Presión tributaria ¿es más alta en las Provincias o en la Nación?

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Escriben Martín Leiva Varela y Guillermo Knass, ECONEA. El actual sistema tributario de la Argentina, es considerado por el Gobierno Nacional “ineficiente e injusto”, conforme a la disertación efectuada por el Ministro de Hacienda de la Nación en Londres días atrás, por tal motivo, lo que se pretende es impulsar una reforma impositiva en el año 2018, que requerirá claramente el consenso de todos los actores políticos (nacionales y provinciales). En contrapartida a tal situación, si se pretende reducir la presión impositiva, esto implicaría menores recursos fiscales para el Estado Nacional, Provincias y Municipios, siendo actualmente su situación fiscal consolidada “deficitaria” y por tal, iría en disidencia con la convergencia del equilibrio fiscal que se apunta para el año 2019.

El objetivo central que se va a evaluar en los próximos años tanto por el Gobierno Nacional, como así también por las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos aires, es la adopción de políticas tributarias destinadas a impulsar el aumento de la inversión privada a fin de aumentar el empleo, lo que implicará claramente un estudio profundo de cuáles son los impuestos “distorsivos” que se deben reducir para morigerar la carga tributaria.

Ahora bien, por presión tributaria se entiende al porcentaje del nivel de ingresos que le transfieren las personas físicas y jurídicas (sociedades, cooperativas, etc.) en concepto de impuestos al Estado (Nacional, Provincial y Municipal) en relación a la totalidad de ingresos que genera toda la economía argentina, representada por el Producto Bruto Interno. Por ejemplo, si durante el 2016 los argentinos pagamos de impuestos un total de $ 40 y el Producto Bruto Interno del mismo período ascendió a $ 100, la presión tributaria del 2016 asciende al 40 %.

La Presión tributaria de la Argentina viene incrementándose constantemente con el correr de los años, pasando del 24,33 % en el año 2004 al 31,95 % en el año 2016, es decir, un incremento del 7,63 % con respecto a dicho horizonte temporal, donde el aumento del tal participación fue originada en un 6,02 % por los impuestos Nacionales y en un 1,61 % por los impuestos Provinciales, por lo que se observa que la mayor presión tributaria que se viene originando es a consecuencia en mayor magnitud por los tributos nacionales y no por los provinciales (ingresos brutos, sellos, automotores, entre otros).

¿Cuál es la situación y evolución de los principales tributos Nacionales?

  1. Impuesto al Valor Agregado: es un impuesto de fácil recaudación que grava el consumo de las personas, siendo dicha capacidad contributiva la que determina el bienestar económico de los sujetos. A pesar de que dicho tributo es regresivo, porque las personas de menores ingresos son las que soportan en mayor proporción que los otros sujetos de mayores ingresos, es el principal impuesto que origina recursos genuinos para la Nación y para las Provincias vía Coparticipación Federal, representando en el año 2016 el 28 % de la recaudación total Nacional, con una percepción total de 583.216,9 millones de pesos. A su vez, en términos del PBI, dicho tributo aumentó su participación del 6,39 % del año 2004 al 7,4 % en el año 2016, aunque en éste último año, para paliar parcialmente la regresión, se sancionó la Ley de devolución del IVA para jubilados y beneficiarios de planes sociales.

Para tal tributo, la consultora FIEL considera que la tasa reducida del IVA (10,5%) y los tratamientos especiales generan una pérdida en la recaudación de alrededor del 1 % del PBI, y por tal sugiere la aplicación de una alícuota uniforme del 19 % que permitiría obtener la misma recaudación si se eliminaran los tratamientos preferenciales. Donde a nuestro juicio, debe evaluarse tal situación, porque si se elimina por ejemplo, la alícuota reducida del 10,5 % para la adquisición de Bienes de Capital, se incrementaría el costo financiero de la inversión Inicial que se la quiere estimular.

  1. Impuesto a las Ganancias: es un impuesto que recae sobre las utilidades de las personas físicas como para las personas jurídicas. A diferencia del impuesto al valor agregado, es un impuesto progresivo, debido que aumenta la tasa impositiva a medida que aumenta los ingresos de las personas, que persigue en definitiva la redistribución del ingreso. Es el segundo impuesto de mayor recaudación a nivel nacional, participando en el 21 % sobre el total de los recursos tributarios, con una recaudación total en el año 2016 de 432.907,2 millones de Pesos. En el gráfico Nº 2 expuesto precedentemente, se observa una clara reducción en la participación del Impuesto a las Ganancias en relación al PBI, que fue a consecuencia del Aumento del Mínimo No imponible sobre el cual empiezan a tributar las personas físicas en el Año 2016, donde pasó de una participación en el PBI del 6,34 % en el año 2015 al 5,15 % en el año 2016, observándose así una caída del 1,18 % y por ende, una menor presión tributaria.

