Soja

La Afip incautó otras 300 toneladas de granos durante controles a operadores de la cadena agropecuaria

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la Dirección General Impositiva (DGI) incautó más de 300 toneladas de granos en operativos realizados sobre operadores de la cadena de producción y comercialización de productos agropecuarios. El valor de la mercadería asciende a 20 millones de pesos, una cifra equivalente a 250 salarios mínimos, vitales y móviles.
A lo largo de una serie de procedimientos llevados adelante en rutas y en establecimientos del sector en cuatro provincias del país, agentes del organismo conducido por Carlos Castagneto detectaron irregularidades y procedieron a interdictar la mercadería, que se constató tenía un origen dudoso o pretendía comercializarse en el mercado marginal.
En Santa Fe, en una ruta cercana a la localidad de Huanqueros, inspectores de la AFIP junto a la policía local controlaron tres camiones que transportaban 147 toneladas de maíz. Ante la falta de carta de porte electrónica que respaldara el traslado de la mercadería, el personal de la DGI interdictó los granos dado su presumible origen dudoso. El valor de la carga asciende a 7 millones de pesos.
Por su parte, en las localidades misioneras de El Soberbio y de Leandro N. Alem, el personal de la DGI interdictó dos camiones con 8 toneladas de soja almacenadas en bolsa y 58,1 toneladas de soja a granel, con un valor de mercado de 6,3 millones de pesos. Los inspectores constataron inconsistencias en las materias primas, con un origen dudoso de los productos transportados, remitentes y destinatarios sin capacidad económica y financiera para producir o comercializar la oleaginosa.
En tanto, en General Rodríguez, provincia de Buenos Aires, la AFIP fiscalizó junto a miembros de la policía local una firma dedicada a la producción de huevos de gallina. El personal del organismo comprobó mediante tareas de cubicaje físico que las tenencias de maíz eran superiores a las declaradas, por lo que se incautaron 60 toneladas con un valor de mercado en torno a los 3 millones de pesos, que estaban almacenadas en silos de chapa para su posterior utilización como insumo.
Por otro lado, en la ruta provincial 35 de Córdoba, a la altura de la localidad de Holmberg, agentes de la DGI detuvieron un camión junto a Gendarmería Nacional que transportaba 30 toneladas de soja que no contaba con la carta de porte electrónica correspondiente para su respaldo. Al no poder justificar el origen de la producción y comercialización, se interdictó la mercadería a la espera de lo que determinen las acciones sumariales internas respecto a su real procedencia o su decomiso para su posterior venta en beneficio del Ministerio de Desarrollo Social. En este caso, el valor de la carga asciende a 3 millones de pesos.
Las acciones de la DGI especializadas en actividades agropecuarias focalizan sus esfuerzos para desarticular potenciales maniobras de evasión impositiva y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente para evitar que los distintos actores de la cadena cometan irregularidades que redunden en competencia desleal para los productores legítimos.

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La Afip incautó 236 toneladas de granos en operativos en el Nordeste argentino

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), incautó 236 toneladas de granos en operativos realizados en el nordeste argentino. El volumen de la mercadería interdicta equivale a la carga de ocho camiones y tiene un valor de mercado de 18,4 millones de pesos, que permitiría hacer frente al pago de 260 jubilaciones mínimas. 

Las acciones de fiscalización llevadas adelante por agentes del organismo conducido por Carlos Castagneto, junto a miembros de las fuerzas federales y provinciales, fueron ejecutadas en el acceso a las localidades de Santo Tomé, provincia de Corrientes, y de Sáenz Peña, Charata y Puente General Belgrano, provincia de Chaco. 

El personal de la DGI constató la validez de origen y destino de los granos transportados mediante el cotejo documental y registral que respaldara el traslado de la mercadería. Las tareas de fiscalización y control arrojaron como resultado que los remitentes carecían de capacidad operativa, económica y/o financiera para producir o comercializar los mismos y, en otros casos, que las materias primas no estaban amparado con su carta de porte electrónica correspondiente según la normativa vigente. 

