política fiscal

ARCA prorroga hasta marzo de 2026 el régimen de facilidades de pago para deudas fiscales

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió extender hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. La decisión, formalizada mediante la Resolución General 5808/2025, publicada el 31 de diciembre de 2025 en el Boletín Oficial, amplía el horizonte temporal para que contribuyentes y responsables puedan ordenar pasivos vencidos, en un contexto económico que sigue tensionando la capacidad de cumplimiento fiscal.

Un régimen clave para regularizar deudas vencidas

El régimen de facilidades de pago fue establecido originalmente por la Resolución General N° 5.711, con el objetivo de permitir la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive, junto con sus respectivos intereses y multas. Posteriormente, la Resolución General N° 5.777 introdujo adecuaciones relevantes, ampliando el universo de deudas alcanzadas hasta el 31 de agosto de 2025.

Con la Resolución General 5808/2025, ARCA modifica el artículo 9° de la RG 5.711 y su modificatoria, sustituyendo el plazo original de adhesión —previsto hasta el 30 de diciembre de 2025— por una nueva fecha límite: 31 de marzo de 2026. La medida no altera las condiciones sustantivas del régimen, pero sí extiende el período durante el cual los contribuyentes pueden optar por este mecanismo de regularización.

En los considerandos, el organismo fundamenta la decisión en su “objetivo permanente de promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias” cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran bajo su órbita, reforzando una estrategia de administración tributaria orientada a facilitar el ordenamiento de deudas sin recurrir a instancias coercitivas inmediatas.

Fundamentos normativos y alcance institucional

La resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), así como por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618/1997, el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024, el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 y la Disposición N° 34 del 24 de febrero de 2025, entre otras normas citadas.

Desde el punto de vista institucional, la decisión contó con la intervención de la Dirección de Legislación y de las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Institucional y Sistemas y Telecomunicaciones, lo que refuerza el carácter transversal de la medida dentro del organismo recaudador.

La Resolución General 5808/2025 fue suscripta por Agustín Rojo, en su carácter de Subdirector General de la Subdirección General Institucional a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, y establece que la norma entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Posibles repercusiones

La extensión del plazo hasta el 31 de marzo de 2026 tiene un impacto directo sobre contribuyentes con deudas impositivas, aduaneras y previsionales, especialmente aquellos que no lograron adherir al régimen dentro del plazo original. En términos prácticos, la medida amplía la ventana de previsibilidad financiera para empresas y personas humanas que buscan normalizar su situación fiscal, reduciendo riesgos de ejecución, sanciones adicionales o litigios.

Desde una perspectiva fiscal, la decisión apunta a sostener los niveles de recaudación mediante mecanismos de cumplimiento voluntario, en lugar de intensificar acciones de cobro forzoso. En ese sentido, el régimen funciona como una herramienta de transición que permite a ARCA captar recursos adeudados y, al mismo tiempo, facilitar la continuidad operativa de los contribuyentes alcanzados.

Si bien la resolución no introduce cambios en las condiciones del plan, la extensión del plazo podría generar una mayor adhesión en los próximos meses, especialmente en un escenario de recomposición gradual de la actividad económica y de revisión de estrategias financieras por parte del sector privado.

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El Gobierno anunció aumentos en el impuesto al combustible a partir de enero de 2026

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El Poder Ejecutivo nacional oficializó una actualización parcial de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono que comenzará a regir el 1° de enero de 2026. La medida, instrumentada a través del Decreto 929/2025 y publicada en el Boletín Oficial el 31 de diciembre, impactará en los precios de la nafta y el gasoil, aunque mantiene el esquema de postergación gradual de los aumentos impositivos con el objetivo declarado de preservar la actividad económica y sostener el equilibrio fiscal.

El nuevo esquema redefine los montos fijos de los gravámenes establecidos en la Ley 23.966 y modifica el cronograma dispuesto previamente por el Decreto 617/2025. En los hechos, durante enero solo se trasladará una parte del ajuste total previsto por la normativa vigente, mientras que el incremento remanente fue diferido hasta el 1° de febrero de 2026.