Esta menor presión tributaria, implicó una perdida estimada por el costo fiscal en la recaudación del año 2016 para la Provincia de Misiones cercana a los 800 millones de Pesos que percibe mediante la Coparticipación Federal de Impuestos y Regímenes especiales.

La promesa de campaña del actual presidente de la Nación era eliminar el impuesto a las ganancias para los trabajadores, que según dicha ley es la renta obtenida por la cuarta categoría, situación que prácticamente en el corto plazo es muy difícil de cumplir, por la merma en los recursos que generará tanto para el Estado Nacional, Provincias y Municipios, contemplando la situación fiscal actual de tales jurisdicciones.

  1. Impuesto a los créditos y débitos bancarios: Impuesto totalmente distorsivo que surgió en la crisis del 2001, que grava con una alícuota del 0,6 %0 a los débitos y créditos efectuados en las cuentas corrientes bancarias, cuya recaudación en el año 2016 ascendió a los 131.669,1 millones de pesos, representando el 6 % de la recaudación tributaria nacional. Este tributo, claramente afecta negativamente el nivel de actividad económica y la bancarización de determinadas operaciones, producto de su detracción que se origina consecuentemente.

De dicho tributo, se coparticipa tan solo a las Provincias el 30 % de lo que se recauda, donde el 70 % restante es destinado a financiar al ANSES, por lo que si se elimina dicho tributo, las 24 Jurisdicciones perderían estimativamente en el 2017, un total de 50 mil millones de pesos (recaudación 2016 + 40 % de crecimiento 2017), siendo el costo fiscal anual para la Provincia de Misiones cercano a los 900 millones de pesos.

En lo que respecta a los tributos Provinciales, la Nación busca que las Jurisdicciones provinciales reduzcan la carga tributaria o en su defecto, no incrementen las alícuotas en los años venideros, tratando de inmiscuirse en las potestades constitucionales con las que cuentan las Provincias por ser autónomas, como por ejemplo, según los medios nacionales (ver http://www.ambito.com/875619-proponen-a-provincias-crear-impuesto-a-ventas) se pretende bajar el impuesto a los ingresos brutos y como contrapartida crear un impuesto a las ventas por parte de las Provincias que recaiga directamente sobre los consumidores finales.

Desde la perspectiva de la Provincia de Misiones, tanto el conductor de la Renovación como el Gobernador de la Provincia, en la inauguración de la Escuela Robótica,  dejaron asentada la clara postura que consiste en la no reducción de los impuestos provinciales, que permiten claramente sostener el crecimiento del nivel de actividad económica local en épocas de vacas flacas mediante la adopción políticas fiscales anti cíclicas, las que son financiadas con tales recursos, como ser: la implementación del Programa Ahora Misiones (inédito y de crecimiento continuo), subsidios a las tarifas eléctricas, constitución de la caja de fomento provincial, entre otros. Aun sabiendo, que la Provincia de Misiones es la que en términos per cápita es una de las Jurisdicciones que reciben menos recursos vía coparticipación federal, ubicándose en el puesto Nº 20 de las 24 Jurisdicciones siendo su política fiscal interna la que permite reducir tal brecha.

Pero menos impuestos significa más déficit: ¿entonces?

Mediante el acuerdo para el fortalecimiento del Federalismo, tanto el Estado Nacional como las Provincias se comprometieron a reducir el déficit fiscal, para así, lograr en el año 2019 la convergencia entre los ingresos y los egresos, pero la dicotomía actual es que si se pretende reducir la presión tributaria y por ende, los recursos fiscales de los diferentes estamentos gubernamentales, se incrementaría el déficit fiscal que en términos consolidado de las 24 jurisdicciones (23 Provincias más CABA) en el año 2016 alcanzó estimativamente al 1,21 % en términos del PBI, y por ello, el interrogante será en los años venideros ¿cuál debería ser el accionar del Estado en el Nivel de Actividad económica?.

 

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