Extienden el plazo para declarar ingresos brutos por superposición de vencimientos
Por superposición de vencimientos impositivos, la Comisión Arbitral prorrogó la presentación de la declaración anual CM05
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Extienden al 4 de julio el plazo para presentar la declaración CM05 del Convenio Multilateral
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dispuso extender hasta el 4 de julio de 2025 el plazo para presentar la declaración jurada anual CM05, correspondiente al período fiscal 2024. La decisión fue oficializada a través de la Disposición 9/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Motivos de la prórroga: superposición con otros vencimientos
El aplazamiento responde a numerosos planteos realizados por contribuyentes, consejos profesionales y entidades del ámbito tributario, quienes manifestaron dificultades operativas derivadas de la coincidencia de fechas con otros vencimientos clave. Entre ellos, se destacan:
- La presentación de Ganancias Personas Jurídicas.
- La presentación del Libro IVA Digital.
- El vencimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Ante esta superposición, y en el marco de un “diálogo institucional” con actores del sistema tributario, la Comisión Arbitral resolvió postergar la fecha original del 30 de junio hasta el viernes 4 de julio, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La presentación del Formulario CM05 debe realizarse aplicando el coeficiente unificado establecido por la Resolución General N° 10/2019, que rige el procedimiento para determinar la distribución del impuesto entre las jurisdicciones provinciales participantes del régimen del Convenio Multilateral.
Este coeficiente resulta fundamental para definir la proporción del impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponde a cada provincia donde el contribuyente desarrolla actividad económica, en función de parámetros de ingresos y gastos.
La disposición firmada por el presidente de la Comisión Arbitral, Luis María Capellano, también instruye a las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral a dictar, si corresponde, normas complementarias para garantizar la implementación homogénea de la prórroga.
Esta prórroga representa una respuesta institucional a los reiterados reclamos del sector privado y profesional contable, que desde hace años reclaman mayor previsibilidad en el cronograma impositivo y mejor articulación entre organismos recaudadores.
