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La UIF pidió investigar a Manuel Adorni por lavado de dinero

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Luego de que el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, finalmente publicara su declaración jurada de 2025, el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) elevó un pedido formal a la Unidad de Información Financiera (UIF) para que lleve adelante la apertura de un expediente de inteligencia financiera con el propósito de realizar un análisis en relación con la evolución patrimonial.

Además, de ser necesario, radicar la denuncia ante la justicia penal por presunto lavado de activos del funcionario de Milei y su esposa, Bettina Angeletti, por la existencia de posibles fondos y bienes de, según la entidad, origen no debidamente acreditado.

El titular de la UIF, Matías Gabriel Álvarez, es el destinatario del pedido del CIPCE que reclamó la aceptación de “todas las medidas previstas en las facultades legales y reglamentarias” con el objetivo de monitorear de forma intensiva a Adorni y Angeletti, argumentando que son Personas Políticamente Expuestas (PEP), y así poder establecer la trazabilidad, el origen y la consistencia económica del patrimonio.

¿Cuáles son los argumentos del CIPE para hacer el pedido a la UIF?

La compra de una casa en noviembre de 2024 en un barrio privado, más un departamento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un año después (en noviembre de 2025), cuando Adorni ya ocupaba un cargo público, es donde se apoya el pedido del CIPE. Además, por contar con importantes sumas de dinero en efectivo, así como viajes en aviones privados junto a contratistas del Estado y la realización de operaciones crediticias, pero no bancarias, con personas que no tendrían la capacidad económica necesaria.

Asimismo, el CIPE sumó a sus argumentos la declaración realizada por Adorni a LN+ donde manifestó haber omitido “por error” en sus declaraciones juradas de los años 2023 y 2024 que los ahorros familiares se habían compuesto “en negro”. “Ahorramos en negro como todos los argentinos”, se justificó sobre US$500.000, según sus declaraciones.

En tal sentido, el reconocimiento de Adorni genera preguntas en relación con el cumplimiento de los parámetros de transparencia exigibles a las personas que ocupan el rol de funcionarios, así como también sobre el origen de los fondos involucrados, según la ONG especializada en investigar la corrupción y los delitos económicos.

Más aportes del CIPE al pedido a la UIF

El CIPCE incluyó en su pedido testimonios de personas que declararon en la Justicia federal que indicarían que, por lo menos, una de las tantas operaciones inmobiliarias no se habría escriturado por su valor real. En este sentido, si se llegara a confirmar, según el planteo, se podría encuadrar en maniobras de simulación capaces de ser analizadas bajo la figura de lavado de activos.

A su vez, el CIPCE hizo hincapié en que la adhesión al régimen simplificado de Ganancias que prevé la ley de “Inocencia Fiscal” ni suspende ni pone límite a las obligaciones en materia de prevención del lavado de activos, así como a las facultades de la UIF para analizar operaciones patrimoniales inconsistentes.

Y recordó que la ley actual ordena deberes de debida diligencia reforzada para las PEP, debido a su mayor exposición a riesgos de corrupción.

De esta forma y con la firma del director ejecutivo del CIPE, Pedro Biscay, el organismo enmarcó el pedido en el contexto internacional, resaltando que el país está bajo el seguimiento reforzado del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el cual exige avances en la prevención como en la detección y la investigación del lavado, más precisamente cuando está vinculado a hechos de corrupción.

Por eso, el CIPE, en ese contexto, mantiene su posición diciendo que una actuación “diligente y oportuna” de la UIF en casos como este, en que involucra a un funcionario de alto rango, es una señal clave de cumplimiento de los estándares internacionales. Y, en consecuencia, pidió que se realicen los controles pertinentes de consistencia patrimonial integrales, que se cruce información proveniente de organismos como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y reportes del sistema financiero.

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Cambios en organismos clave: renunció el titular del RENAPER y el Gobierno reordenó la UIF, Transporte y ENARGAS

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El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través de decretos publicados en el Boletín Oficial, una serie de modificaciones en organismos estratégicos del Estado, que incluyen la renuncia del titular del RENAPER, Pablo Luis Santos, y el recambio de autoridades en la Unidad de Información Financiera (UIF), la Secretaría de Transporte y el ENARGAS. Los movimientos forman parte de un reordenamiento institucional que impacta en áreas sensibles vinculadas a la identidad ciudadana, el control financiero, la infraestructura de transporte y la regulación energética.

