La CNV suspendió preventivamente a Atómico 3, la empresa detrás del criptoíndice de litio
La CNV suspendió preventivamente a Atómico 3 por presuntas irregularidades con su criptoíndice basado en litio
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La medida afecta a la empresa de origen paraguayo registrada como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales en Argentina. El proyecto, que buscaba tokenizar el litio como activo estratégico, queda en pausa mientras se define su situación regulatoria.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) resolvió suspender preventivamente a Atómico 3 S.A., la empresa cripto de origen paraguayo que promueve el desarrollo del primer “índice de cripto litio” del país. La decisión fue oficializada mediante la Resolución N° 23191, firmada el 14 de julio por el directorio del organismo, y se fundamenta en presuntas irregularidades detectadas durante una investigación iniciada tras un informe del Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan.
La compañía se encuentra inscripta como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en Argentina, en el marco del nuevo régimen regulatorio impulsado por la Ley 27.739. La CNV advirtió que la suspensión no implica una sanción definitiva, pero se mantendrá vigente hasta que “hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión”.
¿Qué es Atómico 3 y qué propone el “cripto litio”?
Atómico 3 se presenta como una startup de convergencia entre la economía real y la economía digital, con foco en la tokenización del litio, un recurso estratégico clave para las cadenas globales de movilidad eléctrica. El proyecto insignia de la firma es el Índice de Cripto Litio, que combina blockchain, trazabilidad de precios y proyección de demanda.
Según detalló su CEO, Pablo Rutigliano, el índice ya está operando en fase beta con un volumen inicial de US$ 65.000 y más de 11.400 holders, y planeaba su próximo listado en plataformas internacionales como Binance y CoinMarketCap. El desarrollo cuenta con soporte tecnológico de Zengate y de la red blockchain Cardano.
La empresa planteaba una visión ambiciosa: convertir a la Argentina en un hub global de activos digitales respaldados por recursos naturales, a través de un modelo de tokenización que fortalezca la trazabilidad y estabilidad del suministro internacional de litio.
La intervención de la CNV se ampara en el artículo 51 de la Ley de Mercado de Capitales (Ley 26.831) y el artículo 37 de la Ley 27.739, que habilitan medidas preventivas ante incumplimientos o riesgos en el accionar de entidades registradas como PSAV.
Aunque la resolución no detalla el motivo puntual de la investigación, la mención directa al Ministerio de Minería de San Juan sugiere posibles conflictos con el uso del litio como activo subyacente, en un contexto donde la tokenización de recursos naturales plantea vacíos regulatorios aún no resueltos.
Este episodio podría marcar un precedente clave en la supervisión del ecosistema cripto argentino, en particular en proyectos que vinculan tecnologías emergentes con activos estratégicos del subsuelo nacional.
Un caso testigo en la frontera entre innovación y supervisión
La suspensión de Atómico 3 refleja las crecientes tensiones entre la innovación financiera y los marcos regulatorios existentes. Si bien el proyecto sigue técnicamente en desarrollo, su continuidad operativa como PSAV queda supeditada a los resultados de la investigación de la CNV y a eventuales adecuaciones legales y técnicas.
Este caso pone en evidencia los desafíos regulatorios de una economía en transición, donde la frontera entre lo tangible y lo tokenizado exige nuevos marcos normativos, tanto para proteger al público inversor como para garantizar el uso soberano de los recursos naturales.
El episodio Atómico 3 podría tener efectos dominó sobre iniciativas similares en la región, especialmente aquellas que buscan vincular blockchain y minería con lógica de mercado de capitales. La CNV, con esta acción, reafirma su rol activo en el control del universo cripto y marca un límite claro entre la disrupción tecnológica y la legalidad vigente.
Para el sector inversor y emprendedor, el mensaje es contundente: la innovación en activos digitales deberá transitar por carriles compatibles con la normativa nacional, especialmente cuando se involucran recursos críticos como el litio.
