DOLAR TURISTA

Casa de Cambios de Posadas comenzará a recibir dólares al valor financiero de turistas no residentes

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Desde mañana, martes (26/07) la casa de cambios Dos Arroyos comienza a recibir billetes en Moneda Extranjera de Turistas No residentes.

Los Valores de Compra se pueden consultar en la pagina web de la firma. Dichos valores toman como referencia a los dolares financieros que se operan en los mercados autorizados.

El pasado jueves (21/07) el Banco Central autorizó a que los turistas no residentes puedan vender divisas al valor de referencia del dólar en el mercado financiero por un monto máximo de 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) mensuales, en las entidades reguladas por el Banco Central de la República Argentina autorizadas a operar en el mercado de cambios.

Las entidades deberán identificar al turista no residente mediante documento de identificación válido y verificar que no se encuentre comprendido en las listas elaboradas de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo y que no resida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.

Además, deberán requerir una declaración jurada de la persona humana no residente en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a 5.000 dólares.

A los efectos de agilizar la atención al cliente la entidad interviniente podrá liquidar la operación en base a los precios de referencia disponibles en ese momento. La entidad deberá concretar las operaciones con títulos valores hasta 2 (dos) días hábiles de ser encomendada por el turista no residente.

Por cada operación que la entidad realice por este mecanismo se deberá realizar un boleto a nombre del cliente dejando constancia del monto de moneda extranjera recibida y el monto en pesos entregado al cliente.

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Dólar turista: ya rige el recargo para gastos con tarjeta en el exterior

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La suba del 35% al 45% de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior rige a partir de hoy, de acuerdo a lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la resolución general 5232/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La misma busca “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”, y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, que continuará con una alícuota del 35%.

Puntualmente, quedan comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.

También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.

También quedan incluidas la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y minoristas- del país; y de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

De esta forma, el tipo de cambio del llamado “dólar solidario” o “dólar ahorro” seguirá siendo -en base a la cotización de cierre de ayer- de $ 223 (dólar oficial más el recargo de 30% del impuesto PAÍS y el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35%); mientras que el tipo de cambio del “dólar tarjeta en el exterior” sería de $ 237,85, en base a la cotización de cierre de ayer.

La AFIP señaló que la decisión forma parte de las distintas medidas destinadas a garantizar el equilibrio fiscal, promover la solvencia del Estado como promotor de la actividad económica y sostener el impulso redistributivo de la política fiscal.

“La actualización en la alícuota de la percepción se instrumenta a partir del reconocimiento de la expresión de capacidad contributiva de un sector de contribuyentes que, fundamentalmente, gastos de moneda extranjera para viajes y consumos en el exterior”, señaló el organismo.

La adecuación de la alícuota para la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales establecida en 2020 recae sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, que fija un recargo del 30% para todas las operaciones minoristas en dólares, ya sea para atesoramiento o pago de bienes y servicios, a excepción de la compra de moneda extranjera para atesoramiento.

Según explicó la dependencia que conduce Mercedes Marco del Pont, “la herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva”.

En el caso que las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado.

Asimismo, los monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.

“El reintegro de dichos montos estará sujeto a las acciones de control y fiscalización de la AFIP, que tendrán lugar una vez finalizada la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos”, subrayó el organismo tribubario.

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El dólar solidario también llegó a Aerolíneas Argentinas

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Finalmente este martes 07/01 se confirmó que todas las compañías aéreas del país, incluso las que están radicadas localmente, deberán aplicar el impuesto del 30% sobre las tarifas de los pasajes al exterior. La reglamentación publicada este martes despejó una de las dudas tras la sanción de la ley. Ni Aerolíneas Argentinas ni otras empresas que operan en el país quedarán exceptuadas.

Contrario a lo que inicialmente había dicho el jefe de Gabinete Santiago Cafiero sobre el impuesto del dólar turista a aerolíneas que operan en el país -en las que las transacciones se pagan en pesos-, este martes 07/01 se publicó la reglamentación del impuestos PAIS y despejó las dudas: el dólar solidario alcanzará a todos.

La reglamentación explica que todas las aerolíneas deberán retener el 30% de impuesto para viajes al exterior, sin importar dónde estén radicadas. Por ende, Aerolíneas Argentinas tampoco estará exenta de ese tributo, como se especuló tras la sanción de la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Según detalló hoy 07/01 la AFIP, el impuesto del 30% rige para todas las operaciones que se realizaron desde el 23 de diciembre, día en que la llamada Ley de Emergencia se publicó en el Boletín Oficial.

Esto implica que quienes compraron pasajes o hicieron gastos en el exterior a partir de esa fecha y en su momento no pagaron el impuesto del 30% tendrán que hacerlo ahora.

