El Gobierno Nacional promulgó DNU para transformar la Vía Navegable Troncal
El Gobierno nacional ha promulgado un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que introduce cambios significativos en la gestión y operación en uno de los ejes principales del transporte fluvial de Argentina.
El Gobierno nacional ha promulgado un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el objetivo de «transformar la gestión de la Vía Navegable Troncal«, una arteria vital para el transporte fluvial en Argentina, que además interconexa regiones productivas de Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay con el mundo marítimo. Este decreto, registrado bajo el expediente EX-2024-55679690-APN-DGD#MTR, revoca los Decretos Nro. 949/2020 y 556/2021, y redefine el marco para la concesión y mantenimiento de esta infraestructura fundamental de transporte fluvial y marítimo.
El nuevo DNU elimina las normativas anteriores, incluyendo los artículos 3 y 4 del Decreto Nro. 427/21, que regulaban previamente la concesión y gestión de la vía navegable. La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, asumirá la responsabilidad de convocar y adjudicar licitaciones para la modernización, operación y mantenimiento de la vía, abarcando tareas esenciales como señalización y dragado.
Hasta la adjudicación de nuevos contratos, la Administración General de Puertos Sociedad del Estado (AGPSE) continuará administrando la vía para asegurar la navegabilidad y los niveles de servicio actuales. Además, se instruye a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a revisar integralmente el contrato de concesión actual para simplificar su objeto y facilitar la ejecución de obras de mejora en un claro ajuste y desregulación administrativa en el marco de la gestión de la via troncal.
La Subsecretaría podrá solicitar la colaboración de otros organismos administrativos en la elaboración de pliegos y estudios técnicos y ambientales necesarios para la licitación, y actuará como órgano de control de las concesiones adjudicadas, garantizando la regularidad y eficiencia de los servicios prestados. Asimismo, todas las actividades relacionadas con la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal y otras vías navegables del país son declaradas de servicio público.
El Gobierno subraya que estas medidas buscan mejorar la infraestructura y operación de la Vía Navegable Troncal, destacando la urgencia de garantizar la continuidad y calidad de los servicios, y promoviendo una administración transparente y eficiente. Este DNU representa un esfuerzo significativo para adaptar y modernizar la gestión de una infraestructura crítica para el comercio exterior argentino, manteniendo la estabilidad operativa y económica de la vía fluvial como una prioridad fundamental.
Recordemos, la Vía Navegable Troncal (VNT) forma parte del Sistema Navegable Integral que comienza en el estado del Mato Grosso en Brasil (Puerto Cáceres), pasa por Bolivia, Paraguay, Argentina, Uruguay; y culmina al final del Río de la Plata. Es una de las vías navegables naturales de mayor longitud del planeta: 3.681 km.
La VNT es fundamental para el desarrollo de la economía de nuestro país porque vincula los puertos y las terminales fluviales del Río Paraná y del Río de La Plata con el océano Atlántico.
Sumando la distancia que hay entre el océano y Buenos Aires (km 0), y entre Buenos Aires y Confluencia, la longitud argentina de la vía es de 1477 km, y sus anchos promedio son los siguientes:
Río de la Plata: 100 metros.
Río Paraná de las Palmas: 122 metros (variable).
Río Paraná (aguas al sur de Santa Fé): 116 metros.
Río Paraná (aguas al norte de Santa Fé): 104 metros.
Además, tiene conexión con 7 provincias (Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones y 79 puertos a lo largo de 5 paises.
En resumen, la promulgación de este decreto es un paso decisivo hacia la modernización y mejora de la Vía Navegable Troncal, asegurando su funcionamiento eficiente y su alineación con las necesidades actuales del transporte fluvial en Argentina.