Ecología frenó un proyecto comercial en las 600 Hectáreas por incompatibilidad ambiental
El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones frenó un proyecto turístico, recreativo, cultural y comercial proyectado en la Reserva Iryapú, dentro de las 600 Hectáreas de Puerto Iguazú, al determinar que sus características constructivas no se ajustan a los parámetros establecidos para esa zona de especial sensibilidad ambiental.
La decisión quedó formalizada mediante la Resolución Nº 304, fechada el 24 de agosto de 2026 y publicada en el Boletín Oficial, en el marco del expediente Nº 9910-154/2025 de la Subsecretaría de Ecología y Desarrollo Sustentable.
El emprendimiento corresponde a Estudio S.A, vinculada a Aníbal Fernando Broenser, empresario que ya desarrolla actividad turística dentro de las 600 Hectáreas, donde explota el hotel Rainforest, también emplazado en el entorno de la Reserva Iryapú.
La nueva iniciativa estaba planteada sobre un terreno de 17.500 metros cuadrados, con una superficie cubierta total de 4.110,55 metros cuadrados y una vida útil proyectada de 50 años.
La actividad fue declarada dentro de la categoría de servicios turísticos relacionados con la recreación, incluyendo parques, centros recreativos y otros espacios de ocio sin alojamiento.
Fuentes del Ministerio de Ecología explicaron a Economis que el proyecto contemplaba la construcción de cuatro naves comerciales, una tipología que no se ajustaba a los lineamientos técnicos y constructivos establecidos para las 600 Hectáreas.
A esto se agregó un antecedente que pesó en el expediente: según indicaron fuentes de Ecología, el responsable había realizado previamente un desmonte sin autorización. Ante esto, se estableció como obligación a cargo del empresario y sus consultores técnicos que en un plazo de 15 días corridos deben presentar el plan de restauración de toda el área afectada por desmontes mediante la plantación de especies nativas priorizando aquellas que se desarrollan en esa zona de la provincia, sujeto a las inspecciones de la autoridad de aplicación. Además deberán presentar informes de cumplimiento trimestralmente y un informe final, adjuntando fotografías.
Las observaciones no estuvieron centradas solamente en el destino comercial. La evaluación técnica detectó incompatibilidades en el factor de ocupación del suelo, el diseño constructivo y los materiales previstos, elementos regulados especialmente en un espacio concebido para integrar el desarrollo turístico con la selva.
La Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental plasmó esas observaciones en el Informe Técnico Final Nº 21/2026, que sirvió de sustento para la resolución ministerial.
El análisis se realizó en el marco del artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente Nº 25.675, la legislación ambiental provincial y las normas particulares que regulan las intervenciones dentro de las 600 Hectáreas de Puerto Iguazú.
La resolución deja, sin embargo, una salida para el inversor. El problema no es la posibilidad de desarrollar una actividad turística en el predio, sino las características concretas de la propuesta presentada.
El propio acto administrativo señala que el interesado deberá “evaluar alternativas constructivas”, mientras que desde Ecología explicaron que una iniciativa reformulada podría volver a ser analizada.
El dato adquiere relevancia porque Broenser ya opera el Rainforest dentro de las 600 Hectáreas. La actuación ambiental, por lo tanto, se circunscribe a la nueva iniciativa impulsada a través de Estudio S.A. y a las condiciones bajo las cuales pretendía desarrollarla.
La Reserva Iryapú constituye uno de los espacios donde Puerto Iguazú buscó combinar expansión turística, inversiones privadas y conservación de la selva. Allí funcionan hoteles y otros emprendimientos, pero bajo condiciones de ocupación y construcción diferentes a las de un área comercial urbana convencional.