La aprobación de la ley de Solidaridad había dejado algunas “lagunas” reglamentarias, por lo cual las aerolíneas no podían empezar a instrumentar el cobro del impuesto. Principalmente, porque no quedaba claro qué empresas y qué destinos estaban incluidos en la tributación.

La única forma de evitar el pago del 30% es pagar el pasaje directamente en dólares, por ejemplo, a través de una tarjeta de débito que descuente de una caja de ahorro en moneda extranjera o con una tarjeta de crédito y pagando el saldo con divisas.

Así las cosas, todos los pasajes al exterior que se sacaron desde el 23 de diciembre, día en que se aprobó la lay de Emergencia, pagarán a un dólar de 82 pesos. Las tarjetas y los bancos serán los agentes de retención para estos casos y si alguna persona pagó en efectivo también tendrá que pagar el extra mediante un formulario de AFIP.

Lo que también se aclaró es que los servicios como Airbnb por ejemplo, que estaban en duda, tributarán el 30% si se paga en pesos. Y no tributarán si se pagan en dólares o desde una cuenta en dólares.

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Los 10 puntos claves que hay que saber sobre el dólar turista

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El gobierno promulgó en el Boletín Oficial la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que incluye la creación del denominado dólar “turista”. Cuáles son los principales puntos a tener en cuenta sobre su aplicación.

El Gobierno reglamentó este lunes la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que sancionó la emergencia económica y confirmó la aplicación de una sobretasa del 30% para el denominado dólar “turista” y ahorro.

¿Qué es el dólar “turista”?
Se le dice dólar “turista” porque serán los argentinos que viajan al exterior los que lo pagarán. Sin embargo, también alcanzará a los “servicios” extranjeros que son contratados dentro del país. No se trata de un nuevo tipo de cambio oficial sino que es un nuevo impuesto que se llama IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAIS).

Es un “recargo” del 30% que se establece a partir de la ley sancionada la madrugada del sábado por el Congreso nacional. Se da en el marco de una emergencia económica y tiene como fin aplicarse a las compras en moneda extranjera con tarjetas de crédito y débito emitidas por un banco o entidad financiera en la Argentina. La ley establece que se da en el marco de una “emergencia” y tendrá una duración de cinco períodos fiscales.

El precio de “cotización” virtual será 30% mayor que el valor del dólar oficial tipo vendedor del Banco Nación. Si el dólar oficial opera en $63 (por tomar una cifra), el “recargo” será de $18,9 por cada dólar. Así, el dólar “turista” cotizaría alrededor de $81,9.

¿Qué ocurre con la compra de dólar para ahorro?
La Ley establece que quedarán incluidos en el impuesto la compra de billetes y divisas para atesoramiento o sin un destino específico.

¿Qué servicios están alcanzados por el dólar “turista”?

  • Netflix, You Tube Premium, HBO GO, Amazon, Disney+, Spotify, Airbnb, Tinder Gold y otras apps de entretenimiento.
  • No incluye a las apps de transporte de pasajeros con conductor privado, como Cabify, que tiene sede empresaria en el país. Uber, no posee y sí será alcanzado.
  • Licencias de uso de software o servidores extranjeros.
  • Compras de bienes en otros países a través de las plataformas como Amazon o Alibaba y sus similares.
  • Descargas de juegos online para Play Station 4 y 5, Xbox One o Nintendo Switch y otras consolas.
  • Suscripciones a medios de comunicación digitales extranjeros o compras de revistas y publicaciones editadas en el exterior.
  • Pasajes aéreos, terrestres, navales; alojamientos y hoteles; excursiones y paseos; entradas a museos, espectáculos deportivos o artísticos; paquetes turísticos completos.
  • Aplicaciones extranjeras para alquileres de propiedades, estilo Airbnb, Booking, Flipkey, HOmeAway, y otras.
  • Está exceptuadas las plataformas educativas y software con fines educativos, los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, gastos relacionados a proyectos de investigación por parte de investigadores que trabajen para entidades estatales o del sistema universitario argentino. También excluye a la compra de materiales y bienes adquiridos en el exterior destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil.

¿Cómo me entero que estoy pagando el recargo del 30% del dólar turista?
Las compras o “servicios” son adquiridos a un valor en dólares, pero en el resumen de la tarjeta aparecen detallados con un precio en pesos al tipo de cambio oficial de la fecha de cierre de la tarjeta. Cuando el “recargo” entre en vigencia, en el resumen figurará el valor en dólares convertido a pesos más el 30%.

¿Si soy argentino y vivo en el exterior también debo pagarlo?
Lo pagarán aquellos argentinos que tengan una tarjeta de crédito o débito emitida por un banco o entidad radicada en la Argentina.

