IMPUESTO A LAS GANANCIAS

El Gobierno analiza eliminar el Monotributo y redefinir Ganancias en una reforma profunda

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El Gobierno evalúa eliminar el Monotributo y reducir el piso de Ganancias en una reforma integral tributaria y laboral

En reuniones con empresarios, el equipo económico planteó una reforma estructural que contempla la eliminación del Monotributo, la redefinición del régimen de autónomos, un nuevo mínimo no imponible para Ganancias y un esquema de empleo con rebajas de cargas patronales. Se busca formalizar la economía y ampliar la base contributiva, en un paquete que podría enviarse al Congreso en sesiones extraordinarias.

Un cambio de régimen: el fin del Monotributo y la transición a autónomos

El Gobierno nacional avanza en el diseño de una reforma tributaria y laboral que reconfiguraría por completo la estructura impositiva de trabajadores independientes y empresas. En los encuentros mantenidos por el ministro de Economía, Luis Caputo, con cámaras empresarias, se detallaron los principales ejes del plan, reunidos en el documento técnico “Una reforma para formalizar la economía, impulsar el mercado de capitales y resolver la sustentabilidad previsional”.

El punto más disruptivo es la propuesta de eliminar el Monotributo, régimen que actualmente alcanza a una parte de los 3 millones de monotributistas y autónomos. La iniciativa contempla migrar a estos contribuyentes al régimen de autónomos, un planteo que el Fondo Monetario Internacional viene sugiriendo desde hace varios años.

La intención oficial es “blanquear” la actividad económica de pequeños contribuyentes, reducir regímenes especiales y simplificar la estructura tributaria.

El nuevo esquema de autónomos prevé: una escala que iría de $100.000 a $500.000 (hoy entre $50.000 y $700.000). Incorporación de deducciones de gastos personales con comprobantes. Un umbral mínimo de aplicación del IVA equivalente a la actual Categoría F del Monotributo, es decir, $3 millones mensuales.

Fuentes del Gobierno confirmaron a empresarios que la medida está “altamente avanzada” y forma parte del plan de formalización masiva.

Ganancias: nuevo mínimo no imponible y cambios en deducciones

Según los lineamientos que Economía compartió con el sector privado, la reforma también introduce un nuevo esquema para el Impuesto a las Ganancias, actualmente abonado por 737.584 personas entre trabajadores registrados y jubilados.

El proyecto establece: Un mínimo no imponible único equivalente a un salario promedio de $1,7 millones en 2025. Para un trabajador soltero sin hijos, el tributo comenzaría a pagarse con un salario bruto aproximado de $2.843.180 (neto de $2.360.180). Se mantiene la escala progresiva de 5% a 35%. Se fija un tope de $5 millones en deducciones, incluyendo alimentación, vivienda, educación, seguros, salud y movilidad. Aportes obligatorios a PAMI, obra social y ANSES sin límite de deducción.

El objetivo oficial es ampliar la base de contribuyentes, generar previsibilidad y recomponer ingresos fiscales sin aumentar alícuotas.

Un nuevo régimen de empleo para incentivar la formalización

Otro capítulo central es el nuevo régimen de empleo que Economía y el Ministerio de Capital Humano trabajan en conjunto. La propuesta incluye rebajas de cargas patronales para empresas que incorporen nuevos trabajadores, a fin de reducir la informalidad y estimular la contratación.

Según la iniciativa:

Para empleadores: Las contribuciones patronales bajan del 25,5% al 17%.

Para empleados: Los aportes personales se reducen del 17% al 13%.

El beneficio aplicaría tanto a nuevas relaciones laborales como a trabajadores que demuestren haber estado seis meses desempleados o provengan del régimen del Monotributo.

Capital Humano también desarrolla una reforma laboral más amplia que abordará: nuevas modalidades de contratación. Salario dinámico. Reglas de jornada laboral. Y mecanismos de transición desde la informalidad.

Fuentes oficiales confirmaron que se descartó incluir un tope a las indemnizaciones por despido, un punto que había generado tensiones internas.

El equipo que diseñó las medidas trabaja bajo el concepto de “blanqueo a costo cero” para empleadores, herramienta destinada a promover la formalización inmediata sin costos retroactivos.

Antecedentes y contexto: por qué el Gobierno busca una reforma total

La eliminación del Monotributo, la revisión del régimen de autónomos y el rediseño de Ganancias forman parte del compromiso del Ejecutivo de simplificar el sistema tributario y reducir distorsiones.

