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Caso YPF: Preska obliga a la Argentina a entregar más datos sobre activos estatales

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La jueza neoyorquina Loretta Preska rechazó un pedido del Gobierno argentino para limitar el alcance del discovery únicamente a activos ejecutables. El fallo se suma a otro revés procesal de la semana pasada y anticipa una audiencia clave en Nueva York el próximo 4 de septiembre.

La Procuración del Tesoro de la Nación informó este martes que la jueza del Distrito Sur de Nueva York, Loretta Preska, emitió una resolución adversa para la Argentina en el marco del juicio internacional por la expropiación de YPF en 2012.

En esta oportunidad, Preska rechazó la moción argentina que buscaba restringir el proceso de discovery —la etapa de entrega de información entre las partes— a aquellos activos del Estado nacional que puedan ser ejecutables en caso de condena.

La decisión amplía el espectro de datos que el país deberá entregar, incluyendo información sobre activos estatales de diverso tipo, con lo cual se incrementa la presión sobre el Gobierno argentino en un litigio que involucra miles de millones de dólares en potenciales indemnizaciones.

La resolución se suma a otro rechazo dictado por Preska la semana pasada, cuando desestimó la reconsideración de Argentina respecto del acceso a dispositivos electrónicos y cuentas personales de funcionarios y exfuncionarios vinculados al caso.

La batalla judicial por la expropiación de YPF

El conflicto se origina en la nacionalización de YPF en abril de 2012, cuando el Estado argentino expropió el 51% de las acciones de la petrolera, hasta entonces en manos de Repsol. Desde entonces, diversos fondos y accionistas minoritarios impulsaron demandas en Nueva York, reclamando resarcimientos por presuntas violaciones contractuales y daños patrimoniales.

El proceso de discovery en Estados Unidos es una instancia central: obliga a las partes a entregar información sensible, documentos y registros financieros, lo que podría derivar en una mayor exposición patrimonial de la Argentina.

Según fuentes oficiales, el Gobierno argentino argumentó que los requerimientos de Preska resultan “incompatibles con la jurisprudencia vigente en Estados Unidos y con la legislación nacional”. Sin embargo, la magistrada neoyorquina desestimó esas objeciones, habilitando un acceso más amplio a la información estatal.

La Procuración del Tesoro calificó las resoluciones como “equivocadas” y aseguró que se encuentran evaluando las vías procesales para impugnarlas, en el marco de la estrategia de defensa del Estado.

El rechazo de Preska constituye un golpe para la estrategia argentina, que buscaba limitar daños patrimoniales y proteger activos estatales estratégicos en el exterior.

En términos económicos, la ampliación del discovery eleva la incertidumbre sobre el riesgo de embargos futuros en caso de una sentencia adversa, lo que podría complicar la posición financiera de la Argentina en los mercados internacionales.

Desde el punto de vista político, el fallo ocurre en medio de un clima de fuerte sensibilidad por la situación económica local, con impacto en la agenda de negociaciones internacionales y en la percepción de seguridad jurídica.

La próxima audiencia en Nueva York, prevista para el jueves 4 de septiembre, será clave para definir nuevos pasos procesales y eventuales medidas de prueba. Según anticipó la Procuración, “la República Argentina reafirma su compromiso de defender con firmeza los intereses nacionales en todas las instancias judiciales, empleando todos los recursos legales disponibles”.

El horizonte del caso YPF sigue cargado de incertidumbre. Mientras el discovery avanza, el riesgo inmediato para la Argentina es la posibilidad de ampliar el espectro de bienes identificables para ejecución. A mediano plazo, el foco estará en la definición de eventuales compensaciones y en las gestiones políticas paralelas que el país pueda desplegar para mitigar costos.

Para analistas jurídicos y financieros, la estrategia argentina deberá combinar resistencia procesal, negociaciones diplomáticas y gestión de activos estratégicos, a fin de evitar un desenlace adverso que impacte tanto en el frente económico como en la credibilidad internacional.

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Contrataciones públicas: Milei extendió la transición hacia la apertura del mercado hasta fin de 2025

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El Gobierno prorrogó hasta fin de año los contratos estatales con empresas públicas y privadas: avanza la transición hacia un esquema de competencia

El Poder Ejecutivo dispuso, a través del Decreto 591/2025, la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 de los contratos que el Estado Nacional mantiene bajo regímenes especiales de provisión de servicios estratégicos —bancos, combustibles, seguros y transporte aéreo—, en el marco de la transición hacia un esquema de mayor competencia y apertura en las contrataciones públicas. La medida, firmada por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, extiende el plazo originalmente fijado en el Decreto 747/2024, que vencía el próximo 22 de agosto.