Qué sube desde enero: montos, productos y regiones alcanzadas

Según el detalle incorporado al Decreto 617/2025 mediante el Decreto 929/2025, para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de enero de 2026, los impuestos se incrementarán en los siguientes valores:

En el caso de las naftas sin plomo (hasta y más de 92 RON) y la nafta virgen, el impuesto sobre los combustibles líquidos aumentará $17,291 por litro, mientras que el impuesto al dióxido de carbono se incrementará en $1,059 por litro.

Para el gasoil, el esquema es diferencial. El gravamen general del impuesto sobre los combustibles líquidos subirá $14,390 por litro, mientras que la alícuota diferencial aplicable a determinadas regiones del país —como las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el Partido de Patagones (Buenos Aires) y el Departamento de Malargüe (Mendoza)— tendrá un incremento de $7,792 por litro. A esto se suma una suba de $1,640 por litro correspondiente al impuesto al dióxido de carbono.

Estos montos surgen de la actualización de los valores fijos previstos en los artículos 4°, 7° inciso d) y 11 del Título III de la Ley 23.966, que regula el régimen de impuestos sobre los combustibles líquidos y al CO₂.

El marco legal y la lógica del diferimiento impositivo

La normativa se apoya en un esquema de actualización trimestral basado en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el INDEC, tal como lo establece el artículo 7° del Anexo del Decreto 501/2018. Dicho mecanismo contempla ajustes en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la inflación acumulada desde enero de 2018.

Sin embargo, desde 2024 el Poder Ejecutivo viene aplicando sucesivos diferimientos de esos incrementos. En particular, el Decreto 617/2025 había postergado hasta el 1° de enero de 2026 los aumentos remanentes correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025 para la nafta y el gasoil.

Ahora, el Decreto 929/2025 introduce una nueva modificación: reemplaza la fecha “1° de enero de 2026” por “1° de febrero de 2026” para la aplicación total del ajuste pendiente. De este modo, durante enero se aplicará solo una parte del incremento, extendiendo por un mes más el esquema gradual que el Gobierno viene sosteniendo.

En los considerandos, el Ejecutivo fundamenta la decisión en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, combinando el cumplimiento del marco legal de actualización impositiva con un manejo dosificado de su impacto en los precios.

Impacto económico y reacciones esperables

La actualización parcial de los impuestos tendrá incidencia directa en los valores de la nafta y el gasoil, con efectos indirectos sobre los costos logísticos, el transporte y la cadena de precios en general. No obstante, el diferimiento del ajuste completo busca atenuar el traslado inmediato a los surtidores, en un contexto donde los combustibles siguen siendo un insumo clave para la actividad productiva y el consumo.

Para las regiones alcanzadas por la alícuota diferencial del gasoil, el esquema mantiene un tratamiento impositivo reducido, aunque también incorpora una suba en enero. Al mismo tiempo, el cronograma ratifica que los aumentos pendientes —incluidos los que quedaron sin aplicar en 2024 y gran parte de 2025— terminarán de trasladarse a partir de febrero de 2026, lo que anticipa nuevas presiones sobre los precios relativos del sector energético.

Desde el punto de vista fiscal, la medida consolida la estrategia oficial de recomponer gradualmente la recaudación asociada a los impuestos a los combustibles, sin aplicar un shock pleno en un solo mes, pero sin renunciar al sendero de actualización previsto por la ley.

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Entre Ríos recibirá $220.000 millones de la Nación para cubrir urgencias financieras

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El Gobierno nacional dispuso otorgar a la provincia de Entre Ríos un anticipo financiero por hasta $220.000 millones, con el objetivo de atender compromisos urgentes derivados de la ejecución presupuestaria y la amortización de deudas hacia el cierre del año. La medida fue formalizada mediante el Decreto 922/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y establece que los fondos deberán ser devueltos con intereses durante el ejercicio fiscal 2026, a través de retenciones automáticas sobre la coparticipación federal.