El diagnóstico compartido por Economía en sus reuniones con cámaras empresarias es que: la estructura tributaria argentina es “fragmentada e ineficiente”. El Monotributo funciona como un “régimen de ocultamiento parcial” de actividad económica. La informalidad supera el 45% en amplios sectores productivos. El mercado laboral no crea empleo formal desde hace más de una década. La transición a un sistema más uniforme facilitaría la inversión y el financiamiento privado.

La reforma prevé ser enviada al Congreso durante las sesiones extraordinarias, en un paquete que podría incluir también modificaciones a la Ley de Procedimiento Tributario y a la Ley de Seguridad Social.

Repercusiones: expectativas empresarias y debate interno

La propuesta generó expectativa en el sector privado, especialmente en rubros intensivos en mano de obra. Las cámaras industriales valoran la rebaja de cargas patronales, aunque algunas advierten que el impacto real dependerá de la estabilidad macroeconómica y del cronograma de transición.

Economistas consultados consideran que: eliminar el Monotributo puede mejorar la recaudación, pero requiere un esquema de transición muy gradual. Bajar Ganancias amplía la base impositiva, pero podría generar tensiones políticas. La reforma laboral será clave para que el mercado formal vuelva a crear empleo neto.

En paralelo, abogados laboralistas alertan por posibles conflictos de implementación si la reforma avanza sin consensos amplios con provincias, sindicatos y empleadores.

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Milei reglamenta cambios clave en el Impuesto a las Ganancias para exportadores e importadores

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El Gobierno actualizó los montos y requisitos de información en operaciones internacionales del Impuesto a las Ganancias.

El Decreto 767/2025 modifica la reglamentación del tributo para exportadores e importadores, eleva los umbrales de declaración y redefine los parámetros de precios de transferencia. La medida apunta a modernizar la fiscalización y simplificar el régimen tributario.

Actualización de montos y precisiones para operaciones internacionales

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, mediante el Decreto 767/2025 publicado este lunes en el Boletín Oficial, una serie de modificaciones a la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019 y sus modificaciones), con el objetivo de actualizar los umbrales de información obligatoria y optimizar los mecanismos de control de precios de transferencia.

La norma —firmada por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos— introduce cambios sustanciales en los artículos 9°, 17°, 42°, 47°, 48°, 50°, 52° y 55° de la reglamentación del tributo, adaptando la fiscalización a los niveles actuales de comercio exterior y precios internacionales.

A partir de la entrada en vigencia del decreto, los contribuyentes que realicen operaciones por un monto anual inferior a $500 millones no estarán obligados a suministrar información sobre operaciones de importación o exportación de bienes a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que asumió las funciones de control aduanero y tributario en el ámbito del Ministerio de Economía.

El texto aclara además que ARCA podrá actualizar ese umbral según la evolución de los precios de las operaciones involucradas, otorgando flexibilidad a la administración tributaria frente a las variaciones macroeconómicas.

Nuevos criterios para precios de transferencia y bienes con cotización

El decreto también redefine los parámetros para la evaluación de precios de transferencia, una herramienta clave en la fiscalización de operaciones entre partes vinculadas o con jurisdicciones de baja tributación. En adelante, se considerará que una operación cumple con los estándares de independencia cuando el precio o margen de utilidad se ubique dentro del “rango intercuartil”, mecanismo estadístico que delimita valores de mercado aceptables.

Asimismo, se precisa que serán considerados “bienes con cotización” aquellos productos físicos cuyos precios sean de conocimiento público y se negocien en mercados transparentes, bolsas de comercio o agencias reconocidas, tanto nacionales como internacionales.

La medida incorpora mayores exigencias de documentación para las exportaciones de bienes con cotización, estableciendo un plazo máximo de 60 días desde el embarque para registrar los contratos en forma electrónica ante ARCA. Entre los datos obligatorios a declarar figuran: la fecha de venta, identificación del comprador, tipo de carga, posición arancelaria, precio pactado, índices de referencia y país de destino.

El incumplimiento de esta registración, según el nuevo artículo 50, implicará que la operación no se considere registrada a los efectos de la ley, lo que podría derivar en sanciones o ajustes fiscales.

Además, el artículo 52 otorga a ARCA la facultad de definir índices o precios mínimos de referencia en mercados transparentes para determinadas posiciones arancelarias, lo que busca evitar la subfacturación de exportaciones y fortalecer la trazabilidad de los valores declarados.

