Gobierno aumenta sueldos y viáticos a docentes, militares y personal especializado del Estado Nacional
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Gobierno actualiza salarios y adicionales para docentes, personal especializado y cargos específicos en la Administración Pública Nacional
El Poder Ejecutivo dispuso un incremento salarial para distintos sectores de la Administración Pública Nacional, incluyendo cargos de la Escuela Nacional de Bibliotecarios, el Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER), personal docente por hora cátedra, miembros de la Curia Castrense y personal militar destacado en la Antártida.
La medida, establecida por el Decreto 578/2025 publicado en el Boletín Oficial, responde a la última paritaria del Convenio Colectivo General y entrará en vigencia de forma escalonada desde el 1° de septiembre hasta el 1° de noviembre de 2025.
La decisión se fundamenta en el Acta Acuerdo del 23 de julio de 2025, homologada por el Decreto 527/2025, que fijó un nuevo aumento para los trabajadores de la Administración Pública Nacional. El ajuste alcanza a retribuciones mensuales, adicionales remunerativos y bonificables, viáticos y asignaciones especiales que, en algunos casos, no se habían actualizado en los últimos meses pese a la escalada inflacionaria.
La Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público intervino en la elaboración del decreto, que modifica valores fijados en normativas previas como los decretos 1530/2009, 138/2007, 1536/2008, 690/2011 y 54/2023, entre otros.
Cambios en las retribuciones por cargo
En la Escuela Nacional de Bibliotecarios de la Biblioteca Nacional, las remuneraciones quedarán establecidas de la siguiente manera:
- Rector/a: $184.519,87 desde el 1/9/25; $186.549,59 desde el 1/10/25; y $188.601,64 desde el 1/11/25.
- Regente: $162.093,88; $163.876,91; y $165.679,56 en las mismas fechas.
- Ayudante de Trabajos Prácticos: $98.601,50; $99.686,12; y $100.782,67.
En el ISER, el cargo de Bedel pasará de $98.163 en septiembre a $99.243 en octubre y $100.335 en noviembre, junto con incrementos en los adicionales remunerativos y bonificables para docentes y bedeles:
- Docente: $6.234 en septiembre; $6.303 en octubre; $6.372 en noviembre.
- Bedel: $46.281; $46.790; $47.305, respectivamente.
Ajuste en la hora cátedra y adicionales especiales
Para el personal docente que cobra por hora cátedra (excepto los comprendidos en regímenes especiales), la tarifa se fija en:
- $7.188 desde el 1/9/25.
- $7.267 desde el 1/10/25.
- $7.347 desde el 1/11/25.
En cuanto al adicional por servicios en la Antártida para personal militar, el valor mensual será de $1.278.931 en septiembre; $1.292.999 en octubre; y $1.307.222 en noviembre.
El decreto también sustituye la tabla de viáticos del Decreto 686/2008, actualizando montos para desplazamientos y servicios extraordinarios en la Administración Pública Nacional. Además, se fijan nuevos valores para la Curia Castrense y para la Asignación por Responsabilidad Fiscal Jurisdiccional del Tribunal Fiscal de la Nación.
El texto remarca que el objetivo es equiparar los incrementos de conceptos específicos con los aumentos generales otorgados en la última paritaria, evitando desfasajes que afecten el poder adquisitivo. Desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, y la Jefatura de Gabinete, encabezada por Guillermo Francos, se subraya que la medida “responde a la necesidad de mantener un esquema retributivo coherente y actualizado”.
La actualización beneficiará a un universo acotado pero clave dentro del aparato estatal: personal académico especializado, técnicos del sector de comunicaciones, docentes en diversas jurisdicciones, personal militar en zonas extremas y funcionarios religiosos bajo dependencia castrense.
El impacto presupuestario será absorbido dentro de las partidas vigentes, sin requerir ampliaciones extraordinarias, aunque podría ser materia de análisis en el debate del Presupuesto 2026 si la inflación se mantiene elevada.
La Comisión Técnica Asesora de Política Salarial podrá dictar normas aclaratorias y complementarias para la aplicación del decreto, en especial en lo referente a liquidaciones retroactivas o regímenes especiales.
