IMPUESTO A LAS GANANCIAS

ARCA extiende alivio impositivo a alimentos, medicamentos e insumos pymes importados

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Con el objetivo de reforzar la estrategia antiinflacionaria, el Gobierno nacional decidió prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 los beneficios fiscales aplicados a la importación de bienes de cuatro rubros considerados estratégicos. La medida, dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada en el Boletín Oficial, apunta a sostener precios en sectores sensibles del consumo y la producción, en un contexto de apertura comercial y mayor competencia externa.

La resolución excluye del pago del Impuesto a las Ganancias y del IVA a las importaciones de alimentos que integran la canasta básica, bienes de primera necesidad, medicamentos e insumos destinados a pequeñas y medianas empresas, siempre que los importadores cuenten con Certificado MiPyme vigente al momento de la operación.

Alivio fiscal selectivo para bienes sensibles

La prórroga ratifica un esquema de beneficios fiscales focalizados, orientado a reducir costos de ingreso de productos esenciales y a moderar presiones inflacionarias. Desde el Gobierno sostienen que la mayor competencia vía importaciones contribuye a disciplinar precios, especialmente en rubros con fuerte impacto en el índice de inflación.

La medida se enmarca en una coyuntura de dinamismo del comercio exterior: en los primeros once meses del año, las exportaciones argentinas alcanzaron los US$ 70.235 millones, superando ampliamente los US$ 60.775 millones registrados en 2024, un dato que refuerza la estrategia oficial de mayor integración comercial.

No obstante, la prórroga no está exenta de críticas. Sectores de la industria local advierten que incentivar compras externas puede afectar la producción nacional, especialmente en segmentos donde la competencia internacional opera con ventajas de escala y costos.

Contexto: apertura comercial y simplificación aduanera

La extensión de los beneficios fiscales se suma a otras decisiones recientes orientadas a facilitar las importaciones. ARCA ya implementó un nuevo esquema administrativo que simplifica trámites, ordena procedimientos y avanza en la digitalización del sistema aduanero, como el reemplazo de formularios impresos por versiones online.

Estas normas benefician a personas humanas que importan bienes nuevos o usados para consumo personal, sin fines comerciales ni industriales, y buscan modificar la forma en que se gestiona la documentación ante la Aduana, reduciendo tiempos y costos operativos.

En paralelo, especialistas señalan que el Gobierno complementa estas medidas con la liberalización paulatina del mercado cambiario y la eliminación de la mayoría de las trabas al comercio exterior, configurando un esquema más abierto y competitivo.

Impacto económico y posibles repercusiones

Desde la óptica oficial, la prórroga hasta el 30 de junio refuerza el anclaje de precios en productos sensibles, especialmente alimentos, medicamentos y bienes esenciales, con impacto directo en el costo de vida. Para las pymes, el alivio fiscal en insumos importados busca mejorar la competitividad y reducir costos de producción.

Sin embargo, el debate permanece abierto. Mientras el Gobierno apuesta a que la competencia externa ayude a bajar la inflación, sectores industriales anticipan tensiones sectoriales y reclaman medidas complementarias para proteger la producción local.

En ese equilibrio entre precios, consumo e industria se juega una parte central de la política económica de 2026.

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La recaudación tributaria cerró 2025 con un crecimiento del 39,4% y superó los $183 billones

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La recaudación tributaria mostró un desempeño sólido tanto en diciembre como en el acumulado anual de 2025. En el último mes del año, los ingresos alcanzaron los $16.527.268 millones, con una suba interanual del 27%, mientras que en el total del ejercicio el Estado recaudó $183.109.217 millones, lo que representa un incremento del 39,4% respecto de 2024. El resultado estuvo impulsado principalmente por el desempeño del IVA, el Impuesto a las Ganancias, la Seguridad Social y los tributos asociados al comercio exterior, en un contexto atravesado por cambios normativos, variaciones del tipo de cambio y ajustes en regímenes de anticipos y alícuotas.