El punto de partida de esta reforma está en el Decreto 70/2023, que estableció que las empresas con participación estatal no gozarían de prerrogativas especiales en las contrataciones públicas. Con esa lógica, el Decreto 747/2024 derogó una serie de normas que obligaban a los organismos nacionales a contratar exclusivamente con compañías estatales:

  • Banco Nación para el pago de haberes (Decreto 1187/2012).
  • YPF para la provisión de combustibles (Decreto 1189/2012).
  • Aerolíneas Argentinas, Austral y Optar para la compra de pasajes aéreos oficiales (Decreto 1191/2012).
  • Nación Seguros para las pólizas de cobertura estatal (Decreto 823/2021).

El cambio marcó un quiebre histórico en el sistema de compras públicas, al eliminar la obligatoriedad de contratar con firmas de control estatal y habilitar licitaciones abiertas bajo la modalidad de Acuerdos Marco, con el objetivo de fomentar la competencia, reducir costos y transparentar los procesos.

Sin embargo, dado que varios procesos licitatorios aún se encuentran en curso, el Gobierno resolvió extender hasta fin de año la vigencia de los contratos heredados para evitar la interrupción de servicios esenciales.

Detalles del Decreto 591/2025 y procesos en marcha

El decreto establece dos disposiciones centrales:

  1. Prórroga del plazo máximo previsto en el artículo 6° del Decreto 747/2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.
  2. Facultad a las autoridades competentes para ampliar y/o prorrogar los contratos en curso vinculados a combustibles, seguros y transporte aéreo hasta esa misma fecha.

En paralelo, el Gobierno avanzó en tres licitaciones clave bajo la órbita de la Oficina Nacional de Contrataciones:

  • Cuentas sueldo: en enero se adjudicó a nueve bancos (Nación, Galicia, Macro, BBVA, Santander, Supervielle, Patagonia, Credicoop e ICBC) la gestión de haberes estatales.
  • Combustibles y gestión de flota: licitación 999-0006-LPU25, actualmente en proceso, con prórrogas de apertura hasta el 5 de septiembre por consultas de oferentes.
  • Seguros integrales: licitación 999-0007-LPU25, también en curso, con fecha de apertura reprogramada para el 12 de agosto.

En las próximas semanas se sumarán además las licitaciones para la compra de pasajes aéreos y la provisión de combustibles para embarcaciones y aeronaves oficiales, también bajo modalidad de Acuerdo Marco.

La decisión se inscribe en el marco de la agenda de desregulación y competencia que impulsa el Gobierno. Para el Ejecutivo, el esquema anterior implicaba “privilegios indebidos” para las empresas estatales y distorsiones en la eficiencia del gasto.

Desde el sector privado, la apertura genera oportunidades de negocio para bancos, aseguradoras y petroleras, que ahora compiten en igualdad de condiciones por contratos estatales de gran volumen. Sin embargo, también persiste incertidumbre por la velocidad de los procesos licitatorios y los criterios de adjudicación.

En el plano político, la medida se interpreta como un paso más en la estrategia de Milei y Sturzenegger de achicar el peso del Estado empresario y consolidar un modelo de compras públicas descentralizado. No obstante, la prórroga hasta fin de año refleja las dificultades operativas de llevar adelante la transición en plazos más acotados.

De cara al próximo año, el Ejecutivo proyecta que todos los bienes y servicios contratados por la Administración Pública Nacional se realicen bajo licitaciones competitivas y no por asignación directa a empresas estatales.

Los escenarios posibles son:

  • Éxito en las licitaciones: implicaría una baja de costos operativos y mayor transparencia.
  • Demoras o impugnaciones: obligarían a nuevas prórrogas, tensionando el discurso oficial sobre desregulación.
  • Resistencia sindical y política: particularmente en sectores sensibles como Aerolíneas Argentinas y YPF, que perderían negocios con el Estado.

El 31 de diciembre de 2025 se convierte así en una fecha clave para evaluar el éxito de la transición. El oficialismo apuesta a mostrar que, en un año electoral, la apertura y la competencia también pueden aplicarse al corazón del gasto estatal.

