Paraguay promulga una ley que reforma el transporte público con integración tarifaria y mayor control estatal
El Gobierno de Paraguay promulgó este miércoles una nueva ley de reforma del transporte público que redefine la planificación, organización y fiscalización del sistema, incorpora integración tarifaria mediante billetaje electrónico y refuerza la rectoría estatal sobre el servicio. La norma, firmada por el presidente Santiago Peña junto a autoridades del área de infraestructura y transporte, declara por primera vez al transporte público terrestre de pasajeros como un servicio imprescindible, garantizando su continuidad obligatoria y marcando un cambio estructural en la política de movilidad urbana y metropolitana.
Un nuevo marco legal con mayor rectoría estatal y foco en el usuario
La ley promulgada establece un marco normativo actualizado frente al crecimiento urbano y las nuevas demandas ciudadanas, fortaleciendo el rol del Estado en la conducción del sistema de transporte público. Según se destacó durante el acto oficial, la normativa redefine las competencias en materia de planificación, organización y fiscalización del servicio, con el objetivo de priorizar la calidad, la previsibilidad y el bienestar de los usuarios.
Uno de los aspectos centrales es la declaración del transporte público como un servicio imprescindible. Esta definición implica la obligación de garantizar su continuidad, reforzando el carácter estratégico del sistema para la vida económica y social del país y consolidando una mayor capacidad de intervención estatal ante eventuales interrupciones o deficiencias en la prestación.
Desde el punto de vista institucional, la reforma actualiza el marco legal vigente y consolida la rectoría estatal sobre el transporte público terrestre de pasajeros, en línea con un modelo que busca ordenar un sistema históricamente fragmentado y responder a las exigencias derivadas del crecimiento de las áreas urbanas y metropolitanas.
Integración tarifaria, billetaje electrónico y ahorro para los pasajeros
Entre las innovaciones más relevantes, la ley introduce la integración tarifaria mediante el uso de billetaje electrónico. Este esquema permitirá que los pasajeros abonen un primer pasaje y continúen su viaje sin costo adicional en un segundo tramo, mientras que el tercer tramo será reducido o gratuito.
El nuevo sistema apunta a generar ahorros significativos para los usuarios que utilizan más de una unidad de transporte por día, promoviendo una red integrada y reduciendo el costo efectivo de los traslados cotidianos. En términos operativos, la integración tarifaria busca incentivar el uso del transporte público, mejorar la conectividad entre corredores y facilitar desplazamientos más eficientes dentro de las áreas urbanas y metropolitanas.
La medida tiene un impacto directo sobre la economía de los hogares que dependen del transporte público, al tiempo que introduce un mecanismo moderno de gestión de pagos y control de flujos, alineado con estándares tecnológicos ya aplicados en otros sistemas de transporte de la región.
Corredores metropolitanos, unidades funcionales y nuevo esquema de regulación
La reforma habilita la conformación de nuevas áreas metropolitanas definidas a partir de criterios técnicos y de desarrollo urbano, lo que permite una planificación más ajustada a las realidades económicas y sociales. En este marco, la ley reorganiza el sistema a través de Unidades Funcionales, que estructuran la operación en corredores troncales con un plan único de rutas, frecuencias, flota y estándares de calidad.
Cada Unidad Funcional contará con parámetros definidos que aportan orden, previsibilidad y coherencia al sistema, reduciendo superposiciones y mejorando la eficiencia operativa. Esta reorganización busca optimizar la asignación de recursos y elevar la calidad del servicio ofrecido a los usuarios.
En materia de regulación, la norma establece cuatro componentes diferenciados de la prestación del servicio: provisión de flota, provisión de infraestructura, operación de las Unidades Funcionales y servicios complementarios necesarios para el funcionamiento del sistema. Cada uno de estos componentes podrá licitarse de manera separada o combinada, mediante procesos públicos, introduciendo mayor flexibilidad y control en la contratación.
Alcance territorial y proyección institucional
La ley define de manera explícita el Área Metropolitana de Asunción, que incluye a la Capital y a un amplio conjunto de ciudades y distritos: Areguá, Benjamín Aceval, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Itá, Itauguá, José Falcón, J. Augusto Saldívar, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano Roque Alonso, Nanawa, Nueva Asunción, Nueva Italia, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villa Hayes, Villeta, Ypacaraí, Ypané, Altos, Emboscada, Loma Grande, San Bernardino, Nueva Colombia, Atyrá, Tobatí y Caacupé.
La delimitación precisa del área metropolitana refuerza la capacidad de planificación integrada y permite diseñar políticas de transporte acordes a la dinámica regional. Con la promulgación de esta ley, el Gobierno paraguayo consolida un modelo de transporte público más moderno, eficiente y centrado en las personas, con impactos directos en la movilidad diaria y en la calidad de vida de miles de usuarios.