Diciembre 2025: fuerte aporte del IVA y Ganancias, con impacto de cambios normativos

Durante diciembre, el Impuesto al Valor Agregado Neto recaudó $5.436.360 millones, con una variación interanual del 21,5%. En su desagregación, el IVA Impositivo creció 25,1%, mientras que el IVA Aduanero avanzó 11,7%. Según el informe oficial, la evolución del IVA estuvo influida por distintos factores que atenuaron el crecimiento, como el ingreso extraordinario registrado en diciembre de 2024 por la moratoria prevista en la Ley 27.743, un mayor acogimiento de deuda corriente a planes de pago y mayores devoluciones vinculadas al Régimen de Comercialización de Granos.

En el caso del IVA Aduanero, incidió positivamente el incremento del tipo de cambio, aunque el crecimiento se vio moderado por la derogación, a partir de marzo de 2025, de la suspensión de los certificados de exclusión, que en el año anterior habían incrementado la recaudación de percepciones aduaneras.

El Impuesto a las Ganancias registró uno de los desempeños más destacados del mes, con una suba interanual del 43,8% y una recaudación de $3.680.713 millones. En diciembre venció el primer anticipo de las sociedades con cierre de ejercicio en junio y el tercer anticipo de personas humanas del período fiscal 2025. El informe señala que la recaudación se vio favorecida por mayores ingresos de anticipos de Ganancias de sociedades, producto de la modificación del régimen de anticipos implementada por la Resolución General 5.685/2025, que elevó la alícuota aplicada en el séptimo anticipo al 11,11%, frente al 8,33% utilizado el año anterior. También incidió positivamente el incremento de las retenciones impositivas, mientras que volvió a atenuar la comparación interanual el efecto de la moratoria de 2024.

En materia de Seguridad Social, los ingresos alcanzaron $3.898.608 millones, con un aumento interanual del 29,5%, explicado principalmente por el crecimiento de la remuneración bruta promedio, aunque nuevamente con impacto moderador de la moratoria del año previo y del mayor uso de planes de pago.

Informe Recaudación Diciembre ARCA by CristianMilciades

Comercio exterior y tributos específicos: impacto de alícuotas y tipo de cambio

Los Derechos de Exportación mostraron una fuerte caída interanual del 45% en diciembre, con ingresos por $325.273 millones. El informe atribuye este desempeño a la baja de aranceles dispuesta por el Decreto 526/2025, al adelantamiento de pagos generado por la reducción temporal de alícuotas establecida por el Decreto 38/2025 —vigente hasta el 30 de junio— y a la suspensión de alícuotas prevista en el Decreto 682/2025, que llevó a que pagos habituales de diciembre se cancelaran anticipadamente a tasa cero. A su vez, a partir del 12 de diciembre se aplicaron nuevas reducciones de alícuotas mediante el Decreto 877/2025, que alcanzaron, entre otros productos, a la soja, el trigo y el maíz.

En contraste, los Derechos de Importación y otros tributos aduaneros totalizaron $591.291 millones en diciembre, con un crecimiento interanual del 47,7%, impulsados por el incremento del tipo de cambio. También mostró una evolución positiva el Impuesto a los Créditos y Débitos, que recaudó $1.379.096 millones, con una suba del 35,9%, aunque el informe aclara que el mes contó con un día hábil menos respecto de diciembre de 2024.

Otros tributos relevantes fueron Bienes Personales, que alcanzó $97.207 millones (+6,0%), y el Impuesto a los Combustibles, con ingresos por $615.016 millones y una variación interanual del 37,6%, explicada en mayor medida por las actualizaciones del impuesto.

Balance anual 2025: crecimiento del 39,4% y presión sobre bases tributarias

En el acumulado del año, la recaudación de recursos tributarios ascendió a $183.109.217 millones, con un crecimiento interanual del 39,4%. El desempeño estuvo explicado principalmente por mayores ingresos de IVA Impositivo, el Impuesto a los Débitos y Créditos, Ganancias —especialmente por mayores retenciones—, Seguridad Social, asociada al aumento de la remuneración bruta promedio, y la recaudación aduanera vinculada a importaciones, favorecida por el aumento del volumen importado y del tipo de cambio.

El informe oficial aclara que, de no haberse registrado ingresos extraordinarios en 2024, la variación interanual de la recaudación en 2025 habría sido cercana al 50%, lo que refleja la magnitud del crecimiento sobre bases tributarias más exigentes.