Simplificación y ampliación del régimen de declaración de Ganancias

En línea con la política de simplificación tributaria promovida por el Gobierno nacional, el decreto incorpora ajustes al régimen opcional de declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, regulado originalmente por el Decreto 353/2025.

Esta modalidad —gestionada por ARCA— se aplicará exclusivamente a quienes obtengan rentas de fuente argentina o, en casos específicos, a rentas del exterior, según disponga el organismo recaudador. El objetivo, según el texto oficial, es reducir la presión administrativa, fomentar la regularización y mejorar la eficiencia de control fiscal mediante el uso de la información disponible en los sistemas de gestión electrónica.

Finalmente, se actualizan los montos mínimos de facturación para quedar alcanzados por las declaraciones juradas de precios de transferencia:

  • $150 millones anuales para operaciones vinculadas en su conjunto.
  • $15 millones individuales por transacción.

Ambos valores también podrán ser revisados por ARCA en función de la evolución económica.

Implicancias para el comercio exterior y la administración tributaria

Con estas modificaciones, el Ejecutivo busca modernizar el régimen de fiscalización aduanera y de precios de transferencia, dotando al Estado de herramientas más precisas para controlar las operaciones internacionales y prevenir maniobras de evasión o subfacturación.

A la vez, la medida actualiza umbrales desfasados desde 2019, brindando previsibilidad a empresas exportadoras e importadoras que operan con volúmenes menores y simplificando sus obligaciones informativas.

El decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y sus disposiciones se aplicarán a los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.

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Ganancias: ARCA actualiza el régimen de anticipos y habilita nuevas opciones de reducción

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La Agencia de Recaudación actualiza el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias y flexibiliza la reducción para empresas

La Resolución General 5778/2025 introduce nuevos parámetros de actualización automática según el IPC y habilita a sociedades comprendidas en el artículo 73 de la Ley de Ganancias a reducir anticipos desde el tercer pago. El objetivo es ajustar el esquema fiscal a la evolución inflacionaria y aliviar la carga financiera de los contribuyentes.

Ajuste del régimen de anticipos y actualización anual por inflación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso, mediante la Resolución General 5778/2025, una serie de modificaciones sustanciales al régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de dotar de mayor previsibilidad y flexibilidad a los contribuyentes.

La medida, publicada en el Boletín Oficial del 27 de octubre de 2025, introduce un mecanismo de actualización automática anual de los parámetros de base de cálculo y montos mínimos previstos en las Resoluciones Generales 5211 y 5246, aplicando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.

El nuevo esquema comenzará a regir a partir del 1 de marzo de 2027 y los valores actualizados se publicarán anualmente en el sitio institucional del organismo (www.arca.gob.ar). En su primera aplicación, el coeficiente de ajuste tomará en cuenta la variación del IPC entre noviembre de 2025 y diciembre de 2026, de acuerdo con la disposición transitoria incluida en la resolución.

Además, se redefinen los límites para la aplicación del procedimiento especial de reducción de anticipos, que será obligatorio cuando el monto estimado supere los $250 millones para contribuyentes de alta significación fiscal y $200 millones para el resto de los contribuyentes.

Flexibilización de la reducción de anticipos para empresas

Uno de los cambios más relevantes introducidos por la Resolución General 5778/2025 es la ampliación de la opción de reducción de anticipos para las sociedades comprendidas en el artículo 73 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019).

Hasta ahora, estas empresas solo podían ejercer dicha opción a partir del quinto anticipo. Con la nueva norma, podrán hacerlo desde el tercero, siempre que se verifique que el total estimado a ingresar supere en más del 25% el impuesto determinado para el período fiscal correspondiente.

Asimismo, tanto las personas humanas como las sociedades podrán ejercer la reducción desde el primer anticipo cuando la suma total estimada a ingresar exceda en más del 40% el monto final del impuesto proyectado para el ejercicio.

El artículo 9° modificado de la Resolución General 5211 establece expresamente que esta opción aplica tanto a personas humanas y sucesiones indivisas como a personas jurídicas alcanzadas por el impuesto.

De este modo, ARCA busca adecuar el flujo de anticipos a la capacidad contributiva real de los sujetos, evitando distorsiones derivadas de variaciones abruptas en la rentabilidad o en la dinámica económica general.

