Economía actualiza las tasas de interés para deudas fiscales y aduaneras

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Economía actualiza las tasas de interés para deudas fiscales y aduaneras: entran en vigencia en julio

La Resolución 823/2025 modifica los valores de referencia aplicables a intereses resarcitorios, punitorios y devoluciones impositivas, ajustándolos al contexto económico actual

El Ministerio de Economía oficializó, mediante la Resolución 823/2025, un nuevo esquema de tasas de interés aplicables a obligaciones fiscales y aduaneras, con el objetivo de actualizar los parámetros vigentes en función del contexto macroeconómico. Las nuevas tasas comenzarán a regir a partir del 1° de julio de 2025, y afectan tanto a contribuyentes que incurran en pagos fuera de término, como a operaciones de devolución, reintegro o compensación impositiva.

La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial y reemplaza los valores establecidos previamente por las Resoluciones 3/2024 y 199/2025. El nuevo esquema ajusta al alza las tasas resarcitorias y punitorias, al tiempo que mantiene una tasa reducida para devoluciones impositivas, en línea con los antecedentes normativos de las leyes 11.683 (procedimiento tributario) y 22.415 (Código Aduanero).

Nuevas tasas: cuánto pagará el contribuyente a partir de julio

La resolución establece tres tipos de tasas mensuales:

1. Tasa de interés resarcitorio (por pagos fuera de término):

  • 2,75% mensual
  • Aplica a los artículos 37 de la Ley 11.683 y 794, 845 y 924 del Código Aduanero.

2. Tasa de interés punitorio (por deuda en ejecución):

  • 3,50% mensual
  • Aplica a los artículos 52 de la Ley 11.683 y 797 del Código Aduanero.

3. Tasa de interés para devoluciones y compensaciones fiscales:

  • 0,50% mensual
  • Aplica a los artículos 179 de la Ley 11.683 y 811 y 838 del Código Aduanero.

La decisión se enmarca en las facultades conferidas al Ministerio de Economía por el artículo 64 de la Ley 27.591, que modificó la Ley de Administración Financiera y le asignó al Poder Ejecutivo la potestad de fijar las tasas aplicables al régimen impositivo nacional.

Según los considerandos de la resolución, “resulta necesario adecuar las tasas a las condiciones económicas actuales”, lo que se interpreta como una respuesta técnica a la persistente inflación y al costo del dinero en la economía argentina, con impacto directo en la política fiscal y en el comportamiento de pago de los contribuyentes.

La medida fue respaldada por los dictámenes de los servicios jurídicos permanentes del Ministerio y se ajusta a las disposiciones vigentes en materia de procedimiento tributario y aduanero.

Si bien la resolución entra en vigencia el día de su publicación, los nuevos valores regirán para hechos imponibles a partir del 1° de julio de 2025. Las deudas cuyo vencimiento haya operado antes de esa fecha se calcularán con las tasas vigentes en su respectivo período, conforme al principio de legalidad y no retroactividad en materia tributaria.

Esto significa que no habrá recálculo para deudas pasadas, pero sí se aplicará el nuevo esquema para pagos fuera de término, fiscalizaciones o reclamos administrativos iniciados desde julio en adelante.

El ajuste de tasas tendrá un impacto directo en:

  • Empresas con planes de pago vigentes o morosos.
  • Procedimientos de fiscalización abiertos por AFIP.
  • Importadores y exportadores con sanciones aduaneras.
  • Solicitudes de devolución de saldos a favor.

Los asesores contables y legales deberán recalibrar sus simulaciones de intereses en mora y revisar estrategias de pago anticipado o compensación para minimizar los efectos financieros del nuevo esquema.

Con esta resolución, el Ministerio de Economía refuerza la política de actualización de parámetros fiscales que viene aplicando desde comienzos del año. La intención es doble: preservar el valor real de las obligaciones tributarias ante la inflación y alinear los incentivos hacia el cumplimiento voluntario en tiempo y forma.

Para el contribuyente, representa un nuevo componente de presión financiera, especialmente en sectores donde el flujo de caja está ajustado. Para el Estado, se trata de una herramienta clave para mejorar la recaudación sin crear nuevos impuestos.

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