Se trata de una asistencia financiera de carácter transitorio, que se instrumenta a cuenta de los recursos que la provincia recibirá el próximo año y que se inscribe en un esquema previsto por la normativa vigente para afrontar desequilibrios temporales de caja. Es la segunda vez en 2025 que una provincia accede a este tipo de adelantos de urgencia con fondos de la coparticipación: en marzo, la Provincia de Chaco había recibido asistencia para cumplir con obligaciones de deuda.

Fundamentos legales y encuadre fiscal del anticipo

El decreto se apoya en el artículo 124 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), que faculta al Ministerio de Economía a acordar con las provincias anticipos a cuenta de las participaciones en impuestos nacionales sujetos a distribución, en el marco del Régimen de Coparticipación Federal establecido por la Ley N° 23.548 y sus modificatorias.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que el Gobierno de Entre Ríos “se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas”, lo que torna necesario “procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias” que atraviesa la provincia.

Si bien la ley establece que estos anticipos deben ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, también habilita al Poder Ejecutivo Nacional a ampliar el plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se conceden. En este caso, se dispuso que la cancelación opere durante el Ejercicio Fiscal 2026, con devengamiento de intereses desde la fecha de desembolso hasta su efectiva devolución.

Condiciones de devolución e impacto sobre la coparticipación

El artículo 2° del decreto faculta a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación del anticipo, con más los intereses calculados sobre la base de la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR). La devolución se realizará mediante la afectación de la participación de Entre Ríos en el régimen de coparticipación de la Ley N° 23.548, o el régimen que lo sustituya, así como de otros recursos coparticipables sin afectación específica.

Para instrumentar el mecanismo, la provincia deberá autorizar expresamente a la Secretaría de Hacienda a retener de manera automática los fondos coparticipables necesarios para cancelar el monto anticipado y los intereses correspondientes. Además, la Contaduría General de la Nación registrará la erogación como un anticipo de fondos de la Tesorería General de la Nación, imputando el importe a la cuenta de la provincia.

Desde el punto de vista fiscal, el esquema implica un adelanto de liquidez inmediata para Entre Ríos, pero también un compromiso financiero para 2026, dado que las retenciones futuras impactarán sobre los recursos de libre disponibilidad de la provincia durante el próximo ejercicio.

Repercusiones políticas y económicas

La decisión del Poder Ejecutivo de habilitar un anticipo de esta magnitud refuerza el rol del Gobierno nacional como financiador de última instancia frente a tensiones de caja provinciales, especialmente en momentos críticos como el cierre del año, cuando se concentran obligaciones salariales y financieras, como el pago de aguinaldos y vencimientos de deuda.

Al mismo tiempo, el mecanismo pone en evidencia las limitaciones estructurales de las finanzas provinciales y la dependencia de los recursos coparticipables. Para Entre Ríos, el anticipo permite evitar un escenario de incumplimientos inmediatos, aunque traslada parte del ajuste al ejercicio siguiente, cuando deberá absorber las retenciones automáticas y el costo financiero asociado a la tasa TAMAR.

En el plano institucional, el decreto se inscribe dentro de las facultades del Poder Ejecutivo Nacional previstas por la Constitución Nacional y la legislación presupuestaria, y vuelve a poner en agenda el debate sobre la sostenibilidad fiscal de las provincias y el uso de adelantos de coparticipación como herramienta de administración de crisis transitorias.

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Presupuesto 2026: La Libertad Avanza logró aprobar el capítulo más polémico con apoyo peronista

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Tras dos años sin Ley de Presupuesto, el Senado sancionó el Presupuesto 2026 con una mayoría amplia y transversal, que incluyó votos peronistas, radicales y provinciales, y dejó firme el controvertido artículo 30 del Capítulo II. La iniciativa del Poder Ejecutivo obtuvo 45 votos afirmativos, 25 negativos y 1 abstención, consolidando la primera ley de gastos y recursos aprobada durante la gestión de La Libertad Avanza y despejando un frente clave para la gobernabilidad fiscal.

La atención estuvo puesta en el Capítulo II, que establece derogaciones a normas de educación, ciencia, tecnología y defensa. Pese a los cuestionamientos, el oficialismo logró sostenerlo sin cambios, evitando que el proyecto regresara a la Cámara de origen y acelerando su sanción definitiva.