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Juicio por YPF: Argentina consiguió otro fallo favorable en la demanda por la expropiación de la petrolera

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La Justicia de Irlanda rechazó el pedido de ejecutar el fallo del caso en ese país, que había sido solicitado por los demandantes

La semana comenzó con otro fallo favorable para Argentina en la causa por la expropiación de YPF: la Justicia de Irlanda dio la razón al país y rechazó el pedido de ejecutar el fallo del caso YPF en ese país, que había sido solicitado por los demandantes.

“En dicho proceso buscaban el reconocimiento y ejecución en Irlanda del fallo dictado por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, que condenó a la República Argentina al pago de más de 16 mil millones de dólares más intereses, el cual todavía se encuentra en instancia de apelación”, destacó la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN).

Según la PTN, los demandantes pidieron acciones similares en otras jurisdicciones extranjeras. “Por eso, la decisión irlandesa constituye la primera resolución en el marco de estos intentos de ejecución internacional y representa un precedente favorable para la República Argentina”, destacaron.

La semana pasada, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dijo que el país podía esperar a la próxima apelación por el pedido de Buford Capital –el principal demandante de este extenso juicio– de quedarse con las acciones de la empresa, en septiembre, sin poner ninguna garantía.

La jueza Loretta Preska, quien condenó en primera instancia al país, ordenó la entrega de las acciones. Ese medida puntual será analizada por la Corte en septiembre y luego, en octubre, después de las elecciones legislativas, se analizará la apelación de “fondo”. O sea, si el fallo multimillonario de Preska es correcto o no.

Argentina ya adelantó que acudirá a la Corte Suprema de Justicia de EEUU en cada resolución negativa que tenga en este caso. “Este Gobierno, bajo el liderazgo del presidente Javier Milei, continuará defendiendo con firmeza y decisión los intereses nacionales. Este fallo confirma la solidez de la defensa técnica desplegada y nuestro compromiso con la protección de los activos estratégicos de la Nación”, destacaron en la PTN.

“Si bien el tribunal irlandés no se pronunció sobre la sustancia del caso, resulta sorprendente que Irlanda otorgue tan poca importancia a su papel en el sistema financiero global que deje en manos de los tribunales de Chipre, Luxemburgo y Francia la resolución de estos asuntos. Dicho esto, respetamos la decisión del tribunal irlandés de conservar sus recursos mientras se tramita la apelación del Segundo Circuito a finales de octubre”, destacó un vocero de Burford.

Parte de la estrategia de bufete de origen inglés consiste en intentar ejecutar la sentencia en múltiples jurisdicciones, incluyendo Inglaterra, Francia, Luxemburgo, Australia, Canadá y Chipre, además de Irlanda, con el objetivo de presionar a Argentina y aumentar las posibilidades de cobro.

De hecho, Burford presentó en EEUU, en el tribunal de Preska, en julio pasado, un documento con el detalle de todos los pedidos de “enforcement” y como, según cree, el país dilata y demora las presentaciones para seguir ganando tiempo. El documento se titula “Cronología de los retrasos de la República en los trámites de reconocimiento en el extranjero”.

Cerca de Burford están convencidos de que la justicia de Irlanda no analizó el fondo de la causa, sino los tiempos; y esto no significa que vaya a pasar en otras jurisdicciones lo mismo.

Desde Irlanda

El fallo de The High Court Commercial de Irlanda, que firmó la jueza Eileen Roberts, tiene 77 páginas y se había iniciado por medido de dos de los demandantes –Petersen y Eton Park– en abril del año pasado.

Roberts fundamentó su resolución en que ni la República Argentina ni YPF poseen bienes en Irlanda susceptibles de embargo, salvo activos diplomáticos y consulares que, por su naturaleza, están protegidos de cualquier acción judicial. Además, la magistrada destacó que no hay evidencia de que el Estado argentino vaya a tener activos en el país en el corto o mediano plazo, por lo que permitir la ejecución solo supondría un uso innecesario de recursos judiciales sin impacto real para las partes.

“Este procedimiento no tiene absolutamente ninguna conexión con Irlanda. Además, no estoy convencida de que permitir la ejecución de la sentencia de Nueva York en esta jurisdicción suponga un beneficio práctico para los demandantes”, dijo la magistrada irlandesa.

