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Fin del debate: los planes sociales serán compatibles con el empleo en blanco

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El presidente Alberto Fernández encabezará hoy en la ciudad entrerriana de Concordia la presentación del plan para la promoción del trabajo registrado y la ampliación de la protección social para 250.000 trabajadores rurales. La decisión tendrá un fuerte impacto en Misiones, especialmente en el sector yerbatero, ya que permitirá “blanquear” a trabajadores golondrinas y evitar la recurrente crisis interzafra. Se calcula que son necesarios 16 mil tareferos para la cosecha manual de los 800 millones de kilos de hoja verde que se producen en promedio cada año, pero solo 7800 se encuentran registrados.

“La medida compatibilizará la percepción de los planes y programas sociales y de empleo con el trabajo registrado, y alcanzará a los grupos familiares de los beneficiarios, que representan a un tercio del total de los trabajadores rurales asalariados de todo el país”, se explicó.

En tanto, se establecerá una garantía mediante la que los titulares de asignaciones universales que trabajen bajo esa modalidad recibirán “los beneficios no contributivos que les correspondan, percibiendo como mínimo el monto equivalente al 100% del valor de las asignaciones universales por hijo para la protección social”.

El objetivo de la iniciativa “tiene como eje central el mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores, así como también el crecimiento y la consolidación de las capacidades exportadoras de las economías regionales”, añadieron en el Gobierno.

“Es un anuncio muy importante porque abarca a más de 625.000 trabajadores rurales que hacen las cosechas. Además, es una forma de asegurarles a nuestros productores pymes que puedan levantar sus cosechas que hoy se encuentran en planta”, explicó Pablo Vernego, director de economías regionales de CAME.

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Aumento AUH: Anses difundió calendario de cobro para marzo, abril y mayo

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) publicó en el Boletín Oficial el calendario de pago para marzo, abril y mayo 2020 tras el aumento anunciado por el gobierno.

El titular de Anses, Alejandro Vanoli, publicó en el Boletín Oficial el calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo/2020 y los valores finales en cada mes:

Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de Marzo de 2020, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:
I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:
GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 2 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 3 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 4 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 5 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 6 de marzo de 2020.
II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, no superen la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 9 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 10 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 11 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 12 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 13 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 16 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 17 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 18 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 19 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 20 de marzo de 2020.
III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas y el 022-022, superen la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 25 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 26 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 27 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 30 de marzo de 2020.
GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 31 de marzo de 2020.
Determínase el día 8 de Abril de 2020, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas.


Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión  correspondiente al mes de Abril de 2020, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:
I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:
GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 3 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 6 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 7 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de abril de 2020.
II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, no superen la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 13 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 14 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 15 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 16 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 20 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 21 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 22 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 23 de abril de 2020.
III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes
mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas y el
022-022, superen la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 27 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 28 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril de 2020.
GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril de 2020.
Determínase el día 12 de mayo de 2020, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas

Calendario de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de Mayo de 2020, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a
continuación:
I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:
GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 4 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 5 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 6 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de mayo de 2020.
II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas, y el 022-022, no superen la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de mayo de 2020.
III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas sus empresas y el 022-022, superen la suma PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 17.859,00):
GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 22 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 26 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 27 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de mayo de 2020.
GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de mayo de 2020.
Determínase el día 9 de Junio de 2020, como plazo de validez para todas las Órdenes de Pago Previsional, y Comprobantes de Pago del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas.

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Arroyo: “La AUH es un derecho y la Tarjeta Alimentaria es un programa de emergencia”

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El ministro asumió que el 80% de los beneficiarios de la AUH “están endeudados”, pero aclaró que la Tarjeta Alimentaria “no se transforma en dinero”.

El ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, remarcó hoy que la Asignación Universal por Hijo (AUH) “es un derecho”, mientras que la Tarjeta Alimentaria lanzada por la cartera a su cargo “es un programa de emergencia”.

“Se trata de un programa de emergencia y si mañana no hay hambre, no habrá más tarjeta”, explicó Arroyo en declaraciones a radio Con Vos en referencia a la Tarjeta Alimentaria que alcanzará en su etapa final a 2 millones de beneficiarios en todo el país.

Para que quede clara la diferenciación, Arroyo explicó que “si la economía crece por ejemplo un 20 por ciento, la AUH seguirá igual”.

La Tarjeta Alimentaria se entregará en forma automática a todas las personas que reciben la AUH a partir del cruce de datos que realiza el Anses y las bases de datos de las AUH.

El ministro asumió que el 80% de los beneficiarios de la AUH “están endeudados”, pero aclaró que la Tarjeta Alimentaria “no se transforma en dinero”.

Por ese motivo, dijo, los que tomaron crédito a través de la AUH no sufrirán descuentos de esas deudas en sus Tarjetas Alimentarias, porque “no permite que se cobre como parte de la deuda”.

Los beneficiarios de la AUH adquirieron préstamos durante el gobierno anterior por una tasa cercana al 50% de interés y lo que se busca es precisamente que el cobro de esa deuda no afecte el dinero destinado a la compra de alimentos a través de la Tarjeta Alimentaria, explicó.

