Gripe aviar: Alerta máxima y prohíben la venta de aves vivas

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Lo decidió el Senasa tras la declaración de la emergencia sanitaria por la gripe aviar. Alarma en la producción comercial avícola.

Tras detectarse nuevos casos de gripe aviar en nuestro país, lo que elevó a 11 el número de positivos, el Gobierno nacional tomó “medidas sanitarias extraordinarias” para frenar la propagación de la enfermedad mediante las cuales prohibió la distribución, venta y traslado de aves, como las “concentraciones” de las mismas, de modo que afectará a las “exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres”.”Medidas extraordinarias”

Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial bajo la Resolución 166/2023 y cuenta con la firma de la presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

“Se establecen medidas sanitarias extraordinarias ante la declaración de la emergencia sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en la REPÚBLICA ARGENTINA”, indica el Artículo 1° de la norma.

Además de prohibir la venta y traslado de aves, se solicitará la documentación sanitaria para respaldar el movimiento de las mismas. De no entregarse, se decomisarán de manera inmediata a los animales.

Respecto de los parques o reservas naturales provinciales o nacionales, establecieron que se limitará el acceso al público, entre tantas otras medidas sanitarias que fijaron.

A su vez, solicitaron a las autoridades de fauna provinciales que se usen “los medios necesarios para reducir la difusión de la enfermedad a través de la fauna silvestre, limitando las actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza”.Restricciones

Además de las prohibiciones conocidas este jueves (23/2), el Gobierno avanzó con las restricciones respecto del “ingreso de genética aviar procedente del exterior” y dispuso que la entrada a nuestro país debe realizarse por vía aérea como part e de un estricto protocolo.

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Por otro lado, los responsables de la operatoria deberán prever una unidad de aislamiento post-ingreso cercana a los aeropuertos para la remesa, huevos fértiles o aves de un día de vida.

El Senasa estableció también que los responsables deberán presentar el itinerario hasta la unidad de aislamiento, realizar un registro documental de todo el traslado y fijar seguimiento satelital durante todo el recorrido en el país.

En tanto, se estableció que, después de la descarga de la remesa, se efectué “la limpieza, el lavado y la desinfección del vehículo”. Posteriormente, el vehículo debe dirigirse a un lavadero de camiones autorizado por el Senasa.

Todas las medidas adoptadas por el Gobierno nacional apuntan a que el país se mantenga “libre de Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP)” para evitar su impacto en el comercio internacional, lo que se calcula que podría implicar la pérdida por exportaciones de unos 350 mil lones de dólares anuales.

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