Desde el punto de vista económico e institucional, los datos consolidan un escenario de fuerte expansión nominal de los recursos del Estado, con impacto directo sobre la coparticipación, el financiamiento del gasto público y la relación fiscal con las provincias. Al mismo tiempo, el desempeño desigual entre tributos internos y vinculados al comercio exterior refleja el efecto combinado de la política tributaria, los cambios normativos y la dinámica macroeconómica a lo largo del año.

Informe Recaudación Anual ARCA by CristianMilciades

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Importaciones: ARCA extiende hasta junio de 2026 la excepción a percepciones de Ganancias e IVA

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 30 de junio de 2026 la exclusión de los regímenes de percepción del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicables a determinadas operaciones de importación. La medida, formalizada mediante la Resolución General 5807/2025, impacta directamente sobre la estructura de costos de bienes de primera necesidad y de insumos estratégicos para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME), y se inscribe en la continuidad de la política económica definida por la Administración Nacional.

La decisión modifica la Resolución General 5.490 y sus complementarias, reemplazando el vencimiento previsto al 31 de diciembre de 2025 por una nueva fecha límite: el 30 de junio de 2026. De este modo, se prolonga un esquema de alivio financiero en el comercio exterior, con efectos inmediatos sobre el flujo de importaciones y el capital de trabajo de los sectores alcanzados.

Régimen de percepciones y antecedentes normativos

El régimen vigente de percepciones en operaciones de importación tiene su base en dos normas centrales. Por un lado, la Resolución General 2.281 estableció un sistema de percepción del Impuesto a las Ganancias aplicable a las importaciones definitivas de bienes que no se encuentren expresamente exceptuadas. Por otro, la Resolución General 2.937 implementó un régimen análogo para el Impuesto al Valor Agregado, que se aplica al momento de la importación definitiva de cosas muebles gravadas.

En ese marco, la Resolución General 5.490 dispuso la exclusión temporal de ambos regímenes para las importaciones de determinados bienes de primera necesidad, por un plazo inicial de 120 días corridos. Posteriormente, la Resolución General 5.501 amplió el alcance de la excepción a diversas clases de insumos requeridos por el sector productivo de las MiPyME, siempre que las empresas contaran con Certificado MiPyME vigente.

La vigencia de estos beneficios fue prorrogada en forma sucesiva hasta el 31 de diciembre de 2025. Con la Resolución General 5807/2025, la ARCA vuelve a extender el plazo, en línea con lo que define expresamente como la continuidad de la política económica de la Administración Nacional.

Alcance de la prórroga y fundamentos económicos

La nueva resolución sustituye, en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la Resolución General 5.490, la referencia temporal al 31 de diciembre de 2025 por el 30 de junio de 2026. De este modo, las operaciones de importación alcanzadas por la norma seguirán exceptuadas de las percepciones de Ganancias e IVA durante el primer semestre del próximo año.

Desde el punto de vista económico, la extensión del beneficio tiene un impacto directo sobre la liquidez de los importadores, al evitar adelantos fiscales que suelen transformarse en saldos a favor de recuperación lenta. En particular, el alivio resulta relevante para las MiPyME, cuya estructura financiera es más sensible a inmovilizaciones de capital, y para los sectores vinculados al abastecimiento de bienes considerados esenciales.

En términos institucionales, la resolución refuerza la coordinación entre la política tributaria y la política productiva, utilizando herramientas fiscales para moderar el costo financiero de la importación sin modificar la estructura de los impuestos de fondo.

Sectores alcanzados y posibles repercusiones

Los principales beneficiarios de la medida son los importadores de bienes de primera necesidad y las micro, pequeñas y medianas empresas que requieren insumos importados para sostener su actividad productiva. La prórroga hasta junio de 2026 aporta previsibilidad en la planificación financiera y comercial, especialmente en un contexto donde los costos de importación y el acceso al financiamiento siguen siendo variables críticas.

Desde el lado fiscal, la norma mantiene un equilibrio delicado: si bien posterga la percepción anticipada de tributos, no implica una exención definitiva, sino un diferimiento que busca sostener la actividad económica. En este sentido, la continuidad del régimen podría generar reacciones favorables en el entramado productivo, mientras que su evaluación futura dependerá del impacto sobre la recaudación y el nivel de actividad.