La salida más relevante es la de Pablo Luis Santos, quien dejará la conducción de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) a partir del 1° de febrero. En su lugar, el Ejecutivo designó a Diego Sebastián Pérez Lorgueilleux, formalizando así un cambio en un organismo central para la administración de documentos de identidad y el padrón poblacional.

Reordenamiento en la UIF y un enroque hacia el BICE

Los decretos también oficializaron la salida de Paul Starc como jefe de la Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo encargado de la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La vacante será ocupada por Ernesto Gaspari, a quien en el entorno oficial señalan como cercano al secretario de Inteligencia del Estado (SIDE), Cristian Auguadra.

Starc, exfiscal e identificado con el sector del asesor Santiago Caputo, no se desvinculará de la gestión pública. Según lo dispuesto, pasará a integrar el directorio del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), entidad que opera bajo la órbita del Ministerio de Economía.

Desde la Casa Rosada descartaron que el recambio en la UIF responda a tensiones políticas internas y aseguraron que se trató de una “decisión personal”. Como argumento, remarcaron que, de haber existido un conflicto, no se le habría ofrecido un nuevo cargo dentro de una entidad financiera estatal, reforzando así la lectura de continuidad institucional más que de ruptura.

Transporte y energía: cambios en áreas sensibles de la regulación

La reestructuración del organigrama también alcanzó a dos áreas clave para la economía real y los servicios públicos. En la Secretaría de Transporte, el Ejecutivo aceptó la renuncia de Luis Pierrini y designó en su reemplazo a Fernando Herrmann, formalizando un cambio en un área estratégica para la logística, la movilidad y la regulación del sistema de transporte.

En el sector energético, el Gobierno oficializó la salida del interventor del ENARGAS, Carlos Alberto María Casares, y nombró como nuevo responsable a Marcelo Alejandro Nachón. Según el decreto correspondiente, el reemplazante “reúne los antecedentes que justifican su postulación”, una fórmula habitual en este tipo de designaciones que busca respaldar la legitimidad técnica del nombramiento.

Señales políticas

Los cambios simultáneos en el RENAPER, la UIF, Transporte y el ENARGAS reflejan un ajuste fino en áreas de alto impacto institucional, donde se cruzan funciones administrativas críticas, control del sistema financiero y regulación de servicios esenciales. En términos políticos, el recambio de funcionarios en organismos sensibles sugiere una búsqueda de alineamiento interno y reorganización del esquema de gestión, sin que, al menos de manera oficial, se reconozcan conflictos abiertos.

Para los sectores involucrados, las modificaciones abren una etapa de transición operativa, con atención puesta en la continuidad de los procesos administrativos, los controles regulatorios y la ejecución de políticas en curso. En particular, el funcionamiento del RENAPER, la agenda de la UIF y las decisiones en Transporte y Energía quedarán bajo la lupa en las próximas semanas, a medida que los nuevos responsables asuman plenamente sus funciones.

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Delitos contra el Estado: Casanello negó un acuerdo económico y avanza la causa contra el Polo Obrero

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El juez federal Sebastián Casanello rechazó una propuesta de reparación económica por 87,9 millones de pesos presentada por Leandro Gastón Kebleris, procesado como partícipe necesario en el presunto desvío de fondos del programa Potenciar Trabajo, al sostener que los delitos contra la administración pública no pueden resolverse mediante acuerdos privados que pretendan extinguir la acción penal.

La decisión tiene impacto directo en el avance de una de las investigaciones más sensibles sobre el uso de recursos de programas sociales y deja a la causa en condiciones de ser elevada a juicio, con derivaciones institucionales y políticas relevantes.

Una oferta sin reconocimiento de hechos y sin aval del Estado

Según la resolución judicial, la propuesta de Kebleris buscaba cerrar el proceso penal sin reconocimiento de hechos ni derechos, lo que fue considerado inadmisible en el marco de delitos que afectan al Estado. La iniciativa contemplaba el giro inmediato de más de 14 millones de pesos ya embargados y el pago del monto restante en 12 cuotas, hasta completar los $87,9 millones ofrecidos como reparación.

Kebleris se encuentra procesado junto con Anahí Rivero, acusados de haber puesto a disposición del Polo Obrero y de la Cooperativa El Resplandor la firma Coxtex S.A., señalada por la fiscalía como una “usina de facturación apócrifa”, sin capacidad operativa real.
La investigación sostiene que en octubre de 2021, Coxtex emitió dos facturas por un total de 5,46 millones de pesos, que habrían sido utilizadas para desviar recursos del programa Potenciar Trabajo hacia actividades de prensa, militancia y campaña electoral.

