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El DNU deroga la ley de Abastecimiento, la ley de Góndolas y el Observatorio de Precios

Cómo impactará en precios la desregulación y derogación de leyes de Góndolas y Abastecimiento

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El Presidente Javier Milei firmó este miércoles el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que propone 300 derogaciones y modificaciones a un universo de legislaciones entre las que se encuentran la ley de Abastecimiento, la ley de Góndolas y el Observatorio de Precios del Ministerio de Economía.

Entre las reformas se encuentran la ley de Abastecimiento, la ley de Góndolas y el Observatorio de Precios del Ministerio de Economía. Cuál es el objetivo de las normativas que eliminará el Gobierno.

Derogación de la Ley de Abastecimiento

Acompañado de los miembros del gabinete nacional y del economista Federico Sturzenegger, el jefe de Estado adelantó que mediante el DNU se derogará la Ley de Abastecimiento “para que el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos”.

La normativa fue sancionada en junio de 1974 durante el tercer mandato del general Juan Domingo Perón y habilita al Estado a intervenir en los mercados, fijar precios máximos y, eventualmente, sancionar a las empresas cuando lo considere necesario.

En particular, la ley permite regular “la compraventa, permuta y locación de cosas muebles, obras y servicios” e intervenir sobre las prestaciones “que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, esparcimiento, así como cualquier otro bien mueble o servicio”, en el caso que satisfaga necesidades básicas.

Además, habilita al Gobierno a fijar precios máximos, como también establecer márgenes de utilidad e intervenir -al menos temporalmente- en los procesos productivos de las compañías cuando considere necesario, pero contemplando la viabilidad de la empresa, ya que, de lo contrario, la misma debería ser compensada.

Por otro lado, le otorga al Estado la potestad de sancionar a aquellas empresas que acaparen materia prima y remarquen precios. La ley exceptúa de la reglamentación a “los agentes económicos considerados micro, pequeñas o medianas empresas (MIPyMEs)”.

A su vez, mediante la ley de Abastecimiento el Estado puede requerirle a una empresa o agente económico “toda documentación relativa al giro comercial”, aunque deberá velar por su confidencialidad, dado que será “de uso exclusivo” en el marco de las competencias asignadas a la autoridad de aplicación.

El DNU de Milei deroga la ley de Góndolas: en qué consiste

A su vez anunció la derogación de la Ley de Góndolas 27.545 “para que el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos”. De acuerdo al texto de la normativa sancionada en 2020, el objetivo es “contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores”.

Entre los aspectos más relevantes de la legislación se encuentran el interés por promover una mayor oferta de productos en las grandes cadenas de supermercados, tanto física como virtualmente, además de posibilitar que las pymes, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un trato equitativo en el espacio que ocupen en las góndolas.

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Asimismo, establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor; exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios; que las micro y pequeñas empresas cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos; y que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio. La Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría.

En paralelo, la ley de Góndolas tiene por fin “lograr el acceso a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresas, productos de agricultura familiar, campesina e indígena, productos de la economía popular y productos de cooperativas y mutuales”.

Milei deroga el Observatorio de Precios: cuál es su función

Milei confirmó también que se eliminará el rol del Observatorio de Precios, que hasta ahora se encontraba bajo la órbita del Ministerio de Economía, con el fin de “evitar la persecución de las empresas”, según dijo.

El Observatorio fue creado en 2022 por el secretario de Comercio, Matías Tombolini, en cumplimiento de la ley 26.992 sancionada en 2014. Se trata de un organismo que, de acuerdo a su propia definición, “tiene el objetivo de monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el territorio de la Nación”.

Además, entre sus funciones se contempla que, en caso de detectar “actos o conductas que pudieran generar distorsiones en el mercado y en los procesos de formación de precios”, puede emitir un dictamen “concerniente a la evolución de los precios y a la disponibilidad de determinado insumo, bien o servicio y la relación con su estructura de costos, e informar a la autoridad de aplicación”.

Además de plantear la derogación y/o modificación de otras 27 medidas, el presidente adelantó que llamará a sesiones extraordinarias “en los próximos días” para enviar “un paquete de leyes para acompañar estas reformas y avanzar en el proceso de cambio”.

Cómo afectará a los precios en mostrador

En ese sentido, cabe el interrogante sobre cómo afectará a los precios en mostrador. El especialista Guillermo Siaria hace una observación: los precios de referencia internacional con los del mercado local ya están alineados en torno a u$s 1,6 por vaca viva. Para calcular cuál sería el precio de la carne en Argentina, hay que multiplicar ese número por cuatro y agregarle el 21% de IVA. El resultado da una cifra en torno a los $8.000. Sin embargo, Siaria advierte que encuentra el kilo de carne a $15.000 en grandes hipermercados. “Hay agentes económicos que no se pueden dejar al azar, son los primero al que tenés que llamar. Hay alguien que en el mercado interno se está llevando una diferencia”, resalta. A su vez, ese precio podrá seguir subiendo al buscar acoplarse con los eventuales incrementos del exterior. “Vamos a un modelo dentro de la división internacional del trabajo como abastecedores de materia prima. De lo que promete ser un proyecto de acomodamiento espontáneo, saldrá concentración económica”, analiza Siaria.

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Por otro lado, dentro del Gobierno también confirman la eliminación de la Ley de Góndolas y Ley de Abastecimiento. La primera tiene como objetivos el acceso a más productos regionales o artesanales y encontrar el equilibrio entre los operadores económicos para evitar prácticas comerciales que perjudiquen la competencia. Aunque reconoce que a nivel Nación no se ha aplicado correctamente, el ex secretario de Comercio Interior Roberto Feletti resalta que se trata de un aspecto regulatorio clave que ha mostrado éxito en provincias como Chaco, Formosa o la zona de la pampa húmeda. “La Ley busca abastecer el mercado a través de una política productiva”, asegura. Como la lógica de la legislación se basa en la competencia de precios por mayor oferta, considera que eliminarla “beneficiará a los grandes monopolios” ya que un mercado libre “tiende a la concentración”.

Espíritu similar sostiene la Ley de Abastecimiento. El flamante secretario de Comercio, Pablo Lavigne, confirmó su derogación en el último evento presidido por la Unión Industrial Argentina. Ahora lo ratificó Milei. La regulación desde 1974 permite imponer sanciones frente a una situación de desabastecimiento o escasez de bienes o servicios esenciales, fijar precios máximos, mínimos, de referencia y márgenes de utilidad. También determina que el Estado puede sancionar a las empresas que aumenten de manera artificial o injustificada los precios, o a las que acaparen mercadería o materia prima, entre otras cosas. “Sacar la ley es sacarle herramientas al Estado para intervenir sobre las asimetrías del mercado”, alerta Claudio Boada, titular de la Unión de Usuarios y Consumidores. De todos modos, reconoce que, frente a los incrementos especulativos en distintos momentos de todos los Gobiernos, “nunca hubo aplicación práctica” de la legislación.

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