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Inocencia Fiscal, suben los montos de evasión y se simplifica Ganancias para grandes patrimonios

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El Senado sancionó este viernes la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo que redefine el esquema de control tributario en la Argentina y busca fomentar la formalización de dólares adquiridos en el mercado informal. La norma introduce cambios de fondo en el Régimen Penal Tributario, en los procedimientos fiscales y en el Código Civil y Comercial, además de crear un régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias que, según el Gobierno, “blinda para siempre” a los contribuyentes que adhieran.

La ley se inscribe en la estrategia del presidente Javier Milei de reducir la presión fiscal, modificar la lógica de fiscalización del Estado y promover el regreso del ahorro a la economía formal, con impacto directo en la recaudación, el crédito y la relación entre el fisco y los contribuyentes

El nuevo régimen simplificado de Ganancias y el alcance patrimonial

Uno de los ejes centrales de la Ley de Inocencia Fiscal es la creación de un “Régimen simplificado de Ganancias”, destinado a contribuyentes con un tope patrimonial de hasta $10.000 millones. Quienes adhieran quedarán eximidos de informar variaciones patrimoniales y tampoco estarán sujetos al control de consumos personales.

En la práctica, esto implica que ARCA sólo cobrará el Impuesto a las Ganancias sobre los ingresos efectivamente facturados, independientemente del crecimiento patrimonial del contribuyente, que no será objeto de fiscalización. Sobre esa base imponible, se deducirán los consumos, en un esquema automatizado que busca simplificar las declaraciones juradas.

El artículo 39 del proyecto establece el denominado “efecto liberatorio del pago”: si el contribuyente acepta el contenido de la declaración jurada propuesta por ARCA y realiza el pago en término, quedará liberado de futuras acciones, excepto en los casos en que se hayan omitido ingresos.

Según explicó el ex titular de ARCA, Juan Pazo, el sistema permitirá que “el organismo le presente al ciudadano cuánto debería pagar basándose en facturas y gastos deducibles, y el usuario simplemente revisa y edita”, garantizando además la privacidad de los gastos personales, que pasarán a ser anónimos para quienes adhieran.

Cambios penales, prescripción y sanciones tributarias

La ley introduce modificaciones sustanciales al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769). El monto mínimo para que una conducta sea considerada evasión simple se eleva de $1.500.000 a $100.000.000, mientras que el piso para la evasión agravada pasa a ser de $1.000 millones, frente a los $15 millones vigentes hasta ahora.

En paralelo, se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años, acotando el horizonte temporal de fiscalización del fisco. La norma también establece que ARCA no iniciará acciones penales si el contribuyente cancela la deuda y sus intereses, un beneficio que podrá utilizarse una sola vez por contribuyente.

Si la denuncia aún no estuviera radicada, la acción penal quedará extinguida siempre que el contribuyente pague las obligaciones adeudadas más un adicional del 50%, dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la imputación.

Si bien el espíritu general del proyecto apunta a un relajamiento de los controles fiscales, la ley endurece el régimen sancionatorio económico al aumentar las multas por la presentación fuera de término de las declaraciones juradas, buscando desalentar incumplimientos formales.

Un cambio de paradigma en el control fiscal

En declaraciones radiales, Juan Pazo calificó al sistema anterior como un “régimen soviético”, en el que “se trataba a todos los ciudadanos como delincuentes”, mientras que la informalidad deliberada y sofisticada no era eficazmente perseguida. Según explicó, la acumulación de información irrelevante —desde consumos mínimos con tarjeta hasta gastos básicos de luz y gas— impedía detectar maniobras complejas.

“El país pasa de un régimen persecutorio, donde todos eran culpables hasta que ARCA demuestre lo contrario, a un régimen de enfoque recaudatorio donde todos somos inocentes y libres de disponer el fruto de nuestro esfuerzo”, sostuvo el exfuncionario. En ese sentido, remarcó que el nuevo esquema permitirá denunciar ante el Poder Judicial solo cuando existan movimientos financieros sin sostenibilidad.

Pazo vinculó la formalización del ahorro con el acceso al crédito, al señalar que el objetivo es corregir distorsiones estructurales: “No puede ser que en este país te compres un par de zapatillas en 24 cuotas y una casa al contado”. Además, destacó que la actual administración logró reducir la presión tributaria en más de 2,5 puntos del PBI, sentando las bases para futuras bajas de impuestos.