Al comprobarse el origen dudoso de las cargas, los inspectores de la AFIP procedieron a interdictar 148 toneladas de soja, 58 toneladas de maíz y 30 toneladas de trigo, por un valor total de más de 18,4 millones de pesos. 

Por razones de logística y resguardo y en cumplimiento de una orden judicial, se resolvió el traslado de los granos para su resguardo en un acopio de la localidad chaqueña de Barranqueras, a quien se designó depositario legal.

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El Programa de Incremento Exportador III movilizó operaciones por más de U$S 5000 millones

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informó que el Programa de Incremento Exportador (PIE III) movilizó operaciones por más de 5000 millones dólares desde su implementación, el pasado 10 de abril.

Esta medida, que le permitió al sector productivo la posibilidad de comercializar soja a un tipo de cambio diferencial de 300 pesos por dólar, culmina mañana 2 de junio; mientras que la que se encuentra dedicada a más de 50 cadenas de las economías regionales continúa hasta el 31 de agosto.

Ambas iniciativas tienen el objetivo de incentivar la comercialización de soja, promover el empleo y el abastecimiento a precios justos de los productos de todas las economías regionales.

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El ranking de las exportadoras que retienen u$s 3700 millones en el exterior

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 Un documento de la Justicia describe que el monto pendiente de liquidación ante el BCRA de empresas que operan en la Argentina asciende a u$s 3.700 millones, sin embargo, el mayor volumen se concentra en 25 firmas dedicadas a diversas actividades económicas por u$s 1543 millones.

En la cima del podio se destaca Diaz & Forti con u$s 692,5 millones por liquidar; Vicentin, con u$s 89,5 millones; ACB Alimentos Coronel Baigorria:, con u$s 76,9 millones y Extrugreen con u$s 70,9 millones.

El listado completo trascendió luego de que un fallo del Juzgado Federal N° 1 de Rosario, avale la suspensión del CUIT de una empresa que demoró el ingreso de divisas de sus exportaciones. 

 “La falta de controles eficientes respecto de las falsas empresas exportadoras llevo a un crecimiento exponencial de ´carpetas´ que simulan operaciones de exportación para dejar dólares en el exterior sin liquidar“, señaló Guillermo Michel, titular de la Aduana.

El cruce se da en un contexto de fuego cruzado entre el Gobierno, que busca cuidar las limitadas reservas, y empresas que frente a la amplitud de la brecha cambiaria hacen diferencias al acceder a dólar oficial en sus operaciones de comercio internacional.

Exportadores en la mira

El relevamiento apunta también a Galileo Technologies que mantendría pendiente de liquidación unos u$s 57,7 millones; el Grupo TBA, u$s 51 millones; ART Logistics, u$s 45,1 millones y Pesquera Mar Chiquita, u$s 39,3 millones.

Según está establecido en el Texto Ordenado de Exterior y Cambios, el plazo máximo para liquidar divisas queda determinado en función de la posición arancelaria – que es la manera en la que se clasifica la mercadería que es exportada -, y se computa desde la fecha del cumplido de embarque que es otorgado por la Aduana.

De acuerdo a la información que relevaron desde el Ejecutivo, también permanecen fuera de los plazos máximos para registrar sus pagos las firmas Huachana (u$s 37,6 millones); FGF Trapani (u$s 37,5 millones); Curtiembre Arlei (u$s 37,5 millones); Argen-time (u$s 37,0 millones); P&P Expo Impo (u$s 28,8 millones); Clodomira Industrial (u$s 26,4 millones) y Refinería de Grasas Sudamericana (u$s 24,9 millones).

Plazos y excepciones

Los plazos pueden ir desde los 15 hasta 60 días, aunque, si las contrapartes están vinculadas, el residente local puede solicitar en condiciones especiales que el plazo se amplíe hasta 120 o 180 días dependiendo del bien o el monto total operado por año calendario (no puede superarse los u$s 50 millones).