El magistrado también rechazó convocar a una audiencia para analizar la propuesta, al advertir que no existía un acuerdo previo con el Estado como parte damnificada, condición central para cualquier eventual discusión de reparación.

Rechazo unánime de los querellantes y advertencias de la fiscalía

La propuesta fue objetada no solo por la fiscalía, sino también por la Oficina Anticorrupción, el Ministerio de Capital Humano y la Unidad de Información Financiera, los tres en carácter de querellantes.
El Ministerio Público Fiscal advirtió que la causa involucra múltiples actores y líneas de investigación aún abiertas, por lo que fragmentar una eventual reparación del daño podría afectar la coherencia y solidez de la acusación.

Casanello coincidió con ese planteo y subrayó que homologar el acuerdo podría entorpecer el trámite ante el Tribunal Oral Federal N°8, que deberá juzgar al líder del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, y a otras 15 personas imputadas en el expediente.

En ese marco, el juez quedó en condiciones de resolver el pedido de elevación a juicio, mientras la fiscalía continúa señalando a Kebleris y Rivero como piezas clave de un entramado que habría operado durante casi cuatro años dentro del Polo Obrero y sus unidades de gestión.

Un entramado bajo la lupa judicial

De acuerdo con la acusación, el esquema investigado se habría sostenido mediante empresas como Coxtex S.A., Ediciones e Impresiones Rumbos, Urban Graphics, Ricoprint y Miniso Trade, señaladas por emitir documentación falsa para simular compras y encubrir el desvío de fondos públicos provenientes de un programa social de alcance nacional.

El rechazo de la reparación económica marca un precedente institucional: refuerza la posición de que los delitos contra la administración pública no admiten salidas negociadas individuales y consolida el camino hacia un juicio oral que podría tener impacto político y judicial en torno al control y la transparencia en la gestión de programas sociales.

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La UIF congela activos por financiamiento de armas de destrucción masiva

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En una decisión sin precedentes a nivel nacional y regional, la Unidad de Información Financiera (UIF) ordenó el primer congelamiento administrativo de activos en la Argentina por presunto financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La medida, dispuesta a partir de información de inteligencia financiera proveniente del exterior y ampliada con una investigación local, marca un punto de inflexión en el sistema de prevención de delitos financieros graves y refuerza el alineamiento del país con los estándares internacionales en materia de seguridad y control financiero.

Una medida inédita basada en inteligencia financiera internacional

La resolución fue firmada por el titular de la UIF, Paul Starc, y alcanza a personas residentes en la Argentina bajo sospecha de estar vinculadas al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Según se informó oficialmente, el organismo actuó tras recibir información de inteligencia financiera de organismos del exterior, la cual fue posteriormente analizada y complementada mediante tareas de investigación propias.

Con esos elementos, la UIF resolvió aplicar de manera preventiva el congelamiento administrativo de activos, mientras continúa la investigación sobre posibles vínculos con organizaciones delictivas internacionales. Se trata de una decisión excepcional dentro del marco normativo argentino y constituye un hecho sin antecedentes en América Latina, de acuerdo con fuentes oficiales.

El respaldo legal: Ley 27.739 y compromisos internacionales

Es la primera vez que la UIF aplica una medida de estas características desde la sanción de la Ley 27.739, aprobada en marzo de 2024, que incorporó al Código Penal argentino el delito de Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP). Esta norma amplió de manera sustancial las herramientas del Estado para prevenir y sancionar conductas consideradas una amenaza directa a la seguridad internacional.

La legislación se inscribe en los compromisos asumidos por la Argentina ante las Naciones Unidas, que facultan al Consejo de Seguridad a imponer sanciones obligatorias cuando se identifican amenazas a la paz y la seguridad internacionales. Entre esas sanciones, se incluyen medidas financieras restrictivas, como el congelamiento de activos y la prohibición de acceso a recursos económicos.

En paralelo, los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) establecen que los países deben contar con sanciones financieras específicas, inmediatas y eficaces para impedir que personas o entidades vinculadas al FP utilicen el sistema financiero formal. La medida adoptada por la UIF se ajusta estrictamente a esos lineamientos.

Impacto institucional y señales al sistema financiero

Con esta decisión, la UIF fortaleció el sistema nacional de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, ampliándolo a uno de los delitos más sensibles a nivel global. El congelamiento administrativo de activos, aplicado de manera preventiva, envía una señal clara al sistema financiero, a los sujetos obligados y a la comunidad internacional sobre el endurecimiento de los controles y la tolerancia cero frente a delitos transnacionales de alto riesgo.