Objetivo: alivio financiero y mejora en la administración tributaria

En los considerandos, la resolución justifica la modificación por “razones de administración tributaria”, destacando la necesidad de actualizar los parámetros del régimen en función de la evolución de la economía y la inflación, con el propósito de mejorar la equidad y eficiencia del sistema recaudatorio.

El nuevo esquema beneficiará principalmente a empresas grandes y medianas que enfrentan fluctuaciones de ingresos o variaciones estacionales en sus resultados, permitiéndoles ajustar sus pagos anticipados y mejorar su flujo de caja sin incurrir en penalidades.

Además, la norma simplifica los procedimientos al centralizar la información fiscal en el servicio web “Sistema Registral”, desde donde los contribuyentes podrán verificar su segmentación fiscal y acceder a los datos relevantes para el cálculo de anticipos.

El Director Ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, firmó la medida en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 11.683 y los decretos 618/1997, 953/2024 y 13/2025, que reestructuraron el organismo recaudador y suprimieron funciones previamente bajo la órbita de la AFIP.

La resolución entrará en vigencia al día hábil siguiente de su publicación y será aplicable a las solicitudes de reducción de anticipos que se presenten a partir de esa fecha.

Impacto y proyección

La actualización automática de los umbrales y el rediseño del régimen de anticipos marcan un paso hacia un sistema tributario más dinámico y predecible, ajustado a la variación inflacionaria.

En la práctica, esto implicará que cada año, a partir de marzo, los montos mínimos de aplicación del procedimiento especial y los límites de cálculo se ajusten en línea con el IPC, reduciendo la necesidad de modificaciones discrecionales por parte de la administración.

Este mecanismo no solo otorga mayor certidumbre a los contribuyentes, sino que también fortalece la transparencia y la trazabilidad en los procedimientos fiscales.

De este modo, la Resolución General 5778/2025 consolida una política de modernización y automatización tributaria, alineada con las metas del Ministerio de Economía para 2025-2026, orientadas a reducir la presión administrativa y mejorar el cumplimiento voluntario del impuesto a las ganancias.

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Ganancias: En Misiones son 3.414 los trabajadores que dejarán de pagar a partir de la suba del mínimo no imponible

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Ratifican alivio fiscal por ganancias para salarios de hasta $ 506.230. En Misiones son 3.414 los trabajadores que dejarán de pagar impuesto a las ganancias a partir de la suba del mínimo no imponible que rige a partir del 1 de mayo, en Corrientes 2.999, en Chaco 2.034 y el Formosa 2.079. La diferencia responde a que en la Tierra Colorada hay mayor cantidad de trabajadores registrados con sueldos brutos superiores a los 400 mil pesos.

Dentro del NEA, Misiones es la provincia con mayor cantidad de trabajadores cuyos salarios dejaron de ser alcanzados por el tributo y en todo el Norte Grande solo la supera Tucumán

El ministro de Economía, Sergio Massa, confirmó hoy que el nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría será de $ 506.230 brutos a partir de mayo, medida que beneficiará a 250.000 empleados y empleadas que trabajan bajo relación de dependencia.

“A partir de mayo hemos decidido aumentar el piso por el cual se comienza a pagar el Impuesto a las Ganancias a 506.230 pesos, llevando alivio fiscal a más de 250.000 trabajadores que dejarán de pagarlo cada mes”, dijo esta mañana el titular del Palacio de Hacienda en su cuenta de Twitter.

Por el nuevo piso del impuesto a las Ganancias, no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230, inclusive.

Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

El ministro destacó que “junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: Un beneficio para 600.000 empleados”.

“Este nuevo alivio fiscal -completó Massa en su hilo de Twitter- es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente”.

La modificación propuesta permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las ganancias. A través de la medida, se beneficiarán aproximadamente 250.000 empleados en relación de dependencia.

Estas disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto.

Desde enero de 2023, no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062, inclusive.

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La Corte prepara con las asociaciones de magistrados un rechazo al impuesto a las Ganancias

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La Corte Suprema nacional prepara, junto a las asociaciones de magistrados y funcionarios de la Justicia, una respuesta jurídica a la iniciativa del Congreso para que aquel poder del Estado pague el Impuesto a las Ganancias, informaron hoy a Télam fuentes del máximo tribunal.

El fundamento central del rechazo será la inconstitucionalidad de aplicar impuestos retroactivos, en un marco de iniciativas del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo que los jueces consideran como avances y avasallamientos a sus atribuciones.