En el caso de aquellas operaciones de exportación que se hayan llevado adelante dentro de lo que denomina el mecanismo Exporta Simple, puede extenderse hasta los 365 días para cualquier bien.

Sin embargo, la investigación oficial da cuenta de que en ningún caso se trata de excepciones que deberían haber sido informadas al BCRA.

En ese sentido, especialistas del comercio exterior señalan que el caso más común de demora en la liquidación de divisas, se puede dar frente a un cliente moroso en el exterior, que no cumple con el acuerdo de pago pactado en el plazo negociado.

En esos casos, para no ingresar en la “lista negra” de la AFIP, los especialistas recomiendan informar al BCRA para iniciar un trámite que acrediten fehacientemente la situación y estado del cobro.

Entre las firmas que están bajo la mira de la AFIP se encuentra también Pesquera Tolmar (u$s 24,4 millones); Frigorifico HVSA (u$s 19,6 millones); Fenix International (u$s 19,5 millones); Centro Electro (u$s 19,4 millones); S&F Global Serv (u$s 19 millones) y Agroskita (u$s 18,7 millones).

Por último, la lista de las empresas con demoras fuera de lo normal, la completan Marfepa (u$s 18,6 millones); AMT Sud (u$S 18,3 millones; Frigorífico General Pico (u$s 18,1) y World Quality Fish (u$s 15,9 millones).

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El Parlamento Europeo aprobó norma que restringe el ingreso de productos provenientes de zonas deforestadas y que no respeten los derechos indígenas

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El Parlamento Europeo aprobó una nueva legislación orientada a evitar que ingresen a su territorio productos agroindustriales provenientes de zonas deforestadas después del 31 de diciembre de 2020.

Los bienes comprendidos en la medida son aceite de palma, carne vacuna, soja, café, cacao, madera, carbón vegetal y caucho, así como productos derivados de los mismos. Aunque posteriormente la lista podría ampliarse.

La nueva ley, que fue aprobada con 552 votos contra 44 votos en contra y 43 abstenciones, determina que las empresas solo podrán vender productos en la UE-27 si el proveedor del producto ha emitido una declaración de “diligencia debida” que valide que el producto no proviene de tierras deforestadas después del 31 de diciembre de 2020.

La cuestión es que los eurodiputados además incluyeron en el texto de la normativa que los productos deberán provenir de tierras que no afecten derechos indígenas, lo que introduce un nivel de riesgo adicional en el comercio con el Unión Europea.

Una vez aplicada la nueva legislación, la UE-27 obligará a las empresas europeas importadoras a verificar el origen de los productos agroindustriales comprados, las cuales, a su vez, trasladarán esa obligación a sus proveedores para sumar un costo de producción más al proceso.

La nueva legislación europea además exigirá a las empresas que recopilen información geográfica precisa sobre las tierras en las cuales se generaron los productos con el propósito de asegurar la trazabilidad de los mismos.

El nuevo marco normativo clasificará a los países, o incluso a regiones dentro de ellos, como de riesgo bajo, estándar o alto dentro de los 18 meses posteriores a la entrada en vigor de la legislación.

Los productos de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de control, el cual se intensificará de manera proporcional en las siguientes dos categorías.

“Las autoridades competentes de la UE-27 tendrán acceso a la información pertinente proporcionada por las empresas, como las coordenadas de geolocalización, y realizarán controles con la ayuda de herramientas de seguimiento por satélite y análisis de ADN para comprobar de dónde proceden los productos”, indicó el Parlamento Europeo por medio de un comunicado.

“Las sanciones por incumplimiento serán proporcionadas y disuasorias y la multa máxima deberá ser de al menos el 4% del volumen de negocios anual total en la UE-27 del operador o comerciante infractor”, añadió.

El texto de la norma, una vez promulgado por la Comisión Europea, se publicará en el Diario Oficial de la UE-27 y entrará en vigor veinte días después.

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