Desde el plano institucional, la Argentina pasa a integrar el reducido grupo de jurisdicciones que ya aplicaron medidas concretas contra el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, un fenómeno que el propio GAFI incorporó como prioridad estratégica en los últimos años.

En términos económicos y regulatorios, la decisión también refuerza la credibilidad del sistema financiero argentino, al demostrar capacidad de respuesta frente a amenazas complejas y alineamiento con los estándares internacionales, un aspecto clave en evaluaciones externas y procesos de cooperación financiera global.

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La UIF crea un régimen específico para frenar el financiamiento de armas de destrucción masiva

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La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó la Resolución 3/2026, que crea un régimen específico y obligatorio de reporte y congelamiento administrativo de bienes vinculados al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La norma, publicada el 8 de enero de 2026 en el Boletín Oficial y vigente desde esa fecha, alinea el sistema argentino con las exigencias del GAFI y las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ampliando las obligaciones de bancos, empresas y demás sujetos obligados bajo la Ley 25.246.

Un nuevo régimen para el financiamiento de la proliferación

La Resolución UIF 3/2026 introduce formalmente el Reporte de Operación Sospechosa de Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM), un mecanismo que hasta ahora no contaba con un procedimiento específico dentro del marco regulatorio argentino.

El alcance de la medida se apoya en la Ley 25.246 y sus modificatorias, la Ley 26.734 y el Código Penal, particularmente el artículo 306 inciso f), que tipifica el delito de financiamiento de la proliferación. Además, la norma incorpora de manera expresa las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU —entre ellas las 1718 (2006) y 1737 (2006) y sus sucesivas—, que establecen sanciones financieras dirigidas contra personas y entidades vinculadas a programas nucleares y de armas de destrucción masiva.

En línea con la Recomendación 7 del GAFI, la UIF obliga a los sujetos enumerados en el artículo 20 de la Ley 25.246 a reportar sin demora, y con un plazo máximo de 24 horas, toda operación realizada o tentada que involucre bienes o activos de personas o entidades designadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, o que puedan estar vinculadas con el financiamiento de la proliferación.

Congelamiento administrativo inmediato y sin notificación previa

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es la incorporación del congelamiento administrativo inmediato de bienes y otros activos. Ante la detección de una operación sospechosa FPADM, los sujetos obligados deberán inmovilizar los fondos “sin demora e inaudita parte”, es decir, sin notificación previa a los involucrados.

La UIF queda facultada a disponer el congelamiento mediante resolución fundada, que será notificada de inmediato al sujeto obligado y al Ministerio Público Fiscal o al juez federal competente. La autoridad judicial deberá ratificar, rectificar o revocar la medida en un plazo máximo de 24 horas, aunque los bienes permanecerán congelados hasta que exista una decisión judicial expresa.

La resolución define con amplitud el concepto de bienes u otros activos, incluyendo bienes tangibles e intangibles, instrumentos financieros, documentos electrónicos y cualquier activo que pueda ser utilizado para obtener fondos o servicios, siempre que estén bajo control directo o indirecto de personas o entidades designadas.

Asimismo, la UIF deberá comunicar la aplicación de estas medidas al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto dentro de las 24 horas, para su notificación al Consejo de Seguridad de la ONU por las vías diplomáticas correspondientes.

Impacto sobre bancos, empresas y el sistema antilavado

El nuevo esquema refuerza de manera sustancial las responsabilidades de los sujetos obligados, que deberán verificar periódicamente las listas internacionales de sanciones, cotejar sus bases de clientes y abstenerse de informar a terceros sobre la existencia de medidas de congelamiento, salvo en los términos estrictos previstos por la ley.

El incumplimiento de estas obligaciones habilita la aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo IV de la Ley 25.246, que incluyen multas y otras penalidades administrativas.

Desde una perspectiva institucional, la Resolución 3/2026 busca subsanar observaciones formuladas en la última evaluación mutua del GAFI y del GAFILAT, fortaleciendo la capacidad del Estado argentino para prevenir, detectar y sancionar operaciones vinculadas al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Para el sistema financiero y los sectores regulados, la medida implica un aumento en los costos de cumplimiento y en la exigencia de controles internos, pero también una señal clara de alineamiento con los estándares internacionales en materia de seguridad financiera y cooperación global.

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