ARCA extendió hasta el 16 de noviembre el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas. La nueva fecha límite será el 16 de noviembre de 2026, según establece la Resolución General 5918/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La prórroga alcanza tanto a los contribuyentes del régimen general como a quienes se encuentran adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. La decisión responde a los cambios introducidos por la Ley 27.826, su reglamentación mediante el Decreto 1253/2026 y las disposiciones de la Resolución General 5916, que inciden en la liquidación del impuesto correspondiente al ejercicio 2025.
La fecha de presentación ya había sido extendida en sucesivas oportunidades. Inicialmente, el vencimiento se había trasladado al 27 de julio de 2026 y luego se otorgaron prórrogas adicionales hasta el 30 de octubre. Con la nueva resolución, ARCA habilitó un plazo adicional para que los contribuyentes puedan adecuar sus declaraciones a las modificaciones normativas.
Sin embargo, la resolución establece una distinción importante entre la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante. Mientras que la fecha límite para presentar la declaración se traslada al 16 de noviembre de 2026, el cuadro incorporado en la norma mantiene el 27 de julio de 2026 como vencimiento para el pago.
Por lo tanto, la extensión no debe interpretarse como una nueva prórroga general para cancelar el impuesto. Los contribuyentes deberán considerar por separado ambas obligaciones y verificar su situación particular antes de efectuar la presentación o regularizar eventuales saldos pendientes.
La medida también modifica el cronograma previsto en la Resolución General 5902 y su modificatoria. En ese caso, la fecha que figuraba como 16 de noviembre de 2026 pasa al 30 de noviembre de 2026. Este cambio forma parte de las adecuaciones administrativas dispuestas por el organismo y no debe confundirse con el nuevo vencimiento para presentar Ganancias del período fiscal 2025.
La resolución entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, el 30 de octubre de 2026. Para los contribuyentes alcanzados, el cambio central es la ampliación del plazo de presentación, aunque la fecha de pago permanece diferenciada en el texto normativo.