La resolución analizó en detalle la jurisprudencia local sobre reconocimiento de sentencias extranjeras y concluyó que, si bien no es requisito indispensable la existencia actual de activos, sí debe haber una expectativa realista de obtener un beneficio práctico. En este caso, la ausencia de bienes y la duplicidad de procedimientos en otras jurisdicciones llevaron al tribunal a descartar cualquier utilidad concreta de la acción en Irlanda. La jueza también valoró que los demandantes ya disponen de mecanismos de investigación y ejecución en Estados Unidos y otros países, por lo que replicar esos procesos en Irlanda resultaría redundante.

El fallo irlandés evitó pronunciarse sobre cuestiones de fondo como la inmunidad soberana del Estado argentino o la doctrina del acto de Estado, señalando que estos temas podrían ser debatidos en un eventual juicio de fondo, pero no resultaban determinantes en esta instancia procesal.

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Causa YPF: dos audiencias definirán el futuro del juicio millonario en Nueva York

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La Cámara de Apelaciones de Nueva York resolvió mantener suspendida la orden de la jueza Loretta Preska que obligaba a la Argentina a entregar el 51% de las acciones de YPF a los fondos buitre que ganaron el juicio por la expropiación de la petrolera. La decisión, de carácter administrativo, abre paso a dos instancias judiciales claves: el análisis de las apelaciones presentadas por el Estado argentino y la audiencia oral del 27 de octubre, un día después de las elecciones legislativas nacionales, en la que los jueces escucharán en directo a las partes.

Con esta resolución, el paquete accionario estatal en YPF seguirá bajo custodia de la Caja de Valores, mientras se desarrollan los trámites de apelación, que podrían demorar hasta dos años en obtener un fallo definitivo.

El juicio por la expropiación de YPF se originó en 2012, cuando el Congreso argentino aprobó la Ley 26.741, que declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% de las acciones de la petrolera en manos de Repsol. La medida, impulsada por la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, consolidó el control estatal de la compañía pero dio origen a múltiples reclamos internacionales.

En septiembre de 2023, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, falló en contra de la Argentina y fijó una indemnización de u$s16.099 millones más intereses a favor de los fondos Burford y Eton Park. Según cálculos judiciales, los intereses acumulan alrededor de u$s2,5 millones por día, lo que convierte al caso en una de las disputas financieras más costosas de la historia reciente para el país.

Ante ese fallo, la defensa argentina —a cargo del estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP, contratado por la Procuración del Tesoro— presentó dos apelaciones: una contra la sentencia principal y otra contra la orden de entrega de acciones. La Cámara de Apelaciones decidió ahora extender la suspensión administrativa que había dictado en junio, otorgando oxígeno a la estrategia jurídica nacional.

Lo que está en juego: acciones de YPF y la doctrina del “alter ego”

El punto más delicado del litigio es la exigencia de entregar el 51% de las acciones de YPF como forma de pago. Los fondos buitre advirtieron que, en caso de recibirlas, las depositarían en una cuenta del Bank of New York Mellon, a la espera de un fallo definitivo.

Sin embargo, esta posibilidad enfrenta un obstáculo central: la propia ley de expropiación. Tal como recordó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, cualquier eventual venta de acciones de YPF que pertenecen al Estado “debe ser aprobada por el Congreso con mayoría especial”. En ese sentido, el funcionario aseguró que la orden de entrega “es incumplible para el gobierno nacional” y anticipó que no habrá cesión voluntaria del capital accionario.

En paralelo, los fondos demandantes intentaron avanzar en otras instancias judiciales para embargar activos estratégicos del Estado argentino —como el Banco Central, Aerolíneas Argentinas, Enarsa y ARSAT— bajo la doctrina del “alter ego”, que busca demostrar que estas empresas actúan como brazos políticos del Gobierno. Hasta ahora, esos intentos no prosperaron.

La Cámara de Apelaciones fijó dos momentos clave en la agenda judicial:

  • Primera etapa: continuidad de las apelaciones formales ya presentadas, que buscan revertir la sentencia de Preska y bloquear la entrega de acciones.
  • 27 de octubre: audiencia oral ante los jueces de segunda instancia, que escucharán a las partes en pleno. La fecha se vuelve políticamente sensible, ya que se realizará al día siguiente de las elecciones legislativas nacionales en Argentina.

De aquí en adelante, los tiempos juegan a favor de la Argentina: el proceso podría extenderse entre 18 y 24 meses, lo que reduce la presión inmediata sobre las reservas del Banco Central y otorga margen para negociar. No obstante, el pasivo millonario sigue latente y amenaza con condicionar las políticas públicas y la estrategia energética nacional.

