La CNV habilitó la operación en Fondos Comunes de Inversión de los menores de edad

La CNV habilitó las inversiones en FCI desde los 13 años

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El organismo presidido por Sebastián Negri incorporó nuevas pautas en las normas generales correspondientes a suscripción y titularidad de los representantes legales, transparencia, pedido de información y adecuación aplicable a menores de edad.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este viernes la habilitación de acceso y disponibilidad de operación en Fondos Comunes de Inversión (FCI) de los menores de edad.

A través de la Resolución general 977 y con el objetivo de supervisar al pleno de las personas que se vinculen, la gestión de apertura para este grupo deberá apegarse a seis premisas generales de cumplimiento obligatorio:

Suscripción y titularidad mediante un representante legal;
Suscripción y titularidad de los menores de edad sin la intervención de sus representantes legales;
Transparencia;
Requisitos de presentación;
Requisito de información,
Pautas de adecuación.
¿Cuáles son los requisitos para operar en Fondos Comunes de Inversión siendo menor de edad?

1) Suscripción y titularidad mediante un representante legal
A partir de los 13 años, los menores de edad podrán cursar órdenes de suscripción de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos de “Mercado de Dinero”, mediante la modalidad de captación de solicitudes de suscripción y rescate a través de internet, con la previa autorización de su representante legal, quien detentará la titularidad de las cuotapartes en el respectivo registro.

En ningún caso los montos correspondientes a las órdenes de rescate cursadas por el menor autorizado podrán ser superiores al saldo invertido proveniente de su cuenta vinculada.
En tanto, la CNV especificó que, en dicho supuesto, el sistema de colocación empleado deberá contemplar obligatoriamente la vinculación de una cuenta bancaria identificada con Clave Bancaria Uniforme (CBU) o cuenta de pago con Clave Virtual Uniforme (CVU), de titularidad del menor, con la de su representante legal.

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“La Sociedad Depositaria o el Agente de Colocación y Distribución Integral, en su caso, deberá adoptar las medidas necesarias para la identificación de las órdenes de suscripción cursadas por el menor autorizado, así como el direccionamiento de las órdenes de rescate por éste realizadas, a la cuenta vinculada”, amplió en el inciso 1°. Una vez alcanzada la mayoría de edad, deberá procederse, en forma inmediata, al traspaso de la titularidad de las cuotapartes a su nombre, sin ninguna comisión y/o cargo.

2) Suscripción y titularidad de los menores de edad sin la intervención de sus representantes legales
Los menores de edad adolescentes, a partir de los 13 años, podrán suscribir por sí mismos cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, sin la intervención de sus representantes legales, con fondos provenientes de cajas de ahorro abiertas.

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3) Transparencia
La publicidad realizada para la promoción y comercialización del Fondo, con independencia del medio empleado, no podrá en ningún caso ser dirigida de forma específica y/o exclusiva a los menores de edad, debiendo garantizar la difusión de idéntico contenido e información a todo el público inversor.

4) Requisitos de presentación
La CNV estableció que se deberá presentar una descripción de la operatoria de colocación del FCI, su ámbito de aplicación y, en su caso, el método de vinculación de las cuentas del menor autorizado y su representante legal, los mecanismos de autorización y confirmación de lectura, así como la información puesta a disposición en el sistema empleado.

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5) Requisito de información
La Sociedad Gerente o, en su caso, el Agente de Colocación y Distribución Integral deberá remitir la proporción correspondiente a menores de edad.

6) Pautas de adecuación
Los Agentes intervinientes en la colocación de Fondos Comunes de Inversión, deberán remitir a través de la Autopista de la Información Financiera la descripción requerida.

Adicionalmente, deberán presentar el acta de reunión de directorio y las declaraciones juradas, aprobatorias del ofrecimiento de cuotapartes a menores de edad.

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