Una mayoría construida con acuerdos y votos peronistas clave

El resultado fue posible tras negociaciones contrarreloj encabezadas por la jefa de la bancada oficialista, Patricia Bullrich, quien cerró acuerdos con senadores que responden a gobernaciones para preservar el capítulo más cuestionado del texto. La estrategia apuntó a blindar el proyecto en el Senado y evitar dilaciones legislativas.

Dentro de los 45 votos positivos se contaron los 20 integrantes de La Libertad Avanza, los miembros de la Unión Cívica Radical, 3 del Pro, 2 misioneros del Frente Renovador de la Concordia Social, 2 santacruceños, además de Carlos “Camau” Espínola, Edith Terenzi, Luis Juez, Beatriz Ávila, Julieta Corroza y Flavia Royón.

La novedad política fue el acompañamiento de tres senadores peronistas del bloque Convicción Federal, integrante del interbloque Popular, que votaron a favor tanto en la general como en el Capítulo II: Carolina Moisés, Sandra Mendoza y Guillermo Andrada. Ese respaldo resultó decisivo para consolidar la mayoría y dejó expuestas tensiones internas en el peronismo.

En contraste, la senadora Alejandra Vigo, de Provincias Unidas, se abstuvo en la votación general y en todas las particulares.

El Capítulo II y el artículo 30: el núcleo de la controversia

La votación del Capítulo II fue la única que mostró una diferencia significativa respecto del resto del tablero: 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones. Allí quedó firme el artículo 30, que dispone la derogación de normas consideradas sensibles por amplios sectores de la oposición.

En concreto, el artículo establece la derogación del artículo 9 de la Ley de Educación Nacional; de los artículos 5, 6 y 7 de la Ley de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; del artículo 52 de la Ley de Educación Técnico Profesional; y del inciso 1 del artículo 4 de la Ley 27.565, que creó el Fondo Nacional de la Defensa.

A favor del Capítulo II votaron el oficialismo, la mayoría del radicalismo, el Pro, bloques provinciales y los tres integrantes de Convicción Federal mencionados. En contra se pronunciaron los 21 senadores del bloque Justicialista, los 2 del Frente Cívico de Santiago del Estero, Fernando Salino y Fernando Rejal por Convicción Federal, y los radicales Maximiliano Abad y Flavio Fama. Las abstenciones correspondieron nuevamente a Julieta Corroza y Alejandra Vigo.

Impacto político e institucional de la sanción

La aprobación del Presupuesto 2026 cierra un ciclo de dos años sin ley de gastos y recursos, un escenario que había condicionado la previsibilidad fiscal y el debate parlamentario. Para el oficialismo, la sanción representa un respaldo institucional clave y una señal de fortaleza política al lograr articular mayorías más allá de su propio bloque.

Al mismo tiempo, la derogación de normas vinculadas a educación, ciencia y defensa anticipa reacciones críticas de sectores académicos, científicos y sindicales, así como nuevos debates políticos sobre el alcance del ajuste y la reasignación de prioridades presupuestarias. En el plano legislativo, el voto dividido del peronismo y las diferencias dentro del radicalismo reconfiguran el mapa de alianzas para los próximos debates económicos.

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Presupuesto 2026: La Libertad Avanza suma apoyo peronista y se encamina a su aprobación en el Senado

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El oficialismo logró un respaldo clave del peronismo y quedó a un paso de aprobar en el Senado el Presupuesto 2026, un hito institucional para el gobierno de Javier Milei, que desde su asunción en diciembre de 2023 administró el Estado nacional con la prórroga del presupuesto sancionado en 2022. Con el acompañamiento de cuatro senadores del bloque Convicción Federal, La Libertad Avanza tendría los votos necesarios para la aprobación en general del proyecto el viernes 26 de diciembre, aunque persiste una fuerte disputa política por el artículo 30, vinculado al financiamiento educativo, científico y técnico.

La definición del Presupuesto no solo ordena el esquema de gastos y recursos del próximo año, sino que también expone una reconfiguración de alianzas en la Cámara alta, con un primer quiebre visible dentro del peronismo entre los gobernadores provinciales y el sector que responde a la conducción parlamentaria de José Mayans.