El titular de Desarrollo Social de la Nación sostuvo que el plan “apunta a resolver el problema de los alimentos y permite hacer una política nutricional”.

En ese sentido, informó que, de acuerdo a los relevamientos realizados, el 47,8% de las compras fueron leche, carne, frutas y verduras; el 11,2% de harinas sin azúcar, el 2,2% gaseosas, el 2% puré de tomate, el 1,3% arroz y el 1,1% condimentos, entre otros.

Según Arroyo, el plan “es parte de una política social que con el tiempo buscará reducir los comedores comunitarios y volver a comer en la casa, pero para eso (la gente) tiene que tener la posibilidad de comprar alimentos y este es un mecanismo claro para poder hacerlo”.

En las próximas cuatro semanas el Ministerio entregará 800.000 tarjetas “que permitirán dar una muestra muy grande y hacer un seguimiento nutricional mucho más importante”, apuntó.

La iniciativa abarcará el 80 por ciento del país de madres con chicos menores 6 años, embarazadas a partir del tercer mes y personas con discapacidad que reciben a AUH; mientras que el 20 % restante, en zonas rurales, “trabajaremos con postas sanitarias”, indicó el funcionario.

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Tras el bono, Anses publicó calendario para enero y febrero

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A través de su página web, la Administración Nacional de la Seguridad Social informó fechas de pago de jubilaciones, pensiones y asignaciones para enero y febrero.

Tal como ocurre todos los meses, los beneficiarios y las beneficiarias deberán tener en cuenta la terminación de su DNI, si cobran por banco o correo y la fecha límite.

Jubilados y Pensionados:

ANSES

AUH y Asignación Familiar:

ANSES

Asignación por embarazo:

ANSES

Asignación Prenatal y Maternidad:

ANSES

Asignación Pago Único: Matrimonio, Nacimiento y Adopción

ANSES

Pensiones no contributivas:

ANSES

Asignaciones Familiares de Pensiones no Contributivas:

ANSES

Desempleo:

ANSES
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La Rosada oficializó bono de $2 mil para AUH y de $10 mil a jubilados y pensionados

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Tal como estaba previsto, el bono de Anses a jubilados pensionados y beneficiarios AUH se pagará este viernes 27/12. Así lo oficializó la Casa Rosada a través del decreto 73/2019, en el que explicitó que el bono para AUH será por única vez de $2.000, mientras que en el caso de jubilados y pensionados será de $10.000 en dos partes: diciembre y enero.

En el nuevo esquema de asistencia social, los jubilados y pensionados de menores recursos están siendo los más beneficiados, mientras que beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH) simplemente recibirán una mínima por única vez.

Si bien es cierto que se recalentó el debate sobre la solvencia del sistema previsional -que repercute en el 70% del gasto público- luego de la sanción de la ley de emergencia económica, las primeras medidas del presidente Alberto Fernández no dejan de ser un paliativo para quienes se endeudaron para pagar alimentos y medicamentos.

Este viernes 27/12, la Rosada oficializó en su Boletín Oficial el pago del anunciado bono.

A través del decreto 73/2019, el Gobierno dispuso el pago del bono de $5.000 para jubilados y pensionados en diciembre y enero, y confirmó el plus de $2.000 para los beneficiarios de la AUH.

Recordemos que actualmente la Argentina suspendió su fórmula de actualización por 180 días y esta medida constituye una compensación por lo sancionado días atrás en el Congreso de la Nación.

“Con el objetivo de acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y más necesitados de la sociedad, es intención del Estado nacional otorgar un subsidio por única vez destinado: a los titulares de prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, a los beneficiarios y las beneficiarias de las pensiones no contributivas por vejez, invalidez y madres de siete (7) hijos o hijas, o más y de pensiones graciables, y a los titulares y las titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social”, reza el decreto.

Entonces, este viernes 27/12 cobrarán el bono todos los jubilados y pensionados que tengan haberes mensuales por $14.068 brutos o menos, e irá disminuyendo el monto del bono a medida que las escalas vayan subiendo hasta $19.068 mensuales.

Por ejemplo, un jubilado que cobra la mínima recibirá el bono entero, mientras que otro que cobra $15.068, percibirá un bono de $4.000, y así hasta garantizar el piso de $19.068 en diciembre.

Este cobro especial de fin de año no requiere un trámite especial.

Días atrás el titular de Anses, Alejandro Vanoli, anunció que a partir del 1 de enero quienes hayan tomado créditos con Anses, sean jubilados, jubiladas o beneficiarios de asignaciones, tendrán una reducción de 11 y 12 puntos porcentuales de la tasa de interés y no pagarán la cuota durante enero, febrero y marzo.

“Esto implica que quienes reciben las asignaciones y los jubilados tengan más dinero disponible, sumado al bono de diciembre y enero, de suma fija y las diferentes medidas que está tomando el gobierno”, dijo Vanoli.

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