El Gobierno hizo oficial la quita de retenciones a la carne hasta octubre

El Gobierno elimina retenciones a la carne hasta el 31 de octubre y refuerza exigencias de liquidación de divisas

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El Poder Ejecutivo fijó en 0% las alícuotas del derecho de exportación para las posiciones arancelarias de productos cárnicos de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), en una medida que regirá hasta el 31 de octubre de 2025. El objetivo declarado es mejorar la competitividad del sector agroindustrial, uno de los principales generadores de divisas y empleo en el país.

El Decreto 685/2025, firmado el 22 de septiembre y publicado este martes 23 en el Boletín Oficial, se apoya en el Código Aduanero (Ley 22.415) y en los decretos previos 697/24 y 682/25, que ya habían reducido o eliminado retenciones para granos y subproductos. Según los considerandos, el Gobierno busca avanzar en un sendero de eliminación progresiva de derechos de exportación, impuestos considerados “distorsivos” para la producción y el comercio exterior.

El texto oficial destaca que las reducciones implementadas en 2024 y 2025 derivaron en un incremento de las exportaciones agroindustriales. Con esta nueva medida, se busca replicar el efecto en el sector cárnico, considerado estratégico para el desarrollo regional y la generación de empleo.

El Artículo 1° establece en 0% la alícuota del derecho de exportación para los productos detallados en el anexo del decreto, con vigencia hasta el 31 de octubre de 2025.

El Artículo 2° introduce una condición clave: los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas generadas en un plazo máximo de tres días hábiles desde la oficialización del permiso de embarque. Esta exigencia alcanza cobros de exportaciones, anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones externas.

El incumplimiento de esta obligación, según lo dispuesto en los Artículos 3° y 4°, implicará la pérdida del beneficio y la obligación de tributar la alícuota vigente antes de la entrada en vigor del decreto, sin perjuicio de las sanciones aplicables.

El Artículo 5° faculta al Banco Central de la República Argentina, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a dictar las normas complementarias para la aplicación efectiva de la medida.

Repercusiones y escenarios

La eliminación temporal de retenciones a la carne apunta a dinamizar un sector que explica gran parte de las exportaciones agroindustriales argentinas. La exigencia de liquidación rápida de divisas busca, a su vez, asegurar un ingreso fluido de dólares al mercado cambiario, en un contexto de elevada presión sobre las reservas del Banco Central.

La medida podría ser bien recibida por los exportadores cárnicos, que ven reducida la carga impositiva, aunque deberán adaptarse al esquema estricto de liquidación. No obstante, genera interrogantes sobre su continuidad más allá del plazo establecido: si el beneficio no se prorroga, el sector volvería a tributar retenciones desde noviembre, lo que podría afectar la previsibilidad de inversiones y contratos.

La decisión será girada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, en el marco de la Ley 26.122, que regula la validez de los decretos delegados del Poder Ejecutivo.

El Decreto 685/2025 se enmarca en una estrategia gradual de apertura comercial y alivio impositivo al sector agroindustrial, con el objetivo de consolidar la competitividad externa y reforzar la entrada de divisas. La clave estará en si este esquema temporal se transforma en una política de largo plazo, alineada con la promesa de eliminar totalmente los derechos de exportación en la medida en que la situación fiscal lo permita.

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