Si es argentino, vive en el exterior y tiene una tarjeta de un banco extranjero no serán alcanzados por el tributo, ya que esa tarjeta está regulada por leyes del país de emisión.

¿Por qué se decidió que el dólar “turista” sea un impuesto nuevo y qué finalidad tiene?
Para que el tributo tenga fuerza legal y pueda ser manejado desde el Poder Ejecutivo.

Porque los tiempos del Banco Central serían más largos, ya que aún no está formalizado el directorio que acompañará al nuevo presidente de la entidad, Miguel Pesce.

Para que no surja la identificación de la medida con la aplicación de un esquema de desdoblamiento cambiario, una situación que desde la administración de Alberto Fernández se quiere evitar de raíz.

El principalmente motivo es evitar una mayor salida de dólares del sistema financiero nacional. Según los cálculos del Ministerio de Economía de Martín Guzmán, con esta decisión se podría aportar durante 2020 unos u$s1.500 millones, reduciendo el déficit de la cuenta externa de los u$s6.000 a los u$s4.500 millones.

Pero además, la implementación de este recargo busca incentivar el turismo local y las compras de bienes y servicios de origen argentino, bajo una lógica “solidaria y contributiva”, como definió Santiago Cafiero.

¿Será posible que haya un reintegro del 30% que se cobra por dólar “turista”?
No se les permitirá a los contribuyentes que realicen estos gastos poder tomarlos a cuenta de algún otro impuesto vigente, tal como funcionaba la misma carga durante la última etapa del kirchnerismo. El Gobierno se descartó que pueda haber una devolución de Ganancias como ocurrió en el pasado.

¿Este recargo por dólar “turista” ya existió en la Argentina?
Si, lo aplicó el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en 2014 por los mismos motivos. La diferencia es que no fue una medida adoptada por ley, sino por una resolución de la AFIP, para que no pase por el Congreso nacional, donde no tenía mayoría parlamentaria. En ese caso, el sobrecosto podía tomarse a cuenta del Impuesto a las Ganancias tanto para los autónomos como para los trabajadores en relación de dependencia.

¿Cuándo entró en vigencia el dólar “turista”?
La ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva fue sancionada en tiempo récord entre el jueves y la madrugada del sábado con un tratamiento que inició en Diputados y finalizó en la Cámara Alta. A partir de esta tarde entró en vigencia luego de ser publicada en el boletín oficial. Sin embargo, para su aplicación plena resta la reglamentación que correrá a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

¿Qué ocurrió con las compras realizadas previamente a la sanción de la ley?
La reglamentación empezó a regir para las futuras compras ya que una ley nunca rige “para atrás”. Sin embargo, si la compra con tarjeta de crédito fue anterior a la promulgación pero la misma tiene fecha de cierre a posteriori, pagará el 30% extra. Si la tarjeta cerró antes de la publicación de la norma en el Boletín Oficial, las compras no serán alcanzadas.

Fuente Ámbito

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El Real “blue” sube a $18 en Posadas pero no se consigue, en casas de cambio se vende a $15,80 con tope de R$800 por mes por persona

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El anuncio del recargo de 30 por ciento en compras con tarjeta de crédito en el exterior puso en alerta a millones de argentinos que planean salir de vacaciones en dos semanas más.

Lo mismo sucede con los miles de misioneros que ya tienen programado sus vacaciones en las playas del Sur de Brasil o en Río de Janeiro o destinos del Nordeste.

La medida del Gobierno Nacional, que aún no está en vigor y se tratará en el Congreso en sesiones extraordinarias, generó un impacto en la cotización del dólar “blue”, el que se compra en las cuevas y permite eludir el cepo cambiario que impone un límite máximo de 100 dólares por mes (o 200 si se trata de compras via homebanking).

El dólar blue esta mañana en Posadas cotizaba a $70. En tanto, el real “blue” (que también se adquiere en el circuito informal), cotizaba a $17 o $18. Pero costaba conseguirlo y algunas “cuevas” no tenían disponibilidad de billetes a la mañana.

Hacia el mediodía, ya nadie ofrecía billetes de la moneda brasileña, una mercadería preciosa para quien piensa rumbear para Brasil en enero.

La otra posibilidad es atesorar tantos reales como se pueda. Con los actuales límites, una persona puede comprar en casa de cambio hasta 800 reales (aproximadamente). A una cotización que hoy estaba en $15,80 en Mazza Cambios. Si se calculara un recargo de 30 por ciento, el valor de ese “real turista” sería de casi 20 pesos (surge de tomar la cotización del real por homebanking más un 30% adicional).

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