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Advierten que pese al subsidio a los precios, las ventas de gasoil cayeron 30 por ciento en Misiones

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“Los camiones de carga que llenaban sus tanques del lado argentino cuando transitaban por la ruta 12 y 14 ahora consumen gasoil en Brasil o Paraguay y las ventas siguen cayendo“, lamentó el Presidente de la Cámara de Expendedores de Misiones Faruk Jalaf en declaraciones al sitio Surtidores.

Además el representante de Estaciones de Servicio del NEA reclamó que el gobierno decida dar marcha atrás y vuelva a foja cero con el decreto por el cual se le exime del pago del Impuesto a la Transferencia de Combustibles a la Capital de Misiones, Posadas, ya que provocó una “tremenda asimetría interna en toda la provincia”.

Advirtió que “con la medida, los problemas de venta que teníamos con los países limítrofes se trasladaron al interior de nuestra región” y agregó que “las bocas de expendio de las localidades cercanas a Posadas, cuyos habitantes trabajan todos en la ciudad, están al borde de la quiebra y algunas ya elevaron acciones de amparo en la justicia porque literalmente no venden una gota de nafta ni de gasoil”.

También Faruk informó que “ya el año pasado habían caído las ventas de manera importante y por otro lado, lo que se supone que iba a ser una solución por el hecho de no cobrar el ITC, se licuó en los últimos incrementos de los precios al surtidor”.

A todo este panorama, le sumó que “la industria de la madera y la actividad de producción de yerba está prácticamente estancada y parada, por lo cual, no hay quien cargue gasoil para sus camiones y máquinas industriales y agropecuarias”.

Responsabilizó por la crisis a las Petroleras que “hoy nos están dando un porcentual de comisionabilidad del 7,5 por ciento y no es suficiente para sostener los costos fijos” por lo cual dijo que las compañías proveedoras deben tomar conciencia de la cantidad de empleo que generamos los comercializadores independientes y subir la comisión por lo menos al 10 por ciento.

Finalmente mostró su incertidumbre por el futuro del sostenimiento del nivel de empleo en el sector y por las cifras y condiciones que se puedan llegar a manejar en las próximas reuniones paritarias, ya que aseveró que “resulta imposible enfrentar nuevos gastos”.

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Se publicó el decreto que obliga a las Estaciones a controlar que las motos lleven casco para cargar nafta

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Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 171/17 que reglamenta de la Ley de Tránsito en relación a la identificación de los motovehículos. La normativa, que hace foco en la seguridad como  un derecho fundamental de las personas, establece una serie de obligaciones para las Estaciones de Servicio, tal como se transcribe a continuación:

ARTÍCULO 3° — Incorpórase como inciso j.4. al artículo 40 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95, el siguiente:

“La obligación de portar el casco y en su caso, el chaleco con identificación, se extiende al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicios, siendo su uso obligatorio a los fines de la carga de combustible”.

ARTÍCULO 4° — La autoridad de comprobación deberá controlar y verificar que tanto el conductor de motovehículos como su acompañante cumplan con lo establecido en el presente decreto, procediendo en su caso a la retención del rodado, en cumplimiento de lo normado en el artículo 72, inciso c), punto 1 de la Ley N° 24.449 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5° — El incumplimiento de los requisitos establecidos en los incisos j.1.9., j.3. y j.4. del artículo 40 del Anexo 1 del Decreto N° 779/95, será considerado falta grave en los términos del artículo 77, inciso a), de la Ley Nº 24.449 y sus modificatorias.

De acuerdo a la legislación citada, las sanciones previstas por infracciones a esta ley son de cumplimiento efectivo y no podrán ser aplicadas con carácter condicional ni en suspenso. Su valor se determinará en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.

Las multas serán determinadas en la reglamentación desde un mínimo de CINCUENTA (50) UF hasta un máximo de CINCO MIL (5000) UF.

El presente decreto entrará en vigencia el 15 de junio de 2017.

PREOCUPACIÓN DE ESTACIONEROS

El presidente de CAPEGA, Gonzalo Rodríguez opinó al respecto: “Estamos de acuerdo que la problemática de la seguridad es muy importante y hay que debatirla en todos los ámbitos”. Sin embargo alertó que la mayor preocupación de los empresarios del sector es “que las personas que no quieran cumplir con las normas cometan hechos de violencia contra nuestros empleados y nuestras instalaciones”.

Rodríguez resaltó que “la moto que ingresa a la estación de servicio incumpliendo las normas, ya lo hizo en todo el territorio de la ciudad; a los controles tienen que hacerlo las autoridades correspondientes y no nosotros”.

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