El caso YPF se consolida como uno de los litigios más trascendentes para el país en materia de soberanía económica, seguridad jurídica e impacto fiscal. El desenlace dependerá de la capacidad de la defensa argentina para sostener sus argumentos frente a un tribunal que ya falló en múltiples ocasiones en favor de los acreedores internacionales.

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Causa YPF: la Justicia de EE.UU. frena entrega de acciones y da aire a Argentina

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El fallo de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York suspende la orden de la jueza Preska y respalda el argumento de inmunidad soberana. El Gobierno celebra un alivio clave en la disputa por la expropiación de 2012.

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resolvió que Argentina podrá apelar la entrega de las acciones estatales de YPF sin desprenderse de esos títulos ni aportar otras garantías, en el marco del juicio que se sigue en Estados Unidos por la expropiación de la petrolera en 2012. La decisión, firmada por Catherine O’Hagan Wolfe, clerk del tribunal, suspende la orden emitida el pasado 30 de junio por la jueza Loretta Preska, que obligaba al país a transferir el 51% de las acciones que controla el Estado a Burford Capital, principal beneficiario del fallo.

La resolución también admitió que el Gobierno de Estados Unidos participe como “amicus curiae” en favor de Argentina, fortaleciendo la estrategia jurídica basada en la inmunidad soberana y la doctrina de actos soberanos prevista en la ley estadounidense FSIA (Foreign Sovereign Immunities Act) y en tratados internacionales.

El trasfondo del litigio: expropiación y condena multimillonaria

El caso se originó en abril de 2012, cuando el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner expropió la mayoría accionaria de YPF, entonces controlada por Repsol. Burford Capital, un fondo especializado en litigios, adquirió los derechos para demandar al Estado argentino por supuesta violación de los estatutos societarios de la compañía y por no realizar la oferta pública de adquisición obligatoria a los accionistas minoritarios.

En septiembre de 2023, Preska condenó a la Argentina a pagar USD 16.000 millones, cifra que hoy, con intereses, supera los USD 18.000 millones. El país solicitó un “stay” para evitar la ejecución de esa sentencia mientras se resuelve la apelación.

Argumentos de la defensa argentina

La Procuración del Tesoro, encabezada por Santiago Castro Videla, sostuvo que la entrega de acciones violaría la inmunidad soberana y el principio de cortesía internacional (“comity”), ya que los títulos están depositados en la Caja de Valores en Buenos Aires y su venta requiere la aprobación de dos tercios del Congreso, según la legislación nacional.

“El tribunal de apelaciones ha decidido aceptar la solicitud de Argentina y suspender la orden mientras se resuelven las apelaciones. Esta decisión garantiza que la República conserve la participación mayoritaria en YPF, un activo estratégico para todos los argentinos”, afirmó el organismo en un comunicado.

Para Juan José Carbajales, experto en energía, el fallo “refuerza el argumento de que la causa involucra actos soberanos no sujetos a jurisdicción comercial en EE.UU.”.

La agenda judicial fija el 25 de septiembre como fecha para la presentación de escritos argumentales en la apelación contra la orden de “turnover” de acciones. La primera audiencia para tratar la apelación de fondo está prevista para la semana del 27 de octubre, tras las elecciones legislativas. Se espera que la Corte de Apelaciones se pronuncie sobre la validez de la condena de Preska a comienzos de 2026.

En paralelo, Burford insiste en avanzar con otras líneas de ataque judicial, como la teoría del “alter ego”, que busca demostrar que YPF y el Estado argentino no son entidades independientes. Este enfoque apunta no solo a la petrolera, sino también a otras empresas con participación estatal e incluso al Banco Central, intentando acceder a reservas en oro depositadas en el exterior.

La decisión de la Cámara de Apelaciones fue recibida como una victoria táctica por el Gobierno, al evitar el desprendimiento inmediato de un activo considerado estratégico en el sector energético. Desde el Ministerio de Economía y la Procuración del Tesoro subrayaron que el fallo “evita un precedente que pondría en riesgo activos soberanos” y permite encarar la apelación con margen de maniobra.

No obstante, el litigio principal sigue abierto y la eventual confirmación de la condena obligaría a la Argentina a afrontar un pago multimillonario que impactaría en las reservas y en la política energética.

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