Passalacqua impulsa una ley para que el Tribunal de Cuentas controle las empresas del Estado
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El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, dio un paso institucional para fortalecer los mecanismos de transparencia y control sobre la administración de los recursos públicos. Este jueves 15 de octubre remitió formalmente a la Cámara de Representantes un proyecto de ley que propone ampliar y precisar las facultades de fiscalización del Tribunal de Cuentas, incorporando de manera expresa a las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal.
La iniciativa introduce una modificación a la Ley I – N° 3, antigua Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas (Decreto Ley 1214/60), para establecer taxativamente que el organismo tiene competencia sobre las distintas estructuras empresariales en las que el Estado posee participación mayoritaria, tanto en el capital como en la toma de decisiones.
El alcance de la propuesta es significativo porque apunta a un universo de organizaciones que, aunque funcionan bajo distintas figuras societarias y modalidades de gestión, administran recursos públicos o desarrollan actividades empresariales con participación determinante del Estado.
La reforma busca despejar cualquier margen de interpretación sobre las atribuciones del órgano de control y ratificar que la adopción de una figura empresarial no excluye a estas entidades del sistema de fiscalización pública.
En los fundamentos enviados al Poder Legislativo, el Ejecutivo sostiene que la exigencia de mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos constituye una condición fundamental para consolidar la confianza ciudadana.
“La exigencia de mayor transparencia en la gestión de los asuntos públicos resulta fundamental para afianzar la confianza de la ciudadanía”, señala el mensaje oficial, que plantea la necesidad de consolidar prácticas institucionales claras, accesibles y abiertas a la sociedad.
Un control que alcanza a las distintas formas de participación estatal
El corazón del proyecto está contenido en su primer artículo, que propone incorporar un segundo párrafo al artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas.
La nueva redacción establece que el organismo ejercerá la fiscalización de las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal, comprendiendo expresamente a las empresas estatales, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y otras entidades empresariales donde el sector público tenga una posición dominante.
El texto incorpora una precisión jurídica relevante: la competencia del Tribunal no dependerá exclusivamente de la participación accionaria, sino que también comprenderá a las sociedades donde el Estado tenga mayoría en la formación de las decisiones societarias.
Esto significa que la fiscalización contemplada en la reforma no se limita a las compañías cuyo capital pertenece mayoritariamente al Estado, sino que también alcanza a aquellas donde el sector público ejerce el control de las decisiones, aun cuando la estructura societaria presente características particulares.
De esta manera, el proyecto propone un criterio de fiscalización vinculado con el control efectivo de las empresas, más allá de su denominación o figura jurídica.
La distinción resulta especialmente importante en una administración pública donde las sociedades estatales y de economía mixta pueden cumplir funciones vinculadas con la prestación de servicios, la producción, la infraestructura y distintas actividades económicas.
La iniciativa también recupera el papel institucional del Tribunal de Cuentas como órgano encargado del control externo sobre la administración de los recursos públicos.
En el mensaje de elevación, el Ejecutivo recuerda que la Ley Orgánica del Tribunal establece un marco regulatorio para garantizar la transparencia y legalidad de la gestión estatal, además de permitir la determinación de responsabilidades y sanciones cuando corresponda, dentro de las competencias asignadas por la Constitución provincial y las leyes.
La modificación no crea un nuevo organismo ni establece una estructura paralela de auditoría. Su objetivo es incorporar explícitamente a las sociedades y empresas estatales dentro del alcance legal de la fiscalización del Tribunal de Cuentas, ratificando una competencia que el Ejecutivo considera necesario dejar expresamente establecida.
En términos institucionales, la propuesta procura evitar zonas de incertidumbre sobre el alcance del control externo y reforzar el principio de que la administración de recursos públicos debe estar sometida a mecanismos de rendición de cuentas, independientemente del formato jurídico utilizado para desarrollar una actividad.
La reforma, de ser aprobada, ofrecerá un fundamento normativo más específico para la actuación del Tribunal sobre este tipo de entidades. Su aplicación concreta dependerá de las facultades y procedimientos establecidos en el régimen vigente.
Al comunicar el envío del proyecto, Passalacqua vinculó la decisión con una concepción de la gestión pública basada en la apertura institucional y la responsabilidad de quienes administran fondos estatales.
“Los misioneros necesitan claridad, apertura y una gestión de cara a la gente”, expresó el mandatario.
El gobernador sostuvo que quienes tienen la responsabilidad de gobernar y manejar los recursos públicos deben trabajar permanentemente para garantizar transparencia mediante decisiones concretas.
“No solo no esquivamos esa responsabilidad, sino que es una convicción profunda: hoy en Misiones gobernar es rendir cuentas a diario”, afirmó.
El mensaje político acompaña una iniciativa que busca traducir ese compromiso en una disposición legal específica, incorporada a una de las normas centrales del sistema de control institucional de la provincia.
Una reforma con vigencia prevista para enero de 2027
El proyecto remitido a la Legislatura contiene tres artículos. El primero incorpora la nueva disposición sobre fiscalización de empresas y sociedades estatales; el segundo establece que la reforma comenzará a regir el 1° de enero de 2027, mientras que el tercero es de forma.
Según los fundamentos oficiales, la fecha propuesta responde a razones organizativas y de coordinación, de manera que la incorporación expresa de estas entidades al marco legal del Tribunal pueda instrumentarse desde el comienzo del próximo ejercicio anual.
La iniciativa deberá atravesar el correspondiente tratamiento legislativo antes de convertirse en ley.
Su importancia reside en la definición de un principio institucional: la participación mayoritaria del Estado en una empresa, ya sea a través de su capital o de su capacidad de decisión, debe quedar expresamente comprendida dentro de los mecanismos de fiscalización pública.
La propuesta también introduce una dimensión relevante para la gobernanza de las empresas estatales. En estructuras que combinan objetivos públicos con instrumentos de gestión empresarial, la claridad sobre las competencias de control constituye una herramienta para fortalecer la rendición de cuentas y la seguridad jurídica.