Finalmente, justificó su salida del organismo tras dos años de gestión como un gesto de normalidad republicana, agradeciendo al presidente Milei y al ministro Caputo por la oportunidad, y calificando la Ley de Inocencia Fiscal como un cambio fundacional en la relación entre el Estado y los contribuyentes.

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Ganancias: ARCA actualizó el régimen de operaciones internacionales y simplificó informes

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios de alto impacto en los regímenes general y simplificado de precios de transferencia y operaciones internacionales del Impuesto a las Ganancias, mediante la Resolución General 5798/2025, publicada el 16 de diciembre de 2025 en el Boletín Oficial. La norma eleva de manera significativa los montos mínimos que activan obligaciones informativas, actualiza parámetros clave y ajusta procedimientos, en línea con la actualización de umbrales dispuesta por el Decreto N° 767/2025.

La medida redefine el alcance práctico del régimen para contribuyentes con operaciones internacionales y grupos multinacionales, con impacto directo en la carga administrativa, el cumplimiento fiscal y los mecanismos de fiscalización sobre precios de transferencia.

Nuevos montos y redefinición del alcance del régimen general

Entre los cambios centrales, la resolución modifica la Resolución General N° 4.717, elevando de forma sustancial los importes que determinan la obligación de presentar información ante el organismo recaudador. En ese sentido, el umbral general del artículo 41 pasó de $30 millones a $1.500 millones, mientras que en los artículos 44 y 48 los parámetros conjuntos e individuales se incrementaron a $150 millones y $15 millones, respectivamente.

Asimismo, se redefinen las condiciones para la presentación del Informe Maestro por parte de los Grupos de Entidades Multinacionales, estableciendo que deberán cumplir simultáneamente dos requisitos: ingresos anuales consolidados superiores a $100.000 millones y transacciones con vinculadas del exterior que superen $150 millones en conjunto o $15 millones de forma individual.

La norma también habilita, bajo condiciones específicas, la presentación de una nota de ratificación con carácter de declaración jurada, cuando no existan cambios respecto del último Informe Maestro presentado, incorporando así un mecanismo de simplificación formal para los sujetos cumplidores.

Ajustes operativos, formularios y régimen simplificado

En paralelo, la Resolución General 5798/2025 introduce modificaciones operativas relevantes en los formularios y procedimientos. Se actualiza el uso del formulario F. 4501, que deberá incluir el Estudio de Precios de Transferencia, la certificación profesional y las firmas digitales correspondientes, y se redefine el alcance del formulario F. 2668, permitiendo que los contribuyentes queden dispensados de su presentación tras dos períodos fiscales consecutivos sin movimientos.

En cuanto al Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales, regulado por la Resolución General N° 5.010, se amplían de manera sustancial los rangos de ingresos para ejercer la opción: el nuevo tramo se ubica entre $500 millones y $3.000 millones, reemplazando los valores anteriores significativamente menores. También se elevan los montos de operaciones que obligan a informar, alineándolos con los nuevos parámetros del régimen general.

La resolución incorpora además un nuevo Anexo IV, que establece el procedimiento técnico para la confección y presentación del formulario F. 2673, fijando requisitos digitales, formato de archivo y condiciones de remisión mediante el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Impacto fiscal e institucional de la reforma

Las modificaciones entran en vigencia desde su publicación y resultan aplicables a los períodos fiscales cerrados a partir del 31 de octubre de 2025, lo que marca un cambio relevante en el esquema de control fiscal sobre operaciones internacionales. Desde la perspectiva institucional, la norma busca adecuar el régimen a la nueva escala nominal de la economía, reducir cargas formales innecesarias y concentrar la fiscalización en operaciones de mayor relevancia económica.

ARCA fundamenta estos cambios tanto en la actualización de montos dispuesta por el Poder Ejecutivo como en la experiencia acumulada en la aplicación del régimen, sin perjuicio del proceso de revisión integral actualmente en curso, llevado adelante mediante el mecanismo de Elaboración Participativa de Normas iniciado en marzo de 2023.

Para los contribuyentes alcanzados, el nuevo esquema redefine el mapa de obligaciones en materia de precios de transferencia, con posibles reacciones positivas en términos de simplificación administrativa, aunque también con mayores exigencias documentales para los grupos de mayor volumen económico.

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