarios, los insumos y el mantenimiento de las unidades, factores que en los últimos meses impulsaron nuevos pedidos de recomposición tarifaria en distintas ciudades del país.

Según el orden del día de la audiencia, las dos empresas concesionarias del servicio, Tipoka S.A. (Línea Guacurarí) y Sendero Guaraní S.A., serán las primeras en exponer sus argumentos para fundamentar la necesidad de revisar el cuadro tarifario. Ambas dispondrán de diez minutos para presentar la evolución de sus costos y la situación económica del servicio.

También participará el Departamento de Movilidad Urbana de la Municipalidad de Oberá, representado por Jorge Fabián Pizzutti, quien brindará la posición técnica del Ejecutivo municipal respecto del funcionamiento del sistema y del impacto que tendría una eventual modificación del valor del boleto.

La Defensoría del Pueblo también tendrá intervención durante la audiencia. Claudia Isabel Urrutia contará con un espacio de cinco minutos para expresar la posición del organismo en representación de los derechos de los usuarios del transporte público.

Como ocurre en este tipo de instancias participativas, vecinos previamente inscriptos podrán formular observaciones y plantear sus opiniones respecto del servicio. En esta oportunidad fueron habilitadas las intervenciones de Eva Miranda, Irma Beatriz Saraceni, Nicolás Maximiliano Machado, Reina Isabel González y Miguel Ángel Morales, quienes expondrán durante cinco y diez minutos, según el cronograma establecido.

Si bien la audiencia pública no tiene carácter vinculante, constituye un paso obligatorio antes de que las autoridades municipales adopten una decisión sobre un eventual incremento del boleto. Los planteos realizados durante la jornada pasarán a integrar el expediente administrativo que luego será evaluado por los organismos competentes.

El debate adquiere especial relevancia en un escenario donde el transporte urbano enfrenta el desafío de sostener la prestación del servicio con una estructura de costos en permanente aumento, mientras los usuarios reclaman preservar la accesibilidad económica del boleto. El equilibrio entre la sustentabilidad financiera de las empresas y la capacidad de pago de los pasajeros volverá a ocupar el centro de la discusión en una audiencia que marcará el rumbo del sistema de transporte obereño durante los próximos meses.

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