En este contexto, la vicepresidenta de la Nación y titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, recibirá el miércoles a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (Amfjn), que le pidió una reunión para abordar la iniciativa del oficialismo en el Congreso de incluir en el Presupuesto 2023 un articulado para que jueces y demás integrantes del Poder Judicial paguen Ganancias, señalaron voceros de la Presidencia de la Cámara alta.

En tanto, la Corte se reunió hoy con la Amfjn para analizar lo que sus directivos consideran una afectación ilegal a la intangibilidad de los salarios.

Al encuentro concurrieron el presidente de la Amfjn, Marcelo Gallo Tagle, y parte de la comisión directiva, mientras por la Corte estuvieron su titular, Horacio Rosatti; el vicepresidente, Carlos Rosenkrantz, y los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

En este sentido, las vocalías de los miembros de la Corte trabajan buscando jurisprudencia sobre el cobro de impuestos retroactivos y el listado de lo que el Alto Tribunal considera un “avance” sobre sus atribuciones.

Al tope de las presuntas evidencias del conflicto de poderes, la Corte y los magistrados agitarán la propuesta de reforma judicial que encargó el presidente Alberto Fernández a una comisión de juristas y expertos y la media sanción en Diputados a la ampliación del tribunal.

A la coordinación del máximo tribunal con los jueces, se suma como acción de resistencia a la medida el paro convocado para mañana por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), que conduce Julio Piumato.

A fines de la semana pasada el gremio fijó postura y calificó la iniciativa como un “impuesto confiscatorio del salario” y anunció el paro para mañana.

“El banquero Heller (Carlos, presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados), impulsor de esta ridícula medida, quien supo tener una AFJP para esquilmar a nuestros queridos/as jubilados/as ahora, pretende que el pueblo trabajador soporte los despilfarros económicos que generaron sus amigos especuladores financieros”, atacó la UEJN.

También la Federación Judicial Argentina (FJA), conducida por Matías Fachal, anunció un paro nacional para mañana “contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre el salario de los trabajadores judiciales” ya que consideraron que “implicaría una reducción de nuestros ingresos de entre el 30 al 35% aproximadamente”, informaron desde la entidad que nuclea a 23 sindicatos y a más de 35 mil trabajadores afiliados en todo el país.

“La excesiva transferencia de nuestros ingresos del sector del trabajo al del capital concentrado a través de la inflación, aumento de tarifas y cartelización de precios es descomunal y se ve sumamente agravada a través de seguir sosteniendo el injusto ‘impuesto al salario’, se trata de una puja distributiva que nos quieren hacer perder por goleada”, manifestaron desde la FJA.

Con la postura opuesta, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, consideró hoy que la exención del pago del impuesto a las Ganancias que hoy beneficia a jueces designados antes de 2017 “es un privilegio que estamos en situación de corregir”.

“Los jueces pagan sus impuestos en todos los países del mundo. Hoy en la Argentina un juez está ganando arriba de 2 millones de pesos, mucho más que un Presidente o una Vicepresidenta. La exención de Ganancias de los jueces no es un derecho adquirido; es un privilegio que estamos en situación de corregir”, dijo Soria en declaraciones radiales.

En igual sentido se pronunció el diputado del Frente de Todos Marcelo Casaretto, quien hoy defendió el artículo incluido en el proyecto de Presupuesto 2023 y sostuvo que la iniciativa “no es una ofensiva contra nadie”.

“El artículo sobre el pago de Ganancias de los jueces se basa en el principio de que somos todos iguales ante la ley”, remarcó Casaretto en declaraciones radiales y añadió: “Ya es un privilegio inaceptable a esta altura de la historia de la sociedad argentina”.

Mañana el oficialismo buscará la media sanción del Presupuesto en una sesión especial convocada por el bloque del Frente de Todos, que confía en aprobarlo con los votos de los diputados aliados.

Según los voceros parlamentarios del FdT, el oficialismo cuenta con 117 legisladores, 8 del Interbloque Federal, 4 de Provincias Unidas, 1 del Movimiento Popular Neuquino, y espera sumar 2 de la bancada Ser, con lo que tendría asegurados más de 130 votos.

El tratamiento del Presupuesto llegará al recinto de la Cámara baja luego de haber tenido una ronda de consultas donde participaron nueve ministros y más de 20 funcionarios del Poder Ejecutivo.

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