Apoyo peronista y números para la votación en general

Según confirmaron fuentes parlamentarias, cuatro de los cinco senadores del bloque Convicción Federal votarán a favor del Presupuesto 2026 en general. Se trata de Fernando Salino (San Luis), Carolina Moisés (Jujuy), Guillermo Andrada (Catamarca) y Sandra Mendoza (Tucumán). En tanto, Fernando Rejal (La Rioja) aún no definió su posición, debido al rechazo del gobernador Ricardo Quintela a la iniciativa.

Andrada y Mendoza responden políticamente a los gobernadores Raúl Jalil y Osvaldo Jaldo, respectivamente, ambos alineados con el oficialismo nacional en esta instancia presupuestaria. El respaldo de este sector peronista permitiría al Gobierno alcanzar hasta 48 votos en la votación en general, despejando el principal interrogante que enfrentaba el proyecto en el Senado.

La Libertad Avanza cuenta con 21 senadores propios, incluyendo a Luis Juez, y suma además el apoyo de una decena de legisladores radicales, tres del PRO, dos del Frente de la Concordia de Misiones, uno de Independencia (Tucumán), uno por Salta, uno de La Neuquinidad, otro de Chubut y cinco de Provincias Unidas.

Este armado parlamentario permitiría sancionar la ley de Presupuesto, siempre y cuando se logre también el respaldo artículo por artículo, una condición indispensable para su conversión definitiva en ley.

El artículo 30, el punto crítico del debate

La principal incertidumbre para el oficialismo se concentra en el artículo 30, que propone la derogación de los artículos que fijan pisos mínimos de inversión en áreas estratégicas del Estado. En concreto, el texto elimina:

  • La obligación de destinar el 6% del PBI al sistema educativo.
  • El 1% del PBI al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
  • El 0,2% de los gastos del Sector Público a las escuelas técnicas.

En este punto, Convicción Federal anticipó que no acompañará la iniciativa, a diferencia de la votación en general. Para este artículo, el oficialismo solo cuenta con el respaldo del PRO, la mayoría del radicalismo y algunos bloques provinciales, por lo que la aprobación dependerá en gran medida de la presencia efectiva de los senadores opositores en el recinto al momento de la votación.

Voceros parlamentarios admitieron que la definición del artículo 30 es hoy el único aspecto que genera preocupación en el oficialismo, ya que su rechazo podría obligar a reabrir negociaciones o introducir modificaciones al texto.

Tensiones internas en el peronismo y negociaciones abiertas

El respaldo parcial de Convicción Federal marca uno de los primeros quiebres relevantes dentro del peronismo en el Senado, diferenciando a los legisladores que responden a gobernadores del Partido Justicialista de la bancada conducida por José Mayans, alineada con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

A esta fragmentación se suma la incógnita sobre la posición del Frente Cívico de Santiago del Estero, integrado por el ex gobernador Gerardo Zamora y Elia del Carmen Moreno. En la Cámara de Diputados, de los siete legisladores vinculados a Zamora, cinco votaron en contra del Presupuesto y dos se ausentaron, lo que mantiene abierta la expectativa sobre su comportamiento en el Senado.

Las negociaciones continuarán hasta el mismo viernes, incluso durante la sesión, con el objetivo de asegurar los votos necesarios para cada uno de los artículos. El oficialismo ya definió que no incluirá el Capítulo 11, rechazado previamente en Diputados, que contemplaba la derogación de las leyes de Emergencia en Discapacidad y Financiamiento Universitario.

Un presupuesto clave para el Gobierno

La eventual aprobación del Presupuesto 2026 representará un hito político e institucional para el Gobierno de Javier Milei, al tratarse del primer presupuesto propio sancionado por el Congreso desde el inicio de su gestión. Al mismo tiempo, el debate expone las tensiones estructurales en torno al rol del Estado, el financiamiento de áreas estratégicas y la relación entre Nación y provincias, en un escenario de fuerte ajuste fiscal y reconfiguración del sistema político.

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